982 resultados para PROCEDIMIENTO ORAL


Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Trata sobre la aplicación del procedimiento oral en materia laboral en el Ecuador, a través de la audiencia preliminar, dirigida por el Juez de Trabajo, considerando la trascendencia que este sistema tiene en el derecho procesal, en función de la simplicidad, uniformidad, eficacia y agilidad, que permite fortalecer el estado social de derecho. En el capítulo primero establecemos aspectos históricos del proceso, aspectos doctrinarios del proceso civil y laboral, y las características e importancia de este último. En una segunda parte tratamos la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas, como la primera expresión de la oralidad; determinamos sus objetivos, tendientes a establecer el objeto procesal y la solución, a remediar incidentes, a fijar pruebas; destacándose la conciliación, que persigue la finalización de las controversias, y fijamos también sus momentos procesales. Finalmente, revisamos la prueba, los diferentes medios, la práctica, la importancia de solicitarla oportunamente, la oficialidad, en función del interés social y de brindar plenos elementos de convicción al juzgador, tendiente a resolver con total seguridad la controversia. Se enfatiza que la audiencia preliminar pretende la solución de los conflictos laborales mediante un procedimiento rápido y eficaz, contando con una destreza forense apropiada, donde las partes alegan verbalmente, procurando efectivizar el derecho de los trabajadores, acorde a los principios del derecho social.

Relevância:

80.00% 80.00%

Publicador:

Resumo:

En la Asamblea Nacional Constituyente de 1998, al expedirse la Constitución Política, en el Art. 194 se adoptó el sistema oral sobre la base de los principios procesales de presentación y contradicción de la prueba, dispositivo, concentración e inmediación y otros que de manera expresa constan en la Carta Fundamental, como el principio del sistema - medio constante en el Art. 192. Del modo como la doctrina conceptualiza al principio dispositivo por su naturaleza, limita al juez y tribunales el que éstos puedan disponer de oficio la práctica de pruebas, sin embargo de lo cual, en el Código del Trabajo se ha prescrito que el juez y los tribunales de última instancia puedan disponer ese tipo de pruebas, lo cual ha generado dudas y debates sobre aquello. A efecto de generar mayores niveles de seguridad jurídica y teniendo en cuenta el principio protector que tutela el derecho del trabajo, sería trascendente que al mismo nivel constitucional se contemple la facultad a jueces y tribunales de última instancia para que dispongan la práctica de pruebas de oficio cuando lo creyeren necesario, a fin de que la legislación ordinaria lo desarrolle con claridad y con ello se ponga fin a las dudas existentes y a un debate que está hasta hoy latente.

Relevância:

70.00% 70.00%

Publicador:

Resumo:

En Ecuador, la vigencia del código de procedimiento penal a partir de 2001 ha permitido la implementación del sistema acusatorio oral que desplazó al viejo modelo inquisitivo y asignó nuevos roles a los participantes en el proceso penal, dejando en manos de la Fiscalía la investigación, en tanto que la decisión quedó en poder de la Función Judicial. De esta manera se trastocó el mundo jurídico en materia penal y la mentalidad de Jueces, Fiscales, Abogados y principalmente la ciudadanía. Concomitante a este nuevo sistema surge el principio de oportunidad como un mecanismo de selección de casos para privilegiar la persecución penal más grave. Uno de estos mecanismos es el procedimiento abreviado que simplifica la estructura del proceso penal ordinario, para obtener en un tiempo razonable, con un despliegue menor de recursos por la Fiscalía, una sentencia condenatoria mínima, que a los ojos de la ciudadanía resulte aceptable tanto en función de tiempo como en la percepción de celeridad y eficacia del sistema judicial penal. Si bien las cifras oficiales dan cuenta del escaso margen de aplicación del procedimiento abreviado, esto se origina en la falta de fortaleza de la Fiscalía en su actividad investigativa por el pobre estándar de prueba científica a cargo de Policía Judicial, la resistencia ius normativista de los Jueces y Tribunales Penales, el desconocimiento de Abogados y defensores públicos, etc.

