21 resultados para Sistema cromossômico sexual

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: El Centro para la Protección Infantil ha sido fundado en cooperación con el Instituto de Psicología de la Universidad Gregoriana (Roma, Italia), el Departamento para la Psiquiatría/Psicoterapia Infantil y Adolescente del Hospital de la Universidad de Ulm (Alemania) y la Arquidiócesis de Múnich (Alemania). Su tarea principal es la creación de un centro global de entrenamiento e-learning para profesiones de pastoral que respondan al abuso sexual de los menores, tomando en consideración asuntos multilingüísticos e interculturales. Dentro de tres años el Centro desarrollado e implementado un programa e-learning en cuatro lenguas. Ocho socios del proyecto internacional asumen un papel en el reclutamiento de participantes y en la evaluación en curso del programa. En esta fase, personas-test son incluidas en el desarrollo y la evaluación del programa, como parte de la formación (en curso) de sacerdotes y de otros coagentes de pastoral

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.

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Resumen: La carne de cerdo es la más consumida a nivel mundial. En la Argentina se encuentra en tercer lugar, básicamente por cuestiones culturales y gran oferta de ganado bovino y producción aviar. La producción porcina es de las más eficientes y su carne es de excelente calidad nutracéutica por lo que es sumamente recomendable en cuanto a producción y salud. Existen básicamente 3 sistemas de producción porcina: extensivo o a campo, mixto e intensivo o confinado. El presente trabajo pretende evaluar si el sistema de producción de los cerdos influye en la calidad de la carne. La hipótesis para esto sería que animales bajo un sistema de producción extensivo, con acceso a pasturas de calidad, bajos niveles de estrés y un buen manejo, podría ser beneficioso para la obtención de carnes de mayor calidad organoléptica. Esto aportaría un consecuente beneficio a la salud y una probable obtención de un producto diferenciado para la comercialización, principalmente en mercados externos, donde este tipo de productos son valorados y hay mayor concientización sobre el bienestar animal. Nuestro país cuenta con extensión, clima y suelos favorables para la producción porcina. La FAUBA realizo ensayos, en los que participe, para evaluar si existen diferencias en la carne de cerdo según el sistema de producción. Se evaluaron los siguientes parámetros de calidad: pH, color, terneza, capacidad de retención de agua, % de grasa intramuscular en los cuales no se obtuvieron diferencias significativas según el sistema de producción. También se determinó la composición de ácidos grasos de la grasa intramuscular donde sí se obtuvieron diferencias significativas en los diferentes ensayos. A pesar de que no se obtuvieron diferencias significativas en los parámetros de calidad evaluados, la carne de cerdo es rica, saludable y una alternativa de producción interesante

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Resumen: Según los últimos datos publicados por SENASA, a marzo de 2011, el número de unidades productivas con tambo a nivel nacional fue de 11.646 (Informe Acrea, 2011), registrándose al mismo tiempo un aumento de la cantidad de vacas por tambo, en la producción individual y por consiguiente en la producción diaria por tambo (Castignani, 2009). El incremento de la cantidad de efluentes generados por la intensificación de los sistemas lecheros es hasta ahora un problema que puede traer aparejado efectos negativos en la contaminación del medio ambiente. Generalmente los productores ven a dichos efluentes como desperdicios derivados del proceso de ordeño, que se acumulan en fosas donde, es posible que rebalsen a cursos naturales de agua o comienzan acumularse en grandes lagunas en las proximidades de los tambos provocando malos olores y atracción de insectos. El manejo de estos residuos es determinante no solo para reducir la transferencia de nutrientes desde la pastura hacia los corrales, sino para limitar su efecto negativo sobre el ambiente, la salud humana y animal (Taverna et al, 2004). En siguiente trabajo experimental se realizó una descripción de los sistemas que existen en la actualidad para el manejo de los efluentes en las instalaciones lecheras. Además se hace una reseña de la legislación que existe en Argentina con respecto al uso y vertido de este tipo de efluentes. Se realizaron encuestas para evaluar el funcionamiento del aspersor de efluentes comercializado por la empresa Delaval Bosio. Los resultados muestran una tasa de aplicación de 53,16 l/m2/día, con una uniformidad de distribución promedio de 50 %. El equipo presentó algunos inconvenientes según lo expresado por sus usuarios, tales como el tapado de cañerías y la falta de atención técnica entre otros. Sin embargo, se reconoce al sistema como una alternativa de tratamiento de los efluentes generados, que de otra manera serían arrojados deliberadamente a cunetas, fosas y proximidades de las instalaciones. Con respecto a la calidad del efluente como abono cabe mencionar que con la tasa de aplicación expresada anteriormente los aportes de nutrientes serian de 288 kg/año de N y 114,76 kg/año de P respectivamente, representado de esta manera un ahorro para el productor en la incorporación de fertilizantes comerciales.

