12 resultados para Declaración jurada impositiva
em Universidade Complutense de Madrid
Resumo:
La iniciativa Unión para el Mediterráneo adoptada en julio de 2008 en Paris y que fue acogida de una forma bastante favorable, supone un cambio significativo en aspectos fundamentales con respecto al proceso de Barcelona. El capítulo de aspectos políticos y de seguridad ha quedado profundamente devaluado. Esto podría tener sentido dentro de un contexto teórico bien articulado en fases y reaseguros que dimanara del documento. Este no es el caso. Las importantes innovaciones introducidas, con la inclusión de proyectos comunes como línea vertebral y la densa institucionalización del proceso no quedan bien articuladas en un conjunto armónico y teóricamente consistente en los tres tradicionales cestos o capítulos que se mantienen en la Unión para el Mediterráneo.
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Este trabajo, hermenéutico interpretativo, profundo y emotivo, que elegí para optar mi título doctoral, ha sido un desafío, que retó mi capacidad académica y me ha permitido “dar la palabra” a mujeres racializadas, sujetas a teorías y debates, que las dimensionan desde periféricos rincones de la sinrazón social, política y académica de una América Latina que se jacta de su Multiculturalidad y Pluriétnia, pero que no termina de encajar el tema de la Negritud, como un asunto político que demanda acciones integrales para lograr el reconocimiento “real” de esa declaración derechos humanos que proclama que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” Colombia, ha mostrado su deseo de incorporar en su noción de Estado social de Derecho la premisa de que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y así lo recogió en su Carta Magna, en la reforma constitucional del año 1991, al declarar que “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana”. (Art, 7) y facultar a esas diversidades étnicas, como lo es la Afrodescendiente (en ese momento autodenominada Comunidades negras de Colombia) a proyectar una ley que les permitiera establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana (Art 1, Ley de Comunidades Negras, 70 de 1993)...
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Los análisis sobre estrategias y herramientas de la Cooperación Internacional para el Desarrollo (CID) vienen centrando su atención en la cuestión relativa a la participación real de los actores implicados, como variable necesaria para la pertinencia e idoneidad del impacto de las intervenciones (Thérien, 2002; de Haan, 2009a y 2009b; OCDE, 2011). En la actualidad existe un consenso generalizado sobre la importancia de la participación de los “stakeholders” en los proceso de desarrollo, como se puede evidenciar en la definición de Desarrollo Humano Sostenible o en los postulados de la Declaración de París, aunque no siempre ha sido así y en la práctica se encuentren más límites. La participación ha sido central en las reflexiones que se han dado desde los diversos paradigmas y enfoques poniendo en cuestión las relaciones de poder o las relaciones funcionales habitualmente presentes en la “cadena de la ayuda”1. Esta tendencia también se ha plasmado en la emergencia de enfoques participativos en la práctica evaluativa que, por su naturaleza política, implican un trabajo de reflexión conjunta que debe involucrar a los diferentes actores implicados para que el proceso tenga legitimidad y sea de utilidad social (Monnier, 1995). La cooperación española otorga gran importancia al proceso de evaluación y reconoce la necesidad de integrar la participación como un pilar fundamental dentro de la misma: “La implicación de los políticos, gestores y técnicos en el proceso de evaluación, y la participación de las contrapartes y beneficiarios son condiciones indispensables para poder evaluar una intervención” (MAEC‐SECI, 2007ª:26)...
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Este trabajo se ha enfocado desde el plano pluridisciplinar en su primera parte, donde tratamos de la comunicación intercultural, y de la pragmática intercultural en la segunda parte, en cuanto se realiza una comparación entre la petición en español y en chino mandarín desde el punto de vista de la cortesía. Esta última acompaña, en mayor o menor grado, la realización de todos los actos de habla (Lavandera, 1988). Se ha hecho un análisis pragmalingüístico sobre los patrones que utilizan los hablantes nativos para realizar este acto en situaciones específicas, y se ha contrastado con los valores y normas culturales que fundamentan las elecciones lingüísticas de los hablantes. De este modo, y a través de esos valores y de las premisas culturales que dan cuenta de ellos, entender mejor la imagen y los deseos que los hablantes nativos tienen sobre ella para llegar a una verdadera competencia pragmática intercultural y así favorecer el entendimiento entre estas dos culturas. Consideramos que, junto al conocimiento lingüístico de los patrones de la petición, es indispensable el entendimiento de esas premisas culturales para poder realizar actos pragmáticamente correctos y evitar malentendidos. Esta es la razón por la que consideramos importante la enseñanza de estos aspectos al aprender estas lenguas. El estudio del acto de habla de la petición es particularmente interesante ya que, debido a la fuerza impositiva que implica, requiere en muchas ocasiones estrategias para mitigarla.
