2 resultados para LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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En 1985, Alfonso Guerra, entonces vicepresidente del gobierno español encabezado por Felipe González, pronunció una frase destinada a hacerse famosa: “Montesquieu ha muerto”. Fue vertida cuando el partido socialista (PSOE) aprovechó la mayoría parlamentaria recién alcanzada para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial. De acuerdo con esa reforma, los vocales del Consejo General del Poder Judicial (equivalente a nuestro Consejo de la Magistratura) debían en adelante ser elegidos por el parlamento y no, como hasta entonces, mayoritariamente por los mismos jueces, fórmula a la que se tachaba de “corporativista”2. Los críticos advirtieron allí un intento de manejar los tres órganos clásicos del Estado para un proyecto de gobierno a largo plazo. Nada mejor, para eso, que enterrar de una buena vez por todas al viejo y quizás molesto señor de la Brède y barón de Montesquieu. Como buen político, Guerra, en sus memorias3, negó haber pronunciado literalmente aquella fórmula, aduciendo haber sido sus declaraciones tomadas fuera de contexto, etc...

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Resumen: Desde un punto de vista general el agua es definida en la actualidad como un recurso natural no renovable en cantidad, recuperable en calidad y con posibilidad de nuevo uso (re-uso) en continua mutación dentro del ciclo hidrológico. A la vez posee las categorías de bien común como elemento esencial para la vida humana y que como tal no tiene precio, y de recurso hídrico con dimensión económica como insumo, que supone un valor mensurable. Los recursos hídricos y su gestión forman parte de la administración pública, como pueden serlo la energía o la salud. La organización adecuada de un servicio, y las formas institucionales a través de las que se presta, varían de acuerdo a las épocas, los costes tecnológicos, los de distribución, organización y regulación, resultando un aspecto importante del análisis la implementación y funcionamiento del servicio público. Atendiendo a estos aspectos teóricos, este trabajo continua con la problemática del abastecimiento de agua corriente en la ciudad de Córdoba, ahora en la primera década del siglo XX, manteniendo el supuesto de que las dificultades para el abastecimiento de agua obedecen a razones de orden natural, a dificultades económicas y a enfrentamientos políticos, en el marco de un Estado que aún posee limitaciones de índole institucional y administrativo, por lo cual intervendrán el gobierno provincial y Nacional para la concreción de las obras de salubridad, en una ciudad y un país enrolados en el proceso de modernización impulsado por el deseo de adecuación al modelo de vida europeo. Seguimos analizando las fuentes inéditas del Archivo Histórico Municipal de Córdoba, fuentes oficiales editas, publicaciones periódicas y bibliografía tanto general como específica.