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Contenido: Editorial – Homenaje al Dr. Alejandro Roberto Caride / Mario H. Pena – Cuestiones de Derecho Penal y Política Criminal: Sobre el aborto / Abelardo F. Rossi – Algunos problemas surgidos cuando empezó a aplicarse el Art. 76 bis del Código Penal / Mario H. Pena – Hacia el humanismo penal por el camino de la racionalidad / Roberto V. Vázquez – El carácter simbólico del Derecho Penal Económico en la Argentina / Juan María Rodríguez Estevez – Ética pública y ley penal / José Licinio Scelzi – El sistema penal y la defensa de los menores frente a los ataques a su normalidad sexual / Tristán García Torres – El arrepentimiento activo en la tentativa / Carlos Hernán Franco – La investigación penal, entre la policía en función judicial y el Ministerio Fiscal, desde una perspectiva político criminal / Carlos A. Mahiques – “Selective incapacitation”. El retorno de la inocuización al pensamiento penal norteamericano / Santiago Ottaviano – Insuficiencias normativas y propuestas de reforma del delito de lavado de dinero en la experiencia italiana y europea / Andrea Castaldo – Problemas jurídico-penales que plantea el proceso de integración política de Europa / Raúl Carnevali Rodríguez -- Recensiones

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Resumen: La presente contribución aborda la problemática del consentimiento informado en los tratamientos médicos desde el punto de vista de la filosofía moral y el sistema jurídico italiano actual. En tal análisis pueden vislumbrarse los principales tópicos que esa problemática implica: la relación médico-paciente, los requisitos que debe reunir todo consentimiento dado por el paciente para que sea legítimo, la implicancia o no del principio de autonomía de la voluntad y la cada vez mayor ausencia de la humanización de la medicina. Un recorrido por la más reciente jurisprudencia italiana permite vislumbrar las soluciones que los tribunales han ido otorgando a tales problemáticas.

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Resumen: El artículo recuerda que las circunstancias atenuantes, eximentes y agravantes deben ser tenidas en cuenta por el juez de acuerdo a la norma canónica. Si el legislador las ha puesto es porque obedecen al espíritu del Derecho Penal Canónico y no pueden dejarse de lado en el delito de los clérigos contra el sexto mandamiento cometido con menores. Lo mismo ocurre con el discernimiento acerca de la imputabilidad de un clérigo en estos delitos, que debe hacerse con objetividad y según la ley canónica. Algo que ninguna normativa posterior ha cambiado al respecto.

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Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.

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El sistema nacional de procuración de órganos, tejidos y células para trasplante en la Argentina es impulsado, normatizado, coordinado y fiscalizado por el Incucai (Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante). Hoy, el sistema de salud cuenta con más de 4000 profesionales capacitados, 300 centros de trasplante, 50 bancos de tejidos y 30 laboratorios de histocompatibilidad habilitados por el Incucai en todo el país. La conciencia sobre la importancia de la donación ha crecido y actualmente cerca de 2.300.000 personas han manifestado la decisión de donar sus órganos y tejidos y otras 40.000 se han inscripto como donantes de células de la médula ósea. En el presente trabajo se analizarán los siguientes puntos: situación actual, logros y avances; principios de definen la distribución de órganos; retos de la donación y el trasplante en la Argentina.

