213 resultados para Declaración


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Reflexión acerca de la existencia de una asignatura de ética como alternativa a la de religión. Se parte de un estudio de los antecedentes inmediatos, que abarcan el periodo comprendido entre 1938 y 1975. Se pone de manifiesto que para la correcta comprensión de la situación actual, hay que tener conocimiento de este periodo. En 1938 se aprueba un nuevo Plan de Estudios, que revela en su totalidad el momento político en que fue redactado. La reforma del Bachillerato se consideraba clave para el resto de la enseñanza, porque una modificación profunda de este grado de enseñanza se consideraba el instrumento más eficaz para influir en la transformación de la sociedad y en la formación intelectual y moral de sus futuras clases directivas. Por otra parte durante este dilatado período de 37 años se promulgaron tres planes diferentes de Bachillerato: 20 de septiembre de 1938, 12 de junio de 1953 y 31 de mayo de 1957, con notables diferencias estructurales. Pero el espíritu que los animó se mantuvo inalterable en cuanto a sus fundamentos ideológicos, en los que primaba la religión como guía formativa por encima de cualquier otro supuesto. El punto de inflexión lo constituye la orden ministerial de 28 de Julio de 1979. Esta Orden establece las enseñanzas de Ética y Moral, de carácter exclusivamente filosófico y sin vinculación con una determinada confesión religiosa. Se ofrece como alternativa a las clases de Religión y Moral católicas, que dejan de ser obligatorias. Por último se habla de la situación del momento, haciendo referencia a la Orden Ministerial del 16 de julio de 1980, inspirada en el espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La nueva regulación supone un avance desde varios puntos de vista. En primer lugar, contempla no sólo la situación de los alumnos católicos, sino también la de otras confesiones religiosas. Como alternativa a la enseñanza de la Religión y Moral de la respectiva confesión, y no sólo de la católica, se ofrece la enseñanza de Ética y Moral, que se describe en el Anexo de la Orden. Esta descripción abarca tres aspectos: Objetivos de formación, Contenidos y Metodología.

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Se incluye dentro del monográfico 'El hombre y el cambio del milenio'

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Resumen tomado del autor

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Crónica del Primer Coloquio Internacional sobre Protección Escolar, celebrado en Madrid y organizado por la Association Internationale d'Information Scolaire Universitaire et Professionelle, en colaboración con la Comisaría de Protección Escolar de España, donde se trata la protección escolar existente en varios países del mundo y se aprueba la Declaración de Principios de Protección del Derecho al Estudio.

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Resumen basado en el de la publicación

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Se relata la actividad organizativa llevada a cabo por Ángel Astorgano, al frente de la Secretaría General de FERE. Se mencionan algunos de las actividades más importantes como son la celebración del 40 aniversario de FERE, la firma de la Declaración Conjunta en favor de la Educación entre otros eventos.

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Resumen tomado de la revista

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Resumen tomado de la publicación. Monográfico : cooperación para la educación de personas adultas

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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO

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Monográfico con el título: 'Profesorado principiante e inserción profesional a la docencia'. Resumen basado en el de la publicación

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Se plantea la relevancia de los docentes por su papel de difusores y de educadores de una serie de valores: amor, comprensión y generosidad; con esta labor cumplen en el reconocimiento de los derechos de los niños y en la lucha por su observancia. Así, en especial se hace referencia a dos artículos de la Declaración de los derechos del niño, el artículo sexto que se refiere a la necesidad de éste de amor y comprensión y a crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres; y el octavo, que recuerda que el menor debe figurar entre los primeros en recibir protección y socorro.

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Según la Declaración aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1959, el tercero de los derechos del niño, es el derecho, irrenunciable e imprescriptible, al nombre, entendido éste como apellidos. Y se definen los cinco estados de filiación en los que se pueden encontrar los niños en España. En cuanto al derecho a la nacionalidad, es decir, el derecho de todo individuo a pertenecer a una comunidad determinada, se refleja en el artículo 15 de la Declaración de los Derechos del Hombre; contemplando, también otras situaciones como la de los refugiados y los apátridas.

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Dentro del principio cuarto de la Declaración de los Derechos del Niño se destaca el derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, derecho que implica una atención sanitaria adecuada, dirigida a la prevención de las enfermedades en la infancia. También, es necesario tener en cuenta los distintos factores económicos, culturales, sociales y ambientales, que condicionan la salud infantil. Por último, se revisa la situación de la asistencia sanitaria española respecto de la madre, del niño y del adolescente en distintos ámbitos.

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El principio sexto de la Declaración de los Derechos del Niño se ocupa del desarrollo pleno y armonioso de la personalidad infantil. Al tener en cuenta las necesidades afectivas, de comprensión, de protección, de seguridad moral y material de los niños, se plantean las amenazas que suponen los problemas en el contexto familiar, para el cumplimiento de estos derechos.