34 resultados para NATURAL PHILOSOPHY

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Resumen: La fenomenología de Husserl toma como punto de partida el problema del conocimiento con el fin de reformular la idea de una filosofía como ciencia estricta que aspira en última instancia a establecer una vida éticamente buena sobre bases racionales. Tiene que enfrentarse para ello con las cuestiones del comienzo de la filosofía y de su método. Ambas exigen tener en cuenta la distinción entre la actitud natural y la actitud propiamente filosófica porque la epojé que abre el camino a la reducción fenomenológica requiere advertir, tematizar y suspender la validez de la actitud natural. En la primera sección del artículo se deslindan los rasgos esenciales de las actitudes y se distinguen tipos generales de actitudes. A continuación se muestra, en la segunda sección, a la actitud natural como el fondo o suelo de todas las actitudes especiales y se delinean sus caracteres más sobresalientes. En la tercera sección, por último, se contrasta esta actitud natural básica con la actitud fenomenológica en conexión con el modo como Descartes comprende las cuestiones del comienzo y del método. Con ello se retorna al planteo de la filosofía como conocimiento en vistas a una renovación ética de la vida espiritual a fin de precisar por qué el paso de la actitud natural a la actitud fenomenológica es la condición necesaria para poder abandonar la instalación ingenua sobre el suelo incuestionado del mundo.

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Resumen: la teoría de la ley natural ha tenido un extenso desarrollo en la ética, más allá de lo jurídico, por lo que bien puede hablarse de una ética de la ley natural, con una vigencia desde su nacimiento en el pensamiento griego hasta la filosofía contemporánea. En este trabajo se atiende a la especial lectura que hacen los moralistas neo-analíticos de habla inglesa, quienes tratan, sistemática y/o históricamente, el tema de la ley natural, sea traduciéndola a su proceder epistemológico, sea en confrontación o crítica, sea desde una forma «sui generis» de reivindicación. Esto nos permite hablar de una vigencia de lo que su concepto significa: ser una ley que se sustenta en la naturaleza racional y universal de la humanidad

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Resumen: En el presente trabajo, el autor expone la disolución teórica de la doctrina tradicional sobre la ley natural y su expulsión, incluso semántica, de la Filosofía del Derecho de Hegel. Para ello, se expone una síntesis del pensamiento especulativo de Hegel y se pone de manifiesto el inmanentismo radical del filósofo suabo, que resulta ser expresión del gnosticismo moderno.

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Resumen: En el trabajo se aborda la vexata quaestio de la cientificidad de la ciencia jurídica, a la que se le impugna la pretensión de ser científica y, a la vez, práctica. Se estudian las impugnaciones realizadas en ese sentido por Claude Lévi-Strauss y Hans Albert, así como los intentos de algunos filósofos del derecho analíticos de superarla a través del análisis lógico del lenguaje jurídico. Se analizan después los cuestionamientos efectuados por algunos representantes de la filosofía hermenéutica, que critican los ensayos analíticos y proponen una concepción interpretativa de la ciencia jurídica. Luego de esta exposición, el A. evalúa las aportaciones analíticas y hermenéuticas, poniendo de relieve sus fortalezas y sus falencias a la hora de establecer el estatuto científico de la ciencia jurídica, para pasar finalmente a proponer una concepción de la ciencia del derecho heredera de la tradición de la filosofía práctica de cuño aristotélico. En este punto, el A. desarrolla —con base en el pensamiento de Tomás de Aquino— una concepción analógica del conocimiento científico y explica de qué modo es posible aplicarla a un saber acerca del derecho que resulte, a la vez, científico y práctico. Finalmente, desenvuelve la necesidad epistémica de una apertura del conocimiento de la ciencia jurídica a los primeros principios prácticos, que la vincula constitutivamente a la doctrina de la ley natural, así como al nivel máximamente determinado de la prudencia jurídica.

