1000 resultados para derecho a la maternidad libremente decidida
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Este trabajo, ha significado no solo el conocimiento de aspectos socioculturales desconocidos de Bogotá y de la idiosincrasia colombiana, sino un entrar en si mismo y en miles de mujeres que tienen la responsabilidad de educar los hombres del futuro
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El contrato de maternidad subrogada está declarado nulo de pleno derecho en España en base a la Ley 14/2006 referida a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida. En primer lugar, afrontaremos el problema del reconocimiento de la inscripción de la filiación de los menores nacidos por esta técnica, para luego, con el fin de analizar el tema objeto de este trabajo, estudiar si existe derecho a las prestaciones por maternidad en el supuesto de la maternidad subrogada. De esta manera, tras un análisis de la doctrina científica y jurisprudencial, exponemos la necesidad de regulación del contrato de maternidad subrogada en España.
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Este tema abarca aspectos esenciales del ser humano como son: la perpetuación de la especie humana, el mejoramiento de la calidad biológica en sus distintas facetas, la disminución y prevención de enfermedades hereditarias mediante la manipulación genética.
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Nuestro interés por recuperar trayectorias discursivas que se ocuparon de lo que hoy denominamos derechos (no) reproductivos y sexuales y de las mujeres en Argentina, nos condujo al análisis de las locuciones del movimiento anarquista. En nuestras primeras pesquisas, las voces de dos médicos anarquistas se destacaron en el tratamiento del problema que nos interesaba abordar. Asimismo, la presencia de ideas provenientes de la eugenesia en los planteos de estos profesionales para el desarrollo de un discurso emancipatorio para las mujeres en relación del derecho a la autodeterminación sexual y reproductiva, nos condujo a focalizar en las distintas apropiaciones de la eugenesia dentro del campo médico. Ante este panorama, nuestra investigación tiene por objetivo general analizar, fundamentalmente, el discurso médico del movimiento anarquista referido al control de la natalidad, la maternidad y el placer sexual en la Argentina durante el período 1931-1951. En este sentido, nos interesa ocuparnos del debate sobre estos temas ?más o menos explícitamente enunciados- en el campo médico y, a partir de allí, desprender la particularidad libertaria. La hipótesis general que demostrará esta tesis sostiene que, a partir de la consolidación del pensamiento eugénico anarquista local a través de su propuesta de control de la natalidad, se fortaleció y se legitimó el discurso sobre los derechos de las mujeres a decidir sobre su capacidad de gestar y su derecho al placer sexual sin que interviniera la reproducción como único destino
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Nuestro interés por recuperar trayectorias discursivas que se ocuparon de lo que hoy denominamos derechos (no) reproductivos y sexuales y de las mujeres en Argentina, nos condujo al análisis de las locuciones del movimiento anarquista. En nuestras primeras pesquisas, las voces de dos médicos anarquistas se destacaron en el tratamiento del problema que nos interesaba abordar. Asimismo, la presencia de ideas provenientes de la eugenesia en los planteos de estos profesionales para el desarrollo de un discurso emancipatorio para las mujeres en relación del derecho a la autodeterminación sexual y reproductiva, nos condujo a focalizar en las distintas apropiaciones de la eugenesia dentro del campo médico. Ante este panorama, nuestra investigación tiene por objetivo general analizar, fundamentalmente, el discurso médico del movimiento anarquista referido al control de la natalidad, la maternidad y el placer sexual en la Argentina durante el período 1931-1951. En este sentido, nos interesa ocuparnos del debate sobre estos temas ?más o menos explícitamente enunciados- en el campo médico y, a partir de allí, desprender la particularidad libertaria. La hipótesis general que demostrará esta tesis sostiene que, a partir de la consolidación del pensamiento eugénico anarquista local a través de su propuesta de control de la natalidad, se fortaleció y se legitimó el discurso sobre los derechos de las mujeres a decidir sobre su capacidad de gestar y su derecho al placer sexual sin que interviniera la reproducción como único destino
