749 resultados para UNIVERSIDAD DEL ROSARIO. FACULTAD DE ADMINISTRACION – INVESTIGACIONES - BOGOTA (COLOMBIA) – PUBLICACIONES SERIADAS


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El sector eléctrico en Colombia ha sufrido un proceso de transformación importante durante la última década. Esta transformación, en gran medida, se debe a la expedición de un marco legal sectorial robusto y estable, conformado por dos importantes leyes de carácter económico. Se requiere, no obstante, de importantes esfuerzos para terminar de implementar y sostener las reformas. La reforma del sector eléctrico colombiano en el año 2001, al igual que sucedió en muchos países de América Latina, buscó introducir eficiencia en la gestión de las empresas, incentivar la vinculación de capital privado y brindar transparencia en las reglas de juego del sector. Esta transformación fue sustentada en decisiones de diversa índole, pero sobre todo en el nuevo papel que debía asumir el Estado frente a la prestación del servicio de acuerdo con los preceptos constitucionales, generándose entonces una nueva arquitectura institucional.

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El consentimiento informado es la expresión de la voluntad del paciente, relacionada con una intervención o un tratamiento terapéutico que se hará en su cuerpo, para que se dé aquel; previamente el profesional de la salud debe suministrar veraz, integral y oportunamente la información referente a los riesgos, los procedimientos, las expectativas, el diagnóstico y el pronóstico de su enfermedad y su respectivo tratamiento. Por lo tanto, del consentimiento informado se derivan obligaciones y derechos, tanto para el paciente como para el profesional de la salud, al ser un elemento tan especial y esencial en la relación médico-paciente, y en el mismo acto médico, cobra especial relevancia en la responsabilidad médica. Sin embargo, en la praxis muchas veces se olvida la importancia del consentimiento informado en relación con aquella. El propósito de este artículo consiste en analizar los elementos estructurales del consentimiento informado, los cuales son fundamentales a la hora en que el médico lo solicite. En dicho escenario surgen situaciones que generan dudas jurídicas en cuanto a su formación. De igual forma, para tener una idea concreta y completa del consentimiento informado, dividiremos este artículo en dos partes. En la primera, nos ocuparemos del desarrollo doctrinal del concepto, en el que analizaremos su noción, su evolución en la historia y sus modelos (beneficencia, paternalismo, autonomía, entre otros); posteriormente, estudiaremos la problemática que se puede originar durante el proceso de informar al paciente, debido a que no en todos los casos este está en pleno uso de sus facultades para otorgar su consentimiento. Es allí donde miraremos la capacidad en el ámbito médico y los casos en que se puede pedir un consentimiento informado directo e indirecto. Finalmente, analizaremos el tema del riesgo y el desarrollo que la doctrina ha dado al respecto, para revisar en último lugar el consentimiento en la historia clínica y su solicitud correcta al paciente. En la segunda parte, nos encargaremos de examinar detenidamente el desarrollo jurisprudencial del consentimiento informado surtido en la Corte Constitucional y en el Consejo de Estado de la República de Colombia, desde 1991 a la fecha, del cual sin duda alguna el lector podrá concluir lo esencial e imperioso de este en la práctica médica y en la prevención del daño antijurídico.

