11 resultados para imprevisión
Resumo:
Bajo los lineamientos del pensamiento liberal e individualista, propios del siglo XIX, la sujeción absoluta a lo pactado en los contratos era la forma por excelencia para satisfacer las exigencias de los cánones ideológicos de la época. El Código Civil de Vélez Sársfield no resultó ajeno a esa ideología e incorporó en sus disposiciones la máxima pacta sunt servanda en aras de garantizar la estabilidad y la fuerza de los contratos como presupuestos básicos de la seguridad jurídica y el desarrollo de las actividades económicas. Así, en materia contractual, la realización de la justicia se reducía, simplemente, al cumplimiento fiel del contrato, sin importar el grave perjuicio que debía soportar el contratante al momento de cumplir con la prestación debida en caso de que ésta se volviera excesivamente onerosa, por circunstancias extraordinarias e imprevisibles.
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Esta investigación consta de dos partes perfectamente delimitadas, la primera parte consiste en estudiar, analizar y proponer los conceptos sobre delegación y concesión de obra pública. Planteados los conceptos, se realiza una diferenciación entre lo que se denomina concesión como acto administrativo y concesión como contrato administrativo, se estudia la naturaleza jurídica del contrato de concesión y cuales son sus clases, para de esta manera determinar el objetivo y la forma de extinción de la concesión de obra pública. Finalmente se determinará cual es el marco jurídico del contrato de concesión de obra pública en nuestro país y la forma como el Estado a través de la Administración Pública y Seccional hace efectiva la contratación de la concesión, es decir, del proceso precontractual y contractual de las concesiones en el país. En la segunda parte de este trabajo se enmarca doctrinariamente, que es y como se aplica la teoría de la imprevisión. Se realiza así mismo una diferenciación de esta figura jurídica con otras como: renegociación contractual, teoría del Hecho Príncipe y Fuerza Mayor. Para de esta manera saber adecuadamente en que momento podemos aplicar cada una de estas figuras en los procesos contractuales administrativos. Está visión nos dará una nueva manera de solventar los imprevistos que puedan suceder al momento de contratar una concesión de obra pública.
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Los contratos nacen para cumplirse, y por esto lo normal es que su muerte se efectúe honrando la palabra empeñada. La terminación del contrato ocurre entonces sin mayores sobresaltos, mediante la aplicación de las probadas reglas del “pago”. Algo similar ocurre cuando las partes deciden pacíficamente y de mutuo acuerdo poner término al contrato sin cumplirlo, pues, como es sabido, en el derecho las cosas se deshacen (sin problemas) como se hacen. Pero existen otras formas de terminación del contrato más conflictivas, que dan origen a diferencias entre las partes y, porque generan un abundante contencioso, exigen una mayor atención de los juristas. Es lo que ocurre cuando las partes difieren acerca de la validez originaria de su acuerdo o sobre la subsistencia en el período de ejecución de obligaciones que nacieron válidamente. Entonces, la paz entre los contratantes se acaba y la tarea de jueces y juristas es discernir las patologías que puedan afectar al contrato: si tiene algún vicio de inexistencia, validez o ineficacia, o si opera la resolución, la imprevisión u otra forma de terminación durante su cumplimiento. En este libro el lector – abogado, académico y estudiante – encontrará lúcidos y útiles estudios sobre estas materias, que dan cuenta de forma documentada de los antiguos antecedentes de estas discusiones, de su interés renovado por la evolución reciente del derecho comparado y de las soluciones prácticas que los diferentes sistemas jurídicos les otorgan.
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Este texto recoge las ponencias que participaron en el Foro Internacional de Derecho Procesal Constitucional, que con gran éxito se realizó en el mes de junio de 2005, en las aulas de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario de Bogotá; razón por la cual contiene el fruto maduro de las investigaciones realizadas por algunos de los más notables exponentes del derecho procesal constitucional en América del Sur. El lector de esta obra se encontrará con riguroso trabajo sobre algunos de los temas más sensibles del derecho actual de la región, como lo son: la institución de los tribunales constitucionales y el control constitucional, el debido proceso sustantivo en América, las acciones constitucionales y las de protección de los derechos humanos, la prueba en los procesos constitucionales y los muy técnicos asuntos de la imprevisión constitucional y la manipulación constitucional. Temas recientes y actuales para un espacio jurídico que, como el latinoamericano, se debate en el dilema de continuar con la tradición formalista que en el pasado dio lugar a soluciones políticamente autoritarias o de la posibilidad de abrirse a las corrientes de la garantía y protección de los derechos en la nueva comprensión del derecho procesal, lejos de situarse en la mera conformidad de los trámites. Es un espacio que se asume y se ejerce como verdadero derecho a la justicia, en una región históricamente marcada por desigualdades e injusticias de todo tipo.
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Revelar la educación pública de Extremadura en el Antiguo Régimen. Adentrarse en la conducta y actuación de docentes e instituciones. Conocer el estado educativo regional y su evolución durante los siglos especificados. Expedientes de Beneficiencia. Archivos parrioquiales y municipales de Extremadura.Fuentes primarias y secundarias. Fuentes legislativas. Planteamiento de la investigación. Recogida de fuentes documentales. Estudio y análisis del material recogido. Elaboración de conclusiones. Método histórico educativo. Durante el periodo estudiado Extremadura tuvo una evolución educativa desigual, donde el medio urbano estuvo más desarrollado que el rural, salvo excepciones. Los rasgos pedagógico-didácticos se vieron afectados en la medida en que no existieron criterios uniformes en la enseñanza. La imprevisión de las carencias a nivel humano y de infraestructura supusieron una traba considerable. Las escuelas de primeras letras estuvieron fragmentadas entre las aperturas intermitentes y las continuidades manifiestas. Los maestros de primeras letras fueron el contingente más extenso de la docencia. La consideración de los maestros no fue muy buena. Las maestras y las llamadas mujeres enseñantes formaron la doble vía instructiva de las niñas extremeñas. La Extremadura del Antiguo Régimen tuvo notables deficiencias educativas en el terreno público.