Relevância:

70.00% 70.00%

Publicador:

Resumo:

La crisis económica en la que se debate el planeta y de la cual el Ecuador no esta exento, ha originado una mayor conflictividad social y consecuentemente jurídica. La perdida de fuentes de empleo, es el común denominador en todas las sociedades del mundo y más en países poco desarrollados como el nuestro, lo que de hecho origina conflictos laborables, mismos que ameritan un tratamiento y una solución adecuada y principalmente rápida por parte de los administradores de la justicia. Para tal efecto, y en virtud de la trascendencia económica social que conlleva, se hace necesario que el proceso judicial utilizado para resolver la conflictividad laboral, sea el más idóneo, el más práctico, el más rápido, sin que esto signifique dejar de lado los principios y preceptos que rigen a esta materia. Por lo anotado, se hace necesario dar un tratamiento específico al proceso laboral, mismo que en el Ecuador a partir del 2003 en que se produjo la reforma, es de carácter oral, a fin de identificar sus falencias y proponer soluciones.

Relevância:

70.00% 70.00%

Publicador:

Resumo:

A través de este trabajo científico, nos interesa saber: ¿Se aplica la técnica de mediación en las controversias individuales de trabajo en el cantón Loja? Los objetivos específicos que perseguimos son: a) estudiar el impacto de la aplicación del principio de inmediación en el proceso oral laboral en el cantón Loja; b) definir la utilización de la técnica de la mediación en las controversias individuales de trabajo en el cantón Loja; c) analizar el tratamiento dado a las controversias individuales de trabajo suscitadas en el cantón Loja a partir de la implementación del sistema oral hasta el año 2008. Bajo estas directrices en el capítulo primero, se conceptualiza el sistema oral, se recurre a la historia para ubicar el desarrollo del sistema, se tratan los principios procesales que revisten al proceso por audiencias, para finalmente revisar la mediación, técnica que ha tenido su despunte a partir de los años 90 en Latinoamérica. En el segundo capítulo, las controversias o conflictos de trabajo son estudiados en forma general, y el 5 tratamiento especifico que reciben en la legislación ecuatoriana. En el último capítulo, la problemática radica en los juicios laborales instaurados en el Juzgado del Trabajo del cantón Loja, desde su creación, esto es desde la aplicación del sistema oral hasta el año 2008. Finalmente, se hace alusión a casos reales, para descubrir las bondades del sistema oral laboral; para concluir con las conclusiones pertinentes.

Relevância:

70.00% 70.00%

Publicador:

Resumo:

En el presente trabajo académico analizamos la aplicación de la técnicas de litigación oral durante la audiencia de juzgamiento, respecto a la falta de aplicación de la reglas de esta disciplina y cómo puede influir en la administración de justicia. El análisis ha sido estructurado de la siguiente manera: en el primer capítulo se estudia la teoría de la litigación oral, estudiamos el alegato de apertura, la teoría del caso, la prueba, el interrogatorio, el contrainterrogatorio, las objeciones; y, el alegato final, con el propósito de conocer dogmáticamente la litigación oral. El segundo capítulo se recoge cual ha sido el accionar de los sujetos procesales (Fiscalía y Defensa) durante las audiencias de juzgamiento, se analiza jurídicamente la manera de presentación de cada una de las fases que se desarrollan durante la audiencia de juicio, se analiza los aciertos y errores que cometen los sujetos procesales; se analiza la presentación práctica del alegato de apertura, el alegato final, los interrogatorios con el propósito de descubrir la realidad pragmática de la litigación oral en el Tribunal Penal; con el propósito de evidenciar prácticas erradas que puedan determinar una afectación de los derechos que representan los sujetos procesales; el análisis fue realizado en base de las estadísticas obtenidas de la investigación de campo. El tercer capítulo tiene como propósito establecer como conclusiones la causas que menoscaban la defensa técnica que reciben las personas procesadas, cuya asesoría jurídica es brindada por abogados públicos o privados; establecer las posibles soluciones a fin de garantizar el derecho a la defensa técnica; ofrecer una fuente de consulta para la comunidad jurídica.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

