184 resultados para fobia a los exámenes


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Resumen: El Dr. Juan Bautista Alberdi, abogado, jurista, periodista, tratadista de derecho comparado, constitucionalista, economista, legislador y político, es considerado una figura insoslayable en la inspiración de las instituciones políticas, sociales y económicas de la organización nacional de la República Argentina durante el siglo XIX. De hecho se lo sindica como la fuente primaria, principal y casi excluyente de la constitución de la República Argentina que fuera aprobada por el Congreso de 1853, si se toma a sus trabajos de derecho comparado,. Complementariamente, concibió un tratado sobre “El sistema económico y rentístico” que aconsejaba adoptar a la Confederación, en el cual se encuentra una gran cantidad de puntos de vista económicos que se pueden considerar muy relevantes al sistema económico a adoptar por la nación. Con posterioridad, en diferentes fechas, e incluso en forma póstuma, se dieron a conocer más trabajos suyos en los que abordaba cuestiones económicas importantes. Dada su formación, que puede considerarse anterior a la del fundador de la Escuela Austriaca, (ya que, aunque en cierto aspectos fueron contemporáneos, la vida de Alberdi se inicia y termina unos 30 años antes que la de Menger), y considerando la barrera del idioma y otras cuestiones que pueden separarlos, la idea de este trabajo es tratar de investigar sobre los puntos de contacto entre ambas corrientes del pensamiento. La intención de esta investigación es doble: Por un lado, abrir un camino de estudio y dar a conocer a otros ámbitos, el pensamiento del Genial Tucumano, y su vigencia en el tiempo. Por otro lado, y ya, de una mayor complejidad y dando lugar a mayor controversia, analizar otro aspecto. Esto es, si dada la actual revalorización del pensamiento austriaco, especialmente en lo relativo a su teoría del ciclo económico, por un lado, y la proverbial inestabilidad mostrada por la economía argentina, al menos en los últimos 80 años, se puede intentar, retornando a los valores Alberdianos rescatar un ordenamiento institucional, que por encontrarse en la esencia de su pensamiento y por ende ser absolutamente compatible con el espíritu fundacional de nuestra constitución, permita además un fortalecimiento institucional del funcionamiento económico argentino.

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Querido hermano: Próximamente tendrá lugar, en esa Pontificia Universidad Católica Argentina, y bajo la dirección del Decano de la Rota Romana, Mons. Pio Vito Pinto, un curso sobre los procesos matrimoniales...

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Resumen: El presente trabajo aborda un tema concreto: el motivo u objeto con que el maestro y erudito español Benjamín de Tudela (1130-1173) abandona momentáneamente su país, España, para realizar un viaje de más de diez años por el Mediterráneo, el Asia Menor, el Medio Oriente y, aunque es menos probable, el Lejano Oriente. El corpus a considerar es su Libro de viajes (1160-1173), uno de los más completos y didácticos cuadernos de bitácora de la literatura occidental. Esta obra, que ha tenido grandes incidencias en la educación judía de siglos posteriores, es considerada hasta hoy como uno de los primeros documentos demográficos de las comunidades judías de la diáspora. Una vez identificados los motivos que impulsaron un periplo de tal calibre, procederé a analizar básicamente dos. Por un lado, la misión didáctica que él mismo se ha atribuido en consonancia con el precepto que ordena la transmisión intergeneracional de la fe y sus valores. Por otro lado, infiero un motivo que califico como de origen divino o sobrenatural, y que comparo con el viaje de Abraham desde Ur de Caldea hasta la Tierra Prometida. Para desarrollar este punto parto de un fragmento de la Biblia denominado en la tradición judía Lej lejá (Génesis XII:1-XVII:27), del que tomo los dos versículos iniciales, y aplico un análisis hecho por la licenciada y rabina Silvina Chemen con motivo del diálogo interreligioso.

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Resumen: El autor se propone recordar el sentido verdadero de la doctrina de los actos intrínsecamente malos y el marco conceptual desde el que es interpretada. Para precisar el lugar fundamental de la perspectiva desde la cual se reflexiona acerca del acto moral considera las implicancias de la así llamada “perspectiva de la tercera persona” y del proporcionalismo, que asumen un punto de vista exterior al acto mismo, y la reafirmación que VS hace de dicha doctrina, en la perspectiva más propia para la apreciación de los actos humanos desde el punto de vista moral: la perspectiva de la persona que actúa, denominada “perspectiva de la primera persona”, que pone de relieve el carácter intencional de las acciones humanas. En ese marco, se presenta al objeto moral en referencia al orden de la razón o al bien global de la persona humana y, en él, la aprehensión que hace la razón práctica de la “ordenabilidad” de los actos humanos al bien y al fin último que es Dios, la intencionalidad y autorreferencialidad propia de los actos del libre obrar humano, y el concepto personalista y relacional de acto intrínsecamente malo.

