14 resultados para DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Contenido: El abogado interno de empresa en la Argentina / Rodolfo Blaquier – Res Publicae / Alfredo Di Pietro – La problemática ambiental en el ámbito del MERCOSUR y el NAFTA / Dino Luis Bellorio – Hacia un modelo europeo del proceso penal / Mireille Delmas-Marty – Panorama de las relaciones Iglesia-Estado en el Río de la Plata / Néstor Daniel Villa – Notas bibliográficas

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Resumen: Existe una realidad que supera todo, que es la internacionalización de las relaciones jurídicas y el derecho legislado en un país no es ni puede ser autosuficiente para resolver los litigios que se presentan y es allí donde como necesidad sociológica aparece el derecho procesal internacional, como parte integrante del derecho internacional privado. La cooperación jurisdiccional de primer grado es comprensiva de un marco amplio en el plano convencional, que resulta en general adecuado en sus ratificaciones para la República, que a su vez posee regulación interna. La concepción del orden público será más flexible en la cooperación jurisdiccional internacional y no integra el orden público la cosa juzgada en el país, ni la litispendencia, elementos que han de evaluarse al momento del reconocimiento. Este primer grado de cooperación abarca en sentido amplio las distintas vías de comunicación entre las que principalmente se encuentran las comunicaciones de mero trámite, la obtención de pruebas en el extranjero y la información del derecho extranjero. Como vía de comunicación, en su finalidad, el exhorto busca la realización de la justicia. El control de la competencia judicial internacional en los exhortos internacionales como requisito de la obligatoriedad para el juez requerido, es eliminado en las modernas tendencias, limitándose a la compatibilidad de él con el orden público del juez requerido. En este rumbo deberían orientarse las futuras reformas de la legislación interna en la materia.

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Contenido: Editorial – Romanística: Los aportes jurídicos de las “Noches Aticas” / Edmundo J. Carbone – Los riesgos de los viajeros en el Derecho Romano / Alfredo Gustavo Di Pietro – Derivación vulgar y bizantina del contrato estimatorio de Ulpiano / Alvaro DOrs – Derecho Internacional Privado: El contrato internacional de transporte de mercaderías a través de un sobrevuelo / Raúl Alberto Ramayo – La naturaleza de los tratados de extradición en los fallos de la Corte en los casos Priebke y Liendo Arriaga / Fernando Rolandelli – Las empresas de origen comunitario / María Luján Claro de Gandía – Derecho Ambiental Internacional / María Solange Jonas Aguilar – Régimen internacional de la propiedad inmaterial / Carlos J. Martínez Casado ; María Solange Jonas Aguilar – Derecho Internacional Público: El legado de Vietnam : la amenaza y el uso de la fuerza en la política exterior norteamericana / Hernando V. Cañardo – La personalidad jurídica de la soberana militar Orden de Malta / Juan Manuel Gramajo – Derecho Penal Internacional / Fernando Rolandelli – Documentos -- Recensiones

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Contenido: Editorial – Respuestas institucionales y políticas ante la macrocriminalidad: La naturaleza económica de la criminalidad organizada / Andrea Castaldo – Blanqueo de capitales : desde la represión del delito a la prevención / María José Meinke – Globalización y derecho penal / Luis Flávio Gomes – La nueva política criminal intimidatoria e inocuizadora : el caso de la seguridad ciudadana en Perú / Percy García Cavero – La respuesta al terrorismo político en Italia / Mauricio Landi – Réplica francesa al terrorismo y al crimen organizado / Serge Leteur – El debate sobre la constitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521 / Miguel M. Padilla – Derechos fundamentales y constitucionalismo penal / Carlos Alberto Mahiques – El estatuto de Roma y el principio de legalidad en el Derecho Penal internacional / Juan Manuel Gramajo – Actualizaciones en Derecho Penal: Acerca de la responsabilidad de la persona jurídica en el Derecho Italiano / Mauro Ronco – La Corte suprema y la morosidad del proceso penal / Francisco D’Albora – El secreto profesional médico / Fernando Mario Caunedo ; Manuel Gorostiaga – La Legislación Argentina ante los delitos complejos / Luis Enrique Velasco – In Memoriam -- Recensiones

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Resumen: El Derecho del Mar constituye, históricamente, uno de los puntos sobresalientes en la evolución y actualidad del Derecho Internacional ya que, incluso, su aparición y gestación precede a los mismos Estados. En ese sentido, a partir de la denominada “batalla de los libros”, el mar ha sido objeto de arduos y permanentes debates que pueden reflejarse, casi en su totalidad, en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, realizada entre 1973 y 1982. Sobre estas consideraciones, la propuesta del presente trabajo es analizar una de ellas, como lo es la inmunidad de los buques de guerra extranjeros durante su estadía en puertos de otros Estados. Si bien a priori la cuestión no se manifiesta como compleja, lo cierto es que a 200 años del Schooner Exchange, su debate ha reaparecido, especialmente, a partir del caso de la Fragata ARA Libertad. En razón de lo expuesto, comenzaremos con una breve conceptualización jurídica de los buques y su clasificación, para luego examinar el régimen de inmunidad que poseen los buques de guerra extranjeros y las características que presenta la relación entre éste y el Estado ribereño local. Posteriormente, consideraremos estos aspectos a la luz del caso referido para, finalmente, formular algunas reflexiones considerando todo lo analizado en su conjunto.

