3 resultados para Common DC link
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.
Resumo:
Resumen: A partir de la primera versión literaria en lengua vernácula del “Cuento de la doncella sin manos”, escrita por Philippe de Remi en el siglo XIII, la literatura medieval no dejó de reelaborar el relato a lo largo y a lo ancho del Occidente europeo. Del periodo que abarca desde el siglo XIII hasta el XVII nos llegan, por lo menos, unas treinta y cuatro versiones escritas solo en los ámbitos románico y germánico. Existe asimismo una tradición arábiga del cuento, probablemente de origen semítico, que constituiría, según algunos autores, una rama narrativa independiente. En la tradición oral el relato ha pervivido hasta nuestros días, en diversos países del mundo, incluida América del Sur, particularmente Brasil, Chile y la Argentina. El legado folclórico en Europa, inicialmente recopilado y puesto por escrito por los hermanos Grimm en 1812, presenta, ciertamente, numerosos puntos de contacto con las versiones americanas. Sin embargo, se ha establecido un vínculo aún más estrecho entre estas y los Cuentos populares españoles recogidos por Aurelio Espinosa en 1923, por un lado, así como también con una de las tres versiones provenientes del ámbito árabe. Luego de trazar un panorama histórico del corpus y estudiar los puntos de contacto entre la tradición europea y la americana, nos centraremos en el análisis de las versiones sudamericanas, particularmente las recogidas en la Argentina
Resumo:
Resumen: Este artículo se propone estudiar la vinculación entre matrimonio y bien común, a partir del debate en la Argentina de la ley 26.618 de legalización de las uniones homosexuales como matrimonio y de los lineamientos propuestos por Benedicto XVI en Caritas in Veritate. Se advierte una claudicación en la búsqueda del bien común que obedece a diferentes factores, sobre todo el relativismo cultural. Se propone una noción de bien común que respeta la dignidad de la persona y su dimensión social y se consideran las contribuciones del matrimonio al bien común. Se advierte cómo la ley 26.618 concede a las uniones de personas del mismo sexo beneficios propios del matrimonio entre varón y mujer sin que se cumplan las funciones sociales de esa institución. También se proponen algunas condiciones de la vida social que favorecen al matrimonio para que así contribuya al bien común, con especial referencia al ámbito de la legislación, las políticas públicas, los medios de comunicación, la empresa y el mundo del trabajo y la ciencia y la tecnología. Finalmente, se consideran los obstáculos que surgieron en el reciente debate legislativo por la aparición de un laicismo militante y la contribución de las religiones al bien común desde una sana laicidad en esta materia.