8 resultados para JUEZ
em Repositorio Institucional Universidad de Medellín
Resumo:
La concepción del Estado social de derecho que introdujo la Constitución Política de 1991 plantea un cambio de paradigma fundamental en la forma de operar el sistema jurídico; en consecuencia, constituye una obligación para quienes desarrollan el quehacer en la formación de profesionales del derecho poner de relieve los desafíos que enfrentan al momento de la aplicación del derecho vigente, ya sea en calidad de funcionarios judiciales o abogados litigantes. Uno de los componentes del sistema jurídico es el momento operativo en el que hoy se ha superado su finalidad exclusivamente instrumental, y se le han adicionado componentes axiológicos. Por ello, el interés de los autores se centra fundamentalmente en esta visión valorativa del derecho procesal; además, el eje temático de la obra se inicia con una visión general de la filosofía que presenta el Estado social y democrático de derecho, para pasar, luego, a examinar los fundamentos constitucionales del valor justicia, pues no se trata hoy exclusivamente de indagar por la justicia judicial. El concepto Estado social y democrático obliga, además de las valoraciones jurídicas, a que realicen valoraciones sociales, lo cual, como contrapartida, lleva ínsito el deber de colaboración con la Administración de Justicia que todos tienen para contribuir al fin último del derecho que es lograr la paz social.
Resumo:
El privilegio contra la auto incriminación es una garantía constitucional que protege a todo procesado de ser compelido a declarar en contra de sí mismo en una causa penal; la mencionada garantía hace necesario realizar un análisis en torno a los límites y alcances de dicho privilegio de cara a la posibilidad de que judicialmente se dé la autorización, previa solicitud motivada de la policía judicial o de la Fiscalía General de la Nación, de obtener muestras para cotejo que involucren al imputado aun cuando éste se niegue a dar su consentimiento para ello. Las posiciones respecto a los límites y alcances que pueda tener éste privilegio no son pacíficas y van desde considerar que únicamente aplica para el caso del testimonio del acusado o coacusado hasta afirmar que, además del testimonio o declaración, comprende la prohibición absoluta de usar el cuerpo humano como medio de obtención de evidencia probatoria que pueda llegar a desvirtuar la presunción de inocencia y causar que sea el mismo procesado quien se incrimine. Es por lo anterior que nuestra Corte Constitucional fincó su posición en considerar que el privilegio comprende únicamente la prohibición de obligar al procesado a declarar en su contra; dejando por fuera de su órbita de protección la posibilidad de suplir la voluntad del indiciado, imputado o acusado con una orden judicial dada por el Juez de Control de Garantías para la toma de muestras con fines de cotejo aun cuando dicha evidencia tienda a incriminarlo. El privilegio contra la auto incriminación es una garantía constitucional que protege a todo procesado de ser compelido a declarar en contra de sí mismo en una causa penal; la mencionada garantía hace necesario realizar un análisis en torno a los límites y alcances de dicho privilegio de cara a la posibilidad de que judicialmente se dé la autorización, previa solicitud motivada de la policía judicial o de la Fiscalía General de la Nación, de obtener muestras para cotejo que involucren al imputado aun cuando éste se niegue a dar su consentimiento para ello. Las posiciones respecto a los límites y alcances que pueda tener éste privilegio no son pacíficas y van desde considerar que únicamente aplica para el caso del testimonio del acusado o coacusado hasta afirmar que, además del testimonio o declaración, comprende la prohibición absoluta de usar el cuerpo humano como medio de obtención de evidencia probatoria que pueda llegar a desvirtuar la presunción de inocencia y causar que sea el mismo procesado quien se incrimine. Es por lo anterior que nuestra Corte Constitucional fincó su posición en considerar que el privilegio comprende únicamente la prohibición de obligar al procesado a declarar en su contra; dejando por fuera de su órbita de protección la posibilidad de suplir la voluntad del indiciado, imputado o acusado con una orden judicial dada por el Juez de Control de Garantías para la toma de muestras con fines de cotejo aun cuando dicha evidencia tienda a incriminarlo.
Resumo:
El objetivo de esta tesis es analizar los criterios empleados por el juez en la valoración de la prueba pericial (caligráfica) en la determinación de la culpabilidad en los casos donde se presenta reincidencia en el delito de falsedad documental.