1) Estudio del recuerdo significativo en niños sordos profundos. 2) Comprobar su evolución con la edad. 3) Establecer la influencia del lenguaje de signos, con sus variantes, en la organización del recuerdo de secuencias complejas. Participaron en este trabajo 100 sujetos, divididos en 4 grupos. La edad estaba comprendida entre 4 y 11 años: 1.25 Sordos de padres sordos, 2.25 Sordos de padres oyentes, 3.25 Oyentes como grupo experimental A, 4.25 Oyentes como grupo experimental B. A) selección de los grupos y apareamiento en las variables sexo, edad, nivel socioeconómico y demanda de tarea. B) pruebas previas de inteligencia, comprensión lingüística y lectura labial. C) pruebas de recuerdo de narraciones. Tres categorías: 1) Cuentos de estructura tradicional, 2) Scripts, 3) Descriptivas sin relación logicotemporal. D) 3 longitudes del número de ítems de cada tipo de narración. E) 3 modalidades de presentación/respuesta: activa, gráfica, mixta. F) dos órdenes narrativas: directo, reverso. G) variable dependiente: número de ítems correctos recordados. 1) Pruebas standarizadas. 2) Registros específicos de respuesta. 3) Registros magnetofónicos indirectos. 1) Correlación ordinal de Spearman. 2) Análisis mixto de varianza. 3) Pruebas estadísticas de contraste no paramétricas. 1) Los efectos de la edad es mayor entre los oyentes pequeños que entre los sordos de su misma edad; 2) Los oyentes muestran menor superioridad a los 12 y 9 años que a los 4 y 6; 3) Los oyentes sin procedimiento oral, recuerdan de forma similar a los sordos de padres sordos; 4) Las historias activas, en maqueta, se recuerdan peor, cuando son inversas que las historias en láminas, estableciéndose una interacción entre las variables modo de presentación/orden narrativo; 5) Los scripts son mejor recordados a los 9 y 12 años en todos los grupos sin diferencias. Tampoco las produce la secuencia descriptiva, cuyo nivel de dificultad es superior a las secuencias directas e inferior a las inversas; 6) Los sordos son más irregulares en su ejecución, destacando los que tienen lenguaje de signos. 1) Los sordos con lenguaje de signos evolucionan mejor con la edad que los que no lo poseen, reflejando una mejor estructuración de su conocimiento social y resultando equivalente a los oyentes sin procedimiento oral. 2) Los efectos de la escolarización de los sordos producen un incremento de sus habilidades comunicativas, que hacen desaparecer las diferencias entre hijos de oyentes y sordos. 3) La intervención con los sordos debe hacerse más precoz, proporcionando una capacidad bimodal de comunicación lingüística desde que sea posible.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Elaborada con base en el estudio crítico del ordenamiento jurídico ecuatoriano, las orientaciones doctrinarias y las prácticas inquisitivas de los operadores procesales de mayor relevancia para el tratamiento de cada uno de los temas, plantea los elementos de análisis necesarios para comprender, a profundidad, la forma en que el juicio oral debe desarrollarse para lograr un enjuiciamiento penal respetuoso de los derechos humanos y el debido proceso. En ese contexto, el trabajo inicia con una breve revisión de los antecedentes que marcaron el inicio del sistema acusatorio a lo largo de la historia, a objeto de mostrar su estructura, fundamentos y lógica en que funciona, así como los principios constitucionales y procesales que dan sustento a su actuación, de modo que, más adelante y en la línea de estas reflexiones previas, da a conocer las razones jurídicas y estratégicas por las cuales se trata de una etapa central y clave dentro del Estado democrático. Así, luego de la identificación y valoración de las falencias que afectan la aplicación efectiva de principios tales como inmediación, imparcialidad y contradictoriedad, efectuada en función de las disposiciones normativas que los regulan, la investigación continúa con el reconocimiento de los defectos o falencias que en ellas se generan y que dan lugar a prácticas inquisitivas por parte de los operadores procesales, de tal manera que, en ese entorno, se proponen algunos correctivos necesarios para superar tales dificultades, y, finalmente, concluye con la exposición de algunas ideas que sintetizan las líneas de reflexión seguidas a lo largo de la tesis.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Puesto en vigencia el Código de la Niñez, así como reformado el Código de Trabajo, a través de este estudio pretendo analizar si estos cuerpos legales guardan la suficiente coherencia y armonía con los principios constitucionales que deben gobernar el sistema procesal, y si en la práctica ha posibilitado su real vigencia. Examino cuál es la conducta de los diferentes actores en el quehacer jurídico, y cuál ha sido su aporte frente a las reformas que se han implementando, combinándole con las principales propuestas doctrinarias. Descompuestas algunas fases de los procedimientos, establezco el diferente tratamiento que han tenido las dos materias del derecho propuestas, los que nos permite diferenciar que el trato dado por el legislador no ha sido igual, para poder detectar y encontrar las causas que son determinantes, para que los principios constitucionales no alcancen el posicionamiento deseado. Destaco cambios que se han producido, como por ejemplo en la infraestructura física de la Función Judicial, la implementación de sistemas informáticos, lo que permite una mejor rendición de cuentas a la sociedad, y a la par decisiones de los Tribunales de Justicia en temas específicos, para poder demostrar que la actuación de los jueces está divorciada en muchas ocasiones de sus poderes-deberes, y cuáles podrían ser las soluciones comparándolas con cuerpos legales de otros países, todo lo cual persigue demostrar que si se ha hecho, pero también falta mucho por hacer para posibilitar que este gran paso de implementar la oralidad en nuestro país, continúe y alcance los objetivos propuestos.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