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En los últimos años, la comunidad internacional ha dado importantes pasos para definir de forma más precisa su compromiso con la lucha contra la pobreza. A través de la Declaración del Milenio –y los Objetivos de Desarrollo del Milenio- se ha logrado conformar una agenda que compromete al conjunto de la comunidad internacional. Semejante avance se ha acompañado de un programa de reformas en el sistema de ayuda tendente a conseguir una mayor apropiación de las intervenciones por parte del receptor, una mayor coordinación y armonización de los donantes y un alineamiento de sus acciones con las políticas de los receptores (Declaración de París, promovida por el CAD de la OCDE).
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La igualdad de género como objetivo de desarrollo tiene hoy pleno reconocimiento en la agenda política global, reflejándose en numerosos compromisos pero también en una persistente retóri-ca. Los debates sobre una nueva Agenda 2030 para el desarrollo sostenible debería contribuir a una reflexión crítica sobre cómo acelerar los cambios necesarios para avanzar hacia una mayor justicia social y de género, reafirmando los derechos de las mujeres, y por otro, generar una opor-tunidad más que un riesgo para repensar las dimensiones económicas, sociales, culturales y políti-cas de la transformación hacia un desarrollo sostenible. Frente a estas aspiraciones, surgen una serie de interrogantes que sería necesario despejar. Este documento analiza los avances y desafíos para la realización de los derechos de las mujeres a 20 años de la aprobación e implementación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, y hace un balance de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) en clave de género para introducirnos en las propuestas que hoy se plant-ean para los próximos 15 años. Finalmente, analiza desde una perspectiva crítica los resultados alcanzados hasta el momento en la definición de una Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, a ser aprobada por la Cumbre de Desarrollo Sostenible en septiembre de 2015. Por último, unas breves reflexiones finales dejan planteadas algunas pistas para no perderse en el camino.
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Cuando nos acercamos al primer aniversario del referéndum español sobre la Constitución Europea del pasado 20 de febrero de 2005, tras las grandes expectativas levantadas, cabe preguntarse qué es lo que ha pasado con los resultados del mismo, cómo se ha gestionado el “sí” y en qué circunstancias concretas se encuentra el proceso político y cuáles son las perspectivas futuras. En un año ha cambiado completamente la percepción de la opinión pública en torno al futuro de Europa. Se ha pasado de la percepción de un claro apoyo al proyecto constitucional europeo a decir que la Constitución estaba muerta y, ahora, a sostener que empieza a “resucitar”. El problema de la ratificación, a nuestro juicio, no está en el Tratado Constitucional sino en el proceso político en el cual está teniendo lugar la ratificación, o dicho de otra manera, los “noes” no han sido causados tanto por el texto como por el contexto. Para explicar esta proposición central, que el problema de la ratificación no está en el Tratado Constitucional sino en el proceso político, partimos de analizar la relevancia del proceso político desde la aprobación de Niza en 2001, en el que por primera vez se explicita la necesidad de revisar el procedimiento de reforma de los Tratados, surgiendo de la sociedad, a través del debate sobre el futuro de Europa. Será también la primera vez que la misma se deja de abordar únicamente a través de los Gobiernos y en secreto y se lleva a cabo a través de una Convención como recoge la Declaración de Laeken de diciembre de 2001. En esa Convención Europea participa en la reforma de los Tratados por primera vez una doble legitimidad, europea y estatal, y dentro de esta los representantes de los Parlamentos Nacionales. De este método innovador surge la Constitución Europea como respuesta a las demandas de los ciudadanos de explicitación del modelo político, de hacerlo más democrático y transparente, más eficaz, más