6 resultados para método del caso

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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El asesinato de Rosana Galliano fue uno de los casos policiales más resonantes de los últimos años en Argentina. Su cobertura en el diario Clarín es una muestra de que en la posmodernidad se desdibujan los límites entre “prensa seria” y prensa sensacionalista. La invasión de la vida privada de la víctima introduce los códigos de la novela sentimental y conduce a una lógica en la que cualquier acusación es publicada: todos hablan de la única que ya no puede hablar. Así, la cobertura oscila entre culpabilizar a la víctima y condenar sin juicio previo al sospechoso: el periodismo se vuelve fiscal y juez.

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Resumen: Este artículo se propone problematizar el tratamiento mediático del denominado “Caso Candela”, situando este en el marco de una construcción social del miedo y la inseguridad. A través de una mirada que privilegie una estructura social de las emociones y percepciones, procuramos analizar y describir los resortes afectivos que, desde diferentes lugares y posicionamientos, brindan sostén a este tratamiento mediático. Consideramos necesario explicitar que este trabajo no apunta a discutir éticamente el rol de los medios en estos procesos. Buscaremos comprender y analizar la incidencia y el impacto del tratamiento mediático en cuestión en la estructura social de emociones y percepciones. Nos proponemos, a su vez, desarrollar cómo este tratamiento se apoya en una particular configuración de las estructuras de las emociones y, al mismo tiempo, es parte constitutiva de su funcionamiento

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Resumen: El Derecho del Mar constituye, históricamente, uno de los puntos sobresalientes en la evolución y actualidad del Derecho Internacional ya que, incluso, su aparición y gestación precede a los mismos Estados. En ese sentido, a partir de la denominada “batalla de los libros”, el mar ha sido objeto de arduos y permanentes debates que pueden reflejarse, casi en su totalidad, en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, realizada entre 1973 y 1982. Sobre estas consideraciones, la propuesta del presente trabajo es analizar una de ellas, como lo es la inmunidad de los buques de guerra extranjeros durante su estadía en puertos de otros Estados. Si bien a priori la cuestión no se manifiesta como compleja, lo cierto es que a 200 años del Schooner Exchange, su debate ha reaparecido, especialmente, a partir del caso de la Fragata ARA Libertad. En razón de lo expuesto, comenzaremos con una breve conceptualización jurídica de los buques y su clasificación, para luego examinar el régimen de inmunidad que poseen los buques de guerra extranjeros y las características que presenta la relación entre éste y el Estado ribereño local. Posteriormente, consideraremos estos aspectos a la luz del caso referido para, finalmente, formular algunas reflexiones considerando todo lo analizado en su conjunto.

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Me han pedido que comparta con ustedes unas breves reflexiones sobre la investigación y el investigador, a partir de nuestras experiencias comunes. Vamos a enhebrar, entonces, unas reflexiones sobre lo que hacemos y conocemos, una mirada breve sobre un quehacer común. El diccionario de la lengua nos dice que investigar es “hacer diligencias para descubrir una cosa”. ¿Descubrir? ¿Cómo otro Colón, lanzarse a la procura de nuevos mundos? Parece cosa muy difícil, cosa para muy pocos. Si seguimos interrogando a la palabra, vemos que viene de vocablo latino, in-vestigatio. Y vestigatio nos conduce a vestigium, la planta del pie, el vestigio, la huella. El que investiga, como el célebre Sherlock Holmes, modelo del investigador, busca las huellas. Sigue una huella. Significa que ve lo que todos han visto ya, y dicho ya. Aquí está el desafío del investigador: ver lo que todos han visto y pensar lo que pocos han pensado hasta allí. En lo que todos han visto, debe encontrar lo inadvertido y desenvolver nuevas conclusiones. Volviendo a Sherlock Holmes, recuerden un famoso diálogo en el cuento “Silver Blaze” (Estrella de Plata). Se trata de la investigación sobre la desaparición de un caballo de carrera, cuyo nombre da título al relato, y de la muerte de su entrenador. El inspector de policía a cargo relata cuidadosamente todos los hechos del caso y, al final, pregunta si hay algún otro punto sobre el cual fijar la atención, ya que cree haberlos señalado todos...

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Resumen: La realidad manuscrita del texto medieval implica asumir la problemática en torno al concepto de texto con el que habrá de trabajar el editor al pretender establecer el texto crítico de una obra determinada. Las diferentes concepciones en torno a dicha ontología textual influyen en el tipo particular de trabajo ecdótico que se pretenda realizar. El artículo pretende, a partir del caso de la edición de la Crónica de Sancho IV, proponer un modelo de edición que contemple las variantes que la obra fue manifestando a lo largo de su tradición con el objetivo de dar cuenta de la naturaleza mutable del texto medieval en función de su intencionalidad política.

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Introducción: El contrato de gestación por sustitución, también llamado alquiler de vientres o maternidad subrogada, es aquel en el que se acuerda con una mujer (la madre subrogante) que esta tendrá un hijo y luego se lo dará a quien encargó al niño. Dependiendo del caso, los gametos pueden ser de la madre subrogante, de los pretensos padres, solo de uno de ellos o de ninguno, es decir, de terceras personas. En algunos países estos contratos están prohibidos, mientras que en otros están permitidos y, en otros, no regulados. En este marco de dispersión normativa se ha generado un fenómeno llamado “turismo reproductivo”, que consiste en que quien pretende obtener un niño por subrogación, viaje de su Estado de residencia a otro – en donde la regulación sea más permisiva– con el solo objeto de celebrar un contrato de gestación por sustitución y anotar al niño como propio. Como consecuencia, no solo existen complicaciones para los pretensos padres a la hora de querer volver al Estado donde buscan que se reconozca a ese hijo como propio, sino que, una vez en el Estado receptor, basándose en el orden público, puede que este no reconozca el certificado de nacimiento en donde el niño es inscripto como hijo de ellos. En este escenario es donde se sitúa la sentencia en comentario.