11 resultados para Alfonso X, Rey de Castilla, 1221-1284.

em Universidade Complutense de Madrid


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Las Tablas Astronómicas de Alfonso X el Sabio fueron realizadas en la ciudad de Toledo entre 1263 y 1270 por dos de los colaboradores habituales del Rey, Yehuda ibn Moshé e Isaac ibn Sid, ambos judíos. El manuscrito original no se conserva pero sí contamos con una copia de principios del siglo XVI (Ms. 3306, B.N.) que nos ha transmitido los cánones y el prólogo de las Tablas, proporcionándonos información acerca de quien, donde y cómo se desarrolló el proyecto. El equipo de astrónomos reunido en torno al Rey se valió de la herencia clásica recogida a través del mundo árabe así como de las innovaciones que se habían producido en al-Andalus para crear una obra de gran trascendencia en el panorama científico posterior, difundiéndose en copias manuscritas e impresas por toda Europa durante cuatro siglos.

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Los textos científicos de Alfonso X siguieron copiándose en mayor o menor medida mucho tiempo después de que el monarca falleciera. Dichas copias formaron parte de algunas de las colecciones librarías de mayor prestigio, y en ocasiones originaron manuscritos de máximo interés, tanto desde un punto de vista artístico como de transmisión textual. El Ms. 1197 de la BNE es un códice facticio que unifica una copia del Libro de las figuras de las estrellas fixas y una copia del Lapidario. El análisis de cada una de ellas, así como la fortuna del manuscrito unificado, nos proporciona información de gran interés para un mayor conocimiento de los originales alfonsíes, así como del impacto que estos textos tuvieron en los círculos intelectuales posteriores. Asimismo su estudio nos guía a través de la gestación de algunas de las bibliotecas de mayor relevancia entre los siglos XVI y XVIII.

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La presente investigación se desarrolló a partir de dos objetivos centrales: el primero, la construcción del concepto jurídico de “extranjero” en el Derecho indiano; el segundo, la sistematización de lo que denominamos “Derecho de extranjería”, entendido este como el conjunto de normas que definen la categoría jurídica de extranjero, así como los derechos y obligaciones relativos a la movilidad, permanencia y actividades de quienes actualizaban dicha categoría. Toda vez que la calidad de extranjero en el Derecho indiano nació de la contraposición con la calidad de natural, dada por el Derecho castellano, el análisis construido en el presente trabajo incorporó, dentro de su objeto de estudio, a los principales cuerpos legales del Derecho de Castilla, con una remisión analítica hasta las Siete Partidas de Alfonso X, para terminar en la Nueva Recopilación de 1567 –incluyendo las disposiciones agregadas hasta 1614–, apegándonos a la prelación de fuentes establecida por las propias leyes castellanas. El fundamento legal para finalizar la revisión de la norma castellana en la Nueva Recopilación es la disposición de Felipe III, promulgada en 1614, ordenando que el Derecho castellano solo sería válido en Indias cuando se emitiese Real Cédula de cumplimiento que expresamente ordenase su aplicación. En cuanto a los cuerpos legales indianos, la temporalidad coincide con el propio descubrimiento de América hasta la promulgación de la Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias de 1680, toda vez que la legislación emitida con posterioridad a esta fecha requiere de una técnica de investigación distinta, por encontrarse dispersa en las glosas a la propia Recopilación de 1680, en lo que nos ha llegado del Cedulario Americano gracias a los estudios del Dr. Muro Orejón y en las documentales localizables en el Archivo General de Indias y en los diversos archivos americanos y europeos...

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Se ha propuesto un sistema específico para clasificar humedales, de acuerdo con su idoneidad para recibir operaciones de regeneración hídrica basada en acciones de recarga artificial de acuíferos. El sistema se basa en varios criterios, destacando su relación con acuíferos, estado actual de conservación, tipología de impactos medioambientales que han afectado al humedal, condiciones hidrogeoquímicas, presencia de lámina de agua y viabilidad de aplicación de operaciones de recarga artificial, además de la procedencia política de la actuación. El sistema, una vez diseñado y simplificado, ha sido aplicado a algunos humedales del Complejo de Coca-Olmedo cercanos al dispositivo de recarga artificial de acuíferos de la Cubeta de Santiuste.

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España es un país con gran tradición en el uso de aguas subterráneas y cuenta con una prestigiosa escuela de hidrogeólogos de reconocimiento mundial. En una etapa inicial (hasta los años setenta del pasado siglo) no existía formación académica regulada en la Universidad. La formación en hidrogeología se adquiría con cursos externos a la Universidad o en estancias y cursos fuera de España. Desde aquellos años hasta hoy, el panorama ha cambiado radicalmente tanto en la Universidad tradicional como en la Politécnica. Se puede resumir señalando que al menos los graduados de Ciencias o Escuelas Técnicas reciben 6 créditos formativos en materias de hidrogeología. El calificativo de hidrogeólogo se adquiere mediante la realización de cursos especializados y máster ad hoc. Hay una oferta que comprende unos pocos máster de marcado carácter hidrogeológico. Destaca entre todos ellos el curso Internacional que oferta desde hace 49 ediciones la Fundación Curso Internacional de Hidrología Subterránea. El aprendizaje hoy día pasa también por los cursos que pueden seguirse por internet, además de libros, apuntes, monografías, power points, etc. que aparecen en la red. Algunos de ellos son de extraordinaria calidad. Destaca, los apuntes del Prof. de la Universidad de Salamanca, J. Sánchez San Román.

