13 resultados para FUNCIONES RACIONALES Y RADICALES

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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El término “funciones ejecutivas” comienza a ser utilizado por Lezak en los 80’. No se trata de un concepto unitario, incluyendo varias funciones cognitivas y autodirigidas que contribuyen a la autorregulación del individuo. Existen varias controversias acerca del constructo “funciones ejecutivas”, entre ellas: la unidad vs diversidad de los procesos cognitivos que implican las funciones ejecutivas, y la naturaleza del control ejecutivo; el presente artículo se focaliza sobre esta última cuestión. Se presentarán dos aproximaciones de acuerdo a distintos modos de explicación de la memoria de trabajo y del control ejecutivo. Finalmente, se propone enfocar el estudio de las funciones ejecutivas desde una visión integrada de la mente, para su mejor comprensión.

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Resumen: Según se narra en el Libro de Alexandre, después de la muerte de Darío III, rey de los persas y opresor de los macedonios, Alejandro comienza su exploración hacia el Oriente profundo, en busca del sátrapa indio, Poro. Al hallar los palacios de este, el macedonio se encuentra con una serie de objetos que podrían integrar un catálogo de maravillas mecánicas y artificiales, entre las que destaca una viña hecha de oro y piedras preciosas que el gobernante oriental posee en los jardines del alcázar (cc. 2126-2131). El trabajo cuyo resumen presento aquí pretende, en primer lugar, develar las funciones intra y extratextuales que posee el episodio, además de –en segunda instancia– defender la idea de la representación de la viña áurea como un motivo recurrente en las descripciones de palacios orientales en la literatura medieval y en obras como la Historia de Proellis, el Roman d’Aeneas y textos que se insertan propiamente en la tradición de libros de viajes, como el Livre des merveilles du monde de Jean de Mandeville.

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Resumen: El objetivo principal de esta investigación es definir cuál es el alcance y cuáles son los límites del uso de la analogía en el Derecho. Para el efecto, se comienza estudiando el concepto, las clases y la justificación de la analogía (capítulos I a III), primero desde un punto de vista netamente teórico y metafísico, y luego con un enfoque práctico jurídico. El capítulo IV revisa qué funciones tiene y para qué no sirve la analogía en el Derecho. A continuación se delimita cuándo es posible acudir al recurso analógico, señalando cuáles son los requisitos necesarios para que la analogía opere (capítulo V) y a qué objetos jurídicos puede aplicarse la analogía (capítulo VI). El capítulo VII estudia la diversa fortaleza intrínseca de los diferentes tipos de analogía que pueden darse en el Derecho. Tomando en cuenta todos estos antecedentes, el capítulo VIII termina definiendo ya concretamente cuáles son los casos en que la analogía en el Derecho (tanto la “analogía legis”, como la “analogía iuris”) es eficaz jurídicamente, y qué motivos podrían hacer que su aplicación resulte impedida o limitada.

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La escasez de órganos para donación y trasplante es un problema acuciante que involucra a toda la sociedad. Existen diversos prejuicios, racionales y emocionales, por los que muchas personas son reacias a donar sus órganos, sin saber o sin comprender que este gesto podría salvar vidas. El autor ahonda en esta problemática médico-social y plantea una propuesta para revertirla, comenzando con la educación desde el nivel primario y abarcando diferentes niveles educativos y ámbitos de la sociedad. Pone especial énfasis en la formación de los jóvenes, y su entorno social y familiar, quienes juegan un papel preponderante en el desarrollo de futuros programas educativos. Esta propuesta es integral y no implica controversias legales ni éticomorales, por lo que se presenta como una alternativa para derribar las barreras, conscientes e inconscientes, y la desinformación generadoras de una sociedad no donante que se niega una posibilidad de vida a sí misma.

