5 resultados para REPRESENTACIÓN POLÍTICA - COLOMBIA

em Universidade Complutense de Madrid


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El movimiento 15M se caracterizaba, entre otras cosas, por una fuerte crítica a los partidos políticos y el sistema actual de representación política. Sin embargo, el ciclo de movilización ha derivado en un proceso de institucionalización creciente y complejo en el que los activistas del movimiento han participado de manera relativamente visible y continuada en el surgimiento y el desarrollo de nuevos partidos (Partido X, Ganemos y Podemos). Este artículo analiza el papel desempeñado por las nuevas tecnologías en este proceso bajo la hipótesis de que la apropiación de herramientas digitales diseñadas para deliberar, interaccionar o generar formas diversas de participación política en los nuevos partidos reproduce valores y prácticas esenciales del movimiento, allanando con ello el camino para una identificación entre los activistas y los partidos. La mediación tecnológica ha modulado el paso del movimiento al partido al generar un entorno de deliberación horizontal, participación distribuida y estructura descentralizada que reduce las diferencias visibles entre ambos. El desarrollo de las herramientas digitales se ha visto acompañado a su vez de un cambio en los marcos de interpretación de los movimientos sociales con respecto a la tecnología como factor político. De esta forma, las nociones de representación o participación clásicas quedan redibujadas permitiendo una transición suave entre las plazas y los parlamentos. El artículo rastrea la construcción de marcos tecnófilos que, influidos por la presencia del software libre y el código abierto, ayudan a entender la organización de los nuevos partidos-movimiento y la transición entre las diversas formas de acción colectiva. Igualmente, se perfilan y describen algunas de estas herramientas y las funciones que han cumplido de cara a forjar unos modelos de organización originales en estos partidos-movimiento.

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De la configuración de los modernos sistemas democráticos, caracterizados como gobiernos representativos, es la representación política el elemento esencial y central en torno al cual gravitan la totalidad de las instituciones que en el mismo se articulan para hacer posible su funcionamiento en aras a la consecución del interés general o interés público, que de este modo se presenta como el fin esencial de toda esa construcción dentro de nuestros modernos sistemas políticos democráticos. Pero junto a ese interés general, que define la noción de representación política aparece otro elemento, que igualmente la caracteriza, que es la capacidad de control sobre el representante, que va a marcar la diferencia con la representación privada, para hacer posible la representación política, que de este modo lleva inherente la función de control, y es precisamente dentro de esa función de control donde puede encuadrarse la moción de censura, que se desarrolla dentro de un marco institucionalizado, y en concreto como objeto de esta investigación, dentro del marco de los gobiernos locales. Así, ha de tenerse en cuenta para la configuración, desarrollo y análisis de este importante elemento de control en los sistemas representativos que encarnan los gobiernos locales, las peculiaridades y especificidades que los mismos presentan en su conformación y funcionamiento, en los que ha de tenerse en cuenta, como elementos esenciales, la autonomía local, las competencias locales, las características especiales de la planta local así como la diversidad de entes que integran el ámbito local, de entre los que aparecen como esenciales y constitucionalizados el municipio y la provincial, pero que no agotan la diversidad y multiplicidad de entes que conforman el nivel de gobierno local...

