142 resultados para PROCEDIMIENTOS QUIRURGICOS OPERATIVOS-METODOS
Resumo:
Se estudia el procedimiento de impugnación de disposiciones y resoluciones autonómicas, regulado en el título V de la LOTC, en desarrollo del art. 161.2 CE. En el mismo, el Gobierno central goza de la legitimación activa para impugnar cualquier actividad infralegal, normativa o no, de una Comunidad Autónoma, por motivo de una inconstitucionalidad no competencial. Se trata de una impugnación residual de otros procedimientos, como el recurso de inconstitucionalidad o los conflictos positivos de competencia. El Gobierno central ostenta, así, importantes instrumentos para frenar la actividad de las Comunidades Autónomas en su integridad, en una asimetría procesal que dota a los órganos centrales de unos poderes “preventivos” no imprescindibles. De esta manera, se manifiesta una concepción de la organización territorial del Estado español, no deferente con las Comunidades Autónomas. El desarrollo extensivo que se ha realizado del art. 161.2 CE, asignándose al Gobierno central un papel prepotente y asimétrico respecto de los órgano autonómicos, se estudia desde la perspectiva técnico-jurídica del procedimiento jurisdiccional y desde el trasfondo político del mismo que tiene su máxima expresión en el auto que inadmite la impugnación contra el “Plan Ibarretxe” (Auto 135/2004, de 20 de abril).
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Los requisitos del Negocio que requieren un gran crecimiento generan mayor complejidad en los Centros de Cómputo.Son los administradores quienes necesitan gestionar el creciente volumen de datos, aplicaciones, y usuarios, así como la rápida proliferación de los servidores y los diferentes sistemas operativos. En este proyecto se pretende reducir la complejidad en la gestión de los Centros de Cómputo, combinando la automatización de la gestión del ciclo de vida y todas las medidas de contingencia necesarias para mantener la integridad de los mismos.
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CISNE es un sistema de cómputo en paralelo del Departamento de Arquitectura de Computadores y Sistemas Operativos (DACSO). Para poder implementar políticas de ordenacción de colas y selección de trabajos, este sistema necesita predecir el tiempo de ejecución de las aplicaciones. Con este trabajo se pretende proveer al sistema CISNE de un método para predecir el tiempo de ejecución basado en un histórico donde se almacenarán todos los datos sobre las ejecuciones.
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CODEX SEARCH es un motor de recuperación de información especializado en derecho de extranjería que está basado en herramientas y conocimiento lingüísticos. Un motor o Sistema de Recuperación de Información (SRI) es un software capaz de localizar información en grandes colecciones documentales (entorno no trivial) en formato electrónico. Mediante un estudio previo se ha detectado que la extranjería es un ámbito discursivo en el que resulta difícil expresar la necesidad de información en términos de una consulta formal, objeto de los sistemas de recuperación actuales. Por lo tanto, para desarrollar un SRI eficiente en el dominio indicado no basta con emplear un modelo tradicional de RI, es decir, comparar los términos de la pregunta con los de la respuesta, básicamente porque no expresan implicaciones y porque no tiene que haber necesariamente una relación 1 a 1. En este sentido, la solución lingüística propuesta se basa en incorporar el conocimiento del especialista mediante la integración en el sistema de una librería de casos. Los casos son ejemplos de procedimientos aplicados por expertos a la solución de problemas que han ocurrido en la realidad y que han terminado en éxito o fracaso. Los resultados obtenidos en esta primera fase son muy alentadores pero es necesario continuar la investigación en este campo para mejorar el rendimiento del prototipo al que se puede acceder desde &http://161.116.36.139/~codex/&.
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En el presente trabajo se lleva a cabo una descripción general del régimen de responsabilidad de los administradores societarios en el Derecho tributario español. Desde la delimitación del concepto general de responsabilidad tributaria y de las posiciones jurídicas subjetivas de responsabilidad -solidaria y subsidiaria- contempladas en la Ley General Tributaria se abordan los supuestos específicamente referidos a los administradores para terminar con una exposición de tres procedimientos de derivación de responsabilidad que pueden, también, terminar afectando a quienes participan del gobierno de entidades societarias.