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Resumen: La Pampa deprimida bonaerense está considerada la zona de cría más importante del país; el 85% de su superficie está cubierta por pastizales naturales, siendo éstos la principal fuente de alimento para la ganadería local. La productividad del pastizal natural, puede ser mejorada aplicando tecnología de procesos, al utilizar pastoreos en forma rotacional, en lugar del usual pastoreo continuo. El objetivo del presente trabajo, es evaluar el efecto en la producción bruta de materia seca del pastizal natural en un ambiente de un bajo dulce, en donde Lolium multiflorum y Lotus tenuis constituyen especies indicadoras, y cuya frecuencia en el tapiz vegetal es alta. Este ensayo se realizó en el establecimiento “El Fortín” ubicado en la Estación Pourtalé (Partido de Olavarría), durante un año, desde Mayo del 2014 hasta Mayo del 2015. Se utilizó un diseño experimental de bloques completamentes aleatorizados (DCBA), con dos tratamientos: frecuencia de 45 días y frecuencia de 90 días. Aleatorizados en tres bloques que corresponden al número de parcelas existentes dentro del potrero. Se realizaron en total 11 muestreos midiendo la producción de materia seca, siendo esta la variable en estudio. El análisis estadístico se realizó mediante un análisis de varianza, utilizando como software el programa Infostat. Los resultados sobre la producción en promedio, sostienen que existen diferencias significativas entre ambos tratamientos: de 45 días y de 90 días. La materia seca acumulada y anualizada, fue de 3306,7kg.MS ha-1 para el tratamiento de 45 días y de 3190,0 kg.MS ha-1 para el tratamiento de 90 días, entre pastoreos sucesivos. Mientras que la producción promedio acumulada entre cortes para cada tratamiento fue de 472,4kg.MS ha-1 para el tratamiento de 45 días y de 797,5 kg.MS ha-1 para el tratamiento de 90 días.

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Resumen: La pampa deprimida bonaerense (región denominada Cuenca del Salado) es considerada la zona de cría más importante del país y su principal recurso forrajero son los pastizales naturales. Allí se encuentra Lotus tenuis como especie herbácea naturalizada y muy valorada por su aporte a la oferta forrajera de los sistemas ganaderos de la región. En condiciones de campos naturales en bajos dulces (con horizonte superficial de pH cercano a la neutralidad) el agregado de fósforo mediante la fertilización incrementaría la presencia de leguminosas, mejorando la receptividad y calidad de los forrajes y por ende, la producción de carne. El objetivo del presente trabajo fue evaluar la respuesta del pastizal natural, medida como producción de materia seca, utilizando distintas dosis de fertilización fosforada (NPK 5-40-0). Se realizó un ensayo en un establecimiento ubicado en las cercanías de la ciudad de Olavarría, en el paraje rural Pourtalé, Provincia de Buenos Aires, utilizando un diseño de bloques al azar con tres repeticiones. Los tratamientos fueron 0, 50 y 120 kg.ha-1 realizándose cinco muestreos luego de la fertilización en el transcurso de un año, en los cuales se determinó la producción de materia seca como estimación de la disponibilidad forrajera. La producción acumulada promedio para el tratamiento con 0kg.ha-1 fue de 2793kgMS.ha-1, con 50kg.ha-1 fue de 5159 kgMS.ha-1 y con 120kg.ha-1 fue de 7206 kgMS.ha-1. Para analizar estadísticamente los resultados, se realizó un análisis de varianza mediante un software estadístico (Infostat), donde se pudo observar diferencias significativas entre el testigo y el tratamiento con 120kg ha-1 (p-valor<0,05).

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Resumen: El artículo plantea una lectura transversal del Documento de la Comisión Teológica Internacional, titulado “En busca de una ética universal: una nueva mirada sobre la ley natural” de tal manera que, a partir del reconocimiento de una ley natural que subyace a toda norma, se procura mostrar cómo esa convicción no impide la participación de los cristianos en el diálogo social. El autor señala las paradojas a las que conduce la ética de la discusión y el lugar de la discusión pública como estímulo para alcanzar la verdad. Enfatiza la importancia del amor a la verdad como condición necesaria para que una sociedad sea noble y respetable. Considera el lugar del diálogo y el consenso y la existencia de una verdad última que la inteligencia puede captar en el marco de un sano pluralismo. También aborda la relación entre este pluralismo y las religiones y su contribución al debate público.

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La Constitución Nacional reconoce un orden de conducta instituido por Dios y otro instituido por el Estado… el débito legal debe resultar conforme al débito moral. Si así no fuera, cualquier imposición del legislador no sería derecho sino un acto de violencia desnaturalizando el poder que el Estado tiene de reforzar con débito eventualmente coercible obligaciones emergentes de la virtud de la justicia. En este trabajo nos ocuparemos de la relación entre ley moral natural y la ley positiva humana a partir de las consideraciones que Arturo Enrique Sampay2 formula en su obra, La filosofía jurídica del Artículo 19 de la Constitución Nacional3. Sampay desarrolla el tópico principalmente con la inspiración de la doctrina de Tomás de Aquino.