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En enero del año 2004, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la Violencia de Género. Ningún partido con representación política en el año 2004 quiso quedarse fuera a la hora de apoyar una norma especialmente demandada por la ciudadanía ante la realidad social: 84 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas en el año 2004. Sin embargo, el tiempo ha demostrado que la Ley Integral no sólo no ha sido un elemento eficaz a la hora de acabar con las elevadas cifras de violencia de género en España, sino que además por el camino ha supuesto problemas jurídicos hasta el punto de convertirse en una norma cuya constitucionalidad se ha planteado en más de 180 ocasiones, por parte de los Jueces obligados a aplicarla, por suponer un conflicto con preceptos constitucionales como el Derecho a la Igualdad, la Presunción de Inocencia, o la Dignidad de la mujer. A través del presente estudio, comprobamos los problemas que ha supuesto la Ley Orgánica 1/2004, analizando para ello los antecedentes jurídicos que ha tenido la búsqueda de la igualdad entre géneros en España, denunciando los problemas que la aplicación de esta norma han tenido tanto a nivel de tutela penal como civil, profundizando en la doctrina jurisprudencial que avala su polémico encaje en el marco constitucional, y proponiendo posibles soluciones para no sólo evitar tener una Ley de medidas contra la Violencia de Género que vulnere derechos constitucionales, sino que además ofrezca garantías a un mayor número de mujeres, suponga una tutela judicial efectiva y no discriminatoria, y que, en definitiva, ayude a conseguir una igualdad real entre géneros que acabe definitivamente con la situación subordinada de la mujer en la sociedad.

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Este trabajo, hermenéutico interpretativo, profundo y emotivo, que elegí para optar mi título doctoral, ha sido un desafío, que retó mi capacidad académica y me ha permitido “dar la palabra” a mujeres racializadas, sujetas a teorías y debates, que las dimensionan desde periféricos rincones de la sinrazón social, política y académica de una América Latina que se jacta de su Multiculturalidad y Pluriétnia, pero que no termina de encajar el tema de la Negritud, como un asunto político que demanda acciones integrales para lograr el reconocimiento “real” de esa declaración derechos humanos que proclama que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” Colombia, ha mostrado su deseo de incorporar en su noción de Estado social de Derecho la premisa de que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y así lo recogió en su Carta Magna, en la reforma constitucional del año 1991, al declarar que “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana”. (Art, 7) y facultar a esas diversidades étnicas, como lo es la Afrodescendiente (en ese momento autodenominada Comunidades negras de Colombia) a proyectar una ley que les permitiera establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana (Art 1, Ley de Comunidades Negras, 70 de 1993)...

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La Tesis Cooperación España- Colombia: un enfoque de Economía Política, realiza un análisis sobre los problemas de agencia existentes en la cooperación al desarrollo, entre países donantes y receptores, aplicado al caso de Colombia. Teorías como Elección Pública, Gobernanza, Economía Neo institucional, sirven de marco para contrastar fallos de gobierno, asimetrías de información, riesgo moral, selección adversa, buscadores de renta. La investigación aporta las siguientes evidencias: Hay necesidad de impulsar la gobernanza en la cooperación al desarrollo, por que las decisiones sobre cooperación bilateral se toman entre los gobiernos de los países, sin evidencias reales de procesos de gobernanza que integre en el diseño de estrategias de desarrollo, la participación de representantes del Estado, sociedad civil y mercado – sector privado. Por esta razón en los foros de Eficacia de la ayuda como Accra (2008) y Busan (20011), se impulsó el concepto de apropiación democrática, que incluye como actor de cooperación a la sociedad civil. Sin embargo, este proceso no está aún integrado en un claro arreglo institucional. Los principios de eficacia de la ayuda de la declaración de Paris, compromete al país donante a alinearse con el país receptor. Sin embargo otorgar todo este poder discrecional a países receptores, puede ser más dificultoso en naciones con menor fortalecimiento institucional por problemas como corrupción, estados frágiles o conflictos armados. El caso colombiano es un ejemplo de los problemas de agencia por conflicto entre ideas e intereses, que genera la alineación de países donantes con receptores. Después de la adhesión de Colombia a la Declaración de Paris en 2007, el compromiso del gobierno de Colombia era acordar la cooperación de forma bilateral, contando con el alineamiento del país receptor. Por lo tanto el gobierno no vio la necesidad de seguir consensuando sus estrategias de cooperación con la participación de donantes y sociedad civil, como lo hizo en la primera estrategia de cooperación de Colombia 2003 – 2006, lo que demuestra como la adhesión a la Declaración de Paris desestimuló procesos de gobernanza...