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Aquest projecte neix per facilitar l’ús de la “Guia per a l’avaluació de competències als treballs de final de grau i màster a les enginyeries” elaborada per un grup de professors de sis universitats públiques catalanes, de tres titulacions d’Enginyeria (Enginyeria Informàtica, Enginyeria de Telecomunicacions i Enginyeria Química). Per facilitar l'ús de la Guia s’ha implementat aquesta aplicació web que permet definir de forma senzilla i efectiva els procediments per a realitzar l'avaluació de competències en els Treballs de Fi de Grau (TFG) i de Fi de Màster (TFM).
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En este trabajo se analizan las relaciones financieras entre el Estado y las Haciendas territoriales vascas desde la perspectiva de su adecuación a la ley del Concierto de 2002. Su principal conclusión es que la contribución del País Vasco a la Hacienda estatal es muy inferior a lo que debería ser de acuerdo con la legislación básica actualmente en vigor. El origen del desajuste está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las cargas estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007.
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La tramitació de les Ajudes i Subvencions es considera un dels procediments claus sobre els quals s'ha d'implementar iniciatives d'Administració Electrònica i d'optimització de la gestió. L'objectiu d'aquest projecte és desenvolupar un pilot amb la tecnologia Adobe Forms que implementi el servei de Formularis Electrònics.
Publiradio.net: innovación docente e investigación sobre publicidad radiofónica en el marco del EEES
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La adaptación del sistema universitario catalán y español al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) está favoreciendo la aparición de nuevas metodologías docentes en respuesta a los requerimientos del llamado European Credit Transfer System (ECTS), una modalidad de crédito cuya principal característica consiste, como ya es ampliamente conocido, en focalizar la atención en el estudiante y, especialmente, en generar un proceso interactivo en el que el alumno se convierta en responsable activo de la adquisición de conocimientos. En el ámbito de las Ciencias de la Comunicación, una de las iniciativas más destacables de aproximación al EEES comienza en el año 2004, cuando el Departament d'Universitats, Investigació i Societat de la Informació de la Generalitat de Catalunya (DURSI) eligió a varios centros catalanes para que aplicaran de manera experimental el nuevo sistema común de créditos derivados de la Declaración de Bolonia. La Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) fue uno de ellos, y ésta, a su vez, decidió poner en práctica la prueba piloto en la licenciatura de Publicidad y Relaciones Públicas. Es a partir de ese momento cuando los profesores del Departament de Comunicació Audiovisual i Publicitat de la UAB que forman el grupo de investigación Publiradio2 deciden poner en marcha un proyecto que, en el marco de las asignaturas de creatividad y de radio publicitaria, respondiera a las exigencias de la cultura docente en la que se inspira el crédito ECTS. Nace así Publiradio.net, un aplicativo on-line para la creación de publicidad radiofónica destinado, también, a facilitar y potenciar el aprendizaje autónomo entre los estudiantes, a fomentar, en sintonía con las apreciaciones de Aguaded, la utilización de 'técnicas y procedimientos que permitan al alumnado su análisis y uso como lenguajes propios' y a impulsar y facilitar a los estudiantes la investigación en publicidad radiofónica.
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Este trabajo tiene como propósito presentar y valorar, desde la perspectiva del alumnado participante, un proyecto de investigación-formación puesto en marcha durante el curso 2003-2004 en la elaboración del trabajo de tesina, fin de carrera, en la Escuela de Enfermería de Vitoria, dentro del programa de Licenciatura Europea de Enfermería. Constituye el punto de partida de un proyecto a largo plazo, iniciado con la intención de desarrollar principios teóricos y procedimientos prácticos que nos permitan sistematizar procesos formativos que, centrados en la investigación, articulen la teoría y la práctica e integren una perspectiva comunicativa y cooperativa.
Reconfigurando espacios : el Grupo XIX de Teatro ya la renovación del escenario teatral en São Paulo
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Considerando las últimas tendencias teatrales ocurridas en la ciudad de São Paulo (Brasil) que culminaron en la renovación del escenario teatral en la últimas dos décadas, esta investigación tiene como enfoque central entender cómo la ocupación y/o utilización de determinados espacios urbanos y las relaciones generadas por este entorno influencian y/o determinan la manera de producción artística de un grupo teatral. Para eso son investigados los procedimientos creativos del Grupo XIX de Teatro (São Paulo, 2000), desde su organización interna, construcción dramatúrgica, escénica y de lenguaje, partiendo del análisis del proceso de sus dos primeros montajes: Hysteria e Hygiene.
