21 resultados para Actos antisociales

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Resumen: El autor se propone recordar el sentido verdadero de la doctrina de los actos intrínsecamente malos y el marco conceptual desde el que es interpretada. Para precisar el lugar fundamental de la perspectiva desde la cual se reflexiona acerca del acto moral considera las implicancias de la así llamada “perspectiva de la tercera persona” y del proporcionalismo, que asumen un punto de vista exterior al acto mismo, y la reafirmación que VS hace de dicha doctrina, en la perspectiva más propia para la apreciación de los actos humanos desde el punto de vista moral: la perspectiva de la persona que actúa, denominada “perspectiva de la primera persona”, que pone de relieve el carácter intencional de las acciones humanas. En ese marco, se presenta al objeto moral en referencia al orden de la razón o al bien global de la persona humana y, en él, la aprehensión que hace la razón práctica de la “ordenabilidad” de los actos humanos al bien y al fin último que es Dios, la intencionalidad y autorreferencialidad propia de los actos del libre obrar humano, y el concepto personalista y relacional de acto intrínsecamente malo.

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Introducción: Las motivaciones personales de este trabajo se podrían expresar así: Los fieles –y especialmente los sacerdotes y consagrados– cada día celebramos la obra de la salvación del mundo, realizada por “nuestro Salvador, Jesucristo”. Sobre todo en la sagrada Eucaristía, en la Liturgia de las horas y en otros actos litúrgicos nos encontramos con fórmulas –de la misma Biblia y de la tradición eclesial– que nos hablan de Cristo como Salvador divino, único y definitivo, en todos los misterios de su vida, pero muy particularmente en su misterio pascual. En esos misterios de Cristo se realizó “de una vez para siempre” el acontecimiento esencial del divino designio de salvación. Así rezamos, así lo celebramos en comunidad y así lo predicamos ante el mundo, porque así lo ha celebrado y vivido la Iglesia a través de los milenios. ¿Cómo no plantearse la cuestión de la coherencia, unidad real, convencida y convincente, entre lo que celebramos y lo que vivimos? Se hace evidente que la celebración sincera y digna de estos misterios nos exige “transfigurar” nuestra existencia concreta, revestirnos de nuestro Señor Jesucristo (cf. Rm 13, 14), compartir vivamente su camino pascual y dar, así, testimonio creíble de su misterio personal y de su obra redentora universal. Pero, al mismo tiempo, surge la necesidad de la armonía entre la razón y la fe. Es decir, no puedo contentarme con celebrar unos ritos que tal vez producen una fuerte emotividad religiosa y que ayudan a “sentirse bien”… pero que estarían vacíos de verdad. Lo que celebramos y rezamos responde a una realidad supremamente inteligible. La vida de fe, la oración y la celebración litúrgica, y toda la existencia cristiana, responden a un fundamento real, de máxima densidad ontológica y teológica. Es lógico, entonces, que busquemos alcanzar una más profunda inteligencia de la fe, para hallar nuevas luces que iluminen el encuentro de la razón con la verdad de Dios. La teología nace de la fe. La fe provoca a nuestra razón a investigar con entusiasmo la verdad revelada y creída, celebrada y vivida plenamente por los fieles (y los santos son los plenamente fieles). La teología –si es auténtica– no podrá llevarnos al vaciamiento de las fórmulas y de los ritos litúrgicos, ni podrá arrastrarnos al mundo de la ficción y de la doblez. Este trabajo nace, entonces, como la misma teología, del vivo interés por comprender más profundamente el misterio de nuestra salvación en Cristo y, simultáneamente, por alcanzar una síntesis más coherente y armoniosa entre lo que creemos y vivimos como católicos y lo que razonamos con rigor crítico como estudiosos de la Palabra, en la Iglesia...

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El ejercicio de una profesión, en este caso, de la medicina, puede dar lugar a que el profesional tenga que responder por las consecuencias de sus actos; en otras palabras, debe dar cuenta de sus actos. La cuestión por dilucidar es cuándo surge este responder...

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Resumen: En este artículo se explica cómo a partir del método trascendental de Lonergan surge una comprensión de la ética cómo ética existencial, la cual nos invita a dejar a un lado las categorías metafísicas-abstractas y reflexionar éticamente usando categorías que surjan de los actos de nuestra conciencia. La conciencia moral se presenta distintiva en cuanto a la decisión, inclusiva en cuanto que integra los niveles del entender y del juzgar y elevada en cuanto que está abierta a la posibilidad de una integración superior, puesto que la noción trascendental de valor puede ser enriquecida intrínsecamente con la experiencia religiosa de estar enamorado de un modo irrestricto.La explicitación de los fundamentos a partir del método trascendental permite tener en cuenta la realidad del hombre como ser histórico en devenir e integra la experiencia moral y religiosa a la comprensión del actuar ético. De este modo la reflexión ética surge a partir de la historia vividaen la cual se manifiesta el hacerse a sí mismo de los sujetos y la auto-constitución de lavida moral de una comunidad o de un pueblo.

