5 resultados para Kegler, Karl R.

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: En 2012 se cumplen 50 años del inicio del Concilio Vaticano II, inaugurado por el Papa Juan XXIII el 11 de octubre de 1962. Es un dato reconocido el importante papel que desarrollaron muchos teólogos a lo largo de los diversos debates conciliares. Entre ellos destaca la figura de K. Rahner. Su principal contribución se dirigió a los asuntos eclesiológicos. Menos conocido es su aporte a los debates que, iniciados en octubre de 1962, conduciran, recién en 1965, a la aprobación de la Constitución Dei Verbum. Luego de una breve introducción, me detengo, en primer lugar, en el informe que Rahner prepar en noviembre de 1962 en contra del Esquema preparatorio, De fontibus revelationis. En un segundo momento, describo otro texto, el llamado “Esquema Rahner Ratzinger, elaborado en la misma época, pensado como un texto alternativo al oficial. En tercer lugar, destaco algunas ideas centrales de una conferencia de Rahner de 1963, titulada “Escritura y Tradición”. Finalmente, analizo el número noveno de Dei Verbum que, como se advertir, muestra que las posiciones bíblico-sistemáticas de Rahner se direccionaban en el sentido de la llamada mayora conciliar.

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Introducción: el acto positivo de voluntad cuya existencia ha de ser comprobada cuando se aduce como causal de nulidad matrimonial el can. 1101 §2, es detalladamente examinado en la sentencia coram Erlebach a. 67/02. Se trata de una decisión rotal fechada el 14 de junio de 2002 que, por alguna razón, fue elencada en la relación anual de la rota apenas en 2010, cuyo texto no ha sido publicado en el volumen correspondiente de decisiones del tribunal apostólico

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Introducción: La presente Sentencia contempla la nulidad de un matrimonio en que las partes tuvieron un noviazgo de más de cuatro años y una convivencia matrimonial de dos años y medio, en la que no hubo hijos. La separación de las partes definitiva tuvo lugar porque el convenido era incapaz de instalar una vida verdaderamente conyugal. Se me solicita un comentario a esta Sentencia, publicada en su texto original latino y en su traducción castellana, cuando ya existe un breve, pero medular y excelente comentario del Revdo. Mons. Dr. Alejandro W. Bunge, Juez de la Rota, publicado en el libro “Pius et Prudens”, con el título de “Una Sentencia integradora”1. Además, el indicado comentario, se encuentra en el contexto de un generoso elogio a la persona de quien suscribe por la preocupación acerca de la indebida omnipresencia de las causas psíquicas de nulidad matrimonial en los Tribunales eclesiásticos, cuando muchas veces es más ajustada a la verdad y se deberan tener en cuenta, las causas éticas, concretamente las exclusiones de algunos de los fines o de las propiedades esenciales del matrimonio que tiene lugar por parte de los cónyuges...

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula