31 resultados para Filosofía práctica
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Resumen: Se plantea, en primer lugar, el estado de la cuestión de la índole de la Filosofía Política como filosofía práctica, desde sus inicios en la tradición clásica griega hasta la actualidad. En el pensamiento griego se destaca Aristóteles con la justificación del ejercicio de la racionalidad práctica en los asuntos políticos. En la modernidad la filosofía práctica sale de escena, privándosela de legitimidad epistemológica. Por último, se valora una interesante propuesta en el pensamiento alemán del siglo XX por rehabilitar la filosofía práctica en clave aristotélica. Frente al estado de la cuestión se retoma a Aristóteles desde la lectura tomasiana de lo político y de la Filosofía Política. Su propósito ha sido el de salvar la verdad y la certeza de la Filosofía Política, la posibilidad de juicios de verdad y falsedad en el orden moral y político y, en especial, afirmar su validez normativa como saber filosófico, analizando la comunidad política en esa posibilidad de ser considerada como objeto-científico- filosófico-práctico-moral.
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Resumen: En el trabajo se aborda la vexata quaestio de la cientificidad de la ciencia jurídica, a la que se le impugna la pretensión de ser científica y, a la vez, práctica. Se estudian las impugnaciones realizadas en ese sentido por Claude Lévi-Strauss y Hans Albert, así como los intentos de algunos filósofos del derecho analíticos de superarla a través del análisis lógico del lenguaje jurídico. Se analizan después los cuestionamientos efectuados por algunos representantes de la filosofía hermenéutica, que critican los ensayos analíticos y proponen una concepción interpretativa de la ciencia jurídica. Luego de esta exposición, el A. evalúa las aportaciones analíticas y hermenéuticas, poniendo de relieve sus fortalezas y sus falencias a la hora de establecer el estatuto científico de la ciencia jurídica, para pasar finalmente a proponer una concepción de la ciencia del derecho heredera de la tradición de la filosofía práctica de cuño aristotélico. En este punto, el A. desarrolla —con base en el pensamiento de Tomás de Aquino— una concepción analógica del conocimiento científico y explica de qué modo es posible aplicarla a un saber acerca del derecho que resulte, a la vez, científico y práctico. Finalmente, desenvuelve la necesidad epistémica de una apertura del conocimiento de la ciencia jurídica a los primeros principios prácticos, que la vincula constitutivamente a la doctrina de la ley natural, así como al nivel máximamente determinado de la prudencia jurídica.
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Resumen: La Antigone de Sófocles y el Corpus Hippocraticum delinean ya los rasgos propios del derecho natural. La ética de Aristóteles, luego, ofrece una primera noción explícita del derecho natural, que San Alberto Magno comenta en Super ethica. Sin embargo, en De inventione de Cicerón el teólogo alemán encuentra su definición de derecho natural: “lo que cierta fuerza innata introdujo”. En De bono V q. 1 San Alberto determina los alcances de esta definición y completa una presentación acabada de la noción de derecho natural. También advierte San Alberto que el hombre, con respecto a la ciencia del intelecto práctico, se encuentra doblemente en potencia. Primero, está en potencia de conocer los principios primeros de esta ciencia y, segundo, una vez conocidos éstos, se encuentra en potencia de inferir a partir de ellos las conclusiones de la ciencia práctica. Poseídas estas conclusiones, finalmente, el hombre está en potencia de aplicarlas en la acción práctica. Intrigado por el modo en que los primeros principios son conocidos, San Alberto advierte que el conocimiento de las nociones correspondientes a estos principios sólo accidentalmente debe ser atribuido al descubrimiento o determinación de los nombres con los que llamamos a estos principios. En verdad, es necesaria la intervención de la luz del intelecto agente para llevar al acto el conocimiento de los principios. En este punto el discurso de San Alberto retorna a la definición ciceroniana: aquella fuerza innata que introduce el derecho natural no es otra que la luz del intelecto agente.
