1000 resultados para estado autonómico


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Este artigo visa a abordar a forma como duas identidades nacionais concretas, a basca e a catalã, potencializadas pelos respectivos nacionalismos e pelo processo de democratização espanhol, conseguiram materializar-se política e legalmente naquilo que qualificamos como autonomias-nação. Para chegar à análise deste estudo de caso, começa por percorrer o papel do Estado-nação e a relação entre os conceitos de Estado e nação. Destaca de forma especial a emergência de novas unidades políticas, que o autor denomina autonomias-nação, que constituem um autêntico desafio ao conceito tradicional de soberania.

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[ES] El análisis de la transformación del Derecho de Aguas de Canarias tiene un gran interés, pues la evolución del Estado ha generado un conjunto de problemas que necesitan un esclarecimiento para su adecuado uso y explotación. Por esta razón hemos analizado con profundidad, no sólo desde un punto de vista meramente teórico, la posición y las competencias que tienen los Consejos Insulares de Aguas, como entes que están adscritos a los Cabildos Insulares, la planificación hidrológica, así como la situación jurídica de los titulares de aprovechamientos de agua calificadas como privadas por la legislación anterior.

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Diseñar, experimentar y evaluar un programa para la enseñanza del ordenamiento constitucional en tercero de BUP que, mediante adecuados recursos pedagógicos, contenidos, actividades, materiales, permita la comprensión y conocimiento de la Constitución, el Estado Autonómico y la Autonomía de Madrid, fomente el interés, la participación y la formación democrática de los alumnos y proporciones al profesorado elementos de autoevaluación docente. Está formada por 160 alumnos de 4 grupos de tercero de BUP del Instituto de Bachillerato de Las Rozas, en la provincia de Madrid. No es representativa. 1) Fase descriptiva: selección de temas a estudiar (Constitución, Estado Autonómico y Autonomía de Madrid), estudio de características sociales y académicas de la muestra y del nivel inicial de conocimientos. 2) Diseño del programa: a) objetivos, nivel deseado de variación de las variables dependientes; b) variables dependientes, en el ámbito cognoscitivo, comprensión y conocimiento del Estado Autonómico y federal y de la Autonomía de Madrid (Estatuto, cronología, funciones, composición) y seguimiento de su actividad, en el afectivo, interés y participación. c) variables independientes, secuenciación de contenidos, materiales (textos, audiovisuales, prensa) y actividades (debates, conferencias, visitas a instituciones, periódicos y agencias, comentarios de texto y descodificación de noticias). d) técnicas de evaluación normativa y formativa. 3) Experimentación. 4) Evaluación de resultados. A) Resultados de la evaluación continua buenos pero insuficientes en la comprensión de las diferencias entre Estado federal y autonómico; buenos y suficientes en el conocimiento de las Autonomías, localización de la historia de la Comunidad de Madrid; otras valoraciones positivas: manejo de bibliografía, trabajo en equipo, conferencias y debates (muy adecuados para fomentar el interés del alumno), análisis de la prensa (descodificación de mensajes), etc. B) Resultados comparativos del pre y posttest, en todas las preguntas se aprecian mejores y suficientes resultados en el postest, salvo en las preguntas 6 y 7 (¿En qué Autonomía vives y cuándo se creó?), donde las respuestas son similares, lo que demuestra globalmente el éxito del programa diseñado. C) Resultados del cuestionario de autoevaluación, en general, positivos aunque hay diferencias en las respuestas de grupos buenos, por su rendimiento y comportamiento, y grupos peores, siendo más negativas en los últimos. Para terminar, resalta la petición de más conferencias, debates y visitas y la valoración del curso como interesante y novedoso. El juicio que merece la experiencia a profesores y alumnos en cuanto a la adquisición de conocimientos sobre la Constitución, el Estado de las Autonomías y el Estatuto de Autonomía de Madrid y en cuanto a las actividades y recursos didácticos manejados, es globalmente positivo cabe desear la intensificación de actividades donde la iniciativa sea de los alumnos, de debates, de lectura crítica de la prensa, la introducción del vídeo y de películas formativas sobre la convivencia democrática y el seguimiento de los problemas de la comunidad con asistencia periódica a las sesiones de la Asamblea.

