51 resultados para Víctimas
Resumo:
Vivimos tiempos inciertos. Atravesamos una gran crisis, o “la gran estafa” como algunos prefieren denominarla. Diversos factores han hecho que lleguemos a esta situación. Una Unión Europea no real, un crecimiento basado en pilares pocos sólidos, la extraordinaria desigualdad que han generado las políticas neoliberales. No es solo una crisis económica, pretenden venderla como tal pero nos encontramos ante una crisis política, antropológica, moral, ideológica, de la democracia. Para muchos nos encontramos ante una crisis sistémica donde las deudas se socializan y los beneficios se privatizan. Los gobiernos son dirigidos por los mercados y por instituciones transnacionales que no son democráticas, y los ciudadanos no eligen a sus dirigentes. Las deudas socializadas son ocasionadas por malos gestores de bancos que además se asignan sueldos altísimos e indemnizaciones multimillonarias. Se recortan derechos conseguidos en estos 40 años de democracia en nuestro país. Gobiernan partidos políticos que ganan las elecciones con programas electorales que incumplen de forma manifiesta desde el primer día, y que por tanto están deslegitimados para conducir la política para la que han sido elegidos. En este contexto los jóvenes son las principales víctimas
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Aquest projecte de recerca té com a objecte l'anàlisi de les línies bàsiques de la Llei orgànica 1/2004, de 28 de desembre, de mesures de protecció integral contra la violència de gènere i, més concretament, de la regulació de la tutela cautelar de les víctimes d'aquest tipus de violència. Quant a la regulació de les mesures de protecció que podrà adoptar el Jutge de violència de gènere, s'ha optat per la seva inclusió expressa, ja que no es troben recollides com a mesures cautelars a la Llei d'enjudiciament criminal, que només regula la prohibició de residència i la de poder anar a un determinat lloc pels delictes recollits a l'art. 57 del Codi penal (article 544 bis LECrim, introduït per la Llei orgànica 14/1999). Malgrat els dubtes envers la naturalesa jurídica d'aquestes mesures, és clar que també persegueixen el fi típic de les mesures cautelars clàssiques, encara que de forma tangencial: assegurar el desenvolupament amb èxit del judici oral, mantenint allunyada a la víctima tan de nous actes violents com d'amenaces dirigides a assolir una retractació del seu inicial testimoni. Es tracta, doncs, de "mesures cautelars" (personals) que incideixen sobre la llibertat de l'imputat (restringint la seva llibertat de circulació i de residència), que tenen com a pressupostos tant el fumus boni iuris (judici de probabilitat del jutge), com el periculum in mora (entès més aviat com a periculum libertatis o periculum in damno), i que responen a les característiques d'instrumentalitat, provisionalitat, jurisdiccionalitat, oficialitat, revocabilitat i homogeneïtat (però no identitat) amb les mesures executives. D'altra banda, també s'afegeix la possibilitat que qualsevol d'aquestes mesures de protecció pugui ser utilitzada com a mesura de seguretat, des del principi o al llarg de l'execució de la sentència, incrementant-se així la llista de l'art. 105 del Codi penal, i possibilitant al jutge la garantia de protecció de les víctimes més enllà de la finalització del procés.