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Resumen: A lo largo de mis años de ejercicio de la docencia no ha dejado de convocarme la cuestión de la enseñanza de la Filosofía. Una cuestión tensada por dos alternativas en apariencia excluyentes: la enseñanza de un repertorio más o menos estable de ideas filosóficas ancladas en “otra” historia o la enseñanza del filosofar como actividad teórico práctica destinada a la permanente inquietud de las preguntas. ¿Qué provocaciones plantea esta cuestión al momento de enseñar Filosofía? Este trabajo pretende generar un espacio de reflexión al respecto. Cabe señalar que es posible resolver la tensión referida a partir de una lógica que promueva y refuerce el antagonismo entre los polos. Esta contribución se ubica en otra dirección; intenta explorar una relación diferente y sostener que entre los polos mencionados se extiende un continuo. Continuo que constituye el verdadero problema al momento de decidir el curso de nuestra enseñanza de la Filosofía.
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Resumen: En el presente trabajo, el autor ensaya una presentación de las contribuciones de John Finnis a los temas de la ciencia práctica y la prudentia. Respecto del primero, destaca el carácter analógico del concepto de ciencia y las particularidades de su aplicación al campo del saber práctico. Con referencia a la segunda, apunta su relevancia en el esquema clásico del pensamiento práctico, en especial en referencia a la determinación de los objetos de las virtudes y al papel de los absolutos morales en el razonamiento práctico-moral.
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Resumen: Este trabajo propone un análisis de Composición de lugar (1976), el volumen que mejor representa la faceta experimental de la poesía de Amanda Berenguer (Montevideo, 1921-2010). Nos interesa examinar el texto a la luz de la noción de “poesía cinética” que desarrolló la autora y, a partir de esta coincidencia de teoría y praxis, rastrear sus vínculos con las búsquedas estéticas de otros autores y grupos de neovanguardia.
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Juan Luis Vives como hombre de las letras, la filosofía, las humanidades y la educación en el Renacimiento, fue inspirador del presente trabajo de conclusión de la etapa formativa de la Licenciatura de Filosofía, pues sus ideas, sus escritos y sobre todo su vida son un modelo integral de pensamiento y de comportamiento que sigue actualmente vigente y puede brindar aportes al hombre del siglo XXI. El tema de estudio del presente trabajo es la filosofía educativa del valenciano, en el contexto de su pensamiento humanista y de las corrientes que conformaron la época renacentista.
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En esta intervención, desarrollaré algunas consideraciones sobre la política en el mundo romano antiguo y el reciente debate acerca de ella. Me refiero a la política como práctica; entendiendo por esto lo que sea funcional a los mecanismos de la vida pública, a la formación del consenso, al ejercicio del poder, al cursus honorum en sus varios niveles, a los procesos decisorios y a la determinación de los rumbos del gobierno.
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Resumen: En este texto la autora retoma algunas afirmaciones sobre teología práctica que hacen tres autores contemporáneos: Henri-Jerôme Gagey, David Tracy e I. Baumgartner. Se propone observar cómo esas afirmaciones arrojan luz sobre el acompañamiento espiritual como práctica eclesial. Finalmente, hace una breve reflexión en orden a la continuidad en el estudio del tema.
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La Constitución Nacional reconoce un orden de conducta instituido por Dios y otro instituido por el Estado… el débito legal debe resultar conforme al débito moral. Si así no fuera, cualquier imposición del legislador no sería derecho sino un acto de violencia desnaturalizando el poder que el Estado tiene de reforzar con débito eventualmente coercible obligaciones emergentes de la virtud de la justicia. En este trabajo nos ocuparemos de la relación entre ley moral natural y la ley positiva humana a partir de las consideraciones que Arturo Enrique Sampay2 formula en su obra, La filosofía jurídica del Artículo 19 de la Constitución Nacional3. Sampay desarrolla el tópico principalmente con la inspiración de la doctrina de Tomás de Aquino.