simple en los procedimientos y en las normas jurídicas, que desarrolle el modelo social europeo, y con más instrumentos para una mayor presencia en el mundo y la gestión de la globalización. Tendremos en cuenta como el Parlamento Europeo reconoce precisamente esta realidad por una amplia mayoría y por primera vez entiende que se han resuelto problemas estructurales básicos y que, en definitiva, responde a las demandas de los ciudadanos y a las necesidades objetivas de Europa. Considera además la relevancia del simbolismo de la Constitución y el significado político que el Parlamento Europeo venía reivindicando como representante de la soberanía europea. Siguiendo el análisis del proceso político estudiaremos las catorce ratificaciones positivas, bien a través de los Parlamentos Nacionales, con votaciones mayoritarias, a través de referendos en los Estados miembros. Nos detendremos en los “noes” francés y neerlandés como problemas nacionales y no europeos, no de texto sino de contexto, que especialmente es un “no” a lo que había y no a lo que viene, pero que va a incidir negativamente en la percepción del desarrollo de la vida política europea en su conjunto. Tras explicar la decisión del Consejo Europeo por la que se paraliza la ratificación, presentaremos la percepción de la crisis y los efectos políticos del “no” francés y neerlandés, analizando a continuación qué es lo que ha fallado en el proceso de ratificación, teniendo en cuenta que se ha democratizado y europeizado la fase de propuesta y redacción de la Constitución pero que se deja todavía en manos de los Estados nacionales su aprobación definitiva. Abordaremos la inviabilidad institucional del Tratado de Niza, en vigor desde el 1 de febrero de 2003, especialmente desde la ampliación a veinticinco un año después, y con los ojos puestos en una Unión de unos treinta Estados miembros en no más de cinco años. A continuación explicaremos el “coste de la no Constitución”, es decir, lo que nos está costando a los europeos el que la Constitución no esté en vigor en los plazos previstos, y lo que nos estamos perdiendo con el retraso presumiblemente de al menos un año en el mejor de los casos. Después de tener en cuenta la atonía institucional, especialmente durante el semestre de Presidencia británica, se estudiará la salida material a la crisis, que no es otra que la reactivación del proceso político a través de la adopción de políticas concretas y de soluciones en los ámbitos en los que la Unión tiene competencias con objeto de hacer funcionar las instituciones y de cambiar la percepción de los europeos sobre las mismas con la finalidad de visualizar la necesidad de “más Europa” y su expresión al día de hoy que no es otra que la Constitución Europea. Una vez tenidas en cuenta las vigencias anticipadas de la propia Constitución así como la irreversibilidad de las conquistas democráticas de este proceso político, estudiaremos la salida formal a la crisis a través de reanudar el proyecto constitucional y la forma de superar el laberinto de la ratificación, sus calendarios y sus decisiones, posiblemente en poco más de un año en el Consejo Europeo alemán de marzo o junio de 2007. En las últimas semanas se han producido una serie de señales políticas nuevas, por lo que puede vislumbrarse a lo lejos la salida del laberinto. Así, el Consejo Europeo de diciembre de 2005 ha logrado finalmente aprobar las perspectivas financieras. A la vez, se constata la necesidad de “más Europa” y el propio Consejo Europeo ha acordado la necesidad de crear una política común de migraciones y una política común de energía. En ese mismo Consejo Europeo se ha clarificado el liderazgo del nuevo Gobierno alemán y se han clarificado las incógnitas sobre cuáles son sus preferencias en relación a Europa. Además, el 19 de enero de 2006 el Parlamento Europeo aprobaba una nueva Resolución sobre el período de reflexión en la que ratifica su apoyo a que la Constitución entre en vigor antes de 2009. Igualmente se avanzan en cierta manera los posibles calendarios de la vigencia, al anunciar ya los Gobiernos alemán y portugués que ocuparán la Presidencia en 2007 que su objetivo compartido será la entrada en vigor de la Constitución Europea.