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Resumen en inglés
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El propósito de este trabajo es presentar un análisis de las cláusulas contractuales más importantes que se incluyen en los contratos mineros (principalmente de explotación minera), comparándolos con los utilizados en otros países, a fin de determinar si nuestro modelo de contrato es adecuado a la práctica contractual internacional y cómo podrían ser mejorados. Al mismo tiempo, nuestra investigación buscará también determinar si los principios y teorías del Derecho Administrativo (tales como: continuidad, el hecho del príncipe, la teoría de la imprevisión, la responsabilidad extracontractual objetiva, la fuerza mayor, etc.) han sido recogidos por nuestra legislación minera y por los contratos mineros en Ecuador. Nuestra tesis contiene cuatro capítulos concatenados entre sí y con una secuencia progresiva lógica (Capitulo I de Consideraciones Generales; Capítulo II de los Contratos de Explotación Minera en Ecuador; Capítulo III de los Contratos de Explotación Minera en la Legislación Comparada; y, Capítulo IV de las Principales Cláusulas Conflictivas para Negociación), los mismos que nos permiten llegar a las conclusiones de este trabajo.
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Las sequías se caracterizan por tener un comportamiento cíclico, lo que permite prever, en cierto modo, la probabilidad de su ocurrencia. Sin embargo, en el sudoeste bonaerense las medidas preventivas para mitigar sus efectos en la actividad agropecuaria son insuficientes. La Ley de Emergencia Agropecuaria (LEA) considera la sequía como un fenómeno puramente meteorológico, mientras que nuestro enfoque la aborda como producto de la vulnerabilidad social, consecuencia de una gestión deficiente y de la imprevisión por parte de los productores agropecuarios afectados. El recorte espacial de esta presentación abarca los partidos que conforman el Plan de Desarrollo del Sudoeste Bonaerense; y el temporal, el período 2001-2006, por la significativa ocurrencia de sequías. La sequía no necesariamente es un hecho catastrófico, sino que se da como una 'construcción social de riesgos' (García Acosta, 2005; Lavell, 2000), resultado de la falta de previsión y de la incertidumbre.
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Las sequías se caracterizan por tener un comportamiento cíclico, lo que permite prever, en cierto modo, la probabilidad de su ocurrencia. Sin embargo, en el sudoeste bonaerense las medidas preventivas para mitigar sus efectos en la actividad agropecuaria son insuficientes. La Ley de Emergencia Agropecuaria (LEA) considera la sequía como un fenómeno puramente meteorológico, mientras que nuestro enfoque la aborda como producto de la vulnerabilidad social, consecuencia de una gestión deficiente y de la imprevisión por parte de los productores agropecuarios afectados. El recorte espacial de esta presentación abarca los partidos que conforman el Plan de Desarrollo del Sudoeste Bonaerense; y el temporal, el período 2001-2006, por la significativa ocurrencia de sequías. La sequía no necesariamente es un hecho catastrófico, sino que se da como una 'construcción social de riesgos' (García Acosta, 2005; Lavell, 2000), resultado de la falta de previsión y de la incertidumbre.
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Las sequías se caracterizan por tener un comportamiento cíclico, lo que permite prever, en cierto modo, la probabilidad de su ocurrencia. Sin embargo, en el sudoeste bonaerense las medidas preventivas para mitigar sus efectos en la actividad agropecuaria son insuficientes. La Ley de Emergencia Agropecuaria (LEA) considera la sequía como un fenómeno puramente meteorológico, mientras que nuestro enfoque la aborda como producto de la vulnerabilidad social, consecuencia de una gestión deficiente y de la imprevisión por parte de los productores agropecuarios afectados. El recorte espacial de esta presentación abarca los partidos que conforman el Plan de Desarrollo del Sudoeste Bonaerense; y el temporal, el período 2001-2006, por la significativa ocurrencia de sequías. La sequía no necesariamente es un hecho catastrófico, sino que se da como una 'construcción social de riesgos' (García Acosta, 2005; Lavell, 2000), resultado de la falta de previsión y de la incertidumbre.
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En todo contrato las personas en su calidad de partes podrán instar al órgano judicial para revisar el negocio jurídico pactado cuando las prestaciones se vuelven excesivamente onerosas para alguno de los contratantes en virtud del acaecimiento de hechos imprevisibles, extraordinarios, inevitables y ajenos a la voluntad de estas. Empero, algunos códigos civiles niegan la posibilidad de aplicación de esta teoría a determinados tipos contractuales, entre estos a los contratos aleatorios, y particularmente el de seguro. En este sentido un sector de la doctrina también ha apoyado este planteamiento partiendo del análisis de que sería impropio hablar de imprevisión en un tipo contractual que se configura exactamente por la presencia de elementos imprevisibles que van a determinar el resultado final del contrato. Pero negar esta posibilidad sería ir en contra de la buena fue como principio general del Derecho, que en sede de contratos adquiere especial relevancia. Ante este imperativo, el presente artículo discurre sobre la tesis que permite aplicar la revisión judicial de los contratos aleatorios, en especial del contrato de seguro a partir del análisis histórico - doctrinal y legislativo de la teoría de la imprevisión y su relación con el alea como elemento característico de estos tipos contractuales.