4 resultados para Matrimonio-Leyes
em Universidad de Alicante
Resumo:
Tras la aprobación del Real Decreto Legislativo 2/2008 –Ley del Suelo–, nos encontramos ante un modelo territorial y un modelo de desarrollo, que acaba con el arcaico patrón de ciudad dispersa, encontrándose, no obstante, ante las gravísimas consecuencias espaciales generadas por la denominada “burbuja inmobiliaria”, unida a una crisis de consecuencias insospechadas, en el ámbito de la denominada globalización económica, de la que nuestro país no ha logrado sustraerse con Leyes vacías de instrumentos económicos que se han transferido a las Comunidades Autónomas, nos hallamos ante una oportunidad perdida fruto de una no siempre bien calculada descentralización. De este modo, en el presente artículo nos aproximamos a la importancia que muestran los denominados “instrumentos económicos” en la normativa que recoge los pormenores relacionados con el “suelo”, en España, en la primera de nuestras Leyes, la de 1956, en la de 2008 y en el recién aprobado Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana –Real Decreto Legislativo 7/2015–, en el ámbito estatal. Para ello, tras definir y valorar los enfoques conceptuales relativos al “suelo” y sus tipologías, se concretan y estudian los instrumentos económicos que se recogen en la Ley del Suelo española y su relación con las nuevas formas de “hacer ciudad”.
Resumo:
El punto de partida de nuestro estudio se sitúa en el polémico y discutido asunto resuelto por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 8 de diciembre de 2009, Caso Muñoz Díaz c. España, donde se condena al Estado español por denegar la pensión de viudedad a una ciudadana casada exclusivamente por el rito matrimonial gitano. Al hilo de esta resolución analizaremos, entre otras cuestiones, las diversas formas matrimoniales a las que nuestro legislador otorga efectos civiles, la incidencia de dichas disposiciones en el principio de igualdad y no discriminación consagrado en el artículo 14 de la Constitución y en el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y la posible vulneración de dicho principio en el marco de las prestaciones sociales reguladas en la Ley General de la Seguridad Social, recientemente reformada.