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Resumen: El autor sostiene que la búsqueda de nuevos modelos empresariales y de política económica nos invita a redescubrir la filosofía personalista de Maritain. En el núcleo de la obra Humanismo integral (1936) del filósofo francés aparece la idea de que el hombre es una persona "de naturaleza espiritual, dotada de libre albedrío, y por lo tanto autónoma en relación con el mundo". El artículo estudia la naturaleza del bien común temporal, que para Maritain se relaciona con la vida buena de la toda la comunidad –el bien común o bonum commune– tanto en el sentido material como moral. Este bonum commune no es el objetivo final del orden temporal, sino que está subordinado a lo que trasciende el bienestar temporal de la persona humana –la realización de la libertad y la perfección espiritual. En última instancia, el orden nunca se completa. El balance definitivo o telos nunca se obtiene ya que el hombre está siempre en camino.
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Número monográfico: El viaje y sus discursos
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Introducción: “¿Qué es la verdad? Le pregunta Pilatos. Mas el Señor no le responde, momentos antes le dijo ‘vine al mundo para testificar la verdad; todo el que es de la verdad escucha mi voz’”. Ante el silencio de Dios surge el imperativo de hallar una respuesta. La historia nos demuestra que desde la antigüedad este interrogante acompaña al ser humano. Platón, en La República, califica a la verdad como “lo más noble entre las cosas” y este concepto, por su parte, resulta heredero –Pitágoras mediante– de tradiciones inmemoriales. Expone Kalinowsky que será el Filósofo, en el Libro VI de la Ética a Nicómaco, quien afirme el carácter intelectual del conocimiento moral y, por lo tanto, la verdad de los juicios morales. La verdad de todo lo real, la verdad reveladora de la realidad “como una afirmación que mira al ser del hombre y lo ilumina” se presenta ante nuestros ojos y deslumbra, aunque, a veces, enceguece. El presente trabajo tiene por objeto investigar cómo la verdad en la vida moral –que es esencialmente regla o principio regulativo– resulta ser la perfección del conocimiento práctico. Así lo ha expuesto D. M. Albisu en La verdad en la vida moral. La verdad práctica. La autora sostiene que sus conclusiones sólo tienen por finalidad precisar el ámbito de la verdad práctica como la perfección de un conocimiento: el conocimiento práctico, el cual se realiza propia y formalmente en el juicio que dirige la acción del ser humano. A fin de dar una respuesta que fundamente estas conclusiones se analizará, principalmente, la obra de Albisu haciendo acento en el estudio de sus fuentes bibliográficas. Se completará esta exposición con el análisis de la obra de J. Pieper, La verdad de las cosas y con la obra de G. Kalinowsky, El problema de la verdad en la moral y el derecho, la que nos adentrará en la ubicación central de la verdad en la ciencia jurídica, la verdad práctica directamente aplicada en la moral y el derecho...
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Resumen: Se analizan en este artículo la complejidad que tiene una filosofía de la educación, sea desde el punto de vista de lo que es ya un sistema filosófico; sea ya por la complejidad del ser humano y la sociedad humana. En segundo lugar se analiza la complejidad contenida en el concepto de educación y las dificultades de su formulación en una definición y en una teoría filosófica educativa. El autor, por su parte, propone a consideración una posible definición de educación, integral e integradora, buscando recomponer una visión parcializada y centrada en el desarrollo casi exclusivamente intelectual.
Resumo:
Tres miembros del Seminario Interdisciplinario Permanente de Literatura, Estética y Teología entrevistaron a Juan Carlos Scannone en búsqueda de una conversación que abra nuevas perspectivas. Los temas principales fueron: el inicio de Scannone en el diálogo entre literatura y teología, la formación humanística de los jesuitas, los precursores en la Argentina, la mediación simbólica, los aportes de Paul Ricoeur, el método interdisciplinario y la mediación filosófica, la novela latinoamericana.