95 resultados para Derecho público eclesiástico
Resumo:
Contenido: Editorial – La política como ciencia y como profesión / José María Medrano – La prudencia jurídica II / Carlos Ignacio Massini – La empresa pública y el logro de fines de interés público / Rodolfo C. Barra – Las causas intrínsecas del derecho / Rodolfo Luis Vigo (h) – Técnicas genéticas de fecundación en las personas de existencia visible sus implicancias éticas y jurídicas / Osvaldo Pedro Raffo Magnasco – Escolios – Documentos – Notas bibliográficas
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Derecho natural y iusnaturalismos recopila las presentaciones realizadas por prestigiosos autores con ocasión de dos encuentros iusfilosóficos internacionales, llevados a cabo por única vez –en razón de la afinidad de sus ejes temáticos– de forma conjunta, en la ciudad de Arequipa, entre el 24 y el 26 de octubre de 2012: las “VIII Jornadas Internacionales de Derecho Natural” y las “III Jornadas de Filosofía del Derecho”. Aquello da cuenta, en cierto modo, de lo que el título de la obra adelanta por sí mismo: la columna vertebral del libro, el núcleo temático que subyace en cada uno de los trabajos que lo integran es un reexamen del iusnaturalismo a la luz de las problemáticas actuales y de los principales debates jurídicos contemporáneos que ponen en jaque sus doctrinas tradicionales y exigen, muchas veces, su reinterpretación. La coordinación de la obra, a cargo de los profesores José Chávez-Fernández Postigo y Rafael Santa María D’Angelo, es minuciosa: su organización está intencionalmente pensada para acompañar al lector en un camino de comprensión simultánea del verdadero iusnaturalismo –de sus bases fundantes y de su correcta interpretación– y del contexto ideológico actual...
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Resumen: El problema de la deshumanización de la atención médica sido enfocado desde ópticas diferentes (y en diversos momentos históricos), ya sea desde la perspectiva del paciente, de los familiares o del propio equipo de salud que presta los servicios, pero no hay un estudio de las causas y de las posibles soluciones. Al realizar un recorrido de la atención profesional en el mundo de la salud observamos que solo podemos re humanizar esa atención con el compromiso directo de todos los participantes del equipo de salud para promover actos y condiciones que tengan como finalidad el respeto de los derechos humanos que se afirman en la dignidad de cada persona enferma. Creemos que esta presentación puede llevar a tomar conciencia sobre la vulnerabilidad de la intimidad en el proceso, hoy deshumanizante, de la atención profesional en el ámbito de la salud y desde este punto de partida asumiendo las responsabilidades subjetivas, sin anular la moralidad objetiva del hecho, comprometiéndonos a denunciar estas situaciones injustas y a trabajar día a día para humanizar la atención y de esta forma respetar el derecho a la intimidad.
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Resumen: El presente trabajo propone elementos para una reformulación de la enseñanza del Derecho Civil en la Argentina del Bicentenario. Parte del análisis del estado actual de la enseñanza en esta rama jurídica, con especial referencia a sus etapas históricas. Considera luego lo que se denomina “el modelo del cententario”, con particular atención a la influencia de la modernidad ilustrada y la cultura del Código. Evalúa luego la cuestión a partir de la tensión entre modernidad ilustrada y posmodernidad, proponiendo una alternativa al modelo de enseñanza surgido de la posmodernidad. Como hipótesis de trabajo propone una lectura de la denominada cultura jurídica desde los principios del derecho, y aportar así una alternativa desde la perspectiva del realismo jurídico clásico.
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Una atenta lectura del “Título Preliminar” del Anteproyecto del Código Civil y Comercial y sus Fundamentos presentado por la Comisión integrada por los Dres. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci, en cumplimiento del Decreto presidencial Nº 191/2011, muestra una cuestión relevante para la Teoría general del derecho desde el punto de vista ius-filosófico: que tal reforma integral colocará a nuestro ordenamiento jurídico privado en la vía de la llamada “constitucionalización del derecho”...
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Cuando nos proponemos encarar el pensamiento de un autor hay varios elementos previos que deben ser considerados. En primer lugar —aunque haciendo las veces de filólogos «amateurs»— debemos fijar el mejor texto y —en el caso que se abarque la totalidad de la obra— asegurarse no dejar nada afuera. Así ha pasado desapercibida en la comunidad científica la importantísima tesina de Don Sebastián de Benalcazar titulada «Kelsen y la aproximación historicista al derecho natural clásico», en la cual se analizan las inexactitudes en las que incurre, como consecuencia de no contar con un adecuado texto del pensamiento de Aristóteles que, honradamente, él busca analizar...