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Desde la firma del llamado Acuerdo de Viernes Santo en abril de 1998, la violencia en Irlanda del Norte ha disminuido considerablemente, pues los principales grupos terroristas han ido abandonando sus respectivas campañas terroristas. No obstante, como se explicará más adelante, otros grupos terroristas, fundamentalmente aquellos escindidos de la principal facción del IRA a lo largo de la última década, siguen manteniendo su actividad terrorista. La intensidad de la misma no tiene parangón con la que mantuvo el IRA desde finales de los años sesenta, a pesar de lo cual esta violencia por parte de los denominados grupos “disidentes” genera una considerable inestabilidad política en la región. El IRA (Irish Republican Army, Ejército Republicano Irlandés) es la organización terrorista responsable del mayor número de víctimas mortales en Europa. Desde el estallido de la violencia en Irlanda del Norte, más de 3600 personas han perdido la vida como consecuencia de la campaña terrorista perpetrada por el IRA y otros grupos terroristas unionistas como la UVF (Ulster Volunteer Force) y la UFF (Ulster Freedom Fighters). El IRA ha sido responsable del 60 % de esas muertes, mientras que los grupos unionistas causaron el 28 % de las mismas. Suele atribuirse un 10 % de esas víctimas a las fuerzas y cuerpos de seguridad. En consecuencia, se puede afirmar que el IRA ha sido el responsable del mayor número de víctimas entre la población católica a la que declaraba defender. Este hecho revela cómo uno de los argumentos utilizados por el IRA para justificar su campaña terrorista –la defensa de la población católica y nacionalista- no es coherente con la realidad, pues el terrorismo del IRA no disminuyó la violencia contra dicha población de referencia tanto por parte del IRA como de los otros grupos terroristas.
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En el nou marc universitari que dibuixa l’adaptació de les titulacions a l’Espai Europeud’Educació Superior, es proposa que el titulat de grau en Psicologia acabi la carrera amb lescompetències bàsiques mínimes d’ajut psicològic que li permetin fer front a situacionsd’emergència inesperades i reaccionar de manera professional sense empitjorar la situació operjudicar l’estat de les víctimes, i amb un mínim de seguretat en allò què ha de fer o, al menys,en allò que no ha de fer. Es considera que hauria de tenir, com a mínim, el mateix nivell deformació que tenen altres col·lectius que habitualment es troben implicats en una emergència(personal sanitari, bombers, voluntaris, etc.) per tal que no es trobi en inferioritat de condicionspel que es refereix a la manera de proporcionar primers auxilis psicològics a víctimes. Esproposa un programa formatiu en el títol de grau en Psicologia
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En este informe de legislación, el autor da razón del contenido básico de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo, así como de los reglamentos que la desarrollan, aprobados por los Reales Decretos 1.912/1999 y 1.974/1999, de 17 y 23 de diciembre.
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El artículo presenta una investigación realizada sobre una muestra de 734 residentes en Barcelona ciudad, para conocer la percepción de las personas que han sido víctimas de delitos y las que no sobre la prisión, las medidas alternativas a la prisión (MAP), su función social en la reinserción del delincuente y sus efectos sobre la reducción de la delincuencia. También se analizó el conocimiento sobre las MAP de forma espontánea y sugerida. Los resultados mostraron cómo las víctimas sostienen una visión más positiva de las MAP frente a la prisión y un mayor conocimiento de las mismas. Por el contrario, no mostraron diferencias en la percepción de la prisión como medio de reinserción o reducción de la delincuencia.
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La preocupación social por la violencia de género es una realidad, tanto en el ámbito nacional como internacional, incluyendo en la actualidad no sólo a la víctima directa sino también a los menores expuestos. La victimología del desarrollo ha contribuido a hacer visibles a estos menores y mostrarlos no como meros espectadores sino también como víctimas que se ven privadas de derechos y libertades básicos para su correcto desarrollo. Desde una perspectiva amplia es más adecua do hablar de exposición de los menores a la violencia familiar, incluyéndose así no sólo la dirigida hacia la mujer sino también aquélla que afecta al hombre o la que se produce de manera bidireccional entre los padres o entre uno de los padres y su pareja (Wolak y Finkelhor, 1998). A su vez, aunque menos estudiada, también de be considerarse dentro de esta categoría la exposición a la violencia que los padres dirigen a los hermanos del menor.Los estudios demuestran que el maltrato no siempre se extiende a toda la fratría: incluso en los casos más graves de maltrato fisico, el 18% de los hermanos estaría a salvo del trato violento dirigido a uno de ellos (Pereda y Almirall, 2004).
