183 resultados para Sistema literario argentino
Resumo:
Resumen: Las pautas que regulan la competencia por el acceso al poder son aspectos centrales para abordar el funcionamiento del sistema político democrático, las cuales se multiplican en un sistema federal o multinivel. Tras la apertura democrática el sistema político argentino redefinió su funcionamiento frente a la mayor autoridad de las provincias en materia de implementación de políticas públicas, recursos fiscales e independencia electoral respecto de la esfera nacional. La territorialización de la política (o desnacionalización) en parte explica los cambios sufridos por el bipartidismo nacional (PJ-UCR), el surgimiento de nuevos partidos políticos y la construcción de nuevas identidades políticas. Hasta el 2011, Río Negro fue de los pocos distritos con partido predominante diferente al partido predominante a nivel nacional, y el único que gobernó la Unión Cívica Radical de forma ininterrumpida desde 1983. El presente trabajo busca explorar el funcionamiento del sistema político rionegrino en el contexto de desnacionalización a partir de los siguientes interrogantes. ¿Cuán congruente o incongruente es el sistema de partido rionegrino al nacional? ¿Qué niveles registra la competencia partidaria en ambos sistemas? ¿Qué efectos tuvieron las reformas electorales sobre el funcionamiento del sistema de partidos subnacional en Río Negro? Dando respuesta a estas preguntas, este artículo busca aportar al estudio de la interaccion del sistema de partidos nacional y un sistema de partidos subnacional, en el marco de los sistemas políticos federales o multinivel
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En este número de Empleo y Desarrollo Social analizamos la evolución que ha experimentado el sistema previsional argentino en su permanente búsqueda por una mayor solidaridad, equidad y sustentabilidad. Mas allá de que unos 5 millones de trabajadores informales no tienen ninguna protección para su vejez, el principal problema del sistema ha sido la licuación de los beneficios, lo que se traduce en que actualmente un 76% de los jubilados sólo cobran un haber mínimo de $690. Por otra parte, el gasto previsional se incrementó fuertemente en 2007 y la situación financiera del sistema de reparto es precaria, ya que más del 50% de los recursos provienen de impuestos no vinculados a los salarios. La eliminación del sistema de capitalización implica un alivio financiero de corto plazo, pero no resuelve los problemas estructurales del sistema
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Resumen: En su cuarto número el Informe de Economía e Instituciones cuenta con tres columnas que abordan cuestiones teóricas y de política económica relacionadas con la temática de la economía y las instituciones. En la primera columna, Un nuevo escenario para el sistema previsional de la argentina, se aborda la modificación en el sistema previsional argentino, resaltando que a partir de noviembre de 2008, los trabajadores argentinos perdieron el derecho a la “libre opción” entre un régimen de reparto y uno de capitalización. Para lograr hacer un juicio crítico se examinan los sistemas previsionales existentes en Chile, Brasil, Perú y Uruguay, y el impacto de las recientes reformas introducidas en Argentina. Asimismo, Argentina, posee una larga historia de postergar a los jubilados y usar recursos del sistema previsional para otros fines dejando de proporcionar una protección que le permita a toda la población mayor vivir en condiciones dignas sus últimos años de vida. Se concluye afirmando la necesidad de una reforma que contemple los elementos estructurales de largo plazo en lugar de las necesidades más coyunturales. En la segunda columna, ¿Ciudadanía sin participación?, analiza los datos de la Encuesta de la Deuda Social Argentina (EDSA), realizada por el Observatorio del mismo nombre de la UCA. En ellos se verifica que en argentina, como ocurre en buena parte de Latinoamérica, existe un elevado grado de desconfianza en el gobierno y poca participación de los ciudadanos que permita fortalecer la cohesión social y el desarrollo de las virtudes ciudadanas. Dichos niveles de confianza pueden estar indicando la presencia de democracias débiles y la falta de calidad gubernamental. Esto lleva a un menor involucramiento de los ciudadanos en la vida social y política, afectando de esta manera la calidad de la representación republicana. Mientras más participen los ciudadanos en la vida democrática, mayores serán los canales de comunicación entre éstos y sus gobernantes y de esta forma los últimos contarán con el reconocimiento necesario para resolver los problemas y dificultades sociales. En la tercera columna, Algunas cuestiones del debate institucional, el tema tratado es la inestabilidad institucional del sistema político argentino. Se parte de la aparente paradoja consistente en que la creciente debilidad de las instituciones parece compatible con la continuidad del sistema político. Se enuncian tres cuestiones que se encuentran en la base de la discusión sobre la “re-institucionalización” argentina: la perdurabilidad de la situación de emergencia, la proliferación de instituciones sin arraigo en la cultura subyacente y la adaptabilidad de los “modelos institucionales” disponibles. Las tres cuestiones poseen un defecto común de suponer que las instituciones son meras creaciones del poder. Sin embargo, en definitiva, se generan a través de procesos históricos de aprendizaje social.