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Resumen: En las últimas décadas, mientras en el pensamiento mo - ral asistimos al panorama sobre las últimas consecuencias del relativismo, en el derecho se ha ido conformando un nuevo paradigma: el “Estado de derecho constitucional” cuyo fundamento se halla en la defensa de los derechos humanos y en el principio democrático en la organización social. Para poder comprender tal nuevo modelo sobre el derecho se hace necesario analizar previamente los fundamentos filosóficos en que se sustenta, caracterizados por la dialéctica modernidad- posmodernidad. La modernidad asentada en el desencantamiento del mundo, la descontextualización del saber y el subjetivismo; y la posmodernidad que le ha agregado la instrumentalización de la razón, el aumento del nominalismo lingüístico y un mero pragmatismo han generado el nacimiento de una “nueva ética” totalmente individualista y un neo-constitucionalismo que ha colocado a la Constitución, fundada en los derechos individuales y en la democratización de la vida pública, en el núcleo del pensamiento jurídico actual. Frente a tal panorama, se indican a modo de contribución académica, las ventajas y desventajas o peligros que tal modelo jurídico- político lleva implícito.
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Resumen: En su tercer número el Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan temas teóricos y de política económica con respecto al ámbito institucional. En la primera, Retenciones, Bienes Públicos y Desarrollo Económico, Ernesto O’Connor, aborda la compleja situación que está sufriendo el país, el reclamo del campo/interior por las retenciones y la política agropecuaria. Como sabemos, el Estado debe proveer bienes públicos ante las distintas fallas de mercado, así el gasto público social es un objetivo impostergable del mismo. La clase política ofrece los bienes públicos que manifiestan las preferencias de la población. Pero la clase política no paga el costo de la prestación de los bienes públicos, sino que recauda impuestos. El reclamo del campo/interior por más fondos descentralizados y propios requiere de una serie de respuestas concretas que permitan retomar un sendero de crecimiento, con inflación a niveles internacionales; en fin, definir un programa de desarrollo de largo plazo que no debería dejar de girar en torno a una nueva política agroindustrial nacional, que abarque a todas las economías regionales del país. En la segunda columna, Redistribución del Ingreso y Función Pública, Gerardo Sanchís Muñoz, se enfoca en un tema igualmente relevante: la “redistribución del ingreso” en Argentina. El autor sostiene que la brecha entre ricos y pobres puede disminuir siempre y cuando exista un estado autónomo, y eficiente, que aplique la ley en forma imparcial. Destaca tres clases de redistribución del ingreso, la primera estructural, la segunda una redistribución directa a través de transferencias de emergencia y la tercera gravar mediante impuestos indirectos coyunturales. Finalmente señala que en Argentina se lleva a cabo la segunda y tercera en mayor medida debido a la falta de un aparato administrativo idóneo con agentes sociales profesionales de carrera. En la tercer columna, Necesitamos un Estado Fuerte y Limitado, Marcelo Resico, parte de la idea de que un Estado Moderno debe ser fuerte para sostener su independencia de los diversos grupos de presión, y al mismo tiempo limitado para no excederse ni abusar en las funciones que desempeñan. En este sentido existen varios puntos que cumplir, a saber: la existencia de una visión estratégica, consensos sobre políticas de largo plazo, independencia de los grupos de presión, prevalencia de las reglas por sobre la discrecionalidad, el fomento de la subsidiariedad-participación, la excelencia de la función pública, y la lucha contra la corrupción. Así, partiendo de instituciones sólidas y transparentes, estabilidad política, la eficacia del gobierno, la calidad de las regulaciones, el estado de derecho, y ampliar la participación de la ciudadanía se puede lograr un Estado Moderno, es decir fuerte y limitado.
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Contenido: Editorial : veinte años de la revista fundada por el Dr. Santiago de Estrada – Derecho Eclesiástico: Condición jurídica del Estado de la Ciudad del Vaticano / Ariel David Busso – Derecho Comercial: La empresa y las responsabilidades emergentes de la competencia desleal / Isabel Miguez – Presentación en concurso preventivo de una (ex) entidad financiera / Javier Armando Lorente – La contenciosidad del procedimiento concursal / Claudio A. Galli – Panorama de la cooptación en el directorio privado en el Derecho Comparado / Mariano Gagliardo – Sobre los fundamentos: Teoría política de la costumbre y de la codificación : Montesquieu y la doble cultura jurídica en la antigua Francia / Paul-Ludwig Weinacht (traducción del Prof. Dr. Hugo Laitenberger) Universidad de Würzburg – Las certezas del sentido común y los caracteres esenciales de la pena / Mauro Ronco. Universidad de Modena, traducción de Alfredo Battaglia y comentario de Luis María Rizzi: “La pena como retribución y redención” – In memoriam – Documentos: Portada, índice y primer editorial del Nº 1 de “Prudentia Juris” en agosto de 1980 -- Recensiones
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Resumen: La “Nueva Escuela del Derecho Natural” (NEDN) pretende ser una “recuperación” de la “Teoría clásica de la ley natural”. Sus principales representantes son G. Grisez, J. Finnis, J. Boyle, R. P. George y W. May. A ellos se agregan varios pensadores de Estados Unidos y Canadá como R. Shaw, R. Lawler, J. C. Ford, R. A. Connor, T. Kennedy, entre otros. Esta escuela se endilga la recuperación de la versión “auténtica” de Tomás de Aquino de la ley natural, por una reinterpretación de la misma, al entender que ella ha sido deformada por teólogos morales posteriores. En una primera etapa, el trabajo aborda las posiciones centrales de la NEDN, principalmente de Germain Grisez y John Finnis, sin desatender a sus seguidores y críticos. En segundo lugar, y por el planteo de la NEDN, se hace preciso el ocuparse de las fuentes del entredicho, a saber, el concepto de ley en Tomás de Aquino y su impostación en la naturaleza y en la racionalidad práctica.
