10 resultados para classic permanence
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.
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Resumen: El presente trabajo propone elementos para una reformulación de la enseñanza del Derecho Civil en la Argentina del Bicentenario. Parte del análisis del estado actual de la enseñanza en esta rama jurídica, con especial referencia a sus etapas históricas. Considera luego lo que se denomina “el modelo del cententario”, con particular atención a la influencia de la modernidad ilustrada y la cultura del Código. Evalúa luego la cuestión a partir de la tensión entre modernidad ilustrada y posmodernidad, proponiendo una alternativa al modelo de enseñanza surgido de la posmodernidad. Como hipótesis de trabajo propone una lectura de la denominada cultura jurídica desde los principios del derecho, y aportar así una alternativa desde la perspectiva del realismo jurídico clásico.
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Resumen: El propósito de este artículo es reflexionar críticamente desde una perspectiva intercultural acerca de la vigencia y el sentido de los géneros musicales tradicionales en la actualidad en la provincia de La Rioja. Centramos el estudio en los géneros más antiguos: la ‘baguala’ y la ‘vidalita andina’, en la localidad de San Blas de los Sauces. Para ello, analizamos los cambios y permanencias en las estructuras de ambas y el desarrollo de la dimensión discursiva, tomando como referencia principal la tesis doctoral de Isabel Aretz (1978). Los géneros son abordados como fenómenos estéticos situados en un contexto histórico y social. En dicho marco, se analizan sus modos de producción y recepción a partir de observaciones de corte etnográfico, así como de entrevistas a músicos, vidaleros, vecinos, funcionarios del Estado y referentes culturales.
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Resumen: En este artículo se expone en forma sucinta dos formas muy diferentes de concebir la política, a saber: la de algunos autores denominados clásicos, cuyos principales representantes son Platón, Aristóteles, Cicerón y Tomás de Aquino, y la forma moderna representada por Maquiavelo. Los primeros, salvando algunas diferencias, entienden la política como un saber moral práctico, como una noble actividad que debe ser ejercida por los mejores en vistas al bien de todos. Maquiavelo, por su parte, la entiende como una técnica, totalmente desarraigada de la moral, cuyo fin es obtener, mantener y acrecentar el poder. Al parecer, y es lo que se intentará demostrar en la exposición, hay indicios suficientes para afirmar que el maquiavelismo se ha «impuesto» a los clásicos. La perspectiva desde la cual se abordara esta pregunta, es la del Magisterio reciente de la Iglesia Católica
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Resumen: La “Nueva Escuela del Derecho Natural” (NEDN) pretende ser una “recuperación” de la “Teoría clásica de la ley natural”. Sus principales representantes son G. Grisez, J. Finnis, J. Boyle, R. P. George y W. May. A ellos se agregan varios pensadores de Estados Unidos y Canadá como R. Shaw, R. Lawler, J. C. Ford, R. A. Connor, T. Kennedy, entre otros. Esta escuela se endilga la recuperación de la versión “auténtica” de Tomás de Aquino de la ley natural, por una reinterpretación de la misma, al entender que ella ha sido deformada por teólogos morales posteriores. En una primera etapa, el trabajo aborda las posiciones centrales de la NEDN, principalmente de Germain Grisez y John Finnis, sin desatender a sus seguidores y críticos. En segundo lugar, y por el planteo de la NEDN, se hace preciso el ocuparse de las fuentes del entredicho, a saber, el concepto de ley en Tomás de Aquino y su impostación en la naturaleza y en la racionalidad práctica.
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Resumen: Garcilaso de la Vega, siguiendo el canon pedagógico humanista, se constituyó en un poeta que no solo adoptó la tradición de la lírica clásica en la absorción de temas y motivos, sino que también ensayó la composición de odas, a la manera horaciana, en lengua latina. Estas composiciones, regidas por las reglas métricas que se enseñaban en las escuelas de gramática y retórica, conservan la estructura estrófica y la rigurosa alternancia de sílabas breves y largas. El interés filológico en torno de estos poemas, por los cuales Garcilaso fue elogiado por los intelectuales de su época, es tardío ya que en las primeras ediciones de la obra del toledano no aparecen; será a finales del siglo XIX cuando se ponga la mirada sobre ellos y se comprenderá cuál es la importancia del contexto italiano de composición y el compromiso del poeta con lo clásico. Este cruce de imaginarios, que tiene como límite último la producción poética de Garcilaso, puede entenderse como un ejercicio de traducibilidad entre el sentido de un sistema semiótico adoptado, como es en este caso la utilización de la lengua latina, y la posibilidad de decir algo de ello, lo que implica producir significación; asimismo este juego de traspasos enunciativos se completa con la traducción a la lengua española de las odas latinas de Garcilaso. En consecuencia, los objetivos de la presente comunicación están orientados a analizar los dos pasos de la actividad semántica que se opera en toda relación de traducción: en este caso entre la oda a Venus creada por el poeta hispano y la versión de Nemesia Matarrodona Vizcaíno, quien transpone al español el texto garcilasiano en la edición de Sotelo Salas, del año 1976.
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Introducción: This article provides a historical interpretation of Catholic social economy (also called Social Catholicism) in an attempt to give a Christian form to capitalism. The aim of this writing is to reflect on the evolution of Catholic economic thought and to offer some foreseeable development in light of the experience that characterized the early stages of this movement. By Catholic social economy, the author does not mean the social doctrine of the church, but the whole set of scientific work of Catholic scholars, with their different orientations and acceptance by the official documents of the holy soil. Roman Catholicism is the only religion that has produced wide and continuous scientific research about political economy. This should not be considered an anomaly, because the positivistic attitude of modern economics tends to crowd out the classic unitary view of man and of a good life that characterizes Catholic anthropology. As a consequence, it can be considered an attempt to address scientific research in a way compatible to the Catholic view of the “social nature of man”, and not an attempt to resist or to contrast the role of science. The fundamental concepts of this stream of research have been the idea of natural law intended as a moral order (vs. the equilibrium of conflicting strategies), the social nature of man (vs. individualism and individual autonomy) and the role that charity and justice assume for individual behaviour inspired by the common good (vs. freedom and laissez faire)...
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.
Resumo:
Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII : Actas de las X Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2011, y de Homenaje al Quinto Centenario del Cancionero General de Hernando del Castillo.
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Resumen: El artículo analiza el Capítulo Cuarto titulado “La ley natural y la ciudad”, del Documento de la Comisión Teológica Internacional sobre la ley natural y considera sus grandes temas centrales: el bien común, con particular atención a la naturaleza social de la persona humana, el principio de finalidad, la relación entre bien común y bien individual y el contenido del bien común político; la ley natural, con una referencia a la nueva escuela anglosajona del derecho natural; la cuestión de la moral y el derecho natural, considerando la noción de derecho, lo natural del derecho y los derechos humanos; las relaciones entre derecho natural y derecho positivo, con referencia a la prudencia jurídica y el orden político y el orden escatológico. Se analizan las grandes notas del capítulo, vinculadas con las enseñanzas del realismo jurídico clásico, se muestran otras lecturas para fundar la actualidad y riqueza del Documento y se formulan conexiones con autores de actualidad.