6 resultados para Asimetrías del poder

em Repositorio Institucional Universidad de Medellín


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El siguiente artículo se constituye desde la necesidad epistemológica de reflexionar sobre la ciudad y discernir la manera como los símbolos del poder se manifiestan y se despliegan en ella. La perspectiva de este estudio se enmarca desde la estética y la metafísica de la ciudad, más que desde su urbanismo; y para esto se han relacionado referentes estéticos y semióticos, logrando perfilar una hipótesis sobre la forma simbólica de la ciudad, la cual se articula con los instrumentos económicos y políticos que ejercen el poder en la misma. Esta investigación sobre las estéticas de la ciudad metafísica permitió identificar el origen de la idea de ciudad como forma y símbolo que deviene en dispositivo social que propicia una perpetuación del poder, influyendo la construcción del relato social. Del mismo modo esta investigación posibilitó un acercamiento al fenómeno de desdivinización de los símbolos que conforman la ciudad y la relación de estos símbolos desdivinizados en la estructuración de un relato común definido, ya no por lo político o lo religioso, sino por el consumo, la fragmentación y la preponderancia del olvido. Finalmente, se propone la educación como un eje donde convergen lo estético y lo ético, permitiendo una posibilidad de sentido a la hora de interactuar con los símbolos de la ciudad.

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El artículo que se presenta a continuación da cuenta de cómo ha funcionado el principio de proporcionalidad en Colombia en el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción, a través de la evaluación de seis (6) casos de excepcionalidad a partir de 1991, cuatro (4) de ellos referidosa estados de conmoción interior, y dos (2) referidos a emergencias sociales. Se utilizó una metodología cualitativa que permitió describir la forma como la Corte Constitucional aplicaba o no el principio de proporcionalidad para hacer el examen de dichas excepcionalidades, dando cuenta de una matriz de análisis que describe los puntos clave de dicho principio, a saber: a) laexistencia de una crisis coyuntural y no de un daño estructural en cualquiera de los estados de excepción declarados; b) la no suspensión de los derechos humanos ni de las libertades fundamentales de las personas a quienes van dirigidas las medidas incluidas en este; c) la no interrupción del normal funcionamiento de las ramas del poder público; d) el ejercicio de las facultades solo para enfrentar eficazmente la anormalidad; la relación estricta entrecausa y anormalidad, y, en este sentido, la dirección de los decretos única y exclusivamente a conjurar las causas que dan origen a la excepcionalidad; e) la duración definida de los estados de excepción (Cifuentes, 2002), para concluir que la Corte Constitucional, en su aplicación del principio de proporcionalidad, no ha realizado un juicio exhaustivo de los requisitos que este incorpora, de tal forma que ha permitido una perpetuación del poder presidencial y un gobierno con poca separación de poderes.

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Esta publicación presenta las II Jornadas Internacionales de derecho procesal, que para el año 2005 han girado en torno a las Nuevas Tendencias del Derecho Procesal Constitucional y Legal, pues se han trabajado temas sobre la coherencia y la transparencia del poder jurisdiccional, en tres perspectivas: 1) , porque la tensión entre la arbitrariedad o la independencia del juez se vincula contemporáneamente con la aplicación de la ley y de la Constitución. 2) , porque la objetividad en la protección de los derechos pende de la finalidad del proceso, la cual se debate actualmente entre descubrir la verdad formal o material, en otros términos, entre literalidad y activismo. 3) , porque como valor y principio sustento de la función judicial, mezcla la constitucionalización y la función social en el proceso, provocando una variación radical en la hermenéutica aplicable.

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Este libro está compuesto de tres apartados. El primero intenta explicar el fenómeno de toma del poder por parte de las juntas criollas neogranadinas, fundado en tres sentimientos muy generalizados en ese entonces: el pesimismo, fruto de la invasión napoleónica, el miedo especialmente a una guerra de castas y el inconformismo con la Administración virreinal. De esta manera se empezará una reflexión sobre el vacío de poder generado en toda la monarquía con ocasión de los hechos de Sayona, los cuales, sumados a una compleja red de causas de las que se dará cuenta, dan lugar a un proceso de gestación de juntas de gobierno tanto en la metrópoli como en América, llevando el primero al constitucionalismo gaditano y el segundo al hiperconstitucionalismo (provincial, nacional e, incluso, hispanoamericano). El segundo capítulo, titulado "Eran momentos de júbilo", expresa ese ánimo presente en los criollos que suscribieron o apoyaron la Constitución antioqueña de 1812. En este capítulo se hará un análisis de la Constitución que marcó el inicio del constitucionalismo antioqueño, para lo cual se trabajará en la mención de las principales instituciones que contempla, las diferencias y similitudes con la Constitución de Cádiz, con el fin de dilucidar si existe o no una estrecha relación entre ambas y, por último, el análisis del concepto de "nación-pueblo católico" presente en la Constitución antioqueña, que pone en evidencia la mixtura de instituciones e interpretaciones de nuevo y viejo régimen. El tercer apartado, hará una breve descripción de los hechos ocurridos entre 1812 y 1815 que marcan, de un lado, el primer proceso constitucionalista neogranadino, y del otro el surgimiento, por las sospechas generadas en torno a la posibilidad de continuar con el programa independentista -a la vez que federal de la Constitución de 1815, que pocos meses tuvo de vigencia formal puesto que se produjo la reconquista española.

