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em Portal de Revistas Científicas Complutenses - Espanha
Resumo:
La redacción de las directrices y los procedimientos administrativos que hacen virtualmente posible la inmigración, contribuye a construir no sólo los itinerarios sino también el imaginario social sobre la alteridad. El principal objetivo del artículo es poner de relieve –mediante el análisis discursivo de las Hojas informativas publicadas en la WEB del Ministerio de Empleo y Seguridad Social- cómo la construcción social del emigrante/inmigrante y el proyecto migratorio topan con unas representaciones y envites, instituidos y refrendados en y por la propia formulación de la reglamentación, pero no del todo explícitos. Entendiendo el texto como una acción que genera otras acciones, se examinan las consecuencias que tiene sobre la practica social de los inmigrantes. En suma, se trata de vislumbrar los elementos (terminología, fórmulas, esquemas y prácticas inducidas) que van constituyendo al inmigrante como agente social subordinado a micro-procesos y relaciones que se le escapan en gran parte (en contra de las apariencias que parecieran sugerir lo contrario) y van marcando su propia capacidad de acción. En conclusión y retomando la distinción entre principio de diferencia y principio de indiferencia sugerida por Foucault, se muestra que mientras el primero rige las clausulas generales, el segundo articula las específicas.
Resumo:
Las Constituciones iberoamericanas reflejan la preocupación de reconocer y garantizar a todos sus habitantes los derechos humanos fundamentales del ser humano, para lo cual integran dentro de su articulado cláusulas especiales donde reconocen la apertura a estos derechos. Para dicho reconocimiento cada Estado elige los principios y elementos que considera esenciales, y que dentro de esta reflexión se han denominado elementos básicos de las cláusulas de apertura. El análisis comparativo parte precisamente de estos puntos que mencionan casi todos los textos constitutivos de Iberoamérica.
Resumo:
Constantino y sus sucesores, Constancio II, Constante y Juliano, expresaron su particular interés por supervisar la aplicación de determinadas leyes imperiales mediante el uso de la fórmula ad nostram scientiam referatur y de otras similares. Constantino fue el príncipe que la empleó con más frecuencia, especialmente durante el período de 313-324, exceptuando el intervalo de 315-316, cuando la confrontación con Licinio le obligó a renunciar a atender directamente las cuestiones administrativas. La progresiva disminución de la inclusión de estas cláusulas en los textos legales imperiales a partir de la unificación del Imperio en 324 se debe poner en relación con la aparición de los curiosi y luego de los agentes in rebus, como oficiales encargados de vigilar la observancia de las normas vigentes.