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Comprensión de las Diferencias de Sexo en la Adaptación de los Niños al Divorcio: Inferencia en la Práctica / Pedro R. Portes ; Joe H. Brown -- Funciones ejecutivas y Trastornos de Lóbulo Frontal / Facundo Manes ; Teresa Torralba -- Persona bajo la lluvia. Consideraciones teóricas y criterios de interpretación / María Inés Sivori -- Las dimensiones del Perdón / Silvia Franchi -- La evaluación de los valores en adolescentes: su relación con variables Sociodemográficas e intelectuales /María Martina Casullo ; Mercedes Fernández Liporace -- La relación entre factores de riesgo para la Salud Mental y Psicopatología en la Niñez / Inés Di Bártolo -- Recensiones bibliográficas

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Resumen: La fenomenología de Husserl toma como punto de partida el problema del conocimiento con el fin de reformular la idea de una filosofía como ciencia estricta que aspira en última instancia a establecer una vida éticamente buena sobre bases racionales. Tiene que enfrentarse para ello con las cuestiones del comienzo de la filosofía y de su método. Ambas exigen tener en cuenta la distinción entre la actitud natural y la actitud propiamente filosófica porque la epojé que abre el camino a la reducción fenomenológica requiere advertir, tematizar y suspender la validez de la actitud natural. En la primera sección del artículo se deslindan los rasgos esenciales de las actitudes y se distinguen tipos generales de actitudes. A continuación se muestra, en la segunda sección, a la actitud natural como el fondo o suelo de todas las actitudes especiales y se delinean sus caracteres más sobresalientes. En la tercera sección, por último, se contrasta esta actitud natural básica con la actitud fenomenológica en conexión con el modo como Descartes comprende las cuestiones del comienzo y del método. Con ello se retorna al planteo de la filosofía como conocimiento en vistas a una renovación ética de la vida espiritual a fin de precisar por qué el paso de la actitud natural a la actitud fenomenológica es la condición necesaria para poder abandonar la instalación ingenua sobre el suelo incuestionado del mundo.

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Resumen: La prisión preventiva es la medida cautelar más grave e intensa del proceso penal, en tanto importa la coactiva privación de la libertad personal del imputado. Se trata de un instituto problemático, que plantea un contrapunto particularmente dilemático con la presunción de inocencia. Posee un fundamento constitucional, directamente vinculado con la necesidad de asegurar, en la medida de lo posible, la realización del derecho penal material. Aunque la regla general es que durante el desarrollo del proceso penal el imputado debe permanecer en libertad, no puede negarse la existencia de ciertos supuestos legitimadores de la prisión preventiva. La realidad social y la necesidad de respuestas racionales a los fenómenos de la inseguridad y de la delincuencia violenta han revelado serias fisuras en el paradigma según el cual los únicos supuestos legitimadores son los llamados peligros procesales de fuga o entorpecimiento de la investigación. Surgen así como datos que deben ser también necesariamente tenidos en cuenta para la detención cautelar tanto la especial gravedad del delito cometido y su relación con la preservación del orden público, como la existencia de un peligro de reiteración delictiva constatable. Estos dos últimos presupuestos legitimadores de la prisión preventiva cobran independencia conceptual de los primeramente mencionados. Además, cuando la prisión preventiva se funda en la especial gravedad del delito o en el peligro de reiteración delictiva, se transforma, aunque sin mutar su esencia, en un instrumento más en las políticas de seguridad dirigidas a combatir el fenómeno de la delincuencia.

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Resumen: A partir de la vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia, y la consecuente reforma de la estructura, organización y funciones tanto del fuero penal como los Ministerios Públicos de la acusación y defensa, en este trabajo se describe el organigrama básico de una oficina de gestión judicial, sus diferentes áreas y funciones principales, los aspectos presupuestarios, la infraestructura, el personal y los recursos tecnológicos necesarios para su eficaz desenvolvimiento.

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Resumen: Hasta 1993 no se llevaron a cabo por primera vez las excavaciones en lo que prometía ser el emplazamiento de una de las construcciones más importantes de Petra, la impresionante capital del reino nabateo. Su edificación, cuya iniciación data del siglo I a.C., sufrió numerosas modificaciones, reconstrucciones y derrumbamientos a lo largo de sus más de quinientos años de funcionamiento. Pero a pesar de ello aun hoy se desconocen con certeza las funciones para las cuales fue diseñado ya que, al margen de los elementos constructivos, apenas se han localizado materiales y aun menos inscripciones que arrojen algo de luz a un problema sobre el que intentaremos aquí exponer diversas teorías que posibiliten un mayor acercamiento a su resolución.

