4 resultados para Poder de la policía

em Repositorio Institucional Universidad de Medellín


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El siguiente artículo se constituye desde la necesidad epistemológica de reflexionar sobre la ciudad y discernir la manera como los símbolos del poder se manifiestan y se despliegan en ella. La perspectiva de este estudio se enmarca desde la estética y la metafísica de la ciudad, más que desde su urbanismo; y para esto se han relacionado referentes estéticos y semióticos, logrando perfilar una hipótesis sobre la forma simbólica de la ciudad, la cual se articula con los instrumentos económicos y políticos que ejercen el poder en la misma. Esta investigación sobre las estéticas de la ciudad metafísica permitió identificar el origen de la idea de ciudad como forma y símbolo que deviene en dispositivo social que propicia una perpetuación del poder, influyendo la construcción del relato social. Del mismo modo esta investigación posibilitó un acercamiento al fenómeno de desdivinización de los símbolos que conforman la ciudad y la relación de estos símbolos desdivinizados en la estructuración de un relato común definido, ya no por lo político o lo religioso, sino por el consumo, la fragmentación y la preponderancia del olvido. Finalmente, se propone la educación como un eje donde convergen lo estético y lo ético, permitiendo una posibilidad de sentido a la hora de interactuar con los símbolos de la ciudad.

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El privilegio contra la auto incriminación es una garantía constitucional que protege a todo procesado de ser compelido a declarar en contra de sí mismo en una causa penal; la mencionada garantía hace necesario realizar un análisis en torno a los límites y alcances de dicho privilegio de cara a la posibilidad de que judicialmente se dé la autorización, previa solicitud motivada de la policía judicial o de la Fiscalía General de la Nación, de obtener muestras para cotejo que involucren al imputado aun cuando éste se niegue a dar su consentimiento para ello. Las posiciones respecto a los límites y alcances que pueda tener éste privilegio no son pacíficas y van desde considerar que únicamente aplica para el caso del testimonio del acusado o coacusado hasta afirmar que, además del testimonio o declaración, comprende la prohibición absoluta de usar el cuerpo humano como medio de obtención de evidencia probatoria que pueda llegar a desvirtuar la presunción de inocencia y causar que sea el mismo procesado quien se incrimine. Es por lo anterior que nuestra Corte Constitucional fincó su posición en considerar que el privilegio comprende únicamente la prohibición de obligar al procesado a declarar en su contra; dejando por fuera de su órbita de protección la posibilidad de suplir la voluntad del indiciado, imputado o acusado con una orden judicial dada por el Juez de Control de Garantías para la toma de muestras con fines de cotejo aun cuando dicha evidencia tienda a incriminarlo. El privilegio contra la auto incriminación es una garantía constitucional que protege a todo procesado de ser compelido a declarar en contra de sí mismo en una causa penal; la mencionada garantía hace necesario realizar un análisis en torno a los límites y alcances de dicho privilegio de cara a la posibilidad de que judicialmente se dé la autorización, previa solicitud motivada de la policía judicial o de la Fiscalía General de la Nación, de obtener muestras para cotejo que involucren al imputado aun cuando éste se niegue a dar su consentimiento para ello. Las posiciones respecto a los límites y alcances que pueda tener éste privilegio no son pacíficas y van desde considerar que únicamente aplica para el caso del testimonio del acusado o coacusado hasta afirmar que, además del testimonio o declaración, comprende la prohibición absoluta de usar el cuerpo humano como medio de obtención de evidencia probatoria que pueda llegar a desvirtuar la presunción de inocencia y causar que sea el mismo procesado quien se incrimine. Es por lo anterior que nuestra Corte Constitucional fincó su posición en considerar que el privilegio comprende únicamente la prohibición de obligar al procesado a declarar en su contra; dejando por fuera de su órbita de protección la posibilidad de suplir la voluntad del indiciado, imputado o acusado con una orden judicial dada por el Juez de Control de Garantías para la toma de muestras con fines de cotejo aun cuando dicha evidencia tienda a incriminarlo.