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En nuestra comunicación, pretendemos abrir un debate sobre conceptos básicos en materia de Patrimonio, su soporte teórico y las prácticas desarrolladas desde 1972 (Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Natural y Cultural) y desde 2003 (Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial). Si es posible afirmar que en más de una ocasión la percepción e interpretación de muchos bienes declarados no se han ceñido exactamente a lo dispuesto en la declaración de 1972, y sí en la del 2003, nosotros proponemos reflexionar sobre las posibles razones de ello. Alguna puede venir dada por la impropia formulación de los tipos (material/inmaterial) de Patrimonio Cultural y ello basándonos en el segundo Considerando de la Convención de 2003: “Considerando la profunda interdependencia que existe entre el Patrimonio cultural inmaterial y el Patrimonio material cultural y natural”. Por ello queremos presentar un breve análisis de bienes incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial y alguno de los bienes incluidos en la Lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad: El Misterio de Elche (2008), El Espacio Cultural de la Plaza Jemaa el-Fna (2008), Las fiestas indígenas dedicadas a los muertos (2008) y La Dieta mediterránea (2014). Esta comparación de bienes de ambas listas nos permite reflexionar sobre las diferencias y semejanzas de los considerados dos tipos de bienes patrimoniales -Patrimonio material versus Patrimonio inmaterial- y analizar las diferentes maneras de relacionarse con cada uno de ellos tanto las administraciones estatales y locales como los ciudadanos particular y comunitariamente. Presentamos unas conclusiones provisionales que giran en torno a la mayor o menor implicación, en el conocimiento y en la pervivencia del bien, de los ciudadanos y de las diferentes comunidades. Se trata de acceder al conocimiento y valoración de los bienes culturales a través del conocimiento y empeño de la investigación, o a través de la experiencia y la vivencia de las personas y sociedades. En unos casos los ciudadanos son sujetos, u objetos pasivos, mientras que en otros son sujetos activos y directamente interesados en la vigencia, preservación y difusión del bien. Así se explicaría mejor la actitud natural e inevitable en la conservación y gestión de unos bienes por parte de los ciudadanos o la “libertad” de actuación más descontrolada de los gestores públicos.
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La Peste Porcina Africana (PPA) es una enfermedad porcina de etiología vírica muy compleja, de carácter infecto-contagioso, para la que actualmente no existe vacuna. Por su gran importancia económica y sanitaria aparece incluida dentro del grupo de enfermedades de declaración obligatoria de la lista de la OIE y de la Unión Europea y su presencia conduce a restricciones inmediatas sobre el comercio de cerdo y productos derivados. Está causada por el virus de la Peste porcina africana (vPPA), un virus ADN de gran tamaño y estructura compleja, que presenta una envuelta lipoprotéica y una elevada variabilidad genética y antigénica, con 22 genotipos diferentes descritos hasta la fecha. Pertenece a la familia Asfarviridae, genero Asfivirus, de la que es el único integrante. Actualmente está presente en 22 países del África subsahariana, en la isla de Cerdeña, Italia, y desde su introducción en Georgia en 2007, tanto en la región transcaucásica como en el centro y sur de la zona occidental de la Federación Rusa (FR). La compleja situación epidemiológica de la PPA en el este de Europa, con focos continuados en la FR y afectando también a otros países vecinos de la UE como Bielorrusia y Ucrania, originó finalmente la entrada de la enfermedad en varios países de la UE en 2014, Lituania, Polonia, Letonia y Estonia en los que, hasta agosto de 2015, se realizaron más de 1000 notificaciones principalmente en jabalí, y en mucha menor medida en cerdo doméstico. Únicamente las especies de la familia Suidae y a las garrapatas blandas del género Ornithodoros son infectadas de forma natural por el vPPA. En cerdos domésticos y jabalíes europeos las manifestaciones clínicas de la enfermedad son variables. Por el contrario, los suidos silvestres africanos son resistentes a la infección, habitualmente con cursos clínicos de tipo inaparente...
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La presente tesis surge ante la necesidad de conceder un reconocimiento y propiciar un marco de conocimiento y acción teórico y práctico para una disciplina históricamente desatendida en el ámbito académico musical: el acompañamiento pianístico de la danza. Este tipo de acompañamiento pianístico es lógicamente demandado tanto por conservatorios de danza como por compañías de danza; sin embargo, a excepción de casos puntuales, desde los conservatorios de música no se forma a los alumnos pianistas para que puedan desempeñar con garantías de éxito esta labor en el futuro, y no son pocos los pianistas que tras haber concluido de manera brillante sus estudios musicales, posiblemente con un bagaje considerable de conciertos y una trayectoria artística reconocida, fracasan al iniciar su recorrido profesional en el mundo de la danza. Este hecho es especialmente significativo cuando sucede tras haber superado con éxito un procedimiento selectivo de concurso-oposición al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, en la especialidad de Piano, y de forma tan ineludible como imprevista, deben desempeñar esta labor en un conservatorio de danza, como consecuencia de unas normativas “cuando menos” controvertidas. Esta paradójica circunstancia queda evidenciada en la introducción y en la justificación de la tesis, así como en los apartados sucesivos donde además se atienden aspectos referidos a la situación educativa de la improvisación y de los recursos creativos que habrían de ser inherentes a toda forma de pedagogía musical, y que tan necesarios resultan además para el desarrollo de un eficaz acompañamiento pianístico de la danza. Tras la declaración de intenciones se presenta como objetivo principal de la tesis el de lograr una interrelación efectiva entre los distintos profesionales de las enseñanzas de danza, mediante una comunicación fluida entre los mismos, con ayuda de la improvisación como recurso de acompañamiento en el aula. A continuación se plantean los objetivos secundarios, los interrogantes y se formulan las hipótesis...
