10 resultados para Regulación de la conducta

em Universidade Complutense de Madrid


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Las recombinasas específicas de secuencia son herramientas muy valiosas en la generación de modificaciones génicas condicionales. Estos sistemas permiten controlar la recombinación de forma específica de tejido, temporalmente, o ambas, y sortean diversas limitaciones de los sistemas de knockout (KO) convencionales, como la letalidad embrionaria o la generación de mecanismos compensatorios. Actualmente los sistemas Cre/loxP y Flp/FRT son los más empleados tanto en modelos animales como vegetales. La necesidad de realizar modificaciones más complejas en un mismo organismo hace que sea primordial caracterizar otras recombinasas que complementen a las existentes. La b recombinasa (b-rec) es originaria del plásmido pSM19035 de Streptococcus pyogenes. A diferencia de Cre y Flp, que en ausencia de factores adicionales catalizan la integración en un nuevo sustrato, la b-rec necesita un sustrato superenrollado y un cofactor de la reacción, una proteína asociada a la cromatina (como la procariota Hbsu o la eucariota HMG1). Se ha demostrado que la b-rec cataliza de forma específicamente intramolecular (resolución o inversión) la recombinación en células eucariotas, tanto de sustratos episomales como integrados en la cromatina, lo que indica que el entorno eucariota es capaz de proveer del cofactor y del superenrollamiento necesarios para que la b-rec realice su función. En este trabajo hemos determinado que la tasa de recombinación mediada por la b-rec no se ve afectada en absoluto por la deficiencia en el cofactor HMG1, alcanzando el mismo valor de recombinación en MEF KO en HMG1 que en wt. Este y otros datos confirman que en el entorno eucariota hay otras proteínas accesorias que pueden actuar de cofactores y sugiere que estas reacciones pueden ocurrir en la mayor parte de tejidos y tipos celulares. Para estudiar detalladamente el potencial de la b-rec en eucariotas desarrollamos un sistema de RAGE (activación génica mediada por recombinación) dependiente de la actividad b-rec; este sistema ha resultado funcional tanto en sustratos episomales como en sustratos integrados en la cromatina. También hemos generado un vector retroviral que porta la proteína de fusión b-Egfp, permitiendo de forma rápida y eficiente la integración y expresión funcional de nuestra proteína...

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Cuando hacemos referencia a la conducta antisocial nos referimos a una serie de comportamientos que infringen las normas o leyes establecidos; en el momento actual con una repercusión a nivel individual, clínico, familiar y a nivel social esto nos lleva a tener que poner mucho más empeño en poder poner de manifiesto la necesidad de estudiar aquellos factores de riesgo que está influyendo en dicha conducta. Numerosos son los estudios que se han llevado a cabo sobre este asunto por distintos autores y conocedores de la materia, y en este recorrido ya se han podido vislumbran muchos factores no solo de riesgo sino de protección, que pueden llevarnos a comprender y entender de un modo más claro y conciso la naturaleza del fenómeno que estamos abordando. A pesar de todo lo anterior no existe, hasta el momento suficiente consenso sobre la conceptualización de la conducta antisocial, dado por ser un constructor complejo y su uso en la investigación es frecuentemente ambiguo ya que, en no pocas ocasiones, se emplea haciendo alusión a diferentes conductas sin una clara delimitación terminológica (Rutter, Giller y Hagell, 2000). En general, la conducta antisocial hace referencia a una diversidad de actos que generan daño en los demás, frecuentemente en forma de agresión, o que violan las normas sociales y los derechos de los demás (Burt y Donnellan, 2009; Peña y Graña, 2006). Sin embargo, el que una conducta se conceptualice como antisocial también está en función del juicio o valoración social acerca de la gravedad de los actos cometidos y de su alejamiento de las pautas normativas en una sociedad en concreto (Kazdin y Buela-Casal, 2002). En esta valoración intervienen multitud de factores tales como la edad del menor, su sexo, la clase social y otras circunstancias socio-contextuales (Pahlavan y Andreu, 2009; Romero, Sobral y Luengo, 1999; Vázquez, 2003)...

