103 resultados para Derecho político


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Resumen: El problema de la deshumanización de la atención médica sido enfocado desde ópticas diferentes (y en diversos momentos históricos), ya sea desde la perspectiva del paciente, de los familiares o del propio equipo de salud que presta los servicios, pero no hay un estudio de las causas y de las posibles soluciones. Al realizar un recorrido de la atención profesional en el mundo de la salud observamos que solo podemos re humanizar esa atención con el compromiso directo de todos los participantes del equipo de salud para promover actos y condiciones que tengan como finalidad el respeto de los derechos humanos que se afirman en la dignidad de cada persona enferma. Creemos que esta presentación puede llevar a tomar conciencia sobre la vulnerabilidad de la intimidad en el proceso, hoy deshumanizante, de la atención profesional en el ámbito de la salud y desde este punto de partida asumiendo las responsabilidades subjetivas, sin anular la moralidad objetiva del hecho, comprometiéndonos a denunciar estas situaciones injustas y a trabajar día a día para humanizar la atención y de esta forma respetar el derecho a la intimidad.

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Resumen: El presente trabajo propone elementos para una reformulación de la enseñanza del Derecho Civil en la Argentina del Bicentenario. Parte del análisis del estado actual de la enseñanza en esta rama jurídica, con especial referencia a sus etapas históricas. Considera luego lo que se denomina “el modelo del cententario”, con particular atención a la influencia de la modernidad ilustrada y la cultura del Código. Evalúa luego la cuestión a partir de la tensión entre modernidad ilustrada y posmodernidad, proponiendo una alternativa al modelo de enseñanza surgido de la posmodernidad. Como hipótesis de trabajo propone una lectura de la denominada cultura jurídica desde los principios del derecho, y aportar así una alternativa desde la perspectiva del realismo jurídico clásico.

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Una atenta lectura del “Título Preliminar” del Anteproyecto del Código Civil y Comercial y sus Fundamentos presentado por la Comisión integrada por los Dres. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci, en cumplimiento del Decreto presidencial Nº 191/2011, muestra una cuestión relevante para la Teoría general del derecho desde el punto de vista ius-filosófico: que tal reforma integral colocará a nuestro ordenamiento jurídico privado en la vía de la llamada “constitucionalización del derecho”...

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Un ameno libro de circunstancia sobre la elección de Benedicto XVI, publicado apenas un mes después de esta, me servirá para iniciar mi exposición sobre la persona y labor de Joseph Ratzinger. Allí el autor, Alfredo Urdaci, ensaya una interesante tesis, ¿cómo fue posible tal elección? Porque si bien Ratzinger estaba entre los papables, no era muy probable que realmente fuera elegido. Tenía y –por qué no decirlo– sigue teniendo oposición dentro de la Curia y dentro de algunos sectores de la Iglesia. Y cómo no habría de levantarla un cardenal tan políticamente incorrecto como Ratzinger. No me detengo en sus distintas declaraciones a lo largo de su carrera, pero sí me gustaría presentar un par de frases suyas dichas tan solo días antes de su elección como Papa.

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Resumen: Las pautas que regulan la competencia por el acceso al poder son aspectos centrales para abordar el funcionamiento del sistema político democrático, las cuales se multiplican en un sistema federal o multinivel. Tras la apertura democrática el sistema político argentino redefinió su funcionamiento frente a la mayor autoridad de las provincias en materia de implementación de políticas públicas, recursos fiscales e independencia electoral respecto de la esfera nacional. La territorialización de la política (o desnacionalización) en parte explica los cambios sufridos por el bipartidismo nacional (PJ-UCR), el surgimiento de nuevos partidos políticos y la construcción de nuevas identidades políticas. Hasta el 2011, Río Negro fue de los pocos distritos con partido predominante diferente al partido predominante a nivel nacional, y el único que gobernó la Unión Cívica Radical de forma ininterrumpida desde 1983. El presente trabajo busca explorar el funcionamiento del sistema político rionegrino en el contexto de desnacionalización a partir de los siguientes interrogantes. ¿Cuán congruente o incongruente es el sistema de partido rionegrino al nacional? ¿Qué niveles registra la competencia partidaria en ambos sistemas? ¿Qué efectos tuvieron las reformas electorales sobre el funcionamiento del sistema de partidos subnacional en Río Negro? Dando respuesta a estas preguntas, este artículo busca aportar al estudio de la interaccion del sistema de partidos nacional y un sistema de partidos subnacional, en el marco de los sistemas políticos federales o multinivel

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Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618.

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Resumen: El presente trabajo busca analizar las ideas sobre el origen de la comunidad política en el teólogo católico piamontés del siglo XVI, Giovanni Botero. El propósito, en primer lugar, es intentar delinear cuáles pudieron haber sido las influencias de la Antigüedad clásica y de la Cristiandad medieval en este pensador, tratando de vislumbrar la conexión con las tendencias aristotélico-tomistas, por un lado y las latino-ciceronianas, por otro. Y en segundo término, asimismo se buscará dilucidar cómo, a partir de estas ideas, comienzan a aparecer en este pensador católico algunas referencias que demuestran, sino un quiebre, por lo menos una cierta variación en el pensamiento político, variación que puede compararse con los cuidados necesarios, con las clásicas teorías políticas modernas. El objetivo final se enmarca en proveer un primer acercamiento a una temática compleja que en estudios posteriores puede enfocarse desde perspectivas distintas a las clásicamente estudiadas: la temática del “tránsito” entre las ideas políticas medievales y modernas.