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Nuestro interés por recuperar trayectorias discursivas que se ocuparon de lo que hoy denominamos derechos (no) reproductivos y sexuales y de las mujeres en Argentina, nos condujo al análisis de las locuciones del movimiento anarquista. En nuestras primeras pesquisas, las voces de dos médicos anarquistas se destacaron en el tratamiento del problema que nos interesaba abordar. Asimismo, la presencia de ideas provenientes de la eugenesia en los planteos de estos profesionales para el desarrollo de un discurso emancipatorio para las mujeres en relación del derecho a la autodeterminación sexual y reproductiva, nos condujo a focalizar en las distintas apropiaciones de la eugenesia dentro del campo médico. Ante este panorama, nuestra investigación tiene por objetivo general analizar, fundamentalmente, el discurso médico del movimiento anarquista referido al control de la natalidad, la maternidad y el placer sexual en la Argentina durante el período 1931-1951. En este sentido, nos interesa ocuparnos del debate sobre estos temas ?más o menos explícitamente enunciados- en el campo médico y, a partir de allí, desprender la particularidad libertaria. La hipótesis general que demostrará esta tesis sostiene que, a partir de la consolidación del pensamiento eugénico anarquista local a través de su propuesta de control de la natalidad, se fortaleció y se legitimó el discurso sobre los derechos de las mujeres a decidir sobre su capacidad de gestar y su derecho al placer sexual sin que interviniera la reproducción como único destino
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Durante las últimas décadas las ciudades latinoamericanas se caracterizaron por fuertes procesos de crecimiento urbano y profundización de la distribución inequitativa de la riqueza, reforzando el patrón de segregación residencial socioeconómica existente. Desde la supremacía de la lógica del mercado inmobiliario y de suelo vinculada al desarrollo urbano, estas situaciones prefiguran un contexto de reiteradas violaciones al derecho a la ciudad y acaban cristalizando en focos de conflictos sociales y urbanos, que atentan contra la gobernabilidad local del territorio y la posibiidad del ejercicio de derechos inalienables. En Córdoba el nivel de conflictividad urbana ha ido incrementándose. En este sentido, el presente proyecto propone identificar, caracterizar y georreferenciar los conflictos urbanos existentes en la ciudad a partir de la selección de variables urbanas, ambientales y sociopolíticas relevantes en su determinación (acceso al suelo, precariedad habitacional, necesidad de espacios verdes, acceso a infraestructura y servicios públicos, criticidad ambiental, entre otras variables emergentes en campo). También se pretende comprender las representaciones y prácticas de los distintos agentes involucrados respecto de las mismas y de las políticas públicas asociadas. La hipótesis del trabajo sostiene que cuando se analiza el sistema urbano de un modo integral, emergen vinculaciones espaciales que derivan en situaciones conflictivas, predominando la sectorización y la compartimentización según problemáticas focalizadas, no existiendo actualmente políticas que integren la complejidad de aristas que supone el desarrollo urbano. Esto también se observa en el campo de las representaciones y prácticas relacionadas a dichos conflictos, registrándose fuertes diferenciaciones entre las de la ciudadanía afectada por situaciones de violación de derechos a la ciudad, y aquellas que tienen los sectores públicos y/o privados con incidencia en las mismas. Ambas situaciones inciden en la formulación y ejecución de políticas públicas que no terminan de resolver las disputas que se materializan en el territorio. De aquí que el propósito del trabajo sea identificar y caracterizar de manera más integral los conflictos urbanos existentes en la ciudad, confrontando las distintas miradas y acciones que coexisten en su construcción territorial; y en base a ese diagnóstico proponer, a partir de su visibilización, estrategias de superación de dichas tensiones e incompatibilidades.
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Desde el Derecho Romano, y aún hasta hoy, se ha debatido acerca de la persona por nacer, un tema que es todavía (y más que nunca) materia de discusión inclusive a nivel legislativo. ¿El nasciturus es persona? Creemos que aquí está el meollo del tema, porque si no lo fuese, obviamente no podríamos pretender que tenga "derechos" ya que conformaría solamente parte de la entraña materna y la mujer embarazada tendría la posibilidad de decidir sobre su continuidad o no. En el caso inverso sucedería todo lo contrario, coexistirían dentro de un mismo cuerpo (el materno) dos seres humanos distintos, cada uno con sus derechos, supuesto en el cual el legislador deberá decidir si alguno priva sobre el otro. Conocemos que el tema tiene múltiples aristas y no es nuestra intención incursionar en todas ellas, ocupándonos de cuestiones médicas o bioéticas que nos son ajenas, nuestro objetivo es bastante más modesto, pero a la vez planeamos hacerlo profundo, específicamente en el ámbito jurídico. Para ello habremos de desentrañar cuál fue la solución consagrada por el Derecho Romano, fundamentalmente en el Corpus Iuris, porque existen muchos civilistas que a nuestro criterio tienen un concepto errado sobre ese tema. Avanzaremos luego en el estudio de los derechos de la época intermedia fundamentalmente las leyes españolas, y también en lo que al respecto consagra tanto el Derecho Canónico como los sistemas jurídicos vigentes en el Derecho Comparado, particularmente en América Latina. Paralelamente se evaluará el problema desde la óptica de la Bioética y la Filosofía. Con este bagaje acumulado estaremos en condiciones de analizar cuál es la realidad jurídica Argentina, cuáles leyes están vigentes, cuáles son los proyectos pendientes de tratamiento legislativo y finalmente formular sugerencias acerca de las características de la norma, o normas, cuya sanción propugnamos. O eventualmente desaconsejar la sanción de una ley al respecto.