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"Introducción": En el mundo occidental la atención de las lesiones autoprovocadas es un problema clínico de gran envergadura, y en concreto, las urgencias psiquiátricas suponen un volumen muy importante dentro de la atención extrahospitalaria, siendo además en muchas ocasiones, la puerta de entrada y de detección de personas con riesgo suicida. Objetivos: 1) conocer la incidencia y las características del continuo suicida en la población madrileña atendida en el ámbito extrahospitalario; 2) establecer los factores psicosociales y clínicos que predicen la conducta suicida y 3) describir un programa preventivo de conducta suicida en ámbito extrahospitalario diseñado para la identificación y detección de riesgo. Metodología: estudio realizado en SAMUR- Protección Civil. Estudio 1, transversal consecutivo de 184 pacientes atendidos en casos de ideación, tentativa y suicidio consumado. Se realiza análisis de frecuencias y descriptivos para la caracterización de la muestra, se utilizó la prueba t de student para comprobar si había diferencias en las escalas cuantitativas utilizadas, y para la diferencia de medias entre más de dos grupos se realizó el test ANOVA para un solo factor...

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Colorectal cancer (CRC) represents the third most common cancer type and the second leading cause of cancer-related death in the western world. CRC results from the accumulation of both acquired genetic and epigenetic changes that transform normal glandular epithelium into adenocarcinoma (Lao and Grady 2011), affecting several genes such as Apc, K-ras, dcc/Smad4 and p53 or DNA mismatch repair genes (Pancione et al. 2012). p38 MAPKs are a subfamily of Serine-Threonine kinases activated by different stimuli that control fundamental cellular processes such as cell growth, proliferation, differentiation, migration and apoptosis (Dhillon et al. 2007, Nebreda and Porras 2000, Wagner and Nebreda 2009). There are four p38 MAPKs isoforms in mammals: α, β, δ and γ. p38α MAPK is ubiquitously expressed and is the most abundant isoform (Cuenda and Rousseau 2007). p38α is involved in the regulation of many cellular functions, among them, cell migration and invasion. In cancer, it can act as either a promoter or a suppressor of tumor growth, playing different roles during tumor progression (del Barco Barrantes and Nebreda 2012). C3G is a guanine nucleotide exchange factor (GEF) mainly for the Ras family members: Rap1 (Gotoh et al. 1995) and R-Ras (Gotoh et al. 1997), but it can also act through GEF independent mechanisms. C3G regulates several cellular functions such as cell death, adhesion, migration and invasion (Radha et al. 2011). In collaboration with Dr. Carmen Guerrero’s group (Centro del Investigación del Cáncer de Salamanca), our group has found a new functional relationship between C3G and p38α MAPK involved in the regulation of cell death in MEFs (Gutierrez-Uzquiza et al. 2010) and in the chronic myeloid leukemia (CML) K562 cell line (Maia et al. 2009). Moreover, C3G and p38α act through a common regulatory pathway to control cell adhesion in K562 cells regulating focal adhesion proteins (Maia et al. 2013)...