En el Ecuador los sujetos procesales que intervienen en un juicio penal, tienen el derecho a producir la prueba necesaria que les permitirá a los jueces de los tribunales de garantías penales determinar si existió o no infracción penal y conforme a esto dictarán la sentencia correspondiente. En el presente trabajo estudiamos diferentes temas relacionados con la prueba, como su conceptualización, actividad probatoria, necesidad de la prueba, objeto, efectos, elementos, medios de prueba, actos de investigación y de prueba, anticipos jurisdiccionales de prueba, pruebas valederas, reglas de exclusión de las pruebas ilícitas, todo esto se lo aborda en los dos primeros capítulos para que el lector tenga conocimientos básicos de la prueba penal y con ello pueda comprender de una mejor manera la parte práctica que se la aborda en el tercer capítulo en donde nos referimos a las audiencias orales de juzgamiento sustanciadas por los tribunales de garantías penales en las cuales algunos operadores de justicia, fiscales y abogados, cometen a veces errores, por falta de conocimiento de la prueba penal, los cuales sacamos a relucir para enmendar los mismos y prevenir problemas futuros; se menciona que en las audiencias debe existir la inmediación de los litigantes con los jueces del tribunal de garantías penales, además los sujetos procesales deben hacer uso de su derecho a la defensa lo que conlleva al derecho a contradecir la prueba formulada por la contraparte. Se hace énfasis a que la carga de la prueba recae en la Fiscalía, además se aborda el tema de la valoración de la prueba y se concluye la investigación con una serie de conclusiones con la finalidad que se tomen en cuenta para que no se vulneren derechos y mejore la administración de justicia.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