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En el presente año se ha cumplido el centenario de la ley más célebre en materia de emisión del voto, es decir, la llamada Ley Sáenz Peña. Y este aniversario encuentra al voto, un aspecto clave de la vida institucional, en el centro mismo del debate, tanto en la Argentina como en gran parte del mundo. Por cuestiones tecnológicas, como el llamado voto electrónico, como acto jurídico, al discutirse su naturaleza imperativa, como hecho sociológico, vista la creciente reticencia de gran parte de la sociedad a participar de los actos electorales, y encontrar su representatividad en las llamadas “redes sociales”, por la aparición del denominado referéndum revocatorio, que en cierta medida implica poner en duda la eficacia del voto, y el demagógico proyecto de bajar a 16 años la edad hábil del sufragante, el mismo es hoy objeto de análisis, revisión y enfoques renovadores.

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Resumen: En este artículo queremos explicar un aspecto de la concepción tomista de la caridad. Verla como amor de amistad. Para ello, primero vamos a investigar la teoría aristotélica de la amistad, como la expone en la Ética a Eudemo y la Ética a Nicómaco. Recurrimos a Aristóteles, ya que es la culminación griega acerca de la reflexión sobre la amistad. Santo Tomás se servirá de la noción aristotélica de la amistad, para explicar la caridad como amor de amistad. Explica que la caridad permite vivir una amistad intensa con Dios y con el prójimo. El acto propio de la caridad, así como sus efectos interiores y exteriores, se entienden más plenamente al captarlos como otros tantos actos de amistad

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Contenido: Editorial – El Código de Derecho Canónico de 1983 / Alejandro Gagliardo – Ley, costumbre y actos administrativos en el nuevo Código de Derecho Canónico / Pedro Lombardía – Reflexión iusfilosófica sosbre la naturaleza jurídica del dictamen y la profesión de abogar / Jorge Guillermo Portela – La igualdad : consideración iusfilosófica / Siro de Martini – Juicio prudencial y razonamiento jurídico en las indemnizaciones por daños a la persona / Héctor Pedro Iribarne – La jurisdicción naval militar en el Río de la Plata (1748-1895) / Guillermo Palombo – Escolios – Documentos – Notas bibliográficas

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Resumen: Se comparan dos regicidios cometidos en Castilla separados por más de trescientos años, con un enfoque principalmente histórico. En función de investigaciones actualmente en curso, se invierte el orden cronológico, comenzando por los sucesos de Montiel. El fratricidio, y a la vez regicidio, de Pedro I a manos de Enrique de Trastámara, tiene un carácter fundacional, ya que a partir de entonces se instaura una nueva dinastía en Castilla. Constituye un fratricidio indudable, reconocido por el perpetrador. El cronista López de Ayala presenta aquí una dicotomía cruzada: construye la figura de un rey de origen indudablemente legítimo, que va perdiendo legitimidad por culpa de sus propios actos monstruosos y la figura contrapuesta de un usurpador que adquiere legitimidad al cumplir una misión divina. Por otra parte, en el asesinato de Sancho II la presunta instigación al crimen de parte de su hermana Urraca es incluso ignorada en algunas de las fuentes. Aquí interesa resaltar la responsabilidad colectiva que se le atribuye al concejo de Zamora, al que se acusa de la muerte del rey. En ambos regicidios se trabajará la función simbólica y fundacional de la violencia, los escenarios de violencia y la participación de los principales actores: los reyes, la nobleza y la comunidad

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Introducción: «La fe es la firme seguridad de lo que esperamos, la convicción de lo que no vemos», dice San Pablo en la Epístola a los Hebreos, y Santo Tomás en la Suma Teológica muestra que estas luminosas palabras encierran todos los elementos necesarios para alcanzar el concepto que nos permita entender nuestro tema. Es así que podemos distinguir a la fe de todos los demás actos que pertenecen al entendimiento, es decir que esta afirmación del Apóstol expresada no en forma de definición, al menos no en la forma que hubieran exigido Aristóteles y el mismo Santo Tomás, contiene todos los elementos de una definición conceptual como exigiría el Organon aristotélico. Porque al decir: es la firme seguridad de lo que esperamos, relaciona el acto de la fe con el fin, que es objeto de la voluntad, y al decir que es la convicción de lo que no vemos, lo relaciona con el entendimiento y lo distingue de todos los demás actos de éste, ya que la convicción se distingue de la opinión, de la sospecha y de la duda, y al decir lo que no vemos distingue el acto de fe respecto de la ciencia y del entendimiento...

