2 resultados para Economic-social regulation

em Repositorio Institucional Universidad de Medellín


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En nuestro país una de las actividades de mayor actividad económica, generadora de empleo directo e indirecto y de alta dinámica e inversión en la industria de la construcción, se hace necesario la implementación de un control durante cada una de las etapas del proyecto, donde las personas que integran el equipo de trabajo (Administración-Construcción-Interventoría) tengan definidos sus alcances y responsabilidades durante la ejecución de los proyectos y en sus diferentes etapas. Es un estudio para 20 edificaciones en diferentes sectores del Valle de Aburrá, con el fin de implementar una metodología que ayude a minimizar los errores en cualquier etapa del proyecto, en otras palabras se basa en detectar de manera inmediata o a corto plazo cualquier error o anomalía que se presente y como consecuencia pueda generar resultados nefastos en pérdidas humanas y económicas. Finalmente se concluye que la aplicación e implementación de esta metodología deja abierta las puertas para continuar con estos estudios y lograr en un futuro la optimización para minimizar y mitigar al máximo los diferentes errores constructivos.

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El artículo que se presenta a continuación da cuenta de cómo ha funcionado el principio de proporcionalidad en Colombia en el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción, a través de la evaluación de seis (6) casos de excepcionalidad a partir de 1991, cuatro (4) de ellos referidosa estados de conmoción interior, y dos (2) referidos a emergencias sociales. Se utilizó una metodología cualitativa que permitió describir la forma como la Corte Constitucional aplicaba o no el principio de proporcionalidad para hacer el examen de dichas excepcionalidades, dando cuenta de una matriz de análisis que describe los puntos clave de dicho principio, a saber: a) laexistencia de una crisis coyuntural y no de un daño estructural en cualquiera de los estados de excepción declarados; b) la no suspensión de los derechos humanos ni de las libertades fundamentales de las personas a quienes van dirigidas las medidas incluidas en este; c) la no interrupción del normal funcionamiento de las ramas del poder público; d) el ejercicio de las facultades solo para enfrentar eficazmente la anormalidad; la relación estricta entrecausa y anormalidad, y, en este sentido, la dirección de los decretos única y exclusivamente a conjurar las causas que dan origen a la excepcionalidad; e) la duración definida de los estados de excepción (Cifuentes, 2002), para concluir que la Corte Constitucional, en su aplicación del principio de proporcionalidad, no ha realizado un juicio exhaustivo de los requisitos que este incorpora, de tal forma que ha permitido una perpetuación del poder presidencial y un gobierno con poca separación de poderes.