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Resumen: A finales de la década del treinta, especialmente luego de la visita de Maritain en 1936 a la Argentina, surgieron con mucha fuerza una serie de debates dentro de los círculos intelectuales católicos argentinos. Uno de los temas tratados, entre otros, fue el valor de la democracia y, especialmente, su posible justificación como sistema político y su concordancia con las enseñanzas de la Iglesia. Sin embargo, aun aquellos que defendían la democracia no representaban un grupo homogéneo: tanto las fuentes intelectuales a las que recurrían como los fundamentos antropológicos de sus argumentaciones eran diversas. El presente artículo se propone desarrollar la defensa de la democracia que hicieron R. Pividal y A. Duhau, dos de estos intelectuales católicos. Como intentaré demostrar, aun cuando coinciden en resaltar el valor de la democracia y su plena concordancia con el catolicismo, la recurrencia a autores diversos (Maritain y a través de él la oposición a Maurras y Rousseau en un caso y Adam Smith y el Liberalismo escocés en el otro) generan que las argumentaciones de uno y otro difícilmente coincidan en mucho más que en esa positiva valoración que hacen del sistema democrático.

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Cuando nos proponemos encarar el pensamiento de un autor hay varios elementos previos que deben ser considerados. En primer lugar —aunque haciendo las veces de filólogos «amateurs»— debemos fijar el mejor texto y —en el caso que se abarque la totalidad de la obra— asegurarse no dejar nada afuera. Así ha pasado desapercibida en la comunidad científica la importantísima tesina de Don Sebastián de Benalcazar titulada «Kelsen y la aproximación historicista al derecho natural clásico», en la cual se analizan las inexactitudes en las que incurre, como consecuencia de no contar con un adecuado texto del pensamiento de Aristóteles que, honradamente, él busca analizar...

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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.

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Contenido: Editorial – La incidencia institucional en la historia de textos jurídicos / Álvaro D’Ors – El derecho indiano / Ricardo Zorraquín Becú – Apostillas en torno al tema de la responsabilidad / Carlos Raúl Sanz – El valor de la justicia en las corrientes socio-políticas modernas / Federico Mihura Seeber – Notas introductorias al estudio del pensamiento político y jurídico de San Agustín / Escolios – Documentos – Notas bibliográficas

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Contenido: Contrato internacional y comercio exterior / Raúl Alberto Ramayo – Iusta causa usucapionis / Edmundo J. Carbone -- ¿Es responsable el Estado por la actuación notarial? / Mirta Noemí Agüero – Ciencias políticas: Raíz rousseauniana y raíz calvinista en la democracia contemporánea / Orlando Juan Gallo – “Individuo”, “Sociedad” y “Estado” en el Japón de la posguerra / José Llampart – Integración América Latina – Europa / Francisco Arias Pelerano – La cooperación técnica internacional : concepto, definición y alcances / Marcelo Pablo Camusso – El nacionalismo argentino : su respuesta al problema del acceso al poder (1925-1946) / Leonardo Hekimián – Los acuerdos de integración en un sistema de interdependencia compleja (un estudio de casos: Argentina-Brasil) / Omar Alejandro Avalte – Estática y dinámica del sistema político : instrumento para el análisis del proceso político argentino / Daniel Rodríguez Lamas – Documentos – Libros comentados

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Resumen: La “Nueva Escuela del Derecho Natural” (NEDN) pretende ser una “recuperación” de la “Teoría clásica de la ley natural”. Sus principales representantes son G. Grisez, J. Finnis, J. Boyle, R. P. George y W. May. A ellos se agregan varios pensadores de Estados Unidos y Canadá como R. Shaw, R. Lawler, J. C. Ford, R. A. Connor, T. Kennedy, entre otros. Esta escuela se endilga la recuperación de la versión “auténtica” de Tomás de Aquino de la ley natural, por una reinterpretación de la misma, al entender que ella ha sido deformada por teólogos morales posteriores. En una primera etapa, el trabajo aborda las posiciones centrales de la NEDN, principalmente de Germain Grisez y John Finnis, sin desatender a sus seguidores y críticos. En segundo lugar, y por el planteo de la NEDN, se hace preciso el ocuparse de las fuentes del entredicho, a saber, el concepto de ley en Tomás de Aquino y su impostación en la naturaleza y en la racionalidad práctica.

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Contenido: Presentación – Aspectos canónicos de la sexualidad humana 25-27 octubre 1999: La sexualidad humana en el plan de Dios / L. A. Alessio – Varón y mujer : ¿igualdad de derechos? / A. W. Bunge – Importancia canónica de la primera cópula conyugal / C. I. Heredia – La escuela católica. Aspectos jurídicos-canónicos 2-3 octubre 2000: ¿Qué es la escuela católica? / A. W. Bunge – La relación de la escuela católica con los alumnos y sus padres / M. A. Fueyo – El representante legal de la escuela católica / S. Montini – Artículos: Propuestas desde la psicología para unificar criterios en la aplicación del can. 1095 / C. Baccioli – El revés de la trama de los matrimonios nulos / J. Bonet Alcón – El cuidado pastoral de una parroquia sin sacerdote : algunas cuestiones canónicas del can. 517 § 2 / A. D. Busso – Las Conferencias Trienales y el Concilio Plenario de los Obispos de la República Argentina de 1953 / N. C. Dellaferrera – El “obsequium religiosum, intellectus et voluntatis” del can. 752 (II. Parte doctrinal) / P. D. Martínez – Notas – Reseña de documentos pontificios – Legislación particular – Crónica de la Facultad -- Recensiones

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Resumen: El judaísmo, desde sus cánones y a través del análisis del conceptus, contribuye no solo a lidiar con la forma en la cual en el presente se intenta dirimir la problemática bioética del aborto, sino también a desarrollar un campo de acción y pensamiento aportando consideraciones, juicios y nociones diferentes que permiten mejorar la calidad de discusión y a su vez construir una sociedad más justa y por ende más libre.