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Durante las últimas décadas las ciudades latinoamericanas se caracterizaron por fuertes procesos de crecimiento urbano y profundización de la distribución inequitativa de la riqueza, reforzando el patrón de segregación residencial socioeconómica existente. Desde la supremacía de la lógica del mercado inmobiliario y de suelo vinculada al desarrollo urbano, estas situaciones prefiguran un contexto de reiteradas violaciones al derecho a la ciudad y acaban cristalizando en focos de conflictos sociales y urbanos, que atentan contra la gobernabilidad local del territorio y la posibiidad del ejercicio de derechos inalienables. En Córdoba el nivel de conflictividad urbana ha ido incrementándose. En este sentido, el presente proyecto propone identificar, caracterizar y georreferenciar los conflictos urbanos existentes en la ciudad a partir de la selección de variables urbanas, ambientales y sociopolíticas relevantes en su determinación (acceso al suelo, precariedad habitacional, necesidad de espacios verdes, acceso a infraestructura y servicios públicos, criticidad ambiental, entre otras variables emergentes en campo). También se pretende comprender las representaciones y prácticas de los distintos agentes involucrados respecto de las mismas y de las políticas públicas asociadas. La hipótesis del trabajo sostiene que cuando se analiza el sistema urbano de un modo integral, emergen vinculaciones espaciales que derivan en situaciones conflictivas, predominando la sectorización y la compartimentización según problemáticas focalizadas, no existiendo actualmente políticas que integren la complejidad de aristas que supone el desarrollo urbano. Esto también se observa en el campo de las representaciones y prácticas relacionadas a dichos conflictos, registrándose fuertes diferenciaciones entre las de la ciudadanía afectada por situaciones de violación de derechos a la ciudad, y aquellas que tienen los sectores públicos y/o privados con incidencia en las mismas. Ambas situaciones inciden en la formulación y ejecución de políticas públicas que no terminan de resolver las disputas que se materializan en el territorio. De aquí que el propósito del trabajo sea identificar y caracterizar de manera más integral los conflictos urbanos existentes en la ciudad, confrontando las distintas miradas y acciones que coexisten en su construcción territorial; y en base a ese diagnóstico proponer, a partir de su visibilización, estrategias de superación de dichas tensiones e incompatibilidades.
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Els Tribunals de cada Estat de la UE són responsables de garantir que el Dret de la UE s'apliqui correctament en el seu Estat, no obstant això, les diverses cultures jurídiques creen el risc que els mateixos interpretin la legislació de la UE de maneres diferents. Per impedir que això succeeixi, es va crear la "qüestió prejudicial", de manera que, si un tribunal nacional té qualsevol dubte sobre la interpretació o validesa d'una norma de la UE, pugues, i en el cas que la seva resolució no sigui recurrible, ha de recaptar l'opinió del Tribunal de Justícia, que s'emeti una sentència en forma de qüestió prejudicial d'obligat compliment. Aquestes sentències han generat gran part de la jurisprudència comunitària, font de gran vitalitat dels principis generals del dret comunitari, entre els quals figuren el de primacia, efecte directe i interpretació conforme, seguint l'objectiu implícit de la integració comunitària. Actualment la qüestió *prejudicial contínua sent un dels principals mecanismes jurídics utilitzats dins per a la solució de les controvèrsies pel dret de la Unió.