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Resumen: Son numerosas las fuentes literarias que dan cuenta de los raptos de doncellas llevados a cabo por animales, de cuya unión se desprenden a su vez los nacimientos monstruosos de niños que reciben cualidades de su padre-animal, tanto físicamente como en su carácter, aunque en ocasiones lleguen a conservar en gran parte su apariencia antropomórfica. Historias de este tipo se propagan durante los siglos xv y xvi en libros de misceláneas y casos extraños, pero continúan aún vivos en los siglos posteriores, cuando adquieren nuevas formas y variantes a través del folklore, la narrativa y la lírica popular. Analizaremos particularmente los raptos ejecutados por el oso y el simio, dos animales en los que el hombre del Medioevo vio especialmente la lujuria.

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En este número de Empleo y Desarrollo Social se discute la problemática de la mortalidad infantil en la Argentina. A pesar de los avances, los niveles actuales son demasiados altos para el grado de desarrollo del país y el gasto público que se destina a la salud. En general, se tiende a atacar al problema con acciones de prevención y atención primaria materno-infantil, mientras una acción tan básica y estratégica como la provisión universal de servicios de agua potable y cloacas permanece fuera de la agenda. En el presente informe se presentan algunas recomendaciones orientadas a mejorar la eficiencia en el uso de los recursos que se destinan a ambas áreas

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Resumen: El presente trabajo investiga la actuación de la Embajada de España con respecto a la entrada a la Argentina de inmigrantes con antecedentes anarquistas durante fines del siglo XIX y los primeros dos años del siglo XX. Registra además el interés por seguir los movimientos de dichos inmigrantes en el país. Se destaca el rol de la documentación diplomática, mediante la cual la Embajada española se mantenía en permanente contacto con el gobierno central, con las autoridades argentinas y con los consulados del interior para intercambiar información. A través de las fuentes se puede observar la labor de “inteligencia ideológica” que se realizó y el detallado conocimiento que se tenía sobre los anarquistas, sus vías de traslado hacia nuestro país, sus profesiones, paraderos, domicilios, relaciones, y las minuciosas descripciones físicas de los sospechados. En esta política se nota la coparticipación entre la Embajada de España y las instituciones argentinas para desligarse de elementos que denominaban “no deseados”. También se consideran las relaciones entre el anarquismo argentino y el español, así como la importancia de la prensa revolucionaria, aun sobre la misma España. La vigilancia que ejercía la Embajada española sobre los inmigrantes, el control sobre los anarquistas españoles en la Argentina y la influencia de éstos sobre los sucesos de la Península demuestran a las claras la preocupación del gobierno hispano en la cuestión.

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En números anteriores de Empleo y Desarrollo Social se han examinado las características y problemas de la informalidad laboral entre los asalariados, la cual alcanza al 43% de los trabajadores del sector privado. De acuerdo con la información disponible, la informalidad es aún mayor entre los trabajadores independientes, llegando al 70% en el Gran Buenos Aires. Según un relevamiento realizado por el Ministerio del Trabajo, esto se debería fundamentalmente al alto costo y la poca utilidad que se asocia a la registración laboral. Una realidad que refuerza la necesidad por rediseñar las políticas públicas para incentivar la formalidad y reducir la vulnerabilidad social de este segmento, por ejemplo a través de una reforma del sistema jubilatorio actual que permita extender la cobertura a la totalidad de las personas

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Estudiar los medios de comunicación significa estudiar al hombre, la sociedad en la que vive, su evolución y las perspectivas de desarrollo futuro. Después de haber puntualizado brevemente los avances tecnológicos salientes en la historia del hombre y de haber identificado las características más relevantes de las diversas redefiniciones antropológicas que siguieron a la introducción de algunos nuevos medios, nos detendremos principalmente en el estudio de las peculiaridades de los instrumentos de comunicación de masa más modernos, de la fotografía al cine, de la televisión a Internet. El objetivo principal de este aporte, lejos de querer proveer sistemas teóricos definitivos, es trazar un conjunto coherente de temáticas capaces de suscitar nuevas y proficuas cuestiones y de promover un debate abierto a los más diversos aportes, con particular atención a los avances de las comunicaciones telemáticas.

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Resumen: El artículo recuerda que las circunstancias atenuantes, eximentes y agravantes deben ser tenidas en cuenta por el juez de acuerdo a la norma canónica. Si el legislador las ha puesto es porque obedecen al espíritu del Derecho Penal Canónico y no pueden dejarse de lado en el delito de los clérigos contra el sexto mandamiento cometido con menores. Lo mismo ocurre con el discernimiento acerca de la imputabilidad de un clérigo en estos delitos, que debe hacerse con objetividad y según la ley canónica. Algo que ninguna normativa posterior ha cambiado al respecto.