En el trabajo de investigación desarrollado aspiramos demostrar que la actividad probatoria, inicia desde el instante mismo en que se recogen formalmente los primeros elementos de convicción, que permiten al Fiscal atribuir o descartar imputaciones de carácter Penal; así como también dichos elementos servirán posteriormente para que el Juez dicte, auto de llamamiento a juicio; o sobreseimiento debidamente fundamentado. Para los fines antes indicados el fiscal o el Juez, deben valorar conforme a las reglas de la lógica, el conocimiento y la experiencia los recaudos procesales, todo lo cual permitirá declarar que existe o no, elementos que acrediten la existencia del tipo penal y la participación del imputado o acusado. Es así, que la aplicación de las reglas de la sana crítica no es exclusivamente en la etapa de juicio, sino también en la instrucción fiscal e intermedia, conforme señala el Artículo 90 del Código de procedimiento penal, afirmación que constituye el eje central de nuestro trabajo. Partiremos del estudio de nociones y principios fundamentales que nos permitan introducirnos en la problemática, pasando por la definición de la prueba y de la actividad probatoria; para en segundo momento tratar sobre los sistemas de valoración de los elementos probatorios en el proceso; y, concluir con el tratamiento de los indicios y de las presunciones, cuya formalidad de ingreso y valoración en el proceso tiene suma importancia, porque dichos elementos acreditan la realidad procesal que permitirá obtener una resolución debidamente fundamentada, ya sea absolutoria o condenatoria, producto de una actividad probatoria.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Se utilizan modelos valorativos, contextuales y pragmáticos dentro de lo cuales la tesis se divide en tres capítulos. El trasplante del cual la tesis abarca su investigación, es la práctica de la prueba testimonial oral civil, tomando como referencia el sistema adversarial del cual se verifican varios rasgos característicos; el sistema está en pleno proceso de trasplante al Ecuador, con la aprobación del Código Orgánico General de Procesos del 2015. En el primer capítulo, se abarca la dimensión valorativa del trasplante jurídico, se explica lo que es un trasplante jurídico y el tipo de sistema de comparación a utilizarse; luego se ubica al lector, de forma global, en los sistemas orales del Norte Global (EEUU y Europa) para explicar lo que significa un sistema oral adversarial. Esta dimensión valorativa incluye tres grandes críticas que se realizan al sistema adversarial angloamericano. El segundo capítulo se ejecuta mediante el método contextual, ya que se especifican los tres elementos básicos de lo cuales se compone la práctica de prueba testimonial en sistema adversarial, esto es: El examen directo (interrogatorio); el contra examen (contra interrogatorio) y la objeción; explicando al lector los objetivos básicos de cada elemento; al final un acápite explicativo de la reina de las pruebas, la declaración de parte (antes llamada Confesión judicial) y su práctica en sistema oral. El tercer capítulo entrega al lector información en un contexto pragmático enfocado a la presencia del sistema oral adversarial en la legislación constitucional y en la legislación procesal; se verifican los elementos de la litigación oral adversarial existentes en el Código Orgánico General de Procesos aprobado el 22 de mayo de 2015, así como ciertos nudos críticos que se deben debatir, producto del trasplante. La notas finales exponen al lector la necesidad de seguir investigando los nuevos retos que del sistema procesal civil oral, una vez que se cambia de lo escrito a lo oral y de lo inquisitorio a lo adversarial.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Durante muchos años se consideró que los neonatos no experimentaban el dolor por su incapacidad para verbalizarlo. Así, concepciones erróneas hicieron que el dolor neonatal no fuese tratado. En la actualidad, existe evidencia científica que corrobora la capacidad para percibir el dolor, siendo necesario su tratamiento. Aun así, el miedo a los posibles efectos secundarios de los fármacos ha obstaculizado el estudio de nuevos fármacos para el tratamiento del dolor. Es por eso que las estrategias no farmacológicas han tomado gran relevancia en el tratamiento de procedimientos dolorosos menores, y como coadyuvantes de los fármacos en procedimientos de mayor intensidad. El método canguro que se define como un contacto piel a piel entre madre e hijo, surgió como una alternativa ante la escasez de incubadoras. Sin embargo, numerosas investigaciones han demostrado los grandes beneficios que aporta, considerándolo también como una medida no farmacológica eficaz en el alivio del dolor neonatal. El objetivo de este estudio es evaluar la efectividad del método canguro junto a la administración de sacarosa oral en la disminución del dolor, en comparación con el procedimiento estándar al realizar la prueba de talón. Para ello, se realizará un ensayo clínico aleatorizado dirigido a los neonatos prematuros y de bajo peso gestacional ingresados en la unidad de neonatal del Hospital universitario de Cruces. La variable principal a estudio es la valoración del dolor medido mediante la escala PIPP. Se compararán los datos recogidos en el grupo control e intervención y el análisis de datos se realizará usando el programa informático SPSS.

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

Resumen tomado de la publicación

Relevância:

30.00% 30.00%

Publicador:

Resumo:

El proyecto supone la aplicación de las nuevas tecnologías, el vídeo y el magnetófono para el estudio de la expresión oral. Se fijan como objetivos, entre otros, la articulación correcta y clara, perder el miedo a hablar en público, suprimir muletillas y modismos indeseables, etc. El objeto era verificar la viabilidad del método propuesto, como procedimiento para mejorar la expresión oral de los alumnos. El desarrollo del proyecto se ha ajustado básicamente a la grabación en vídeo de una serie de intervenciones públicas de los alumnos, se ha evaluado a través de la observación, bien directa o bien a través del visionado de las grabaciones realizadas. Aplicado a 105 alumnos de primero de BUP del Instituto Agustín de Bethencourt, Puerto de La Cruz, agrupados en tres bloques con horas y días determinados. El proyecto no se ha llevado a cabo totalmente en los términos previstos. Los pocos alumnos que han trabajado, han realizado progresos importantes y para los demás ha sido como poco, una experiencia estimulante. Se concluye la viabilidad del proyecto con unas condiciones específicas: contar con aulas de audiovisuales, coordinación de grupos, contar con suficiente tiempo para trabajar relajadamente, cuidar el sonido de las grabaciones. Las condiciones antes mencionadas parece que no se han dado.