3 resultados para Personal de seguridad y vigilancia

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Introducción: Desde tiempos inmemoriales las sociedades han pensado y desarrollado formas de control para actuar sobre distintos tipos de situaciones colectivas. Si bien las causas y los objetos de la vigilancia han ido variando según los distintos tiempos y contextos, quizás el mayor cambio que se encuentra sucediendo en la actualidad se refiere a una cuestión asociada a la pragmática del cambio tecnológico: cómo se vigila. Efectivamente, así como se pueden reconocer las figuras del Barón Hausmann en la ciudad de París del siglo XIX o de Robert Moses en la Nueva York del siglo XX, como asociadas a diseños urbanísticos que influyeron en las vidas de miles de personas, o a Jeremy Bentham, cuyo paradigmático panóptico del siglo XVIII sirvió de modelo para la construcción de cárceles, fábricas y escuelas, hoy en día las formas de control no se manifiestan solamente en estructuras de hormigón y acero, sino en el desarrollo de nuevas tecnologías de base informática que se despliegan en las grandes urbes sin que medie mayor reflexión sobre ellas.

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Los estudios sobre seguridad en Colombia han incorporado en sus análisis las implicaciones políticas que la seguridad tiene para la consolidación de la democracia, la ciudadanía, la memoria, la verdad o los Derechos Humanos. Por esta razón, este artículo analiza la primera política estatal sobre seguridad que se implementó entre 1978 a 1982, conocida como el Estatuto de Seguridad y los efectos que tuvo en la institucionalización de la protección y defensa de los Derechos Humanos. El texto esta dividido en tres partes: La primera parte, analiza la instrumentalización del Estatuto a través de las relaciones cívico-militares, la ideologización y la ocupación y administración de las instituciones; la segunda parte, los alcances del Estatuto respecto a las violaciones de los derechos fundamentales y de los procedimientos legales, así como un intento por ver este fenómeno a través de la dinámica campo-ciudad. La última parte, explica el desmantelamiento del Estatuto en las postrimerías del gobierno en 1982.

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Resumen: El delito penal es aquello que la tradición, vivida en la experiencia de la familia y de la comunidad, permite a cada uno reconocer como un grave alejamiento de lo verdadero, lo bueno y lo correcto. El fundamento de la punibilidad penal es la imputación, el reconocimiento de la pertenencia del delito al sujeto como a su causa. Se intenta mostrar cómo este vínculo del derecho penal con la tradición jurídica sufrió dos rupturas: con el iluminismo jurídico y el kantismo se separó la imputación jurídica de su fundamento moral y con la codificación, se quebró la unidad del derecho penal universal fundado en lo bonum et aequum otorgando prevalencia a la idea de la legalidad esclava de los intereses de los Estados. Al mismo tiempo, se produjo una segunda ruptura: se predica una responsabilidad que se atribuye desde afuera, en forma objetiva, a centros de imputación –con frecuencia colectivos– que realizan la producción industrial. Así, según exigencias de la seguridad y la salud, el derecho penal se transforma en un instrumento de la política criminal y los contornos del tipo penal se operan a través de jueces y fiscales en prevención de las consecuencias futuras del “riesgo” progresivo de la producción industrial. La nota dominante es el “riesgo” colectivo y no el “hecho”.