151 resultados para Drets humans -- Congressos
Resumo:
En aquest treball hem analitzat què és l’espai públic a partir d’un recorregut històric i la importància que en ell juguen els drets i llibertats fonamentals. El límit de la salvaguarda de la seguretat que s’aplica a aquests drets en l’espai públic suposa la reducció d’aquest espai que en principi seria un espai que deuria existir pel caràcter públic d’aquestes llibertats i drets que, segons la nostra constitució, son inherents a la dignitat de l’home. En canvi, a partir de tota la jurisprudència recollida, ens trobem davant d’una reducció d’aquest espai entès com una concessió per part de l’Estat d’uns drets a l’individu que aquest pugui exercir amb uns límits determinats.
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Esta memoria aborda la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) y la Acción Social (AS) de las empresas farmacéuticas como contribución a los ODM y al Derecho Universal a la Salud. El objetivo del estudio es comprobar si dicha contribución se cumple a través de la RSE, o a través de AS, partiendo de la hipótesis que es la AS la herramienta utilizada. Para ello se realiza un análisis cualitativo de las acciones y programas desarrollados por dichas empresas y dirigidos a los países empobrecidos, y contrastándolo con un modelo de RSE y AS, construido tras la revisión las definiciones de los principales organismos, y realizando su análisis conceptual y la definición de sus elementos distintivos.
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Semblanza del concepto de Dignidad Humana en la legislación española y los derechos humanos.
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El Grup presenta un document d'opinió amb la voluntat d'intervenir en el debat sobre la interrupció voluntària de l'embaràs i proposarmesures normatives que posin fi a l'actual situació d¿inseguretat jurídica derivadade la distorsionada aplicació que s'efectua de la desfasada legislació vigent.L'avortament és un veritable problema de salut pública i tant l'ètica com el drethan de plantejar pautes de conducta assumibles per la majoria dels ciutadans irespectuoses amb les minories, tenint sempre com a marc de referència i principiindeclinable el respecte als Drets Humans.
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La paradoja más lacerante de nuestros días es la creciente distancia entre la Declaración de los Derechos del Hombre de 1948 y su escasa implantación en la realidad cotidiana. Los derechos del hombre sólo son posibles teniendo como horizonte la Humanidad, no los Estados-nación. Los apátridas, los refugiados, los inmigrantes son el escándalo y la denuncia de esa distancia entre "derechos del hombre" y "derechos del ciudadano". Cualquier razón -cultural, política, económica- nos sirve para demonizar al "otro", al que no es como nosotros.
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La discusión sobre la eutanasia continúa siendo una de las más candentes en el ámbito de la bioética. En este artículo, analizaremos el debate entre quienes rechazan la eutanasia amparándose en la santidad de la vida humana y quienes la defienden propugnando como ideas fundamentales la calidad de vida y la autonomía individual. Tras estas visiones enfrentadas, subyace una discusión más profunda entre una concepción antigua de los derechos humanos, basada en el respeto a un orden «natural» y una concepción moderna de los mismos, heredera de un humanismo laico, que considera la autonomía el principal valor.
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El Grup presenta un document d'opinió amb la voluntat d'intervenir en el debat sobre la interrupció voluntària de l'embaràs i proposarmesures normatives que posin fi a l'actual situació d¿inseguretat jurídica derivadade la distorsionada aplicació que s'efectua de la desfasada legislació vigent.L'avortament és un veritable problema de salut pública i tant l'ètica com el drethan de plantejar pautes de conducta assumibles per la majoria dels ciutadans irespectuoses amb les minories, tenint sempre com a marc de referència i principiindeclinable el respecte als Drets Humans.
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[spa] Como expresión de la naturaleza erga omnes de las obligaciones jurídicas relativas a la protección de derechos humanos, muchos tratados de derechos humanos que establecen órganos de expertos permiten a los Estados Parte presentar quejas ante dichos órganos contra otras Partes que no observan las obligaciones convencionales. Tales quejas interestatales son un mecanismo híbrido que busca controlar la aplicación del tratado, solucionar las controversias entre Estados Parte y/o prevenir esas controversias. En la práctica, no obstante, las quejas interestatales se interponen en raras ocasiones, principalmente por causa de su alto componente político, que hace que sean vistas como un acto inamistoso. Pese a este escaso uso, llama la atención que la mayoría de quejas interestatales presentadas hasta la fecha se hayan referido a situaciones excepcionales calificables de"crisis", lo que parece poner de manifiesto que este mecanismo podría ser particularmente útil para hacer frente a las violaciones de derechos humanos cometidas en períodos de excepcionalidad.
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[spa] Tras largas y complejas negociaciones, la Unión Europea celebró un acuerdo comercial con Colombia en 2010 que ha empezado a aplicarse provisionalmente el 1 de agosto de 2013. El artículo se centra en las relaciones entre Colombia y la Unión y analiza el impacto que dicho acuerdo pueda tener en el marco de las obligaciones de las partes de respetar los derechos humanos universalmente reconocidos, incluyendo derechos sociales y los derechos de los pueblos indígenas. De dicho análisis se deriva que la presencia de cláusulas democráticas o de derechos humanos en el Acuerdo es insuficiente, habida cuenta los antecedentes del SGP+ vigente hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, mientras que algunos aspectos sustantivos del Acuerdo permiten augurar consecuencias negativas respecto de los sectores sociales más desfavorecidos en la República de Colombia.