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La alimentación está controlada por muchos factores, incluyendo el apetito, la disponibilidad de alimentos, la familia, los compañeros, la cultura, ... En la actualidad, los trastornos de la conducta alimentaria (en lo sucesivo, TCA) forman parte de nuestra cultura, aunque la familiaridad con estos términos es muy reciente. Las primeras referencias sobre casos de restricción alimentaria se remontan a la literatura religiosa antigua. El primer registro médico se atribuye a Richard Morton en 1689 quien publicó su libro “Phthisiologia, seu Exercitaciones de Phthisi” considerándose la primera referencia médica sobre anorexia nerviosa. Morton, la describe como un “consumo nervioso causado por la tristeza y las preocupaciones ansiosas”. La traducción al inglés de su libro, “Phthisiologia, or, a Treatise of Consumptions” (traducido en 1694) describe el caso de dos pacientes, una mujer de 18 años y un varón de 16 que comenzaron su enfermedad dos años antes de pedir ayuda a Morton y en el que describe con detalle los procesos patológicos que causan la pérdida de tejido corporal. Otros casos similares se encuentran descritos por Robert Whytt en 1767 y por De Valangin en 1768. Un siglo después, en 1759, el psiquiatra Louis-Victor Marcé, publicó un informe titulado “Note sur one Forme de Deliré Hypochondria que Consécutive aux Dyspesies et Caractérisée Principalement par le Refusd'Aliments” (“Una nota sobre el delirio hipocondríaco, consecutivo a la dispepsia y principalmente caracterizado por el rechazo a la comida”). En este informe, describe esta patología, dejando claro que la enfermedad era de origen psiquiátrico y no físico, y su psicopatología compleja...

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En este Trabajo Final de Máster se expone la realización de una investigación de carácter empírico dentro del campo de estudio del arteterapia. Por ello, podrán encontrarse desde el planteamiento del problema y revisión de la literatura, hasta la planificación metodológica para la recogida de datos, y su posterior análisis. El tema de estudio tiene por finalidad el conocer la interrelación entre las personas con trastornos de la conducta alimentaria y sus mecanismos de defensa del yo, así como la repercusión que el arteterapia tiene sobre ellos. Para ello, se ha escogido el estudio de caso instrumental como método de aproximación, conocimiento y comprensión de la realidad de una persona diagnosticada de bulimia nerviosa que ha asistido a 25 sesiones de arteterapia, en las que su proceso creador ha sido el protagonista.

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Este estudio examina la reforma de la regulación de los Sistemas Multilaterales de Negociación (SMN) por la Ley 5/2015 que estuvo, en parte, provocada por el escándalo de Gowex. Para ello, comienza exponiendo las características generales de los mercados alternativos de valores y su regulación en el Derecho comunitario y en el Derecho español, con especial referencia a la regulación especial de los principales SMN que operan en España, que son el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) y el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) dentro de Bolsas y Mercados Españoles (BME). A continuación, el estudio analiza el escándalo de Gowex de julio de 2014 -que puede definirse como la falsificación contable de un modelo de negocio fantasioso- y las enseñanzas que deben extraerse. Seguidamente, trata de la reforma de la regulación de los SMN por la ley 5/2015 y su reflejo en el TRLMV para alcanzar los objetivos de facilitar el tránsito desde la negociación en los SMN a los MSO y de garantizar la conducta adecuada de los sujetos que operan en ellos. El estudio se cierra con unas conclusiones deducidas del análisis efectuado.

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En el presente trabajo se ofrece una valoración de las transformaciones legales que, en materia de cooperativas, acompañan el recién iniciado proceso de actualización del modelo socioeconómico socialista cubano, así como las perspectivas que dicho proceso abre a esta forma empresarial en la construcción del socialismo próspero y sostenible que el país necesita. Para ello, se parte de una caracterización general de la regulación jurídica de la cooperativa en los modelos socialistas, con especial énfasis en la concepción de su naturaleza y en sus relaciones con el Estado, a fin de comprender las restricciones impuestas por el Derecho al asignarle su rol en el sistema socioeconómico. Partiendo de esta base, se analizarán las limitaciones que ha presentado la regulación de la cooperativa en Cuba en la etapa socialista, relativas a su naturaleza, reconocimiento del derecho para asociarse en cooperativas, sector de la economía en que se desarrolla, fines a los que se concibe, dinámica de funcionamiento, etc. y que requieren ser superadas en el actual proceso de cambios que vive el país para que la institución pueda desplegar sus diversas potencialidades. Por último, se realizara una aproximación crítica a las más recientes transformaciones jurídicas que ha sufrido la cooperativa en el marco del proceso de perfeccionamiento del sistema socioeconómico socialista cubano, así como a las perspectivas que abre dicho proceso para que el Derecho pueda jugar su papel regulador y potenciador en torno a ella.