Resumo:
El juez tiene que ser, además de muy justo, demasiado versado en la ciencia criminalística porque muchos reos han resultado injustas víctimas de aquella ignorancia, cuando a pesar de su inocencia han tenido que ir a prisión sindicados o condenados por un delito que no cometieron. Por lo cual dijo San Agustín que la ignorancia del juez es la mayor calamidad del inocente. (Hernando Londoño Jiménez, De la captura a la excarcelación) Para realizar una experticia se requieren erudición e investigación científica Los investigados deben seleccionarse tomando en cuenta su inteligencia y entretenimiento. (Le Moyne Sneyder. Investigaciones de homicidios) Finalmente enviamos este mensaje de don Francisco de Quevedo y Villegas: Si te agradare y pareciere bien, agradécelo a lo poco que sabes, pues con tan poca cosa te contentas. Y si te pareciere malo, culpa mi ignorancia en escribirlo y la tuya en esperar otra cosa de mí. Para una mayor información sobre esta publicación, por favor consulte la tabla de contenido.
Resumo:
Esta publicación presenta las II Jornadas Internacionales de derecho procesal, que para el año 2005 han girado en torno a las Nuevas Tendencias del Derecho Procesal Constitucional y Legal, pues se han trabajado temas sobre la coherencia y la transparencia del poder jurisdiccional, en tres perspectivas: 1) , porque la tensión entre la arbitrariedad o la independencia del juez se vincula contemporáneamente con la aplicación de la ley y de la Constitución. 2) , porque la objetividad en la protección de los derechos pende de la finalidad del proceso, la cual se debate actualmente entre descubrir la verdad formal o material, en otros términos, entre literalidad y activismo. 3) , porque como valor y principio sustento de la función judicial, mezcla la constitucionalización y la función social en el proceso, provocando una variación radical en la hermenéutica aplicable.
Resumo:
Este libro responde a la necesidad de determinar la naturaleza de la cosa juzgada en el Estado social de derecho, para así comprender las incidencias de este modelo en el quehacer del juez y en los presupuestos que debe satisfacer la sentencia desde los fines y fundamentos axiológicos del sistema vigente.
Resumo:
Este año el libro colectivo presenta como énfasis especial, las Reformas procesales en Colombia y en el mundo, en el que se encontrarán discusiones que vinculan el estudio de las reformas procesales en las áreas civil, penal, laboral y aquellas que impactan en el estudio del derecho probatorio. En el libro, tanto los estudiantes, como los abogados en ejercicio y los estudiosos del derecho procesal, encontrarán pensamiento críticos sobre las reformas procesales en la Contemporaneidad que sugieren las siguientes reflexiones: ¿Cómo se inserta en el debate de las reformas y su implementación la garantía de los derechos constitucionales? ¿Todas las reformas velan por la protección de las garantías que integran el debido proceso? Las reformas constantes que trazan los legisladores, ¿son la respuesta siempre necesaria para procurar la justicia material? La fallida o retardada implementación de las reformas procesales en correlación son los objetivos propuestos, ¿debe intervenirse con nuevas reformas? ¿Cómo cada reforma debe consultar las necesidades del contexto y de la región? ¿En qué forma las reformas procesales también impactan en el estudio del derecho probatorio? Las reformas procesales ¿implican un acercamiento de los sistemas jurídicos tradicionales de derecho legislado y derecho jurisprudencial? o ¿conllevan el desplazamiento de un sistema hacia otro sistema? ¿De qué manera la oralidad se ha introducido en las reformas procesales, cuáles han sido las ventajas y desventajas? ¿Cómo se evalúa la implementación de las reformas procesales en las diferentes áreas? ¿Cómo se transforma el rol del juez a partir de las reformas procesales y cómo impactan en sus poderes-deberes? ¿En qué consiste el denominado “nuevo rol” que deben asumir las partes y el juez en el proceso?
Resumo:
En Este trabajo la autora señala que en el significado del término proporción se convierte la clave para resolver adecuadamente la tensión que obliga al juez a adaptar la generalidad y abstracción de la norma a la particularidad del caso concreto. Mediante el juicio ponderativo, que exige la búsqueda de la proporción, se produce la necesaria progresión que supone avanzar desde una dimensión estática a una dinámica de justicia. Y esa progresión, el juez desbroza el camino, abre el sendero hacia la resolución del caso, sopesando los bienes jurídicos en pugna, primando el interés más digno de protección atendidas las circunstancias concurrentes, y convirtiéndose la función jurisdiccional finalmente en una función creadora y rejuvenecedora del Derecho.