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Resumen: El artículo se propone analizar la relación entre el magisterio y los teólogos desde la especificidad de los esquemas eclesiológicos. Esta formalidad eclesiológica es animada por la conjetura de que en los momentos de relaciones conflictivas entre el magisterio y la teología, confluyen dos esquemas eclesiológicos diversos en los que alguno de los interlocutores asume funciones no propias dejando al otro en un espacio eclesial no acorde a sus especificidades. Después de un desarrollo histórico se pasa a una elaboración especulativa desde el análisis lingüístico del discurso teológico.

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Resumen: El éxito de toda organización depende de una serie de factores, en su mayoría referidos a la actividad de recursos humanos. En esta esfera es donde surgen grandes desafíos signados por los cambios que se vienen produciendo en el mundo globalizado. Surge la necesidad de adquirir nuevas competencias en cuanto a cómo planificar y gerenciar los Recursos Humanos en tiempos de incertidumbre e inestabilidad. Resulta imperioso para las organizaciones contemporáneas desarrollar e implementar procesos de formación de directivos con una orientación gerencial más avanzada, a partir de un rediseño de su perfil de competencias que permita replantear su misión y redefinir muchas de sus funciones, donde sus recursos humanos juegan un rol protagónico. La Administración Pública no escapa a estos cambios, que inciden directamente sobre el Modelo de Gestión Estratégica de Recursos Humanos, al enfrentar con frecuencia grandes obstáculos y resistencia al cambio.

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Resumen: El artículo considera los derechos y deberes de médicos y pacientes, especialmente luego de la sanción de la ley 26.529, destacando sus temas relevantes, aquellos que habían dado lugar a distintas interpretaciones tanto en la jurisprudencia, como en la doctrina. Se tratan, así, la historia clínica y el consentimiento informado, precisándose sus conceptos, formas, funciones e interpretaciones. Similar atención merecen las directivas anticipadas de salud, el “testamento vital”, las posibilidades del médico y sus posibles objeciones de conciencia. De igual modo la autonomía de la voluntad del paciente, su libertad y responsabilidad. Se considera la eutanasia, precisándose que no es un derecho del paciente. Se estudia el secreto profesional del médico, a la luz de las contradictorias normas legales vigentes y jurisprudencia consecuente, para detenerse en la más reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su actual composición. Finalmente se precisan los conceptos de las responsabilidades de médicos y órganos sanitarios, con la posibilidad de su aseguramiento y el conflicto de algunas de las coberturas que se otorgan en plaza, como la conocida claims made.

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Resumen: Este artículo se propone estudiar la vinculación entre matrimonio y bien común, a partir del debate en la Argentina de la ley 26.618 de legalización de las uniones homosexuales como matrimonio y de los lineamientos propuestos por Benedicto XVI en Caritas in Veritate. Se advierte una claudicación en la búsqueda del bien común que obedece a diferentes factores, sobre todo el relativismo cultural. Se propone una noción de bien común que respeta la dignidad de la persona y su dimensión social y se consideran las contribuciones del matrimonio al bien común. Se advierte cómo la ley 26.618 concede a las uniones de personas del mismo sexo beneficios propios del matrimonio entre varón y mujer sin que se cumplan las funciones sociales de esa institución. También se proponen algunas condiciones de la vida social que favorecen al matrimonio para que así contribuya al bien común, con especial referencia al ámbito de la legislación, las políticas públicas, los medios de comunicación, la empresa y el mundo del trabajo y la ciencia y la tecnología. Finalmente, se consideran los obstáculos que surgieron en el reciente debate legislativo por la aparición de un laicismo militante y la contribución de las religiones al bien común desde una sana laicidad en esta materia.