4 resultados para Especies-Protección

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: La región denominada Cuenca del Salado es considerada la más importante en la cría vacuna del país, aunque su productividad es muy baja. La mayor existencia de animales, sumado al aumento de la superficie dedicada a la agricultura, ha provocado un aumento de carga animal sobre los pastizales naturales, los cuales constituyen la base forrajera de la actividad ganadera. Surge así, la necesidad de encontrar alternativas tecnológicas que permitan mejorar los niveles productivos y sostener el aumento de carga animal en zonas donde no es viable la agricultura. Frente a esta problemática, se evaluó la posibilidad de mejorar estos ambientes mediante la implantación de especies forrajeras megatérmicas o carbono 4 (C4), las cuales podrían aumentar en forma significativa la receptividad y generar un gran impacto en los balances forrajeros de los sistemas ganaderos de cría. Las especies evaluadas fueron Grama Rhodes Fine Cut, Grama Rhodes Top Cut y Panicum Coloratum Kleinpanic. Dichas gramíneas tienen características muy deseables para las zonas donde se realizaron los ensayos, como ser la tolerancia a la salinidad y al encharcamiento temporal, buena calidad forrajera durante su ciclo de producción, alta producción de materia seca y posibilidad de aprovechamiento a partir del primer año. El ensayo se realizó con el objetivo de determinar la eficiencia de implantación de especies forrajeras megatérmicas o C4, cuantificando las plantas logradas por metro cuadrado. Las evaluaciones se realizaron en cinco establecimientos de la Cuenca del Salado, abarcando diferentes situaciones. Los resultados obtenidos arrojaron diferencias significativas a favor de Grama Rhodes Fine Cut (21 plantas/m2) por sobre la especie Panicum Coloratum Kleinpanic (10 plantas/m2), no pudiéndose determinar diferencias significativas entre Grama Rhodes Top Cut (17,4plantas/m2) y las variedades anteriormente mencionadas.

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Como dice el título de la presente disertación, abordaré la situación de la libertad de expresión en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos y su incidencia en el derecho interno de los Estados parte. Voy a dividir esta presentación en tres partes: 1) Una breve descripción del sistema interamericano dentro del marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como núcleo del nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho; 2) Una descripción de la situación de la libertad de expresión en el mencionado marco; 3) Por último, terminaré con algunas reflexiones personales. Como se puede apreciar, la primera y segunda parte son más descriptivas del cuadro de situación y la última más reflexiva de la misma desde el punto de vista filosófico.

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La Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) se puso en vigencia en el 1996 con el objetivo de incentivar la prevención de accidentes, mejorar la protección de los trabajadores y eliminar distorsiones del mercado del trabajo que favorecían el empleo en negro. Habiendo transcurrido 14 años se registran algunos logros significativos, como la caída en la cantidad de siniestros, pero en los últimos años ha habido un creciente aumento de la litigiosidad, en parte motivado por la falta de actualización de aspectos claves contemplados en la propia ley. Para no volver al regresivo sistema vigente antes de la reforma y erradicar la litigiosidad espuria, es necesario recomponer rápidamente las reglas básicas de funcionamiento del sistema

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Resumen: Es habitual que en la fundamentación de derecho de la privacidad se acuda al valor de la dignidad humana, pero cuando los autores realizan esa vinculación suelen entender a la dignidad hu - mana como justificada en la mera autonomía del sujeto. Para este punto de vista que denominamos visión moderna, en el ámbito de los derechos fundamentales existe un amplio e indefinido campo de libertad, y esta libertad es o sería el derecho básico en sí mismo, o derecho fundamental por antonomasia. Esto significa la concepción del derecho entendido bajo su faz subjetiva. El derecho como un mero poder cuyo límite está en el poder o la facultad de otro, y el Estado como arbitrador de esos poderes subjetivos en pugna. Sin embargo, los derechos fundamentales entre los que se encuentran el derecho a la intimidad y a la privacidad, el derecho al resguardo del honor y de la imagen, encuentran su justificación en lo justo objetivo y en la dignidad humana. La dignidad como un valor que da sentido se justifica cuando es entendida con una apertura a la trascendencia de la persona, y a un fin objetivo al que dicha trascendencia se encamina.