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El esquema de protección de derechos es un elemento esencial en el ordenamiento jurídico de las naciones organizadas bajo la modalidad de Estado Social de Derecho, y en ese sentido, la implementación de las garantías a los derechos de las minorías existentes en la Nación. Colombia no es la excepción dentro del modelo señalado; en la Constitución Política de 1991 se plantea una amplia gama de derechos y garantías, haciendo un especial reconocimiento a la existencia del pluriculturalismo y el multilingüismo propio de una Nación marcada por la presencia de diferentes grupos étnicos que han determinado su legado histórico y cultural. Así las cosas, surge un escenario de interrelación entre los derechos de las minorías y los del resto de la colectividad, a partir del cual se pueden establecer elementos de armonía y correspondencia, así como también evidenciar posibles conflictos derivados del choque de intereses de una y otra parte. Para el caso de la presente investigación, se ha decidido centrar el estudio en una etnia específica respecto de la cual se han detectado una serie de problemas los cuales permiten efectuar un análisis detallado y con ello evidenciar los objetivos pretendidos. En ese sentido, el grupo étnico escogido es el raizal, residente en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El eje central de investigación apunta a plantear que el reconocimiento constitucional que se le ha dado a la comunidad raizal no tiene, ni los alcances, ni las implicaciones que debería tener en los escenarios legislativo, jurídico y político, pues la entidad y relevancia que se la ha otorgado a la mencionada etnia no cumple con el verdadero objeto de pluriculturalidad con que se pretende catalogar a nuestra Nación. El discurso étnico por medio del cual los grupos buscan autodeterminarse, manifestar el esplendor de su cultura y demostrar la existencia de una memoria histórica colectiva, no ha sido considerado en su totalidad como es el caso de la etnia estudiada, pues elementos indispensables de su legado, de su historia y de su presente se han visto ignorados o readaptados a otros escenarios con discursos diferentes, con intereses disímiles y con enfoques diversos, generando una alteración del verdadero pluriculturalismo en el sentido estricto de la palabra. En ese orden de ideas, el estado de las cosas y de los derechos ha llevado a situaciones en las cuales el discurso ha tomado un enfoque distinto del carácter étnico que ha de caracterizarlo, tornándose en un discurso político marcado por la presencia de múltiples opiniones al interior de la misma etnia, pero que a su turno evidencia la necesidad de dar una revisión a las condiciones en que jurídica, social y culturalmente está reconocida dicha etnia y con ello demostrar que el panorama no se agota en una simple denominación constitucional o legal, sino que ha de acompañarse con la práctica política y legislativa justa que demuestre una real existencia de la minoría en el entorno social y jurídico de la Nación. La etnia raizal ha padecido un impacto cultural inmedible desde el momento de la abierta inmigración de continentales al Archipiélago, generándose con ello un sentimiento de marginación frente a las otras etnias y en general, frente el resto de la colectividad. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente investigación, se utilizó la metodología de búsqueda en fuentes secundarias, con un especial énfasis en el análisis legislativo y la revisión jurisprudencial, orientado a la obtención de parámetros de guía para la determinación de aspectos relevantes, así como también al poder efectuar comparaciones con miras a obtener conclusiones. Así las cosas, la investigación se complementó con un trabajo de campo en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, territorio de la comunidad raizal, el cual se desarrollo a través de la modalidad de entrevistas semiestructuradas aplicadas a diferentes miembros de la etnia, procurando incluir personas de diferente tipo, esto es, algunas que ocupan cargos públicos, otras que se desempeñan como líderes activistas y otras del común.