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Las secciones de crédito se encuentran inicialmente reguladas en la normativa cooperativa estatal, no obstante, queda supeditada su regulación a la normativa autonómica. No todas las comunidades autónomas han avanzado al mismo tiempo y en la misma dirección en la regulación de las secciones de crédito, de manera que pueden identificarse distintos modelos atendiendo a una normativa, que podríamos calificar como favorable, desfavorable o neutra en relación con su regulación. El objetivo de este trabajo es analizar el contenido de la nueva normativa prevista para las cooperativas andaluzas con sección de crédito, la cual se presenta como una garantía y oportunidad al plantear determinadas estrategias de control y gestión que consigan dotar a las secciones de crédito de unos elementos que les permitan intervenir en el sistema financiero de una manera eficiente y a su vez, someterlas a unos niveles de control adecuados a sus características.

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El marco legal general en España está caracterizado por dos tendencias contrapuestas, por una parte el carácter globalizador de la legislación europea y por otro la proliferación y particularidad de las leyes nacionales y de ámbito regional (autonómicas). En un contexto en el que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) aceleran su implantación y en que todas las recomendaciones de la Unión Europea son de convergencia en el ordenamiento contable , en España se aprueba recientemente las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, que tiene como objetivo adaptar las pautas de valoración y elaboración de las cuentas anuales a las condiciones concretas del sujeto contable. La normalización y regulación de la información contable española procede de la Ley 19/1989 de 25 de julio de Reforma de la Legislación Mercantil para su adaptación a las Directivas en materia de sociedades. Dicha reforma mercantil trata de trasladar a la normativa nacional las orientaciones de la IV Directiva de la Unión Europea, conteniendo modificaciones importantes en cuanto a la contabilidad se refiere. Así en España hay un verdadero derecho contable desde ese año, al desarrollarse una regulación contable autónoma, que establece entre otros unos principios contables que quedan reconocidos en una norma con rango de ley. El Plan General de Contabilidad constituye el desarrollo reglamentario en esta materia de la legislación mercantil y con él se inicia una nueva etapa en el proceso normalizador. Dicho Plan es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea la forma de éstas últimas. Las diversas adaptaciones del Plan de Cuentas tratan de recoger de un modo más preciso las peculiaridades y aspectos diferenciales a fin de que la contabilidad sirva mejor a sus objetivos: recoger adecuadamente los hechos económicos que se producen y ofrecer una imagen fiel de los mismos y del patrimonio de cada empresa. Las normas de adaptación forman parte de un auténtico derecho contable de obligado cumplimiento que contiene criterios distintos a los prescritos en la normativa tributaria. Las adaptaciones sectoriales tienen una gran importancia en ciertas áreas de actividad, cuyas peculiaridades técnicas y legales exigen unas normas de contabilidad establecidas a su medida. Una vez que se aprueban estas normas, las empresas de cada sector deben adaptar sus sistemas contables. Se han publicado diez adaptaciones sectoriales referentes a empresas constructoras, federaciones deportivas, inmobiliarias, sociedades anónimas deportivas, empresas de asistencia sanitaria, sector eléctrico, entidades sin ánimo de lucro, sociedades concesionarias de autopistas, compañías del sector de abastecimiento de aguas y sector vitivinícola. En este contexto la reciente aparición de las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas constituye una importante novedad, al constituir una adaptación en razón de la forma jurídica del sujeto contable, y no en razón del sector de actividad. Es decir, aparece por primera vez una norma de adaptación de la regulación a las condiciones concretas del sujeto contable. El presente trabajo pretende estudiar y analizar la adecuación de esta norma en un contexto de economía globalizada y dentro del proceso normalizador de la Unión Europea, así como sus posibles repercusiones para los agentes implicados, y en concreto para las sociedades cooperativas españolas.