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La insuficiencia pulmonar después de la reparación de la Tetralogía de Fallot ocasiona una dilatación del ventrículo derecho, IT y/o empeoramiento de la CF. El momento de la cirugía viene marcado por la presencia de la clínica y/o dilatación ventrículo derecho. El motivo del presente estudio es realizar una revisión de los pacientes sometidos a sustitución valvular pulmonar, un seguimiento clínico y ecocardiográfico. MÉTODOS Desde enero 2003 a enero 2009, 33 pacientes fueron sometidos a una cirugía de sustitución valvular pulmonar. El 41 % de los pacientes fueron mujeres y el 59 % varones. La edad media de los pacientes fue de 31,3 años, ( 18 - 63 a ). La edad media de la primera intervención fue a los 3,8 años ( 6 meses – 28 años ). Sólo un paciente no había sido sometido a ningún tipo de intervención en la infancia, realizándose una cirugía paliativa – correctora a los 28 años. La indicación de intervención quirúrgica vino marcada por la presencia de clínica en 11 pacientes ( 37 %) y por dilatación VD, ( única o asintomática) en 18 pacientes ( 62%). RESULTADOS No hubo mortalidad operatoria con una estancia media post IQ de 15,21 días ( 9- 27 días). Se analizan los resultados quirúrgicos de estos pacientes a tres niveles: Clínica y tolerancia al esfuerzo en postoperatorio inmediato y tardío. Eventos arrítmicos en el postoperatorio inmediato y seguimiento y Parámetros ecocardiográficos en postoperatorio inmediato y tardío. (Dimensiones cavidades derechas y función contráctil del VD ( TAPSE )).En el seguimiento al año de la intervención ningún paciente presentaba clínica de IP. El 67 % de los pacientes fueron intervenidos manteniéndose asintomáticos con un 37% ( 11 pacientes ) de eventos arrítmicos pre cirugía ( 9 ; 31 % pacientes) fueron sometidos a ablación precirugía y 3 pacientes ( 10 %) requirieron implante de un dispositivo DAI. Después de la cirugía el 86 % de los pacientes, 24 pacientes, se mantenían en CF I; 3 pacientes ( 10 %) continuaron presentando eventos arrítmicos y un solo paciente requirió implante de DAI. El remodelado del VD al año y medio de seguimiento presentó una reducción del 11 % respecto al diámetro teledistólico precirugía ( DTDV x 54,43 ( 41-70 mm), postcirugía ( DTDV x 44,29 ( 32-61), p ≤ 0,01; sin encontrar diferencias significativas en la reducción del dTS pre/postcirugía. La función del VD ( TAPSE pre IQ 16,35 ( 13-229;postcirugía inmediata 15,54 ( 11-23) y al año 17,5. El gradiente medio es inferior al 15 mmHg en el 84 % de los pacientes portadores de válvula biológica. 11 pacientes ≤ 11 mmHg ( 44 %); 10 pacientes ≤ 15 mm Hg ( 40 %). CONCLUSIONES En este estudio realizado en el Hospital Vall d’Hebron, la sustitución valvular pulmonar en pacientes afectos de una Tetralogía de Fallot mejora los diámetros ventriculares, la función contráctil y por lo tanto la capacidad funcional de los mismos. En los pacientes sometidos a Estudio electrofisiológicos que no presentaron inducción de eventos arrítmicos ventriculares, no han presentado episodios arrítmicos tras la cirugía de sustitución valvular pulmonar. Todos los pacientes se mantienen en Clase funcional I tras la cirugía y libres de reintervención con un seguimiento medio de 16,9 ( 5-33 ) meses. Los factores de riesgo para presentar una peor evolución son un retraso en la corrección inicial de la TOF y por lo tanto aparición de enfermedad pulmonar por hipertensión vascular subyacente, edad avanzada en el momento del PVR, deterioro funcional preoperatorio con Clase Funcional según NYHA ( III- IV), o bien aparición de eventos arrítmicos.
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Boletín semanal para profesionales sanitarios de la Secretaría General de Salud Pública y Participación Social de la Consejería de Salud
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En aquest treball, prenent com a marc teòric de referència la deconstrucció de la dicotomia públic/privat realitzada per la teoría feminista en aquestes últimes dècades, i les anàlisis jurídicfeministes del dret, posem de manifest com el Dret de la Unió Europea sobre la conciliació de la vida familiar i laboral està articulat acord amb aquesta dicotomia, i en conseqüència, no té en compte els interessos de les dones en tot el seu abast, ja que potencia la seva participació en el treball remunerat però sense resoldre el problema de les desigualtats entre homes i dones en relació amb les càrregues familiars i domèstiques.
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[eng] Aim: The paper examines the current situation of recognition of patients' right to information in international standards and in the national laws of Belgium, France, Italy, Spain (and Catalonia), Switzerland and the United Kingdom.Methodology: International standards, laws and codes of ethics of physicians and librarians that are currently in force were identified and analyzed with regard to patients' right to information and the ownership of this right. The related subjects of access to clinical history, advance directives and informed consent were not taken into account.Results: All the standards, laws and codes analyzed deal with guaranteeing access to information. The codes of ethics of both physicians and librarians establish the duty to inform.Conclusions: Librarians must collaborate with physicians in the process of informing patients.