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Contenido: Editorial – Jorge Joaquín Llambías / Mario Amadeo – El aporte de Llambías en materia de efectos de la nulidad de los actos jurídicos / Roberto Martínez Ruíz – El matrimonio en la regulación propuesta por el anteproyecto de 1954 / Jorge A. Mazzinghi – La reparación del agravio moral / Guillermo R. Quintana Terán – Responsabilidad civil de las personas jurídicas y, en especial, del estado / Federico N. Videla Escalada – La mora en las obligaciones cuyo lugar de pago es el domicilio del deudor / Francisco Alberto Vocos – Algunas páginas de Llambías – Documentos – Notas bibliográficas

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En el ámbito canónico, la noción de bien cultural es de reciente aparición. Durante los años sesenta del siglo pasado se trabajó mucho en la legislación sobre el patrimonio artístico de Italia. Esto dio origen a que la noción de bien cultural fuera ampliamente recibida en el ámbito administrativo y legal en general. El Código de Derecho Canónico utiliza distintas expresiones para referirse al mismo tema. En general usa: bona temporalia cuando se refiere a los actos sobre los bienes eclesiásticos en sentido técnico. Pero la expresión bona culturalia es referida en el canon 1283, 2° para referirse al patrimonio cultural sujeto a la administración. Se trata de bienes culturales de interés religioso...

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Resumen: Los actos de alcance general que emiten los diversos poderes del Estado –emanados de un legislador concebido latu sensu– pueden ser visualizados de dos maneras. Por un lado, se los puede considerar como emanados de un legislador que no tiene límites en su discrecionalidad; por el otro, como emanados de un legislador que se halla sujeto, en su discrecionalidad, a importantes limitaciones, de carácter inmutable y de plena actualidad. El presente trabajo destaca y ejemplifica las insuficiencias de las doctrinas de la no limitación de la discrecionalidad del legislador, y pone en primer plano los elementos iniciales para limitar esa discrecionalidad en la enseñanza tomista.

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Resumen: El problema de la deshumanización de la atención médica sido enfocado desde ópticas diferentes (y en diversos momentos históricos), ya sea desde la perspectiva del paciente, de los familiares o del propio equipo de salud que presta los servicios, pero no hay un estudio de las causas y de las posibles soluciones. Al realizar un recorrido de la atención profesional en el mundo de la salud observamos que solo podemos re humanizar esa atención con el compromiso directo de todos los participantes del equipo de salud para promover actos y condiciones que tengan como finalidad el respeto de los derechos humanos que se afirman en la dignidad de cada persona enferma. Creemos que esta presentación puede llevar a tomar conciencia sobre la vulnerabilidad de la intimidad en el proceso, hoy deshumanizante, de la atención profesional en el ámbito de la salud y desde este punto de partida asumiendo las responsabilidades subjetivas, sin anular la moralidad objetiva del hecho, comprometiéndonos a denunciar estas situaciones injustas y a trabajar día a día para humanizar la atención y de esta forma respetar el derecho a la intimidad.

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Siguiendo a Gaudium et spes (51.3), la declaración Persona humana reafirma que la bondad moral de las conductas sexuales depende de “criterios objetivos tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos” (PH 5.4). Esto no es expresión de un objetivismo naturalista, sino que surge del respeto de la “verdadera dignidad humana” y del sentido de su sexualidad. Estas afirmaciones deben ser comprendidas en el marco de la ética de la virtud, según la cual la razón práctica descubre naturalmente los bienes humanos y debidos, los fines virtuosos, en las inclinaciones naturales. A partir de ello es posible afirmar la existencia de conductas que contradicen dichas finalidades por su mismo objeto, aunque ello no exime de la necesidad de considerar los contextos a partir de los cuales las mismas se definen en su genus moris. Aplicando estos principios al ámbito de la sexualidad, se debe afirmar que el recto ejercicio de la misma tiene una referencia intrínseca y necesaria al matrimonio, aunque al mismo tiempo es preciso reconocer un cierto grado de tensión entre el orden de la castidad y el orden jurídico positivo. Estas consideraciones muestran que, precisamente por coherencia con la doctrina de la virtud y de los absolutos morales, es preciso que la teología moral evite la tentación del deductivismo, y se comprometa en un trabajo de refinamiento de las tipologías con mayor atención a los casos concretos. De este modo, podrá responder más adecuadamente al desafío de un contexto social en constante evolución. Con este artículo, el autor aporta precisiones para expresar mejor lo expuesto en dos artículos anteriores: “¿Relaciones prematrimoniales en «situaciones-límite »?”, Teología 83 (2004), y “El teleologismo después de la Veritatis Splendor”, Moralia 97 (2003).

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Abstract: The way of exercising power of the Roman Princeps Gaius Caesar Augustus Germanicus, better known by his agnomen Caligula, was largely driven by a different pattern of behavior of that promoted by his predecessors Augustus and Tiberius. Through a kind of ritualized acts, these princeps sought to show respect for the traditional social order and appear only as a primus inter pares among Roman aristocrats. As we can see, in this matter the young Gaius caused a radical change on imperial politics. From the valuation of a series of symbols and actions with strong symbolic connotations, in this work we will attempt to show that such a change was, in part, consequence of a new conception of the imperial power displayed by Caligula. The essence of such conception we must search it in the complex corpus of ideas that came to Rome from the pars orientis of the Roman Empire and based important aspects of the power of the Hellenistic Monarchies