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A partir de l’any 2011 i fins l’actualitat, l’onada de protestes i revoltes ciutadanes batejada com “la Primavera Àrab” ha sacsejat el panorama polític de la regió del Mediterrani i de les relacions internacionals. El present treball analitza com el cas de la guerra civil síria (iniciada el març de 2011 i que constitueix un cas enormement complex a causa de la fragmentació de l’oposició, l’elevat nombre d’actors interns i externs que hi intervenen i la seva varietat d’interessos, entre d’altres factors) ha posat en evidència l’efectivitat de la Responsabilitat de Protegir per frenar violacions sistemàtiques dels Drets Humans, tal i com ha evidenciat la incapacitat de la Comunitat Internacional d’actuar de manera cohesionada i efectiva en aquests més de dos anys. A més a més, la impossibilitat de portar a terme una intervenció militar multilateral emparada en el marc de la Responsabilitat de Protegir a causa de factors com el bloqueig del Consell de Seguretat i la incertesa que envolta les possibilitats d’èxit i els mecanismes que s’haurien de seguir durant l’actuació i reconstrucció de l’Estat fa evident la necessitat d’una redefinició del principi perquè aquest doni resposta a aquestes qüestions i pugui constituir un instrument realment efectiu.
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La sociedad civil ha tenido un papel capital en el desarrollo de la justicia transnacional en el mundo. Las organizaciones de defensa de los derechos humanos en cada país a través de sus redes de apoyo y cooperación en el exterior han sido capaces de transformar episodios dolorosos de tránsito de la dictadura a la democracia en procesos de renovación jurídica nacional, que, a su vez, han tenido un alcance internacional. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en Argentina, ha cumplido justamente esta función. El CELS ha sido durante años uno de los referentes de la sociedad civil argentina en su lucha por la defensa de los derechos humanos, tanto por su contribución al logro de una plena justicia transicional después de la dictadura, como por su tutela de los derechos humanos en general. Su experiencia en los foros internacionales en busca de fórmulas que le permitieran soslayar las leyes de impunidad nacionales le ha proporcionado una base sólida en la que apoyar sus estrategias para la defensa de las víctimas de la violencia institucional y la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.
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La violencia doméstica contra las mujeres constituye una forma de discriminación basada exclusivamente en el género que impide a un amplio sector de la población europea disfrutar plenamente de los derechos que le son internacionalmente reconocidos. Pese a la dimensión paneuropea del problema y a su compromiso de salvaguardar y dar la mayor efectividad a los derechos humanos, el Consejo de Europa ha evitado durante años imponer obligaciones jurídicas internacionales a los Estados en relación con la erradicación de la violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica (excepción hecha de las disposiciones del Convenio europeo de derechos humanos, aunque se aplicaban sin tener en cuenta un enfoque de género). Sin embargo, ante los insuficientes resultados obtenidos se ha considerado necesario disponer de un tratado europeo en la materia, la Convención sobre la prevención y la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, que establece un marco integral de actuación sobre la base de los principios de igualdad y no discriminación y de diligencia debida.
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El derecho humano al agua potable y al saneamiento viene afirmándose de manera cada vez más rotunda en el plano internacional. Supone la capacidad de cada ser humano de acceder a agua limpia y segura de manera asequible, y la obligación correlativa de los Estados de garantizar y proteger este derecho. Los Estados de Asia Central disponen de agua suficiente para garantizar este derecho a todos sus ciudadanos, pero la mala gestión y el despilfarro hace que algunas zonas, sobre todo rurales, tengan importantes carestías. Las mejoras en tarificación, servicio y cooperación transfronteriza se apuntan como posibles vías de solución.
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Este artículo se plantea como una revisión del proceso que se inició a partir de las“Normas sobre las responsabilidades de las transnacionales y otras empresascomerciales respecto a los derechos humanos” que aunque fueron aprobadas en el 55ºperíodo de sesiones de Naciones Unidas de agosto de 2003, finalmente no fueronadoptadas quedando de momento sin entrar en vigor. Se realiza una presentación del papel jugado por el profesor John Ruggie en el proceso posterior a la emisión de las normas, y del informe “Protect, respect and remedy” junto con el informe sobre líneas estratégicas de abril de 2009. Las normas finalmente fueron aprobadas el 16 de junio de 2011 siguiendo la pauta establecida en el informe anteriormente citado.
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[spa] Tras largas y complejas negociaciones, la Unión Europea celebró un acuerdo comercial con Colombia en 2010 que ha empezado a aplicarse provisionalmente el 1 de agosto de 2013. El artículo se centra en las relaciones entre Colombia y la Unión y analiza el impacto que dicho acuerdo pueda tener en el marco de las obligaciones de las partes de respetar los derechos humanos universalmente reconocidos, incluyendo derechos sociales y los derechos de los pueblos indígenas. De dicho análisis se deriva que la presencia de cláusulas democráticas o de derechos humanos en el Acuerdo es insuficiente, habida cuenta los antecedentes del SGP+ vigente hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, mientras que algunos aspectos sustantivos del Acuerdo permiten augurar consecuencias negativas respecto de los sectores sociales más desfavorecidos en la República de Colombia.