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Resumen: Las pautas que regulan la competencia por el acceso al poder son aspectos centrales para abordar el funcionamiento del sistema político democrático, las cuales se multiplican en un sistema federal o multinivel. Tras la apertura democrática el sistema político argentino redefinió su funcionamiento frente a la mayor autoridad de las provincias en materia de implementación de políticas públicas, recursos fiscales e independencia electoral respecto de la esfera nacional. La territorialización de la política (o desnacionalización) en parte explica los cambios sufridos por el bipartidismo nacional (PJ-UCR), el surgimiento de nuevos partidos políticos y la construcción de nuevas identidades políticas. Hasta el 2011, Río Negro fue de los pocos distritos con partido predominante diferente al partido predominante a nivel nacional, y el único que gobernó la Unión Cívica Radical de forma ininterrumpida desde 1983. El presente trabajo busca explorar el funcionamiento del sistema político rionegrino en el contexto de desnacionalización a partir de los siguientes interrogantes. ¿Cuán congruente o incongruente es el sistema de partido rionegrino al nacional? ¿Qué niveles registra la competencia partidaria en ambos sistemas? ¿Qué efectos tuvieron las reformas electorales sobre el funcionamiento del sistema de partidos subnacional en Río Negro? Dando respuesta a estas preguntas, este artículo busca aportar al estudio de la interaccion del sistema de partidos nacional y un sistema de partidos subnacional, en el marco de los sistemas políticos federales o multinivel

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Vamos a detenernos en los siguientes temas: imputabilidad, atenuantes, eximentes y agravantes, y en su aplicación a los delitos sexuales de clérigos contra menores. Queremos ver en qué medida los clérigos acusados de abuso de menores son imputables en el Derecho Canónico, para lo cual estudiaremos la figura misma de la imputabilidad y su posible relación con las enfermedades mentales, y con los trastornos de la personalidad. Para una mejor comprensión, haremos algunas consideraciones sobre cómo es tratado el tema de los abusos de menores en la legislación secular, en relación a la imputabilidad de los mismos, y bajo qué sistema se suelen regir para declarar inimputable o no a un delincuente que padece trastornos mentales o psicológicos. El concepto de imputabilidad es especialmente controvertido, pudiendo contemplarse desde toda una variedad de perspectivas y desde una multiplicidad de posicionamientos dogmáticos, penales, médicos, psicológicos y psiquiátricos...

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Siguiendo a Gaudium et spes (51.3), la declaración Persona humana reafirma que la bondad moral de las conductas sexuales depende de “criterios objetivos tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos” (PH 5.4). Esto no es expresión de un objetivismo naturalista, sino que surge del respeto de la “verdadera dignidad humana” y del sentido de su sexualidad. Estas afirmaciones deben ser comprendidas en el marco de la ética de la virtud, según la cual la razón práctica descubre naturalmente los bienes humanos y debidos, los fines virtuosos, en las inclinaciones naturales. A partir de ello es posible afirmar la existencia de conductas que contradicen dichas finalidades por su mismo objeto, aunque ello no exime de la necesidad de considerar los contextos a partir de los cuales las mismas se definen en su genus moris. Aplicando estos principios al ámbito de la sexualidad, se debe afirmar que el recto ejercicio de la misma tiene una referencia intrínseca y necesaria al matrimonio, aunque al mismo tiempo es preciso reconocer un cierto grado de tensión entre el orden de la castidad y el orden jurídico positivo. Estas consideraciones muestran que, precisamente por coherencia con la doctrina de la virtud y de los absolutos morales, es preciso que la teología moral evite la tentación del deductivismo, y se comprometa en un trabajo de refinamiento de las tipologías con mayor atención a los casos concretos. De este modo, podrá responder más adecuadamente al desafío de un contexto social en constante evolución. Con este artículo, el autor aporta precisiones para expresar mejor lo expuesto en dos artículos anteriores: “¿Relaciones prematrimoniales en «situaciones-límite »?”, Teología 83 (2004), y “El teleologismo después de la Veritatis Splendor”, Moralia 97 (2003).

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Como dice el título de la presente disertación, abordaré la situación de la libertad de expresión en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos y su incidencia en el derecho interno de los Estados parte. Voy a dividir esta presentación en tres partes: 1) Una breve descripción del sistema interamericano dentro del marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como núcleo del nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho; 2) Una descripción de la situación de la libertad de expresión en el mencionado marco; 3) Por último, terminaré con algunas reflexiones personales. Como se puede apreciar, la primera y segunda parte son más descriptivas del cuadro de situación y la última más reflexiva de la misma desde el punto de vista filosófico.