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Este trabajo pretende realizar un acto de lectura e interpretación del texto de Enrique Vila-Matas París no se acaba nunca (2003). La lectura se sitúa desde la perspectiva concreta y delimitada de la red literaria que se teje en el novela. La metáfora de la red, atendiendo a sus tres acepciones: red como tejido, red como ardid y red como conexión, da las directrices del trabajo que intenta responder a estas cuestiones: a) qué hilos forman su tejido narrativo, b) cómo se configura la red, c) qué posibles mecanismos establecen la red como conexión. La lectura se inscribe en el doble marco de la intertextualidad y de la ironía. A través de las citas, alusiones y referencias literarias se destacan algunos procedimientos e intencionalidades en la configuración de la novelística de Enrique Vila-Matas, en su Manifiesto estético
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El projecte d’intercanvi d’energia intel·ligent defensa la idea que és possible un nou model energètic. Aquest nou model pretén aprofitar al màxim possible els recursos energètics que provenen de fonts d’energies renovables i consisteix en la integració de xarxa elèctrica i telecomunicacions en la que usuaris són consumidors i a l’hora productors d’energia elèctrica mitjançant els seus propis sistemes de generació basats en energies renovables, amb la finalitat d’adaptar la demanda a l’oferta. El projecte desenvolupa la part que s’encarrega de fer aquesta gestió de repartiment i intercanvi d’electricitat entre els usuaris, utilitzant les politiques de gestió de processos per una CPU. Per això s’ha fet una adaptació dels algorismes que utilitzen els sistemes operatius a l’àmbit de la xarxa d’intercanvi. Per comprovar els resultats d’aquest estudi, s’han fet les simulacions del model proposat en un entorn web (www.energiainteligent.com) per tal de poder fer una anàlisi dels resultats.
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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.
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Introducció: El bypass gàstric en Y de Roux laparoscòpic (BGYRL) és la tècnica quirúrgica d’elecció per al tractament de l’obesitat mòrbida. La gastrectomia tubular laparoscòpica (GTL) és una tècnica bariàtrica restrictiva amb resultats molt prometedors en relació a la pèrdua de pes, però se’n desconeixen els efectes metabòlics i endocrins. L’objectiu d’aquest estudi és l’avaluació de les diferències en la resposta del metabolisme de la glucosa i la secreció d’hormones intestinals entre ambdós procediments. Material i mètodes: Es va dissenyar un estudi prospectiu i aleatoritzat per la realització del BGYRL i la GTL, ambdós realitzats via laparoscòpica. Totes les pacients es varen avaluar abans, i als 3 i 12 mesos de la intervenció. Se’ls va prendre una mostra de sang venosa després d’un dejuni de 12 hores i als 10 i 60 minuts després de la ingesta d’Ensure® 420 kcal per realitzar les determinacions dels nivells plasmàtics de glucosa, insulina, grelina, leptina, pèptid relacionat amb glucagó (GLP-1), pèptid YY (PYY) i polipèptid pancreàtic (PP). Resultats: Es varen incloure 15 pacients (totes de gènere femení, edat mitja de 48±9 anys, IMC de 44±2.7 kg/m2 amlitat preoperatòria) dels quals 7 van ser aleatoritzats a BGYRL i 8 a GTL. No hi van haver diferències entre ambdós grups en edat, IMC preoperatori, classificació ASA i determinacions hormonals preoperatòries. Després de la cirurgia, s’observa un descens de la glicèmia i insulinèmia, amb una reducció de l´índex HOMA-IR en ambdós grups. Postoperatòriament, es detecta una disminución de les concentracions de la leptina en dejú i després de la ingesta, significativament menor en el grup de BGYRL. Mentre que els nivells de grelina en dejú només descendeixen de forma significativa en el grup de la GTL. Després de la ingesta es produeix una augment dels nivells de GLP-1, significativament major en el grup de BGYRL. Conclusions: Tan el BGYRL como la GTL s’associen a una significativa pèrdua de pes, encara que aquesta fou significativament superior en el BGYRL. Ambdós procediments han millorat notablement l’homeostasi de la glucosa. Només la GTL va rehuir els nivells de grelina tan en dejú com després de la ingesta, mentre que els nivells de GLP-1 i PYY s’elevaren després de la cirurgia, sense diferències estadísticament significatives entre ambdues tècniques.