2 resultados para Reforma legislativa

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El ordenamiento jurídico portugués consagra un régimen fiscal especial para el sector cooperativo, basado, al igual que otros ordenamientos como el español o el italiano, en la protección de la mutualidad como forma de organización empresarial especialmente benéfica en el plano social. Para alcanzar ese objetivo, el régimen fiscal cooperativo debe ser selectivo, lo que significa que al legislador se le plantea el reto de establecer criterios para separar, dentro del marco cooperativo, lo que debe ser protegido de lo que no merece protección fiscal. El legislador portugués optó por un modelo basado en dos grupos de ramos cooperativos claramente diferenciados según los beneficios fiscales aplicables, ambos con amplias exenciones fiscales. El presente trabajo no se centra en el contenido de los beneficios aplicables sino en las condiciones que las cooperativas deben reunir para acogerse a esos regímenes fiscales favorables. Estos criterios son: i) una división entre operaciones con socios y operaciones con terceros; ii) una delimitación de las operaciones o actividades cooperativas según estén o no vinculadas con el “fin propio de la cooperativa”; y iii) una estructura prevalentemente mutualista del factor trabajo. Esta fórmula legal tiene su raíz en una legislación de 1929 y se ha mantenido hasta el día de hoy debido en parte a un fenómeno de inercia legislativa. El presente trabajo, basándose en la metodología de la sociología jurídica, asienta en una encuesta dirigida a 64 cooperativas, por la que se buscaba indagar hasta qué punto estos criterios (de acuerdo con los que se seleccionan las cooperativas que pueden acogerse a los regímenes fiscales favorables) cuadran con la realidad cooperativa actual. Como era de esperar, la vetustez del régimen hizo que se encontraran desajustes muy significativos, que reclaman una reforma urgente.

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El presente artículo trata de realizar una revisión histórica sobre los inicios de la formación permanente del profesorado de educación física en España y más concretamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, como uno de los elementos fundamentales de la mejora de la calidad docente en los actuales sistemas educativos. Para ello, se realiza una profunda revisión legislativa desde los primeros intentos de actualización y formación del profesor del siglo XVIII hasta los cambios educativos surgidos hasta después de la Guerra Civil Española. Las conclusiones han demostrado que aunque los docentes de Gimnasia (Educación Física actual) siempre tuvieron un tratamiento y consideración especial que les diferenciaba del resto de docentes de otras materias, en contra de lo que se podía pensar, siempre han estado presentes desde el inicio de las actividades de Formación Permanente, en las diferentes propuestas de actividades para poder mejorar su docencia e incrementar la consideración social de esta materia, como una parte importante de los diferentes planes de estudio.