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Debido a las transformaciones sociales y económicas del mundo por causa de la tecnología, el desarrollo acelerado de los países capitalistas, la guerra constante, el aumento de la pobreza, el deterioro ambiental, entre otros factores que han ocasionado un impacto negativo en la mayoría de los países del mundo, la noción de derecho colectivo ha cobrado gran importancia por su trascendencia en la vida social. Como respuesta a esta nueva problemática que viene surgiendo en torno a lo vulneración y afectación de los derechos colectivos, se consagra en la Constitución Política de 1991 la Acción Popular, como el mecanismo idóneo para la protección y amparo de estos derechos. En ese orden de ideas surgen las Clínicas de Interés Público, con el fi n de promover el uso de estas acciones, fortalecer la investigación en el manejo de estos casos y ayudar a la población menos favorecida y más afectada en la vulneración de sus derechos colectivos, tal es el caso del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP). El presente borrador de investigación pretende exponer de manera sencilla la estructura, integración, reglamento, funcionamiento del Grupo de Acciones Públicas, así como los criterios utilizados para determinar la viabilidad o inviabilidad de un caso al interior del grupo estas son las etapas que los estudiantes deben agotar previa la adopción de una estrategia jurídica para la defensa del derecho colectivo. De la misma manera, se exponen las estadísticas del número de acciones constitucionales interpuestas (acción de Tutela, de Grupo, de Inconstitucionalidad, Popular y de Cumplimiento) con el correspondiente resultado, y un análisis de las sentencias favorables obtenidas por el GAP en la interposición de acciones populares, teniendo como instrumento de análisis el método francés y, por último, un breve glosario que contiene las palabras más empleadas al interior del grupo en desarrollo de sus funciones. El Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, como Clínica de Interés Público, gracias a la trayectoria y esfuerzo constante de su coordinador, supervisores y estudiantes, se ha venido fortaleciendo con óptimos y valiosos resultados no sólo en la interposición de acciones, que como se verá a continuación han sido positivas y hasta la fecha se ha logrado la protección efi ciente y efi caz de muchos derechos colectivos vulnerados a varias comunidades, sino también, en relación con su estructura y funcionamiento, que gracias a la investigación, el contacto e interrelación con clínicas de interés público de otros países de mayor trayectoria como Argentina1, Chile2 y Estados Unidos, se ha venido enriqueciendo al punto que como se ve a lo largo de este escrito existe ya toda una metodología investigativa para la recepción, análisis y determinación de viabilidad de los casos que serán adelantados por el GAP, con el fi n de obtener así los resultados anhelados. Los casos son elegidos teniendo en cuenta el impacto social, el interés que se busca proteger, y sólo en la medida en que de la defensa del mismo, (haciendo uso del aparato jurisdiccional y de las herramientas que la Constitución Política y el ordenamiento jurídico tienen a nuestra disposición) pueda derivar consecuencias con incidencia en la modifi cación de las circunstancias que alteraron, vulneraron o amenazan con vulnerar el derecho colectivo, y con ello la estabilidad de la comunidad, el caso es asumido por el grupo. Por ello, los casos son asumidos con una perspectiva estratégica que permite enfocar el estudio y la investigación de los casos en torno a dos puntos importantes: la del cliente y la del interés público. El trabajo de la Clínica en la defensa del interés público y de los derechos colectivos, se ha estructurado bajo cinco líneas de trabajo: i) defensa de casos de interés público, ii) desarrollo de investigaciones y trabajos de campo, iii) control y supervisión permanente del caso por parte de los estudiantes integrantes del grupo, iv) participación en encuentros nacionales e internacionales, v) difusión de las actividades de la Clínica. Los casos asumidos por el GAP son utilizados para el trabajo académico con los alumnos de 9° y 10° semestre de Derecho en la Clínica Jurídica; así, además del carácter altruista y el sentido social que se imparte al interior del grupo, se logra que a partir de la defensa de casos concretos y la perspectiva del interés público, los estudiantes apliquen los conocimientos aprendidos durante la carrera mediante la formulación de estrategias jurídicas, investigación, el desarrollo de una argumentación jurídica orientada a emplear y reformular las nociones y categorías de derecho (en muchos casos inservibles por sí solas), y desarrollar una nueva manera de articular el derecho y el uso de la jurisprudencia como interpretación de las normas que constituyen nuestro ordenamiento jurídico, para logar así la realización de los principios constitucionales que caracterizan a nuestro Estado como Estado Social de Derecho.

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El reciente desarrollo de los mercados financieros en Colombia hace evidente la importancia de la mayor o menor integración con el entorno internacional. De acuerdo con la teoría de portafolio, para la conformación de un portafolio eficiente se deben combinar activos de diferente riesgo para obtener el mayor retorno esperado posible, teniendo en cuenta que puede existir correlación entre los activos. En ese sentido, se busca evidencia del grado de correlación que existe entre los principales activos del mercado local y del mercado internacional. En particular, los activos del mercado local (dólar, bonos de la Tesorería y acciones) y el mercado extranjero (en particular bonos del Tesoro de Estados Unidos) deberían presentar una correlación alta para considerarse sustitutos en una eventual construcción de un portafolio eficiente. En busca de estos hechos estilizados, se utilizan dos metodologías (Filtro de Hodrick y Prescott, 1997 y primeras diferencias de las variables) para la estimación de correlaciones contemporáneas y no contemporáneas entre los diferentes activos. Sin embargo, la evidencia muestra que la relación que existe entre los activos locales y los extranjeros no permite ser concluyente sobre el tema.

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Las actividades ilegales constituyen un foco de atención importante para las políticas públicas de cualquier sociedad moderna. En Colombia, las manifestaciones delictivas se han incrementado hasta alcanzar niveles preocupantes. En los censos sobre cultivos ilícitos para 2005 y 2006 la ONUDD muestra cómo en pocas décadas Colombia se ha convertido en el primer cultivador de coca y en el primer exportador de clorhidrato de cocaína del mundo. La misma agencia deja ver que en el país ha existido cierta especialización en el tráfico ilegal de armas (ONUDD, 2006). Otras muestras sobre crecimiento de la actividad delincuencial se evidencian en que las organizaciones criminales que operan en el país han desarrollado técnicas avanzadas para producir dólares y pasaportes falsos, estos últimos demandados por miembros de organizaciones terroristas internacionales (BBC, 2006), al tiempo que han desarrollado sofisticados sistemas de lavado de dinero, piratería de libros, música y video.