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Sin lugar a dudas, uno de los debates teóricos y empíricos determinantes de la filosofía política del siglo XXI es el de la democracia. Se encuentran diferentes concepciones de la democracia dependiendo de la filosofía pública subyacente en la teoría que respalda el sistema político. Una es la conservadora, de tinte elitista, que desconfía de la intervención ciudadana en los asuntos públicos, debido a los rasgos de irracionalidad y las tendencias plebiscitarias que caracterizan el accionar de las mayorías; otra visión opuesta es la populista, que tiene como punto de partida una actitud de confianza en las capacidades cívicas de las mayorías que actúan colectivamente y de su tendencia a actuar siempre de manera racional y, encontramos, además, la concepción deliberativa de la democracia que parte también de una actitud de confianza en torno a las capacidades de la ciudadanía, pero sin la necesidad de presuponer una conexión ontológica, necesaria, entre la voluntad mayoritaria y la razón. A su vez, la teoría nos ofrece dos grandes corrientes de pensamientos en lo que al control judicial de las leyes se refiere. De un lado, están los teóricos que aceptan la revisión judicial de las leyes y, con ello, que frente a los aspectos fundamentales que regulan la vida colectiva los jueces tengan la “última palabra”, pese a su carácter contramayoritario; de otro lado, están los teóricos críticos del control judicial de las leyes y del hecho de que los jueces tengan la última palabra en los aspectos fundamentales de la organización de la vida social. Esta última corriente de pensamiento, apela al carácter contramayoritorio del poder judicial para cuestionar el hecho de que en una democracia los jueces tengan la posibilidad de declarar la inconstitucionalidad de una norma jurídica derivada de los órganos políticos que eligen las mayorías y, por tanto, anular sus efectos. Estas temáticas, cuya actualidad es indiscutible, reclaman de la academia un análisis desde el punto de vista jurídico y político del papel del poder judicial en los sistemas democráticos contemporáneos. En este quehacer se abre paso el VI Seminario Internacional de Teoría General del Derecho y el libro que el lector hoy tiene en sus manos, que parte de las experiencias investigativas de sus autores, convirtiéndose en una obra que aporta al debate contemporáneo en torno a la cuadratura del círculo: Constitución y democracia. Son, pues, doce trabajos de autores nacionales e internacionales que se dejan en manos del lector y de su juicio.

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La segunda publicación de los cuadernos de investigación hace honor a los resultados parciales de investigación sobre el tema del Bicentenario constitucional colombiano 1810-2010, terminada en 2009 y que se expusieron parcialmente ante un grupo selecto de investigadores de alto nivel académico. La publicación anterior fue consagrada a la independencia y revolución colombiana de 1810, lo que será complementado esta vez con unas pertinentes discusiones sobre la construcción del Estado colombiano. Es decir, cómo se ha estructurado ideológicamente e institucionalmente nuestro país y cuáles han sido los grandes aportes y los grandes errores que se han cometido institucionalmente en dos siglos de existencia republicana. Lo anterior, porque sabemos que nuestro Estado es considerado por algunos como un Estado inacabado o fallido. Por ello, tendremos que recordar en esta discusión que las instituciones fueron creadas con el único objetivo de organizar el poder y que estas son tan antiguas como el hombre mismo. En Colombia nosotros nos preguntamos quién ha ejercido el poder y bajo cuáles reglas. Es acá en donde las instituciones políticas, religiosas y jurídicas se entremezclan y otorgan un significado particular al uso que se le ha dado al poder. Desde la Grecia Antigua, pasando por Roma y el feudalismo, las instituciones se han utilizado como un instrumento de dominación, en algunos casos de perversión, para obtener el control de las personas sean estas consideradas individual o grupalmente. En muchos casos, el uso del poder ha degenerado en caos y destrucción, pero en otros ha servido para construir formas de comportamiento social que han hecho avanzar la humanidad. A nosotros nos corresponde mirar el contexto institucional colombiano, su evolución y sus perspectivas.