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La recarga artificial de acuíferos es una técnica ampliamente utilizada en varios paises europeos y en USA y Australia, y que sin embargo está infrautilizada en España. Se estima que el volumen de recarga artificial en España en la actualidad es de sólo 50 hm3/año. Se ha recopilado una extensa bibliografía sobre experiencias en países de todo el mundo que pueden ser útiles para el lector interesado. El objetivo principal de este artículo es alentar el desarrollo de estas actuaciones en España sobre un riguroso control técnico y científico.

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Las acequias de careo constituyen uno de los primeros dispositivos para la recarga artificial de acuíferos de la Península Ibérica. Operativas desde el periodo musulmán, presentan un sistema de construcción y distribución del agua inteligente y todavía operativo en la actualidad, lo que constituye un ejemplo a tener en cuenta en la gestión hídrica. En este artículo se ha realizado una recopilación bibliográfica de su origen, modo de construcción y funcionamiento, actualizado el inventario existente, estudiado en qué contexto geológico fueron construidas y obtenido una serie de recomendaciones prácticas a tener en cuenta en el diseño y gestión de sistemas de recarga artificial superficial de acuíferos.

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Esta investigación pretende someter a análisis los intercambios arquitectónicos y artísticos que se establecieron entre el Reino de Castilla e Italia en el siglo XIII, centrando la atención en la denostada figura del infante Fadrique de Castilla. Don Fadrique de Castilla fue el segundogénito de Fernando III y Beatriz de Suabia, para quien sus progenitores habían previsto la herencia materna del ducado de Suabia. Con el fin de reclamar el legado de su madre Fadrique emprendió su viaje hacia la corte imperial de Federico II, llegando a la ciudad de Foggia en el mes de abril de 1240. Su permanencia junto al emperador se prolongó hasta el mes de junio de 1245, momento en el cual, el infante decidió abandonar la corte del emperador sin previo aviso para pasar a Milán, principal enemigo del bando gibelino y, después, regresar a Castilla. Una vez en Castilla, Fadrique participó junto a su padre y sus hermanos, Alfonso y Enrique, en la conquista de Sevilla. En el repartimiento recibió amplios territorios en el norte de la ciudad, decidiendo establecer su residencia en el área del actual Convento de Santa Clara. En el interior de este recinto erigió una torre exenta conocida como Torre de don Fadrique que, según la inscripción ubicada sobre la puerta, se construyó en el año 1252. El modelo arquitectónico al que se ajusta es ajeno a la arquitectura civil castellana del siglo XIII, sin embargo podemos hallar correspondencias con una estructura muy difundida en Italia: la torre nobiliaria. Esta analogía fue el punto de partida para el estudio de las relaciones artísticas entre ambos países configurándose en nuestra investigación un corpus heterogéneo y complejo de obras de arte que engloban la mencionada torre, la Capilla Real hispalense y las tallas marianas vinculadas a ella, el ajuar funerario de Beatriz de Suabia o las Cantigas de Santa María...

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A principios del siglo XII se fundó la Orden del Temple cuya función original era proteger a los peregrinos y facilitar la peregrinación a los Santos Lugares en Jerusalén, garantizando la seguridad en los caminos. En el Concilio de Troyes de 1129, la Orden recibió su consagración oficial y su propia regla (Regla primitiva). Los privilegios de la Orden fueron confirmados por sucesivas bulas papales entre los años 1139 y 1145, confiriendo a la Orden de una autonomía que le permitía actuar con independencia. De esta forma la Orden tenía sobre sus rivales laicos la gran ventaja de constituir una potencia prácticamente independiente, no sometida a las autoridades locales y que gozaba de la protección de Roma, sin aceptar su tutela. A finales de los años treinta del siglo XII, el Temple ya se había convertido en una orden militar dotada de una estructura jerárquica. La Orden evolucionó hasta convertirse en una de las instituciones militares más poderosas de la Edad Media. Durante el resto del siglo XII y principios del XIII la fama y dimensiones de la Orden siguieron creciendo. Las múltiples donaciones que recibía hicieron que la Orden llegara a ser extremadamente rica. Capaz de garantizar tanto la seguridad de los transportes de fondos como la de los depósitos que los poderosos les confiaban y poseyendo una organización administrativa ciertamente más desarrollada que la de la mayoría de los estados que recurrían a sus servicios, la Orden se convirtió pronto en banquera de reyes y altos dignatarios, así como en intermediaria de sus operaciones financieras. La caída de la Orden se produce el 22 de marzo de 1313 cuando el Papa Clemente V pronunció la abolición de la Orden del Temple, poniendo fin a una Orden militar surgida dos siglos antes con el fin de combatir en Tierra Santa, que desarrolló una potente red financiera. El objetivo general de esta investigación es describir, analizar e interpretar el modelo contable de una de las órdenes religiosas y militares de mayor relevancia por sus hazañas militares y su inmenso poder político y económico. Esta investigación se realiza a través del análisis del caso histórico de la Orden del Temple durante el siglo XIII (1221-1295). Con la finalidad de contribuir con esta investigación al conocimiento de las características generales del modelo contable del Temple se ha recopilado la escasa documentación disponible hasta la fecha sobre las cuentas del tesoro del Rey en el Temple para realizar un análisis descriptivo del detalle, contenido y presentación, así como, un análisis comparativo entre dichos documentos...