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La Ley 964 de 2005 modifica la regulación del manejo, el aprovechamiento y la inversión de los recursos que hacen parte del mercado de valores colombiano. En este trabajo se busca llamar la atención sobre las posibles consecuencias que esta ley puede traer sobre las corporaciones en Colombia. Se analizan algunas reformas anteriores del mercado y, separadamente, se describe la configuración de propiedad de las corporaciones colombianas a la luz de ciertos enfoques metodológicos desarrollados en los últimos años (incluyendo la agenda de investigación de La Porta, López-de-Silanes, Shleifer y Vishny). Se concluye que, dadas las particularidades del mercado colombiano, la nueva Ley del Mercado de Valores puede favorecer el crecimiento de los fondos de inversión extranjera decididos a incluir a Colombia en su portafolio, pero también puede llegar a transformar el esquema de incentivos de las corporaciones colombianas.

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Este documento informa sobre las prohibiciones del cultivo de amapola que se realizaron en el Estado de Shan en las regiones de Kokang en el 2003 y de Wa en el 2005. Se dan a conocer los resultados alcanzados y su impacto social hasta el momento. Adicionalmente, para poder contextualizar las prohibiciones, se dan a conocer antecedentes históricos y culturales de las regiones en cuestión. Está dirigido a todo el público que esté interesado en conocer las políticas de reducción de cultivos ilícitos que han sido implementadas en Myanmar. Este último país hace parte de una de las regiones históricamente conocidas por este cultivo ilegal: el Triángulo de Oro, y abarca un territorio de aproximadamente 225.000 kilómetros cuadrados sobre el norte de Tailandia y de Laos y el noreste de Burma. Este documento inicia con una breve descripción histórica de algunos acontecimientos que marcaron el devenir político y económico del país, como la llegada del Kuomintang chino, los gobiernos militares, los enfrentamientos con las minorías étnicas y el desarrollo de la producción y el tráfico de drogas. Luego se estudia la producción de amapola teniendo en cuenta la extensión del cultivo, la relación de las comunidades con el mismo y las características de las regiones donde se concentra la producción de amapola. Por último, se toma el caso de las prohibiciones al cultivo, explorando el caso de cada región, estudiando su impacto social y sostenibilidad y las conclusiones de una misión de evaluación posterior a la implementación de las políticas. Se mencionan las alternativas de sustitución de cultivos ilícitos y la experiencia de la cooperación internacional para el desarrollo. Luego de exponer los nuevos desafíos en materia de producción de drogas, se culmina sugiriendo algunas lecciones para Colombia que se derivan del caso de Myanmar.

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Este documento resume el informe anual de 2006 realizado por el Departamento de Estado para el Congreso de los Estados Unidos titulado Informe sobre la estrategia de control internacional de narcóticos. Es un análisis exhaustivo que se concentra específicamente en evaluar algunos países de alto interés estratégico y sus esfuerzos por combatir el tráfico internacional de drogas, por medio de actividades de control de químicos, de drogas, de crímenes financieros y de lavado de activos. Cubre los países "de tránsito" de drogas y los grandes productores de drogas ilícitas. Al evaluarse las actividades realizadas durante cada año se señala qué países fallaron en hacer esfuerzos sustanciales para cumplir con los tratados internacionales y con las medidas contra las drogas establecidas por las leyes de los Estados Unidos. Entre otras cosas, se identifican los mayores productores de drogas ilícitas; los principales países de tránsito de drogas (drug-transit countries); los principales proveedores de precursores químicos utilizados en la producción de drogas ilícitas; y los lugares donde se concentra el lavado de dinero y de activos. Se considera que un país es un productor principal de drogas ilícitas cuando cultiva y/o cosecha en el período de un año 1.000 o más hectáreas de amapola y coca, y 5.000 o más hectáreas de marihuana.1 Por otro lado, se considera que un país principal de tránsito es una fuente directa de drogas ilícitas u otras substancias controladas que afectan de sobremanera a Estados Unidos. A esta misma categoría pertencen los países por los cuales se transportan las drogas ilícitas. Finalmente, los países principales de lavado de dinero y de activos son aquellos en donde sus instituciones financieras se involucran en transacciones de dinero originadas en el tráfico internacional de narcóticos. La complejidad de las transacciones hace muy difícil poder distinguir entre los dineros generados por el tráfico de drogas y de otro tipo de actividades criminales.