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Informe final de investigación en el que se define el contenido y se delimita el alcance de la autonomía financiera en los entes municipales en Colombia. Lo anterior, partiendo del premisa del artículo 311 de la C.N., en donde el Municipio es concebido como la “entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado (…)”, al cual se le arrogó autonomía como derecho y como garantía institucional, para destinarlo a ser la piedra angular de la organización territorial del Estado, autonomía para la gestión de sus intereses que se manifiesta en la facultad de administrar sus recursos, establecer tributos y participar en las rentas nacionales; indicando que es éste el objeto de análisis del presente documento. La autonomía financiera en los municipios será analizada desde el punto de vista constitucional, normativo, jurisprudencial y doctrinal. Se demostrará que ésta es el resultado de la evolución en la forma en la cual se ha hecho y se hace el gasto público en Colombia, una transición que de manera simultánea al proceso político administrativo, ha demostrado que sólo a través del empoderamiento de los municipios puede concretarse la eficiencia como principio orientador del gasto público. Además, se examinará la autonomía financiera municipal en sus dos manifestaciones esenciales, es decir, revisando la forma en que los municipios obtienen sus recursos y la forma en que posteriormente los ejecutan.

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Tal vez las ideas dominantes no sean exactamente las de las clases dominantes, pero el trabajo parte de la idea de que las ideas dominantes en las clases tienen una gran influencia. Por ello se estudia la versión que se da del federalismo por parte de los autores más influyentes en el derecho público español desde el siglo XIX hasta nuestros días. Se concluye que del rechazo generalizado y del elogio del centralismo, tras la Constitución de 1978 se pasa a proponer el federalismo como la pauta más favorable para la evolución del Estado autonómico. Ahora bien, se propone la versión más centralizadora del federalismo, cual es la del federalismo cooperativo

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El presente artículo se centra en el estudio de los acuerdos de inmigración celebrados a partir de la década de los noventa entre la Federación y las provincias canadienses (a excepción de Quebec). Los acuerdos incluyen tanto la posibilidad de seleccionar una parte de la inmigración que llega al territorio de cada provincia, como la gestión provincial de los programas de primera acogida e integración. En la primera parte se estudian los acuerdos firmados con Manitoba, Alberta, British Columbia y Ontario, para posteriormente analizar el impacto de los mismos tanto en el modelo migratorio, como en el modelo federal canadiense. El artículo concluye que los acuerdos han disminuido el nivel de asimetría en relación a la competencia sobre inmigración, pero sin llegar a eliminarla. Además, la gestión realizada por las provincias pone en evidencia la necesidad de repasar los perfiles migratorios altamente cualificados y la necesidad de implementar mecanismos de coordinación para evitar distorsiones en el modelo migratorio.

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La crisis financiera y la crisis de la deuda soberana han tenido un gran impacto en el Estado autonómico y han polarizado las posiciones entre los partidarios de una mayor centralización y los que consideran agotado el modelo autonómico y defienden la necesidad de articular nuevas vías para alcanzar y garantizar el nivel de autogobierno. En este análisis se argumenta que a pesar de que la crisis ha tenido un impacto negativo en el debate sobre la viabilidad del Estado autonómico y en la percepción ciudadana sobre el nivel de gasto y de competencias de las Comunidades Autónomas este debate es anterior a la crisis económica. Además la crisis ha tenido un mayor impacto en estados de estructura unitaria o poco descentralizada, y menor en estados de estructura federal, por lo que no parece que exista una relación directa entre descentralización y crisis económica.

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Es un estudio de derecho comparado sobre el principio de autonomía territorial en Bolivia y Colombia.

