4 resultados para Guerra fiscal

em Portal de Revistas Científicas Complutenses - Espanha


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Nueva España aportó la mayor parte de los recursos que sostuvieron a las fuerzas armadas españolas durante la guerra contra Gran Bretaña que se desarrolló en el Caribe entre 1779 y 1783. En el artículo se analizan las medidas a las que recurrieron las autoridades reales para obtener recursos extraordinarios del Consulado y varios mercaderes de la ciudad de México. Asimismo se exponen algunas de las contraprestaciones que negociaron a cambio de dichos servicios financieros y se plantean diversas hipótesis acerca de los motivos económicos, sociales y políticos que los llevaron a colaborar con el monarca, teniendo en cuenta los negocios que realizaban durante el conflicto bélico y la forma en que eran afectados por la reciente apertura comercial.

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A partir del análisis de las relaciones entre sociología, fotografía y documentación se realiza un recorrido por algunas de las principales fotografías realizadas por Robert Capa durante la Guerra civil española.

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En la Segunda Guerra Mundial la propaganda se convirtió en un campo de batalla más: en el caso de Italia era necesario crear en una opinión pública favorable a la guerra sin crear alarmismos. Para ello se utilizó uno de los instrumentos más eficaces para la propaganda del fascismo: el noticiario cinematográfico Luce. Este artículo analiza la representación que los noticiarios producidos desde 1940 hasta 1945 ofrecen de la Segunda Guerra Mundial. Se apuntan los temas más recurrentes, las características de las noticias sobre la guerra y se señalan las grandes ausencias debidas a la censura del Régimen de Mussolini.

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El ordenamiento jurídico portugués consagra un régimen fiscal especial para el sector cooperativo, basado, al igual que otros ordenamientos como el español o el italiano, en la protección de la mutualidad como forma de organización empresarial especialmente benéfica en el plano social. Para alcanzar ese objetivo, el régimen fiscal cooperativo debe ser selectivo, lo que significa que al legislador se le plantea el reto de establecer criterios para separar, dentro del marco cooperativo, lo que debe ser protegido de lo que no merece protección fiscal. El legislador portugués optó por un modelo basado en dos grupos de ramos cooperativos claramente diferenciados según los beneficios fiscales aplicables, ambos con amplias exenciones fiscales. El presente trabajo no se centra en el contenido de los beneficios aplicables sino en las condiciones que las cooperativas deben reunir para acogerse a esos regímenes fiscales favorables. Estos criterios son: i) una división entre operaciones con socios y operaciones con terceros; ii) una delimitación de las operaciones o actividades cooperativas según estén o no vinculadas con el “fin propio de la cooperativa”; y iii) una estructura prevalentemente mutualista del factor trabajo. Esta fórmula legal tiene su raíz en una legislación de 1929 y se ha mantenido hasta el día de hoy debido en parte a un fenómeno de inercia legislativa. El presente trabajo, basándose en la metodología de la sociología jurídica, asienta en una encuesta dirigida a 64 cooperativas, por la que se buscaba indagar hasta qué punto estos criterios (de acuerdo con los que se seleccionan las cooperativas que pueden acogerse a los regímenes fiscales favorables) cuadran con la realidad cooperativa actual. Como era de esperar, la vetustez del régimen hizo que se encontraran desajustes muy significativos, que reclaman una reforma urgente.