118 resultados para derecho a la protección de datos
Resumo:
Se presentan, desde un punto de vista práctico, las cuestiones mínimas sobre protección de datos que deben ser conocidas por el profesional docente en general y por el gestor de un centro docente en particular y se hace incapié en la necesidad de profundizar en la cultura de protección de datos. Así, se realiza una somera exposición del contenido de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Caracter Personal : la protección de datos como derecho fundamental, el tratamiento de los datos y los principios de protección de los mismos, la calidad de los datos, los datos especialmente protegidos, los derechos del interesado, las figuras del responsable del fichero y del encargado del tratamiento y sus respectivas obligaciones y el procedimiento de inscripción de ficheros. Como colofón, se incluye información sobre el sitio web 'davara.com' dónde se puede encontrar, de manera gratuita y periódicamente actualizada, información sobre recursos jurídicos especializados en los diferentes aspectos que componen el Derecho de las TIC.
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Se aborda el tema de la protección de datos en la enseñanza no universitaria. Se plantea lo que deberían hacer los centros educativos para velar por el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos. En este sentido los centros educativos tendrían que proteger la identidad de sus alumnos, familias y personal en general. Se exponen los principios básicos de protección y la forma cómo deberían tratarse los datos recogidos en los ficheros de los centros.
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Reflexión en torno al derecho a la educación por parte de toda la sociedad. Este derecho se fundamenta en una serie de consideraciones teóricas. Se señalan las razones de la conveniencia social de la democratización de la enseñanza, fundamentalmente la industrialización, con la que se ha hecho necesario un volumen cada vez mayor de trabajadores formados. Por lo que respecta al derecho a la educación en la legislación, se hace referencia a las principales normas internacionales y nacionales en las que se sustenta este derecho. Sin embargo hay obstáculos importantes en el marco institucional, y obstáculos de cariz económico, como el coste de la enseñanza para el Estado y las familias. De ahí la necesidad de asegurar una igualdad de oportunidades para las familias más necesitadas económicamente. Se enumeran las principales soluciones que se deben aplicar al actual sistema de enseñanza, y se hace referencia a las más importantes puestas en marcha en España.
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Crónica que expone al lector las principales características del sistema español de protección escolar, presentando el panorama para el curso académico 1958-1959, lo que se ofrece al estudiante y al graduado español en lo que se refiere a la protección escolar directa. Se analizan el significado y las partidas presupuestarias de las becas para escolares: becas para enseñanza superior, becas para enseñanza media (bachillerato), becas para enseñanza laboral y profesional y formación profesional industrial, becas para magisterio y becas para bellas artes. Se examinan las novedades introducidas en la convocatoria de becas para 1958-1959 en cuanto a la elevación de las cuantías, la desconcentración del procedimiento de concesión y el sistema de garantía. Por último, se analizan otras formas de ayuda directa al estudio: las becas para estudios en extranjero, las becas para preparación de oposiciones a cátedra, las pensiones de estudio y bolsas de viaje.
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Se transcribe el texto de la demanda judicial presentada por unos padres de alumnos afectados por la obligatoriedad en el sistema educativo danés, de impartir a los alumnos educación sexual, aún en contra de las convicciones y pensamientos religiosos y filosóficos del alumno y de sus padres. Mediante una nota explicativa, la Revista de educación ponen en antecedentes al lector para después, transcribir la demanda judicial propiamente dicha que, finalmente, a través de la Comisión Europea, emite un veredicto: 1. Se admite la demanda en cuanto a que los demandantes alegan que la Ley de 27 de mayo de 1970 de Dinamarca, que establece la educación sexual obligatoria en las escuelas públicas, constituye una violación del artículo 2 del Protocolo número 1 de la 'Convención europea de salvaguardia de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales'. 2. Declara inadmisible la demanda en cuanto que afecta a las directivas y otras medidas administrativas dictadas por las autoridades danesas relativas a la manera en que debe impartirse la educación sexual.
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Se hace un recorrido por los principales documentos en los que se reconocen los derechos de los niños en relación con la educación. Se recoge legislación como: resolución del Parlamento Europeo sobre el Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza de 14 de marzo de 1984, Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950, Convención de la Conferencia General de la UNESCO relativa a la lucha contra la discriminación en el campo de la enseñanza de 14 de diciembre de 1960, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 19 de diciembre de 1966, etc..
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Se pretende abordar un mejor conocimiento de todo aquello que ocurrió en relación a la infancia en Bizkaia a través de la Revista 'Pro Infantia' (Boletín del Consejo Superior de Protección de la Infancia y Represión de la Mendicidad) cuyo primer número salió publicado en mayo de 1909 haciéndolo periódicamente hasta 1930, año en que desapareció. A través de los datos que aporta la revista se reconstruye el campo de protección en dicha provincia, destacando los siguientes ámbitos: la constitución de la Junta Provincial, los socorros y su normativa, la mendicidad, los espectáculos y la pornografía, las instituciones alrededor del Refugio y la aplicación del impuesto sobre los espectáculos públicos.