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Estudio de las transformaciones y tendencias de modelos territoriales de Estado en América Latina, con el fin de observar el desarrollo y la aplicación de la denominada “megatendencia de la descentralización”. Relacionándolo con los enfoques actuales de los sistemas de gobierno y regímenes políticos con las formas de configuración de los modelos territoriales en el ámbito latino americano en el caso del Ecuador.

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En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.

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El derecho a la educación se desarrolla como un proceso imprescindible dentro de un sistema educativo regulado. Y las garantías jurídicas son el complemento imprescindible como instrumento de protección que permiten la aplicación de estos derechos. Además, la protección de estos derechos está directamente relacionada con el tipo de organización política que caracteriza a nuestro país, un estado autonómico, que se caracteriza por la descentralización administrativa y política en ciertas materias. La aceptación de competencias en materia educativa por parte de las Comunidades Autónomas las dota de una cierta autonomía para adaptar la enseñanza a la realidad social de su entorno. La educación está pasando por un proceso de reconceptualización de sus funciones y también de las funciones que se les atribuyen a los agentes educativos, lo cual deriva, a su vez, en una reconceptualización de las responsabilidades que genera el derecho a la educación. Se pretende que se produzca una mayor implicación de los distintos sectores sociales, lo que daría lugar, a una mayor democratización y autonomía educativa. A través de un análisis teórico y práctico, el presente artículo hace una aproximación a los distintos tipos de responsabilidades establecidos en el ámbito educativo: responsabilidad civil, administrativa, laboral, penal, corporativa y compartida.

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Reconociendo que el doble proceso de democratización y de descentralización del poder político ha sido uno de los logros del siglo XX, debemos analizar las carencias y deficiencias que subsisten en la actualidad y que, si no se subsanan adecuadamente, pueden malograr el proceso autonómico de descentralización educativa. La organización del Ministerio de Educación y Ciencia no ha dado signos de estar preparando un nuevo modelo de organización administrativa, inevitable tras los traspasos de 1997. No es sólo un problema de tamaño, de volumen orgánico, sino de funciones. El futuro modelo de organización tendrá que ser, por exigencia del estado autonómico, un Ministerio pequeño altamente cualificado, con escasas o nulas competencias de gestión y con funciones legisladoras, de programación general de la enseñanza, de coordinación y de control, de cooperación y de evaluación general del sistema educativo. Un Ministerio con estas características lleva consigo una reducción drástica de las unidades de gestión y una reconversión del personal a su servicio. Pero la función más importante debería ser la programación general de la enseñanza y es una competencia compartida entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Es cierto, que estas últimas han tratado de robustecer su organización en los primeros momentos, pero no se ha producido una renovación en el esquema. Finalmente, la descentralización debe llegar también a las aulas, es decir, al centro docente. Se trata de una autonomía que pueda afectar a la determinación del número de alumnos por clase, al número de unidades y profesores; a su selección y retribución; a los métodos y procedimientos de enseñanza. Pero cuando pensamos en un centro docente lo que tenemos en mente son espacios para la realización de objetivos y determinaciones adoptadas en lugares administrativos y territorialmente superiores. Sin embargo, queda mucho camino para la descentralización. El camino hacia una nueva fase del proceso autonómico conduce a la cooperación. Las técnicas de cooperación deben ser objeto de un mayor desarrollo y de una mayor riqueza. Después habría que reforzar la aplicación a la educación de los principios constitucionales básicos, los principios de unidad y autonomía que son inseparables. Justo en el equilibrio de los dos está el sostén más firme de un Estado integrador de regiones y nacionalidades. Ese principio reposa sobre un tercer principio constitucional, el de la solidaridad, entendido como lealtad al Estado y lealtad de las Comunidades Autónomas al Estado, pero también de este a las Comunidades. La solidaridad puede ser la clave del arco de un Estado complejo, compuesto de diecisiete comunidades. La construcción de este Estado autonómico exige el esfuerzo de todas las partes implicadas, pero en ese Estado todos los ciudadanos, municipios, provincias y Comunidades Autónomas deben encontrar su lugar, su papel y su participación.

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Monográfico con el título: 'El pacto educativo'