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Resumen: Conferencia destinada a analizar el texto de Carlos Vega a la luz de algunos antecedentes producidos por el mismo autor sobre la materia y de textos de otros autores citados en la bibliografía.
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII : Actas de las X Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2011, y de Homenaje al Quinto Centenario del Cancionero General de Hernando del Castillo.
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Resumen: El presente ensayo consiste en un estudio de la evolución histórica de la economía argentina, enfatizando la interacción entre políticas económicas aplicadas y las instituciones que les dan fundamento. La exposición asume como hipótesis que la inestabilidad económica argentina, que se agudiza y se distancia del promedio respecto de los demás países luego de la segunda posguerra, aparte de los factores estrictamente económicos, debe explicarse, asimismo, a partir de la influencia de condiciones institucionales.
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Contenido: El derecho natural / A. D. Busso – El matrimonio en las sinodales del Obisplo Trejo / N. C. Dellaferrera – Las primeras reuniones del episcopado argentino, y algunos documentos “extravagantes” / C. I. Heredia – El “obsequium, intellectus et voluntatis” del canon 752 / P. D. Martínez – Notas – Jurisprudencia – Actualidad – Legislación particular argentina -- Recensiones
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"En esta nota se revisan algunas tendencias recientes del comercio mundial, y la perspectiva reciente del comercio exterior argentino de bienes. Según datos de la OMC, el crecimiento del comercio mundial se había reducido 2,0% en 2012 – frente al 5,2% registrado en 2011 –, para luego mantener un ritmo lento durante 2013 a causa de la reducción de la demanda mundial de importaciones, asociada a la desaceleración económica europea. La desaceleración del comercio en 2012 y 2013 ha sido atribuida principalmente al lento crecimiento de las economías desarrolladas y cierta incertidumbre acerca del futuro del euro, hoy en buena medida superada. La escasa producción y el elevado desempleo en los países desarrollados, junto a una mayor inequidad y situaciones de pobreza derivadas de la crisis, redujeron las importaciones y el crecimiento de las exportaciones en las economías desarrolladas y en desarrollo. La evolución económica más favorable registrada en Estados Unidos en 2013 se vio contrarrestada por la persistente debilidad de la Unión Europea, donde las economías periféricas de la zona euro siguieron experimentando dificultades e incluso las principales economías de la zona continuaron en recesión..."
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Resumen: Los avances del liberalismo conmovieron, en buena medida, a la filosofía cristiana. Efectivamente él consagró el valor de la libertad como aspiración máxima y, en su nombre, se intentó sacudir el yugo de la autoridad y la Iglesia no quedó al margen, por lo que los católicos se replantearon muchas de sus posiciones, a fin de poder brindar las respuestas sociales que la sociedad estaba reclamando. Fue así que apareció la tercera escolástica, concebida como un movimiento de renovación contra el liberalismo que lo había invadido todo. Los propulsores de esta corriente decidieron restaurar en las escuelas y universidades la filosofía de Santo Tomás. La Argentina sufrió también las embestidas del liberalismo, lo que impulsó a los católicos a prepararse para plasmar soluciones en las más diversas áreas, con la idea de fondo de imponer el catolicismo como el principio organizador del medio social, argumentando que esa había sido la tendencia histórica en el país. Así fue como la tercera renovación escolástica, o neotomismo, penetró en la Argentina a fines del siglo XIX y en el XX, y se impuso tanto entre los seminaristas como en la Universidad de Córdoba y particularmente en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Durante los últimos años del otoño decimonónico la neoescolástica estuvo presente en muchas de las tesis presentadas en la Facultad de Derecho, siguiendo, en este aspecto, una tradición de la universidad cordobesa, la que predominaba también entre ciertos profesores. En este trabajo rastreamos los fundamentos del poder político que se encuentran en esos trabajos, refiriéndonos, por un lado, a la visión del grupo sobre el orden, a la igualdad y el progreso y, por otro, a los derechos del hombre.