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La Tesis Cooperación España- Colombia: un enfoque de Economía Política, realiza un análisis sobre los problemas de agencia existentes en la cooperación al desarrollo, entre países donantes y receptores, aplicado al caso de Colombia. Teorías como Elección Pública, Gobernanza, Economía Neo institucional, sirven de marco para contrastar fallos de gobierno, asimetrías de información, riesgo moral, selección adversa, buscadores de renta. La investigación aporta las siguientes evidencias: Hay necesidad de impulsar la gobernanza en la cooperación al desarrollo, por que las decisiones sobre cooperación bilateral se toman entre los gobiernos de los países, sin evidencias reales de procesos de gobernanza que integre en el diseño de estrategias de desarrollo, la participación de representantes del Estado, sociedad civil y mercado – sector privado. Por esta razón en los foros de Eficacia de la ayuda como Accra (2008) y Busan (20011), se impulsó el concepto de apropiación democrática, que incluye como actor de cooperación a la sociedad civil. Sin embargo, este proceso no está aún integrado en un claro arreglo institucional. Los principios de eficacia de la ayuda de la declaración de Paris, compromete al país donante a alinearse con el país receptor. Sin embargo otorgar todo este poder discrecional a países receptores, puede ser más dificultoso en naciones con menor fortalecimiento institucional por problemas como corrupción, estados frágiles o conflictos armados. El caso colombiano es un ejemplo de los problemas de agencia por conflicto entre ideas e intereses, que genera la alineación de países donantes con receptores. Después de la adhesión de Colombia a la Declaración de Paris en 2007, el compromiso del gobierno de Colombia era acordar la cooperación de forma bilateral, contando con el alineamiento del país receptor. Por lo tanto el gobierno no vio la necesidad de seguir consensuando sus estrategias de cooperación con la participación de donantes y sociedad civil, como lo hizo en la primera estrategia de cooperación de Colombia 2003 – 2006, lo que demuestra como la adhesión a la Declaración de Paris desestimuló procesos de gobernanza...
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Los impuestos introducen importantes efectos sobre las decisiones económicas. Es importante evaluar estos efectos porque el comportamiento de los agentes económicos incide sobre las economías y el bienestar. La teoría de la imposición sugiere cómo afectan los impuestos a las decisiones individuales, sin embargo, no muestra respuestas contundentes, siendo imprescindible la evidencia empírica. Existe una larga lista de cuestiones destacables para evaluar el comportamiento económico ante la imposición. En el presente trabajo tratamos de dar respuesta a la pregunta de cómo afectan los impuestos a la tenencia de activos financieros. A diferencia de los trabajos existentes en este campo, nuestra investigación destaca por ser novedosa y original en varios aspectos. Algunos de ellos son la construcción de una base de microdatos con información fiscal y patrimonial, la adaptación metodológica y la elaboración de nuevos métodos de análisis, que se complementan, y permiten confrontar objetivos, criterios y resultados. El objetivo fundamental de la presente tesis es contrastar empíricamente la hipótesis de que los impuestos afectan a la composición de cartera de los individuos. A tal fin, se plantean diversas tareas que estructuran la presente investigación. De forma resumida, podemos destacar a) determinar las variables teóricas relevantes y cuándo la literatura no ofrece respuestas contundentes, b) identificar los métodos de trabajo apropiados para este trabajo, adaptar las metodologías y construir nuevas herramientas, c) obtener una base de datos reales, con la información necesaria a nivel desagregado, d) analizar la incidencia de la imposición personal en los rendimientos del capital, e) evaluar la neutralidad impositiva para las rentas del ahorro, y f) delimitar los factores explicativos en las decisiones de inversión en activos financieros. Este trabajo elabora un marco teórico imprescindible para el logro de los objetivos propuestos. Asimismo, incorpora una revisión bibliográfica de los trabajos más importantes a nuestro alcance, sus resultados y métodos empleados. A lo largo de la tesis se conjugan aspectos de fiscalidad, legislación, econometría y programación, entre otros...