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Contenido: Presentación – Aspectos canónicos de la sexualidad humana 25-27 octubre 1999: La sexualidad humana en el plan de Dios / L. A. Alessio – Varón y mujer : ¿igualdad de derechos? / A. W. Bunge – Importancia canónica de la primera cópula conyugal / C. I. Heredia – La escuela católica. Aspectos jurídicos-canónicos 2-3 octubre 2000: ¿Qué es la escuela católica? / A. W. Bunge – La relación de la escuela católica con los alumnos y sus padres / M. A. Fueyo – El representante legal de la escuela católica / S. Montini – Artículos: Propuestas desde la psicología para unificar criterios en la aplicación del can. 1095 / C. Baccioli – El revés de la trama de los matrimonios nulos / J. Bonet Alcón – El cuidado pastoral de una parroquia sin sacerdote : algunas cuestiones canónicas del can. 517 § 2 / A. D. Busso – Las Conferencias Trienales y el Concilio Plenario de los Obispos de la República Argentina de 1953 / N. C. Dellaferrera – El “obsequium religiosum, intellectus et voluntatis” del can. 752 (II. Parte doctrinal) / P. D. Martínez – Notas – Reseña de documentos pontificios – Legislación particular – Crónica de la Facultad -- Recensiones
El judaísmo frente al problema bioético del aborto : la vigencia del postulado frente a todo derecho
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Resumen: El judaísmo, desde sus cánones y a través del análisis del conceptus, contribuye no solo a lidiar con la forma en la cual en el presente se intenta dirimir la problemática bioética del aborto, sino también a desarrollar un campo de acción y pensamiento aportando consideraciones, juicios y nociones diferentes que permiten mejorar la calidad de discusión y a su vez construir una sociedad más justa y por ende más libre.
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La Constitución Nacional tiene, como ley fundamental, una dimensión externa que conforma lineamientos sustantivos en materia de derecho y de relaciones internacionales. En este trabajo se intentará plantear algunos de los temas puntuales que emergen de la Constitución en materia de derecho internacional público y los enlaces con el ordenamiento jus internacionalista. Estos son básicamente dos: la recepción del derecho internacional general y del derecho convencional. La reforma de 1994 ha modificado algunos de estos vínculos, apartándose de la Constitución madre que es la de los Estados Unidos, tanto en el texto como en la interpretación; e introduciendo algunas complicaciones, en mi opinión, innecesariamente...
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Introducción: El aborto es un tema que genera diferentes opiniones en nuestro país y en todo el mundo. Es una problemática que no se reduce a lo jurídico, sino que implica connotaciones políticas, sociales, culturales, económicas y religiosas1. En el presente artículo nos proponemos aclarar la aparente disyuntiva que se presenta entre el derecho a la vida del niño por nacer y los derechos de la madre, como su libertad de elección, su privacidad y su salud, circunscribiendo el análisis al derecho argentino, aunque se hará especial referencia al precedente norteamericano, Roe v. Wade. En este sentido, en un primer momento haremos mención de la protección legislativa y jurisprudencial de cada uno de los derechos mencionados, para luego tratar de dar respuesta a la disyuntiva propuesta en el título del presente artículo: ¿existe el derecho a abortar? ¿Puede ser restringida la vida en el comienzo de su desarrollo? ¿Qué ocurre en caso de riesgo en la salud de la madre?
Resumo:
"El empleo en la Argentina se enfrenta en 2014 a una recesión y destrucción de puestos de trabajo del sector privado. En tanto, el sector público actúa como amortiguador del proceso, con creación de empleo en los tres niveles de gobierno. Con todo, el desempleo total crece de la mano de la caída en la actividad económica. ¿Es neutral el proceso de reemplazo de empleo privado por nuevos puestos de trabajo en el sector público?..."