13 resultados para Crianças – Estatuto legal, leis, etc

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: El estudio habla sobre la escuela canónicamente católica, erigida y dirigida por una diócesis; es decir, que el titular del dominio del establecimiento educativo es la diócesis, independientemente que se le dé el nombre de parroquial a dicha escuela. Puntualmente se analiza la naturaleza y la función de quien desempeña la tarea de la representación de la escuela católica diocesana, y que recibe diversas denominaciones: representante legal, apoderado legal, delegado episcopal, etc. Se referencia sobre la administración de bienes eclesiásticos de la escuela, y se ofrecen algunas apreciaciones sobre los poderes judiciales que otorgan los citados representantes. Finalmente se da una propuesta de Estatuto para los representantes de las escuelas católicas diocesanas.

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Resumen: El artículo aborda el tema del estatus jurídico del ser humano en estado embrionario en el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial presentado en 2012. Se parte de la cuestión de que el orden jurídico no crea la personalidad, sino que la reconoce en el ser humano por el solo hecho de serlo y se analiza el Código Civil de Vélez Sársfield en sus diversas interpretaciones. Se concluye que a la luz de la Constitución Nacional y el resto del derecho positivo vigente el ser humano en estado embrionario o fetal, desde el momento mismo de su concepción, goza de todos los derechos reconocidos y garantizados por el orden jurídico. En ese marco, se analiza el Artículo 19 del proyecto y se observa que realiza una arbitraria e injusta discriminación al establecer dos momentos para el comienzo de la existencia de la persona. Además, la redacción deja en una indefinición jurídica al ser humano fecundado y concebido extrauterinamente antes de su implantación. También se analiza el tema en relación con la propuesta de articulado referido al cuerpo humano (Art. 17). Se considera el peligro de cosificación y atentado contra la dignidad humana que encierra la propuesta.

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Resumen: El presente artículo aborda el tema del estatuto de la persona humana desde distintas concepciones: 1) la concepción política del constructivismo contractualista de Rawls; 2) la concepción relacional de la hermenéutica de Kauffmann; 3) la concepción ontológica del iusnaturalismo clásico de Hervada. Una vez analizadas las distintas concepciones aborda cómo se aplica al caso del embrión humano y cuáles son las consecuencias éticas y jurídicas de cada una de estas posiciones.

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Resumen: El Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna, Acuerdos del G-20 para enfrentar la crisis, el autor parte del diagnóstico de que la crisis financiera se profundizó, transformándose en una crisis económicosocial. Luego se focaliza en el tratamiento de los asuntos globales de la cumbre de los líderes del G-20 en Londres, con el fin de establecer los lineamientos para salir de la actual crisis y sentar las bases de un nuevo orden económico mundial. Se comentan, con énfasis en lo institucional, las tareas y cambios a realizar agrupadas en torno a cinco objetivos. Estos objetivos son: restaurar el crédito, fortalecer la supervisión y la regulación financieras, fortalecer las instituciones financieras mundiales, resistir el proteccionismo y promover el comercio y la inversión mundiales y garantizar una recuperación justa y sostenible para todos. En la segunda columna, El Fideicomiso, se define que este instrumento legal se crea cuando una persona trasmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra quién se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato y a trasmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición, al beneficiario. La virtud de este instrumento es que se trata de una figura legal que aísla un patrimonio por lo que el fondo es inmune a cualquier riesgo y el fiduciario que lo administra, tiene instrucciones concretas, lo que representa una garantía fuerte. El fideicomiso en su esencia importa un negocio de confianza (fidei) en la persona del fiduciario para que éste de cumplimiento al encargo convenido en el contrato. Este es apto por sus ventajas para; fortalecer garantías y acuerdos, neutralizar riesgos, evitar procesos judiciales de ejecución con sus consecuencias de mora y costos, etc. En la tercera columna, Modernización del Estado y Articulación de Intereses, hace hincapié en la necesidad de un Estado Moderno, que es aquel que atiende eficazmente las necesidades de los ciudadanos generando asimismo adhesión al mismo. El elemento fundamental para el desarrollo de un estado moderno consiste en la independencia de los grupos de interés particular. Existen dos formas de relación entre el estado y lo grupos de interés de acuerdo a la tradición en la que uno se ubique: institucionalizadas en forma de corporaciones o instrumentalizadas mediante las actividades de los denominados lobbies. La articulación de intereses en las instituciones no es suficiente para un balance político sino que se requiere la formación de un compromiso ético y una actitud de cooperación subyacente. En cuanto a la capacidad de los grupos de intereses de balancear la acción de las agencias gubernamentales y de ejercer una acción frente a algunos desarrollos económicos, su función es invalorable siempre que sean una expresión democrática.

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Los estudios sobre seguridad en Colombia han incorporado en sus análisis las implicaciones políticas que la seguridad tiene para la consolidación de la democracia, la ciudadanía, la memoria, la verdad o los Derechos Humanos. Por esta razón, este artículo analiza la primera política estatal sobre seguridad que se implementó entre 1978 a 1982, conocida como el Estatuto de Seguridad y los efectos que tuvo en la institucionalización de la protección y defensa de los Derechos Humanos. El texto esta dividido en tres partes: La primera parte, analiza la instrumentalización del Estatuto a través de las relaciones cívico-militares, la ideologización y la ocupación y administración de las instituciones; la segunda parte, los alcances del Estatuto respecto a las violaciones de los derechos fundamentales y de los procedimientos legales, así como un intento por ver este fenómeno a través de la dinámica campo-ciudad. La última parte, explica el desmantelamiento del Estatuto en las postrimerías del gobierno en 1982.