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Contenido: La anorexia y la bulimia como causas psicopatológicas de nulidad matrimonial / C. Baccioli – El acuerdo de 1957 / R. Bosca – Algunas consideraciones acerca de las presunciones jurídicas : aportes de la filosofía del derecho canónico / A. D. Busso – Los nuevos movimientos eclesiales y su encuadramiento canónico en la Iglesia particular / M. D. Colombo – Las relaciones diplomáticas entre el gobierno argentino y la Santa Sede : notas históricas sobre un posible concordato (1853-1892) / J. G. Durán – Abusos sexuales cometidos por clérigos y admisión al Orden Sagrado ¿un problema de homosexualidad? / R. D. Medina – Obispos y sexualidad : los cánones de Elvira como instrumento de disciplinamiento social / S. Panzram – Requisitos de prueba, la exigencia de un mínimo de prueba y la notoriedad en el derecho procesal medieval (siglos IX-XII) / M. Schmoeckel – Algunas consideraciones alrededor del canon 221 / H. A. von Ustinov – Notas – Documentos – Sentencias – Actualidad – Recensiones
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Las últimas décadas de la Política Criminal en Argentina, al menos en lo que se ha plasmado de modo asistemático dentro de la codificación penal, se inscriben en el marco de discusión sobre la crisis del Derecho Penal. Como he señalado en otras oportunidades, resulta paradójico hablar de crisis penal cuando al mismo tiempo se describe su expansión1 constante2. Esa aparente contradicción, en verdad, lo que indica es la transformación del Derecho Penal3. Lo que ha ingresado en una crisis evidente es la comprensión del sistema penal a partir de ciertos criterios propios de la matriz ilustrada del mismo. Por lo demás, se han elaborado nuevas formas de comprensión del fenómeno punitivo que ya no responden a esos cánones originarios. Al respecto han mutado los fundamentos, fines, métodos científicos y estructuras de concreción legislativa de la reacción penal. Por eso, si bien resulta imposible dar cuenta precisa de los cambios suscitados en el Derecho Penal de la Argentina en estos últimos treinta y cinco años, si se atiende de manera sumaria y con cierto grado de discrecionalidad a algunos de esos aspectos, es factible brindar un panorama de lo que ha sucedido. A modo de introducción, cabe advertir que la Argentina no ha estado ajena, en buena medida, a las líneas que han motorizado las nuevas respuestas penales a nivel comparado, sobre todo en el área continental. La “metamorfosis” del orden penal no solo expresa aspectos vinculados a las decisiones legislativas, esto es, de Política Criminal, sino que integra además los cambios en la dogmática penal...
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Contenido: Los requisitos psicológicos en el penitente y en el confesor para la eficacia del Sacramento de la Reconciliación / C. Baccioli – La belleza de la verdad sobre el matrimonio : comentario al discurso del Santo Padre a la Rota Romana el 27 de enero de 2007 / J. Bonet Alcón – Servidores de la verdad : la función pastoral de los patronos en los juicios de nulidad matrimonial / A. W. Bunge – Los derechos y las obligaciones del clérigo en la sociedad civil a la luz del Código de Derecho Canónico / A. D. Busso – El celibato : don, propuesta y tarea. (La necesaria madurez humana y el Derecho) / J. Fronza – Iglesias, medios de comunicación y libertad religiosa en la República Argentina / J. G. Navarro Floria – El régimen canónico de los bienes de propiedad de las personas jurídicas privadas / H. A. von Ustinov – Notas – Sentencias – Actualidad – Recensiones
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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...
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Resumen: El presente artículo analiza y compara el discurso verbal de El Grito Argentino (1839) y Muera Rosas! (1841-1842), dos periódicos antirrosistas publicados en Montevideo por jóvenes intelectuales emigrados de la “generación del 37”. Distribuidos secretamente en Buenos Aires y las provincias del litoral, su propósito era movilizar a los sectores antirrosistas en contextos de crisis del gobierno de Juan Manuel de Rosas. Este estudio focaliza especialmente en los distintos recursos proselitistas empleados así como el público al que ambos estaban destinados. Con el apoyo de fuentes históricas y correspondencia de la época, el artículo también aborda las relaciones que los jóvenes emigrados mantenían entre sí y con los dirigentes unitarios también exiliados en la Banda Oriental.