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A comienzos de 2006 la Junta Internacional para la Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) publicó su último informe titulado “Desarrollo Alternativo y Medios de Vida Legítimos”. El informe se divide en cuatro partes. Un primer capítulo define, evalúa y reformula la experiencia internacional en materia de desarrollo alternativo. El segundo capítulo expone las diferentes regulaciones internacionales que determinan la tarea de fiscalización de drogas por parte de los Estados. El tercer capítulo se dedica a proporcionar un panorama detallado de la situación mundial y regional de fiscalización de drogas; en este capítulo se identifican los convenios de cooperación existentes entre los Estados y se evidencia los avances regionales, principalmente los policivos en la lucha contra las drogas ilegales. El informe finaliza con una serie de recomendaciones a los gobiernos y a algunas organizaciones internacionales. Dado que el tema central del informe 2005 de la JIFE es un análisis de la experiencia internacional de desarrollo alternativo, este documento tiene como objetivo sustraer lo concerniente a Colombia; con el fin de informar sobre el estado actual de la política en el país y sus perspectivas a futuro. A manera de introducción el documento describirá la naturaleza de la Junta, sus fines y sus medios. Seguidamente se concentrará en el desarrollo alternativo desde la perspectiva que ofrece el informe para Colombia se concluye con algunas observaciones y comentarios respecto del informe.

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En este artículo utilizamos un modelo de generaciones traslapadas con heterogeneidad en la tasa de impaciencia para mostrar que los efectos de un cambio tecnológico aumentador de capital no son simétricos en los agentes y pueden conllevar una reducci on en el consumo. La asimetría en la tasa de impaciencia de los agentes en un período, tiene consecuencias sobre los beneficios del cambio tecnológico para las generaciones futuras. Menores tasas de impaciencia llevan a mayores niveles de capital y de consumo, si se entiende que la economía tiene el suficiente nivel de capital per capita.

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El presente documento analiza la brecha salarial por g enero utilizando la metodolog a sugerida por Chernozhukov, Fern andez-Val y Melly (2009), que permite estimar distribuciones contrafactuales usando regresiones cuant licas. Nuestro principal resultado es que la relaci on entre la discriminaci on salarial y la edad tiene una forma de U invertida: es baja para los j ovenes y los mayores de 44 a~nos y alta para los individuos con edades de entre 25 y 44 años.

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En este trabajo se analizo el efecto que tiene la calidad y la cobertura de la eduación sobre la productividad agrícola de Colombia. Se encuentra que el sistema educativo actual no fomenta y aún desincentiva la producción en las áreas rurales, y por ende las posibilidades de tecnificación y difusión de la información.

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La informalidad laboral ha sido durante d ecadas el com un denominador entre las econom ías latinoamericanas. En Colombia, a pesar de haberse despertado un inter es por realizar un seguimiento a este segmento del mercado de trabajo desde el año 1986, parece no haberse dado ning ún tipo de regulaci ón o polí tica que pretendiese reducir la proporci on de los informales dentro del total de la poblaci on ocupada. Siendo la informalidad laboral un factor contrací clico con un coefi ciente de correlaci ón bastante bajo y dadas las modestas tasas de crecimiento de la economía colombiana, hasta febrero de 2010, un 57,8% de la poblaci on urbana ocupada del pa ís a un pertenece a tan indeseado sector del mercado laboral. Este trabajo pretende mostrar por qu e la informalidad laboral es un indicador relevante de la situaci ón de la economía colombiana, y por qu e debe tenerse en cuenta a la hora de tomar diversos tipos de decisiones y polí ticas econ ómicas, sin que este indicador quede a la sombra de la tasa de desempleo. Para esto se hace una clasi caci ón y posterior estimaci on de los costos fiscales consecuentes del actual escenario de formalidad-informalidad y, fi nalmente, se calcula un índice que pretende mostrar los efectos de la informalidad sobre la sostenibilidad fiscal del Sector Salud en el paí s.

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La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Penal, ha venido aplicando la teoría de la autoría mediata por dominio funcional de aparatos organizados de poder, para imputar responsabilidad a jefes de grupos armados al margen de la ley o a políticos vinculados con los mismos por los hechos cometidos por estas organizaciones. En el presente artículo sostenemos que esto no es posible ni resuelve la problemática de la violencia de género en este contexto, para lo cual se exploran los delitos de constreñimiento a delinquir y de instigación a delinquir para resolver esta problemática.