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Resumen: Este trabajo pretende avanzar sobre una problemática escasamente abordada por la historiografía jurídica y social argentina: la reinserción social de los egresados de las prisiones. Así, partiendo de la utilidad que tienen para la historiografía los estudios biográficos y de instituciones penitenciarias y post-penitenciarias, analizaremos algunos aspectos de la labor profesional de Jorge H. Frías, distinguido jurista, presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y fundador en 1918 de la primera institución de reinserción social de la Argentina: el Patronato de Liberados y Excarcelados de la Capital Federal. Esperamos que este breve trabajo contribuya a alentar la realización de otros estudios sobre diferentes aspectos del universo penitenciario argentino (directores de presidios, viajeros penitenciarios, congresos penitenciarios nacionales e internacionales, revistas de los funcionarios de prisiones, etc.) que aún hoy en día permanecen desconocidos.

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El sector de la construcción es un importante generador de oportunidades laborales, en particular para las personas con menor formación y que viven en condiciones de pobreza. A pesar de contar desde mucho tiempo atrás con un régimen laboral especial que pretende atender las particularidades de la actividad, en los hechos la elevada informalidad existente lleva a que el sistema de protección opere como un dispositivo de selección adversa que otorga cobertura a muy pocos trabajadores. La construcción se vería especialmente beneficiada con un Estatuto Especial para microempresas como el que se propusiera en el informe “Empleo y Desarrollo Social” Nro. 25 (abril de 2010)

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Resumen: Los conceptos de dolor, enfermedad y enfermedad terminal exceden plenamente el ámbito meramente biológico y solo pueden abordarse acabadamente desde una perspectiva hilemorfista de persona humana. El enfoque integral de estos conceptos permite descubrir un significado antropológico de los mismos. Su comprensión adecuada constituye un imperativo moral en el cuidado del paciente terminal. En este sentido, es posible rescatar el valor de los cuidados paliativos como una modalidad de atención integral del paciente. En este contexto surge el proyecto de la Casa de la Bondad Salta, que pertenece a la Fundación Manos Abiertas. La Casa de la Bondad tiene como objetivo implementar cuidados paliativos a enfermos terminales. Se parte de la necesidad de realizar un abordaje integral del enfermo desde un enfoque transdisciplinar.

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Resumen: El autor analiza el contenido de las denominadas directivas previas o testamento vital, que una persona puede instrumentar a efectos de instruir a los médicos que en el futuro la atiendan en el supuesto de no poder en ese momento expresar su voluntad, relacionadas con los tratamientos que está dispuesta a que le sean aplicados. Se hace referencia al alcance, los inconvenientes y peligros que traen aparejadas dichas directivas, su tiempo de validez y la situación actual en otros países y en el nuestro, así como una escueta reseña de dos sentencias dictadas en el país al respecto.

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Resumen: En los últimos 30 años han ocurrido grandes avances en el área de la medicina reproductiva, no solo respecto a los desarrollos científicotécnicos, sino que también han surgido una gran cantidad de cuestionamientos éticos, legales y sociales vinculados a la definición del concepto de dificultad en la concepción; del estatuto de embrión y la posibilidad de su manipulación; y la conformación de familias por la intervención de terceras personas, ya sea por la dación de gametas, embriones, o la subrogación de úteros. En este trabajo se presentará una revisión de los aspectos ético morales vinculados a las técnicas de fertilización asistida y su repercusión en la sociedad.

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La informalidad laboral es un fenómeno profundamente arraigado en nuestro país, con derivaciones económicas, sociales y éticas muy negativas. Para reducir su incidencia es necesario generar un contexto de alto crecimiento económico, mejorar sustancialmente la formación de la fuerza de trabajo y ejecutar controles con mayor eficacia. Pero, lo que es tanto o más importante aún, se requieren instituciones laborales más amigables con las microempresas. La fuerte concentración de la informalidad laboral en pequeñas unidades productivas en las que predomina una relación trabajo-trabajo sugiere que la posibilidad de establecer un estatuto laboral especial para estas microempresas sería un paso fundamental para incrementar la formalidad en el mercado laboral. En este número de Empleo y Desarrollo Social se presentan algunos lineamientos básicos para el diseño de este estatuto

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Resumen: En el trabajo se aborda la vexata quaestio de la cientificidad de la ciencia jurídica, a la que se le impugna la pretensión de ser científica y, a la vez, práctica. Se estudian las impugnaciones realizadas en ese sentido por Claude Lévi-Strauss y Hans Albert, así como los intentos de algunos filósofos del derecho analíticos de superarla a través del análisis lógico del lenguaje jurídico. Se analizan después los cuestionamientos efectuados por algunos representantes de la filosofía hermenéutica, que critican los ensayos analíticos y proponen una concepción interpretativa de la ciencia jurídica. Luego de esta exposición, el A. evalúa las aportaciones analíticas y hermenéuticas, poniendo de relieve sus fortalezas y sus falencias a la hora de establecer el estatuto científico de la ciencia jurídica, para pasar finalmente a proponer una concepción de la ciencia del derecho heredera de la tradición de la filosofía práctica de cuño aristotélico. En este punto, el A. desarrolla —con base en el pensamiento de Tomás de Aquino— una concepción analógica del conocimiento científico y explica de qué modo es posible aplicarla a un saber acerca del derecho que resulte, a la vez, científico y práctico. Finalmente, desenvuelve la necesidad epistémica de una apertura del conocimiento de la ciencia jurídica a los primeros principios prácticos, que la vincula constitutivamente a la doctrina de la ley natural, así como al nivel máximamente determinado de la prudencia jurídica.