102 resultados para Imposto sobre a riqueza


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Resumen: El artículo aborda el “derecho a la jurisdicción” desde una perspectiva iusfilosófica. Para tal fin define su concepto, describe las diferentes perspectivas teóricas tales como la positiva o necesaria del realismo, la negativa y contingente del marxismo y la irrelevante del liberalismo. Luego aborda sus fundamentos, alcances y obstáculos para su ejercicio apropiado. El abordaje de estas cuestiones permite advertir que el derecho a la jurisdicción no es sólo una problemática del derecho procesal sino que constituye una pieza clave del Estado de Derecho Constitucional.

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Uno de los problemas centrales que ha ocupado a la filosofía política y jurídica ha sido, desde siempre, el de evitar el ejercicio arbitrario y discrecional del poder político por parte de los gobernantes; es decir, el de conjurar el peligro de la tiranía2. Son muchos los artificios pensados a lo largo de la historia para escapar de ese flagelo, pero entre ellos, el que aparece con mayor persistencia y continuidad en el tiempo es el del denominado “gobierno del derecho”, o “imperio de la ley” o, en las versiones más recientes, “Estado de Derecho”...

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Resumen: Un niño con anencefalia, debido a su innegable condición humana, merece ser tratado con respeto y dignidad, como cualquier otro hombre. Por su severa patología y su corta expectativa de vida, es una criatura frágil e indefensa a la que hay que cuidar, y no por ello aplicar tratamiento, hasta que devenga su inevitable muerte. La futilidad de cualquier medida agresiva sustenta la necesidad de proporcionarle calor y cuidados básicos, sin incurrir en tratamientos desproporcionados. Al mismo tiempo, resulta fundamental informar, acompañar y brindar apoyo médico y psicológico a toda la familia, en especial a la madre, para poder superar la muerte del niño. Por último, es preciso establecer que el pronóstico ominoso de una criatura anencefálica jamás justifica el aborto. A partir del estudio de la bibliografía argentina sobre el tema, y desde la perspectiva de un estudiante de medicina, se analizan los textos publicados, añadiendo algunos comentarios éticos actuales sobre los problemas de la anencefalia.

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El Informe Warnock, basado en una filosofía utilitarista, presenta principios que muestran el ideal moral social en relación con la manipulación y destrucción de embriones humanos hasta el día 14 de fecundación (pre-embrión), donde la ley es independiente de las creencias. El Personalismo, basado en la ley moral natural, presenta una concepción filosófica basada en valores fundamentales: el derecho a la vida desde la concepción y la dignidad del ser humano.

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Resumen: El artículo analiza el Capítulo Cuarto titulado “La ley natural y la ciudad”, del Documento de la Comisión Teológica Internacional sobre la ley natural y considera sus grandes temas centrales: el bien común, con particular atención a la naturaleza social de la persona humana, el principio de finalidad, la relación entre bien común y bien individual y el contenido del bien común político; la ley natural, con una referencia a la nueva escuela anglosajona del derecho natural; la cuestión de la moral y el derecho natural, considerando la noción de derecho, lo natural del derecho y los derechos humanos; las relaciones entre derecho natural y derecho positivo, con referencia a la prudencia jurídica y el orden político y el orden escatológico. Se analizan las grandes notas del capítulo, vinculadas con las enseñanzas del realismo jurídico clásico, se muestran otras lecturas para fundar la actualidad y riqueza del Documento y se formulan conexiones con autores de actualidad.

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Resumen: Dice Santo Tomás que conocer la existencia del alma es algo patente, pues se refleja en el acto del yo que piensa; pero en cambio es muy difícil conocer qué es o cómo es el alma, su naturaleza. Con todo, nos interesa sobremanera determinar esa naturaleza del alma, ya que ello es parte del conocimiento de nosotros mismos. Por ello, tratamos en lo siguiente de repensar los datos y los procesos mentales, que puedan llevarnos a una mayor claridad. El tema almacuerpo es uno de los más abordados en nuestros días y no siempre con fundamento. Nosotros concluiremos, al final, de alguna manera dentro del marco de lo que ya Aristóteles apuntaba que “el alma ni es cuerpo ni se halla sin un cuerpo” (ver supra); aunque quizás podamos entenderlo con mejor determinación y claridad.

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Resumen: A través del análisis de 2x4 (1978), de Carmelo Saitta, se extraen conclusiones sobre algunos aspectos de su lenguaje musical, especialmente los vinculados con el uso de la percusión y el tratamiento de la voz.

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Resumen: En este artículo propongo reflexionar sobre aspectos en los vínculos entre literatura y cine que aún hoy despiertan controversias o arrojan más preguntas que respuestas. Algunos de ellos son el marco disciplinar y metodológico, ciertos problemas de terminología, así como el criterio de clasificación de las transposiciones fílmicas. Para concluir, esbozo una propuesta de tipología de transposición.

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Resumen: Este trabajo vuelve sobre dos temas ya propuestos: la dimensión didáctica en la Crónica y la velada autorreferencialidad del cronista. Recogemos algunas observaciones menores pero incisivas, con las que se destaca la valoración de los sucesos narrados. Pero nos detenemos especialmente en un pasaje en el que, además de la carga didáctica, hay una muy elegante referencia a una intervención diplomática decisiva, planteándose un caso análogo al de su papel en las cortes de Guadalajara durante el reinado de Juan I.

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Resumen: En el trabajo se aborda la vexata quaestio de la cientificidad de la ciencia jurídica, a la que se le impugna la pretensión de ser científica y, a la vez, práctica. Se estudian las impugnaciones realizadas en ese sentido por Claude Lévi-Strauss y Hans Albert, así como los intentos de algunos filósofos del derecho analíticos de superarla a través del análisis lógico del lenguaje jurídico. Se analizan después los cuestionamientos efectuados por algunos representantes de la filosofía hermenéutica, que critican los ensayos analíticos y proponen una concepción interpretativa de la ciencia jurídica. Luego de esta exposición, el A. evalúa las aportaciones analíticas y hermenéuticas, poniendo de relieve sus fortalezas y sus falencias a la hora de establecer el estatuto científico de la ciencia jurídica, para pasar finalmente a proponer una concepción de la ciencia del derecho heredera de la tradición de la filosofía práctica de cuño aristotélico. En este punto, el A. desarrolla —con base en el pensamiento de Tomás de Aquino— una concepción analógica del conocimiento científico y explica de qué modo es posible aplicarla a un saber acerca del derecho que resulte, a la vez, científico y práctico. Finalmente, desenvuelve la necesidad epistémica de una apertura del conocimiento de la ciencia jurídica a los primeros principios prácticos, que la vincula constitutivamente a la doctrina de la ley natural, así como al nivel máximamente determinado de la prudencia jurídica.

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Resumen: Análisis crítico de algunos aspectos del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado en la causa “F., A. s/ medida autosatisfactiva”, en el que el Tribunal convalida el aborto practicado dos años atrás en la Provincia de Chubut y exhorta a las a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a implementar y hacer operativos protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos que denomina como “no punibles” y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual; y, dirigiéndose al Poder Judicial nacional y a los poderes judiciales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, les requirió a abstenerse de judicializar el acceso a los abortos no punibles “previstos legalmente”.