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El presente trabajo de investigación pretende generar propuestas para garantizar la solvencia fiscal y financiera en el municipio de Envigado, solvencia que permitirá realizar con eficiencia, eficacia y efectividad la gestión necesaria para el logro de las soluciones a los problemas y necesidades de la comunidad, haciendo que se mejore el desarrollo económico y social con mejor calidad de vida. Igualmente la solvencia financiera propiciará un mejor posicionamiento del municipio en el Rankin del Departamento Nacional de Planeación y Ministerio de Hacienda en los indicadores de desempeño fiscal e integral, según las diferentes categorías del Formato Único Territorial (FUT) que reporta el municipio trimestralmente, como también el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Municipal. De acuerdo con lo anterior, el municipio de Envigado requiere mantener patrimonio suficiente para poder pagar la deuda pública, los pasivos exigibles y contingentes, tanto en el corto como en el largo plazo. Igualmente debe buscar siempre mantener condiciones de liquidez inmediata, es decir disponibilidad de dinero en las cuentas financieras bancarias a la vista que le permitan hacer frente a sus obligaciones. La investigación se fundamenta en el análisis y la síntesis, mediante el proceso de investigación aplicada respecto del marco referencial, buscando con relaciones de causa efecto en una matriz de riegos y mediante la evaluación, la acción y la valoración de impacto financiero. El actual trabajo tiene la razón de hacerse, ya que el municipio de Envigado carece de un proceso de planeación financiera adecuado que presupueste los ingresos, apropie los egresos y ejecute los mismos con equidad, eficiencia y efectividad, y le permita tener la solvencia fiscal para que preste eficazmente sus funciones en búsqueda de mejor desarrollo económico y social para la comunidad. El análisis de la investigación se hará obteniendo información de diversas fuentes, tales como: El Sistema local de Planeación Municipal - SLPM, Plan Estratégico Territorial – PET, Plan de Ordenamiento Territorial – POT, Políticas Públicas y Planes Sectoriales, Plan de Desarrollo Municipal, Planes Zonales de Desarrollo, Presupuesto Participativo, Programa de Gobierno, Marco Fiscal de Mediano Plazo, Plan Plurianual de Inversiones, Plan Operativo Anual de Inversiones, Plan Financiero, Presupuesto Anual y Plan Anual de Caja- PAC. La administración central municipal de Envigado debe garantizar a sus acreedores y a su comunidad en general la solvencia fiscal y financiera, así como la de sus nueve entes descentralizados para asegurar el buen desarrollo económico y social, pero también para evitar caer en ley 550 de 1999, ley de insolvencia fiscal, que ha dejado a muchos municipios con un estigma difícil de mejorar en el mediano plazo, lo anterior independientemente de las sanciones disciplinarias, pecuniarias y penales que reciben las administraciones responsables por acción u omisión al no orientar al municipio hacia la solvencia fiscal y financiera. La Ley 550 de 1999 desarrolla los artículos 334 y 335 de la Constitución Política de Colombia, estableciendo y regulando los instrumentos de intervención estatal en la economía, y en el capítulo quinto (V) regula su aplicación a las entidades territoriales y descentralizadas del nivel territorial, tales como los departamentos, municipios o distritos. Tener solvencia fiscal y financiera en el municipio evitará que se incumpla la mencionada Ley, que se tenga que celebrar un convenio interadministrativo entre el municipio y el ministerio de Hacienda y crédito público, con la obligación de corregir las deficiencias que presente en su capacidad de operación y en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias, para que pueda recuperarse dentro del plazo estipulado y en las condiciones que se hayan previsto en el mismo acuerdo. (Art. 5 de la ley 550). Este convenio tiene efecto vinculante, tanto para los municipios como para la totalidad de los acreedores.

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La segunda publicación de los cuadernos de investigación hace honor a los resultados parciales de investigación sobre el tema del Bicentenario constitucional colombiano 1810-2010, terminada en 2009 y que se expusieron parcialmente ante un grupo selecto de investigadores de alto nivel académico. La publicación anterior fue consagrada a la independencia y revolución colombiana de 1810, lo que será complementado esta vez con unas pertinentes discusiones sobre la construcción del Estado colombiano. Es decir, cómo se ha estructurado ideológicamente e institucionalmente nuestro país y cuáles han sido los grandes aportes y los grandes errores que se han cometido institucionalmente en dos siglos de existencia republicana. Lo anterior, porque sabemos que nuestro Estado es considerado por algunos como un Estado inacabado o fallido. Por ello, tendremos que recordar en esta discusión que las instituciones fueron creadas con el único objetivo de organizar el poder y que estas son tan antiguas como el hombre mismo. En Colombia nosotros nos preguntamos quién ha ejercido el poder y bajo cuáles reglas. Es acá en donde las instituciones políticas, religiosas y jurídicas se entremezclan y otorgan un significado particular al uso que se le ha dado al poder. Desde la Grecia Antigua, pasando por Roma y el feudalismo, las instituciones se han utilizado como un instrumento de dominación, en algunos casos de perversión, para obtener el control de las personas sean estas consideradas individual o grupalmente. En muchos casos, el uso del poder ha degenerado en caos y destrucción, pero en otros ha servido para construir formas de comportamiento social que han hecho avanzar la humanidad. A nosotros nos corresponde mirar el contexto institucional colombiano, su evolución y sus perspectivas.