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Este estudio es una investigación cualitativa que pretende conocer la experiencia demobbing entre el personal de enfermería, con la finalidad de aumentar el conocimientodel problema, difundir la existencia del mismo entre la profesión a partir de un grupo deestudio, y concienciar a las personas que dirigen las instituciones y a los demásprofesionales de la necesidad de intervenir.Objetivos: Conocer el significado que dan las enfermeras a la experiencia y sufrimientovividos, y conocer el significado de las reacciones del entorno frente a esta situaciónpersonal y laboral que viven o vivieron.Este estudio permitirá avanzar en el conocimiento de esta situación que afecta a lasalud física y psíquica de las víctimas de forma integral, y atenta contra el derechofundamental a la dignidad de trabajador.También servirá para aumentar entre los profesionales de enfermería laconcienciación sobre la necesidad de reconocer esta realidad y trabajar paradesarrollar estrategias para evitarla y prevenirla.Con ello estaremos no sólo atendiendo los derechos de las enfermeras y velando porsu salud, sino también incidiendo indirectamente en la mejora de la calidad de loscuidados que los pacientes reciben de ellas. En consecuencia, puede servir paraaumentar la calidad del sistema sanitario tanto interna como externamente.Además, mi propia experiencia personal como víctima de mobbing en una anterioretapa profesional, aumentan mi interés por profundizar en esta experiencia paraayudar con este estudio a otras personas en esta situación.
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La sociedad civil ha tenido un papel capital en el desarrollo de la justicia transnacional en el mundo. Las organizaciones de defensa de los derechos humanos en cada país a través de sus redes de apoyo y cooperación en el exterior han sido capaces de transformar episodios dolorosos de tránsito de la dictadura a la democracia en procesos de renovación jurídica nacional, que, a su vez, han tenido un alcance internacional. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en Argentina, ha cumplido justamente esta función. El CELS ha sido durante años uno de los referentes de la sociedad civil argentina en su lucha por la defensa de los derechos humanos, tanto por su contribución al logro de una plena justicia transicional después de la dictadura, como por su tutela de los derechos humanos en general. Su experiencia en los foros internacionales en busca de fórmulas que le permitieran soslayar las leyes de impunidad nacionales le ha proporcionado una base sólida en la que apoyar sus estrategias para la defensa de las víctimas de la violencia institucional y la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.
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La seguridad ciudadana es una prioridad de los países de América Latina y el Caribe y una dimensión fundamental de la seguridad humana. No se trata únicamente de reducir de los altos niveles de violencia, sino de tener estrategias para mejorar el desarrollo humano y las oportunidades de las personas. En este trabajo, se analiza la violencia juvenil y la inseguridad desde una perspectiva multicausal, y cómo el voluntariado (con sus fortalezas y debilidades), puede contribuir a la prevención social de la violencia. Con especial énfasis en las víctimas y victimarios jóvenes
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La historia canónica de la belleza se ha representado en cuerpos femeninos heteropatriarcales estatuarios, producidos por discursos socioculturales que se afirman sobre el desposeimiento de la subjetividad y del deseo. La misma mirada, marcada por los prejuicios de sexo/género, nos ha legado una historia de violencia en que las mujeres solo pueden ser monstruosas metáforas del terror o víctimas inermes. Este libro parte justamente del alejamiento de estas bellezas estatuarias e invita a analizar esos ámbitos, no celebrativos, en que las mujeres —reales o de ficción— se afirman y se humanizan en su relación con el silencio, el dolor, la violencia y el horror. Desde la Edad Media hasta obras publicadas hace menos de veinte años, encontramos voces de mujer que se alejaron de la doxa de una u otra forma, a veces por el simple hecho de osar transformar su voz silenciada en palabra escrita. Lo que callan los corpus, lo que afirman los cuerpos presenta nueve visiones de violencia —física o simbólica, subjetiva u objetiva— ejercida sobre y por las mujeres a través del silencio, la ocultación, el encierro o la grotesca deformación de la verdadera realidad de su escritura y propone, así, nueve análisis que superan inercias para leer los corpus literarios más allá de cánones, con el cuerpo en primer plano.