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Introducción: El contrato de gestación por sustitución, también llamado alquiler de vientres o maternidad subrogada, es aquel en el que se acuerda con una mujer (la madre subrogante) que esta tendrá un hijo y luego se lo dará a quien encargó al niño. Dependiendo del caso, los gametos pueden ser de la madre subrogante, de los pretensos padres, solo de uno de ellos o de ninguno, es decir, de terceras personas. En algunos países estos contratos están prohibidos, mientras que en otros están permitidos y, en otros, no regulados. En este marco de dispersión normativa se ha generado un fenómeno llamado “turismo reproductivo”, que consiste en que quien pretende obtener un niño por subrogación, viaje de su Estado de residencia a otro – en donde la regulación sea más permisiva– con el solo objeto de celebrar un contrato de gestación por sustitución y anotar al niño como propio. Como consecuencia, no solo existen complicaciones para los pretensos padres a la hora de querer volver al Estado donde buscan que se reconozca a ese hijo como propio, sino que, una vez en el Estado receptor, basándose en el orden público, puede que este no reconozca el certificado de nacimiento en donde el niño es inscripto como hijo de ellos. En este escenario es donde se sitúa la sentencia en comentario.

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En continuidad con el camino iniciado en 2005, los días 2, 3 y 4 de octubre de 2013 se realizaron en Buenos Aires las IX Jornadas Internacionales de Derecho Natural dedicadas al tema “Derecho Natural, hermenéutica jurídica y el papel del juez”, organizadas conjuntamente por la Pontificia Universidad Católica Argentina “Santa María de los Buenos Aires” (UCA) a través de la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana, la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) a través del Centro para el Estudio del Derecho y la Ética Aplicada (CEDAP-UC), la Universidad Católica San Pablo (Arequipa, Perú) y la Universidad Santo Toribio de Mogrovejo (Perú)...

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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.

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Como dice el título de la presente disertación, abordaré la situación de la libertad de expresión en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos y su incidencia en el derecho interno de los Estados parte. Voy a dividir esta presentación en tres partes: 1) Una breve descripción del sistema interamericano dentro del marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como núcleo del nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho; 2) Una descripción de la situación de la libertad de expresión en el mencionado marco; 3) Por último, terminaré con algunas reflexiones personales. Como se puede apreciar, la primera y segunda parte son más descriptivas del cuadro de situación y la última más reflexiva de la misma desde el punto de vista filosófico.

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El 19 de noviembre de 2015 se realizó en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina un workshop organizado por la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana de esa Facultad, sobre el tema “De F.A.L. a M.A.D.: el derecho a la vida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. El encuentro fue coordinado por el Prof. Carlos Gabriel Maino y comenzó con una bienvenida a cargo del Decano, Dr. Daniel Herrera. Luego expuso el Dr. Alfonso Santiago, Profesor de la Universidad Austral, quien desarrolló tres temas: a) la protección constitucional y convencional del derecho a la vida; b) la jurisprudencia previa de la Corte Suprema; c) los casos “F.A.L.” y “M.A.D.”. Respecto a la protección constitucional y convencional del derecho a la vida, Santiago se refirió a la importancia del art. 29 de la Constitución Nacional. También señaló la protección expresa que surge del art. 4º de la Convención Americana de Derechos Humanos y del art. 6º de la Convención sobre los Derechos del Niño. Resaltó la claridad y fuerza de los textos convencionales, especialmente en cuanto prohíben que un ser humano sea privado de la vida arbitrariamente. También destacó la mención al carácter intrínseco del derecho a la vida y a la obligación del Estado de protegerlo en la máxima medida posible...

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Contenido: Coloquio Internacional UCA-Gregoriana, 19-23 de julio 2004: La persona y sus derechos en las normas sobre los abusos sexuales / D. G. Astigueta – Valor jurídico del amor conyugal / J. Bonet Alcón – La colegialidad episcopal en los pronunciamientos recientes de la Santa Sede : especial referencia a las conferencias episcopales / A. W. Bunge – El tiempo de nombramiento de los párrocos / A. D. Busso – Orientaciones para el gobierno de la Diócesis por parte del Obispo según laexhortación apostólica Pastores gregis y el nuevo directorio para el ministerio de los obispos Apostolorum Successores / G. Ghirlanda – Artículos: Puntos fundamentales de la pericia psicológico-psiquiátrica en el proceso de nulidad matrimonial / C. Baccioli – Jurisprudencia argentina reciente en materia de derecho eclesiástico / J. G. Navarro Floria – Criterios para la declaración de la conformidad equivalente de dos sentencias según la reciente jurisprudencia rotal / N. Schöch – El art. 158 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus : la competencia del Pontificio Consejo para los textos legislativos para examinar la concordancia entre normas particulares y la legislación universal / H. A. von Ustinov – Notas – Legislación particular – Sentencias – Actualidad -- Recensiones

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Resumen: El Congreso Eucarístico Internacional de 1934 marcó un antes y un después en la Iglesia argentina. Al celebrar sus ochenta años es importante recordar algunas de las consideraciones canónicas que se tuvieron en cuenta para su realización, así como las consecuencias pastorales que tuvo en la Iglesia argentina.

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Introducción: En el marco de los procesos institucionales de evaluación y planificación, la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana, de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina, elaboró el presente informe de sus actividades desde su creación hasta el mes de julio de 2011. En el presente número de Prudentia Iuris publicamos el informe, elaborado por el Dr. Daniel Herrera, Vicedecano de la Facultad y responsable de la Cátedra.