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Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.

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Resumen: En el presente trabajo se estudia y analiza el pensamiento iusfilosófico de Juan Alfredo Casaubón, unos de los autores iusnaturalistas más significativo de la Argentina en el siglo XX. Heredero de la tradición clásica que conocerá en los famosos Cursos de Cultura Católica y, posteriormente, en la Pontificia Universidad Católica Santa María de los Buenos Aires, de la cual será uno de sus profesores fundadores. Abogado, docente, juez, investigador, padre y esposo. Su pensamiento, si bien se puede encuadrar en la Tradición Central de Occidente, tendrá diversas particularidades que le darán a su pensamiento una nueva impronta a la filosofía jurídica. Se ha tratado de sintetizar el pensamiento casaubiano en diez tesis principales que reflejan en su estricta medida todo el corpus de este filósofo argentino. Previo al desarrollo iusfilosófico del autor, se ha tratado de encuadrar su posición filosófica general y, luego, jurídica, a través de su concepción iusnaturalista. Por último, se hará un pequeño homenaje a este gran pensador en el marco de la filosofía argentina del siglo XX.

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A quienes hayan seguido atentamente los cursos de moral de fray Domingo María Basso, no les resultará difícil identificar los puntos de doctrina en los que se revela como un intérprete original del Doctor Angélico, desde la controvertida temática de la materia y la forma del pecado hasta el tema de la recta ratio sobre el que versó su tesis doctoral defendida en 1962 en la prestigiosa Universidad de Friburgo (Suiza). Al tema de la recta ratio están vinculados, en su reflexión, el tema del apetito recto natural y el del apetito o deseo natural de ver a Dios. Este último, desarrollado en el apéndice al capítulo primero de su libro recientemente editado, Los Fundamentos de la Moral 1, es el que nos proponemos exponer en este estudio. Presentaremos la enseñanza del Padre Basso en el marco de dos posiciones opuestas siguiendo el mismo desarrollo de su propia reflexión: la opinión más generalizada de los autores tomistas y la del teólogo jesuita Henri de Lubac.

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En continuidad con el camino iniciado en 2005, los días 2, 3 y 4 de octubre de 2013 se realizaron en Buenos Aires las IX Jornadas Internacionales de Derecho Natural dedicadas al tema “Derecho Natural, hermenéutica jurídica y el papel del juez”, organizadas conjuntamente por la Pontificia Universidad Católica Argentina “Santa María de los Buenos Aires” (UCA) a través de la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana, la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) a través del Centro para el Estudio del Derecho y la Ética Aplicada (CEDAP-UC), la Universidad Católica San Pablo (Arequipa, Perú) y la Universidad Santo Toribio de Mogrovejo (Perú)...

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Resumen: En ocasión de la autobiografía de Robert Spaemann aparecida en 2012, este trabajo examina la lectura que Spaemann hace de la teleología en la doctrina de Santo Tomás de Aquino, especialmente en su obra Natürliche Ziele (2005) que prosigue la versión de 1981. En la primera parte, se estudia la historia de la teleología en el pensamiento filosófico y científico expuesta en «Fines naturales». La finalidad intrínseca en la naturaleza de los seres es conocida con profundidad creciente gracias a Platón, Aristóteles, al estoicismo y a la tradición cristiana. Estos aportes se integran en una estructura teleológica unitaria en el Aquinate. Después acontece una «inversión» de la teleología centrada en la conservación del propio ser y una consideración de los fines como algo externo a la realidad. Con la teoría evolucionista surge la teleonomía que se limita a las reglas del dinamismo, suprimiendo el fin. Con todo, los científicos no logran eliminar los términos «con el fin de» o «para» en su lenguaje. Eso permite proceder a un redescubrimiento de los fines naturales. En la segunda parte, se ve cómo Tomás de Aquino lleva el conocimiento de la finalidad más allá de Aristóteles, porque ella remite a una inteligencia creadora. La teleología implica una teología, aunque no queda del todo claro si es la teología filosófica o la cristiana. Spaemann tiene un planteo ontológico de tipo persuasivo, pero en algunos momentos siente dificultad para superar en el plano teorético a quien se limita a una teleonomía.