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Presentar unas bases teóricas que puedan orientar propuestas de educación en derechos humanos comprometidas con el desarrollo personal pleno. En el primer capítulo se hace una aproximación al fundamento de los derechos humanos. También se ocupa del contenido y evolución de los principales documentos de derechos humanos en la historia, así como del actual sistema internacional de protección de estos derechos. El derecho a la educación, además de la educación en derechos humanos, incluye otros componentes que se estudian en el segundo capítulo. El capítulo tercero se centra en la educación en derechos humanos. La educación en derechos humanos es un medio para afirmar la dignidad humana, contribuir al desarrollo personal pleno, fomentar el respeto a los derechos humanos, estimular la participación social y favorecer el respeto a uno mismo y a los demás. En el capítulo cuarto se trata de descubrir cuales son las líneas de pensamiento y actuación de las Naciones Unidas con respecto a la educación en derechos humanos. 1.- El derecho a la educación es un derecho humano que como tal necesita apoyarse en una fundamentación sólida para promover su defensa y respeto incondicional con independencia de la variabilidad de las circunstancias. 2.- Los derechos humanos requieren implicación personal activa en su ejercicio, ligando así el derecho con el deber. 3.- En el sistema internacional, los derechos humanos se incluyen en diferentes generaciones de derechos. Primera generación descansan sobre el principio de libertad. Segunda generación se apoyan en el valor de la igualdad. Tercera generación se asientan en la solidaridad. 4.- El derecho a la educación es recogido en los textos internacionales de derechos humanos como un derecho económico, social y cultural. 5.- El contenido del derecho a la educación viene definido por su dimensión social, su dimensión de libertad y su vertiente colectiva. 6.- La educación en derechos humanos también es la base del derecho a la educación, así como de los demás derechos humanos, ya que con esta educación se hace posible el respeto, promoción y realización de los derechos humanos en la sociedad. 7.- El ejercicio de los derechos humanos en libertad es un modo de participación social de los ciudadanos. 8.- La educación en los derechos humanos posee tres componentes: cognitivo, actitudinal y procedimental. 9.- Con la educación en derechos humanos se trata de conseguir que las personas se comprometan con su humanización como medio para que la convivencia social se rija por los valores de los derechos humanos.
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El derecho a la educación se desarrolla como un proceso imprescindible dentro de un sistema educativo regulado. Y las garantías jurídicas son el complemento imprescindible como instrumento de protección que permiten la aplicación de estos derechos. Además, la protección de estos derechos está directamente relacionada con el tipo de organización política que caracteriza a nuestro país, un estado autonómico, que se caracteriza por la descentralización administrativa y política en ciertas materias. La aceptación de competencias en materia educativa por parte de las Comunidades Autónomas las dota de una cierta autonomía para adaptar la enseñanza a la realidad social de su entorno. La educación está pasando por un proceso de reconceptualización de sus funciones y también de las funciones que se les atribuyen a los agentes educativos, lo cual deriva, a su vez, en una reconceptualización de las responsabilidades que genera el derecho a la educación. Se pretende que se produzca una mayor implicación de los distintos sectores sociales, lo que daría lugar, a una mayor democratización y autonomía educativa. A través de un análisis teórico y práctico, el presente artículo hace una aproximación a los distintos tipos de responsabilidades establecidos en el ámbito educativo: responsabilidad civil, administrativa, laboral, penal, corporativa y compartida.
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Resumen tomado de la publicación
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La política de protección a los estudiantes tiene por objeto asegurar que cualquier ciudadano con vocación y aptitudes, independientemente de su origen social y económico, pueda acceder a la educación, en este caso superior. Para ello es imprescindible realizar una política que proteja a los más desfavorecidos y les confiera los medios económicos y materiales necesarios para poder acceder a la educación superior. Esta política es objeto de un análisis comparativo en seis países europeos: Inglaterra, Rusia, Francia, Holanda, Suiza y Austria, a partir de los datos suministrados por la Sección de Estadística de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación.
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Es una carta dirigida por un estudiante universitario en la que se enumeran una serie de críticas al sistema vigente de concesión de protección escolar o asistencia social al estudiante universitario. Se comienza haciendo una valoración positiva del cambio de la Comisaría al modificar la denominación de Protección escolar, por la de Protección del derecho de estudio. Pero este cambio es considerado insuficiente, ya que la ayuda se ofrece a estudiantes universitarios, que por el hecho de serlo, pertenecen a familias con recursos económicos, en lugar de concederse a quien realmente lo necesita. Por tanto no se garantiza una igualdad de oportunidades. Las becas son iguales para todos, tanto estudiantes de familias ricas, como de familias con una economía media, casi siempre son para estudiantes universitarios, y se dan becas especiales a los Colegios Mayores, aunque los estudiantes puedan vivir con el mismo importe de forma más holgada por su cuenta.
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Se transcribe la conferencia pronunciada por el Comisario General de Protección Escolar y Asistencia Social, don José Navarro Latorre en la Escuela Nacional de Asistentes Sociales, en la que trata el tema de la igualdad de oportunidades ante el estudio, la justicia social en la educación y la misión del Estado de promover el bien común mediante la justicia.
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El principio octavo de la Declaración de los Derechos del Niño se relaciona con la protección de los niños contra los accidentes. Así, se contempla la epidemiología de estos accidentes y se facilitan datos del mundo y respecto de España; se plantean la actitud de los adultos, las acciones preventivas y curativas y las normas para padres y educadores.
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Monográfico con el título: 'Videojuegos: una herramienta en el proceso educativo del 'Homo Digitalis''. Resumen basado en el de la publicación