3 resultados para Francés-Gramática comparada

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Contenido: La naissance du roman moderne / Pierre Brunel – Tras las huellas de María Teresa Maiorana y Rubén Darío / Martha V. de Burbridge – Ver en la oscuridad. Poéticas de la ceguera según Rimbaud y Borges / Magdalena Cámpora – Giovanni Papini, un escritor olvidado / Daniel Capano – Recreación del laberinto kafkiano en “El Proceso”, de Orson Welles / Adriana Cid – Amistades paralelas: Miguel Cané-Martín García Mérou/Jorge Luis Borges-Adolfo Bioy Casares / Jorge Cruz – Crítica literaria y literatura comparada. Entre selectores y comediantes / Biagio D’Angelo – Lucía Miranda: un mito de origen protonacional en varias lenguas: castellano, latín, francés e inglés / María Rosa Lojo – Don Juan diabólico y periodización literaria / José Manuel Losada – Reseñas bibliográficas

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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

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Resumen: La democracia en América de Alexis de Tocqueville contiene una teoría de las causas de la república democrática anglosajona en el norte del continente que se entremezcla con la explicación de los factores de la prosperidad norteamericana. A lo largo del libro el autor francés formula una serie de observaciones dispersas sobre los países del Nuevo Mundo colonizados por España y Portugal. El artículo analiza sistemáticamente estas observaciones, de manera de reconstruir la teoría comparativa del desarrollo económico de ambas regiones culturales, en parte esbozada y en parte implícita en este libro de Tocqueville. La revisión del peso relativo de a) las leyes, b) las costumbres y c) lo que Tocqueville llama circunstancias o causas accidentales en el desarrollo de la república democrática y su prosperidad, descubre inconsistencias de interés para quienes desean comprender las causas del atraso material de Iberoamérica respecto de Angloamérica.