190 resultados para Reforma del régimen de tenencia de la tierra


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El tema principal es la validez y valoración del aprendizaje formativo, que son centrales para la mejora del aprendizaje. Estas discusiones preparan el terreno para una sección que considera el tema más importante la valoración del aprendizaje en la mejora de la enseñanza., que tiene tres funciones principales en la enseñanza: calificar los resultados individuales de los alumnos a efectos de certificación; calificar los resultados de grupos, clases o centros para objetivos políticos amplios; asistir a la enseñanza-aprendizaje. La valoración del aprendizaje por los profesores puede ser trascendentes y fiable y puede jugar un papel significativo en el aprendizaje formativo de los estudiantes. En suma, existen nuevas y estimulantes posibilidades para la mejora de los niveles de la enseñanza de ciencias a través de iniciativas en valoración del aprendizaje. Sin embargo, estas no pueden ser de ayuda si se implantan aisladamente de otros cambios. Deben formar parte de un programa coherente, en el cual el currículo, pedagogía, formación del profesorado y sistemas públicos de administración y certificación se reestructuren sobre la base de un acuerdo común sobre los fines y métodos de la reforma.

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Programa emitido el 23 de febrero de 1995

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El ser humano se clasifica como perteneciente al orden de los primates, suborden antropoideos, superfamilia hominoideos, familia homínidos y género homo (Young, 1976) Muchos aspectos de la evolución humana, son todavía hipotéticos; sin embargo las secuencias evolutivas son:Aegyptopithecus, Ramapithecus, australopithecus africanus, driopithecus, homo habilis, homo erectus, homo sapiens, homo sapiens sapiens. La hominización debió llevarse a cabo de forma gradual, a través de una serie de pasos evolutivos que desembocaron en el estado de hominización del hombre moderno. Se ha aceptados que en la hominización interaccionaron una serie de procesos: posición bípeda, utilización y fabricación de instrumentos, evolución del cerebro (incremento de su tamaño), establecimiento de cambios (estructurales), organización social, evolución de la mente, lenguaje y cultura. La teoría sintética y evolución del hombre permite comprender coherentemente los mecanismos que intervinieron en la evolución humana y son dos: variabilidad genética y selección natural. La primera reforma a través de la recombinación genética y las mutaciones. Estas últimas son la base primaria de la variabilidad genética. Aunque las tasas de mutación son bajas, ocurren continuamente en las poblaciones naturales. La variabilidad genética, materia prima de la evolución no es suficiente para explicar la evolución. Es necesario recurrir al mecanismo que Darwin expuso de la selección natural de las especies sólo los más aptos sobreviven. La selección natural es determinista y finalista. Si partimos, de la idea de que la evolución del hombre, ahora estará mas determinada por la selección cultural que por la natural, está claro que el psicólogo debe participar en el futuro evolutivo del hombre.

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Se transcribe la entrevista realizada por el Diario 'Ya' en 1968 al Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, don Ricardo Díez Hochleitner, acerca de la reforma del sistema educativo español. Los temas más destacados son: la unidad del proceso educativo, la formación de actitud ciudadana y hábitos de estudio, el idioma y las ciencias y la búsqueda de fórmulas para institucionalizar la educación permanente.

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Resumen basado en el de la publicación

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Poema dedicado a la existencia terrenal de las personas y a los momentos de evasión de la realidad.

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Se transcribe la Orden de 30 de diciembre de 1943 con la que se considera en vigor el régimen económico prescrito en la Ley de Ordenación de la Universidad española y los Centros se deben atener a sus prescripciones en todo lo relativo a ellos.

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Se destaca la importante tarea de la prospectiva en cuanto ciencia aplicada dedicada a la resolución de los problemas del futuro, así como de la prospectiva de la educación. Así, el llamado 'Libro Blanco' de la educación y la Ley General de Educación se consideran análisis prospectivos pues plantean una reforma educativa global que integra las tendencias de la evolución de nuestra sociedad en el sistema educativo.

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Continúa en n. 3, p. 43-45

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Es continuación del artículo del n. 2, p. 42-44

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Resumen basado en el de la publicaci??n

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Se hace una cronología de las disposiciones legales, desde el dieciséis de julio de 1949 fecha en que la Cortes sancionan la Ley de Enseñanza Media y Profesional, para demostrar la labor desarrollada por los organismos competentes para poner en marcha los principios contenidos en dicha ley. Se resaltan los ofrecimientos y aportaciones para la instalación y dotación de los futuros centros de Enseñanza Media y Profesional: cesión de edificios, donación de campos de experimentación, viviendas para el profesorado, subvenciones económicas, aportaciones en material escolar realizados por municipios y otros medios de colaboración. Se explica cual es la finalidad de los institutos Laborales y cómo estos se establecerán en aquellas poblaciones que no tengan actualmente centros de Enseñanza Media o Profesional. Su primer curso se iniciará en octubre de este año.

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Se reproduce el texto de la Orden de la reforma del segundo ciclo de estudios universitarios de Francia en la que se proponían un número considerable de modificaciones. Se mantenían los dos diplomas de segundo ciclo, la 'licence', que se otorgaba tres años después del bachillerato y la 'maitrise', que se otorgaba cuatro años después, respecto de todas las disciplinas. El objetivo fundamental del segundo ciclo de estudios universitarios era el impartir una formación científica de alto nivel que preparase a los estudiantes para la vida activa y para el ejercicio de responsabilidades profesionales. Esta orden dio lugar a protestas por parte de los estudiantes ya que denunciaron la profesionalización de los estudios superiores y la fuerte selectividad a que daría lugar a la instauración de especializaciones muy rígidas.

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Transcripción íntegra del texto del Decreto sobre institución y reforma de los órganos colegiados de la escuela maternal, elemental, secundaria y artística en Italia. Este Decreto tiene dos Títulos. El Título 1, hace referencia a la comunidad escolar y comprende: Capítulo I: Los órganos colegiales de escuela y de instituto. Capítulo II: Los órganos colegiales de distrito. Capítulo III: Los órganos colegiales provinciales. Capítulo IV: Los órganos colegiales nacionales. Capítulo V: Normas comunes. Capítulo VI: Normas particulares y transitorias. El Título II, hace referencia a las Asambleas de Alumnos y de Padres. En total, comprenden 45 artículos sobre centros escolares e institutos, órganos colegiales, el consejo interclases, profesores, consejo de escuela y junta directiva, determinación de distritos, funciones del consejo escolar, el consejo nacional de instrucción pública, elecciones, lista de candidatos del personal docente, desarrollo de elecciones, autonomía administrativa, inspección escolar, escuela maternal y asambleas de alumnos, entre otros muchos.