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Des de 1999, el Departament de Justícia aplica el Programa de mediació penal amb infractors adults i víctimes. Aquest Programa, emmarcat en la perspectiva de l’anomenada Justícia Restaurativa, cerca resoldre el conflicte produït pel delicte implicant totes les parts i concedint un paper clau a la víctima, sobre la restitució de la qual gira el procés mediador. La recerca que es presenta fa una avaluació del funcionament d’aquest Programa amb l’objectiu de constatar si la mediació penal pot satisfer algunes de les necessitats de les víctimes de delictes. La valoració que en fan les víctimes que han participat en l’estudi d’avaluació és positiva. Els principals beneficis que destaquen són la reparació material, rebre les disculpes de l’infractor, poder explicar la seva vivència i sentir-se escoltades, i poder participar en la resolució del seu propi procediment i en la resolució final del conflicte.
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Desde 1999, el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña aplica el Programa de mediación penal con infractores adultos y víctimas. Este Programa, enmarcado en la perspectiva de la llamada Justicia Restaurativa, busca resolver el conflicto producido por el delito implicando a todas las partes y concediendo un papel clave a la víctima, sobre la restitución de la cual gira el proceso mediador. La investigación que se presenta hace una evaluación del funcionamiento de este Programa con el objetivo de constatar si la mediación penal puede satisfacer algunas de las necesidades de las víctimas de delitos. La valoración que hacen las víctimas que han participado en el estudio de evaluación es positiva. Los principales beneficios que destacan son la reparación material, recibir las disculpas del infractor, poder explicar su vivencia y sentirse escuchadas, y poder participar en la resolución de su propio procedimiento y en la resolución final del conflicto.
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El paper analiza los cambios y las continuidades en los conflictos armados de alta intensidad, las guerras, en el siglo XXI, también llamadas “nuevas guerras”. Se propone un patrón de análisis en torno a diez variables: el número de conflictos, el nivel de intensidad, las víctimas que producen, el contexto espacial en que se desarrollan, las causas que los ocasionan y los objetivos que persiguen las partes, las tácticas e instrumentos de combate utilizados, la economía de los conflictos, las pautas regionales y la relación entre conflictividad armada de alta intensidad y seguridad. Se defiende que las trasformaciones experimentadas en la pauta de conflictividad armada no han conducido a un mundo más seguro sino que, al contrario, han exacerbado la dificultad de gestión de los conflictos debido a la mayor complejidad de los mismos, tanto por la multicausalidad de las incompatibilidades y el carácter estructural de muchas de ellas, como por el mayor número de actores y sobre todo por su diversidad, vinculado al hecho de que las normas e instituciones tradicionales de gestión de conflictos están pensadas para un tipo de conflictividad –la interestatal– en clara regresión, mientras que seguimos sin disponer de instrumentos normativos vinculantes adaptados a las nuevas necesidades, y los que existen no son aceptados por todos los Estados ni siquiera por todas las grandes potencias del sistema interestatal.
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La dimensión real de la actual política criminal española carece de adecuados niveles de racionalidad, entre sus múltiples causas, podemos mencionar el fenómeno de la creciente dinámica punitivista, la ausencia de una adecuada cultura de evaluación, el menosprecio a la criminología, la escasa consideración de los responsables políticos hacia las opiniones expertas de la dogmática, y la constante indiferencia de ésta hacia la realidad que debe enfrentar. Se configura así un decepcionante panorama donde la política criminal real aparece como carente de una sólida base empírica. La dimensión teórica de la política criminal, no puede soslayar el aporte de las investigaciones criminológicas, ya que aquellos tendrían la virtualidad de ser condición necesaria aunque no suficiente de la utilización racional del sistema punitivo. Hay que optar por una reducción de la privación de libertad y promover otras sanciones en cuyo contenido se armonicen los conceptos de incapacitación y responsabilización. Además, se requiere el desarrollo de una victimología que se dirija a inhibir los impulsos punitivos de las víctimas en función de orientar la política criminal hacia una cultura jurídica reparatoria que enfrente la actual expansión del derecho penal.