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Resumen: El apoyo constante de la realeza a los monasterios en la Edad Media no se vio interrumpido en época de crisis, como la vivida en las postrimerías del reinado de Alfonso X y los comienzos del de Sancho IV, en la que algunos monasterios tradicionales participaron en la Hermandad. Del conflicto realengo- abadengo se sustrae así la realeza hispánica siempre atenta a favorecer a las comunidades monásticas, bastión y símbolos de la espiritualidad medieval así como ordenadoras del espacio y de la vida económica de la región en que se asentaban.

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Resumen: El presente artículo aborda el tema del estatuto de la persona humana desde distintas concepciones: 1) la concepción política del constructivismo contractualista de Rawls; 2) la concepción relacional de la hermenéutica de Kauffmann; 3) la concepción ontológica del iusnaturalismo clásico de Hervada. Una vez analizadas las distintas concepciones aborda cómo se aplica al caso del embrión humano y cuáles son las consecuencias éticas y jurídicas de cada una de estas posiciones.

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Resumen: El autor propone en este artículo reflexionar sobre algunos aspectos del libro The Idea of Justice de Amartya Sen a la luz d e la obra del filósofo italiano Antonio Rosmini, difusor de la expresión “justicia social” en los orígenes del pensamiento social católico. En primer lugar, el autor muestra las coincidencias de Sen y Rosmini sobre el lugar de la razón en el análisis de la idea de justicia social frente a los planteos puramente emocionales y pragmáticos. En segundo lugar, propone una comparación entre las críticas que desarrollan Sen y Rosmini a las denominadas por el primero “teorías trascendentales” de la justicia y a los llamado s “cambios estructurales” así como la necesidad de cambios graduales para llegar a una sociedad justa. En tercer lugar, intenta mostrar cómo la opción por las personas y sus capacidades elegida por Sen puede ser iluminada y profundizada desde la teoría rosminiana de las capacidades. En cuarto lugar, describe el giro cognitivo que propone Sen para las instituciones y las políticas públicas. Finalmente, el autor enuncia algunas objeciones que pudieran hacerse al planteo propuesto en el artículo junto con unos comentarios finales sobre las mismas.

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Resumen: La Antigone de Sófocles y el Corpus Hippocraticum delinean ya los rasgos propios del derecho natural. La ética de Aristóteles, luego, ofrece una primera noción explícita del derecho natural, que San Alberto Magno comenta en Super ethica. Sin embargo, en De inventione de Cicerón el teólogo alemán encuentra su definición de derecho natural: “lo que cierta fuerza innata introdujo”. En De bono V q. 1 San Alberto determina los alcances de esta definición y completa una presentación acabada de la noción de derecho natural. También advierte San Alberto que el hombre, con respecto a la ciencia del intelecto práctico, se encuentra doblemente en potencia. Primero, está en potencia de conocer los principios primeros de esta ciencia y, segundo, una vez conocidos éstos, se encuentra en potencia de inferir a partir de ellos las conclusiones de la ciencia práctica. Poseídas estas conclusiones, finalmente, el hombre está en potencia de aplicarlas en la acción práctica. Intrigado por el modo en que los primeros principios son conocidos, San Alberto advierte que el conocimiento de las nociones correspondientes a estos principios sólo accidentalmente debe ser atribuido al descubrimiento o determinación de los nombres con los que llamamos a estos principios. En verdad, es necesaria la intervención de la luz del intelecto agente para llevar al acto el conocimiento de los principios. En este punto el discurso de San Alberto retorna a la definición ciceroniana: aquella fuerza innata que introduce el derecho natural no es otra que la luz del intelecto agente.

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En el presente trabajo nos proponemos abordar algunos aspectos relacionados con las restricciones, los privilegios y la violencia, que se implementaron sobre los mudéjares de Castilla, Aragón y Valencia. En relación con los primeros, daremos cuenta del endurecimiento legal –real y eclesiástico– que se desplegó hacia los moros hispánicos y que regló casi todos los aspectos del vivir cotidiano y de sus prácticas religiosas. Sin embargo, los mudéjares y sus aljamas en algún área en particular, fueron sujetos de privilegios reales. Es por esto que analizaremos restricciones y privilegios como dos caras de un mismo proceso que se desplegó durante el tránsito de la baja edad media. Finalmente, indagaremos sobre los episodios de violencia hacia los mudéjares contrastando particularidades regionales, para conectar estos sucesos con la segregación y la restricción.