685 resultados para delito
Resumo:
Proyecto de investigación realizado a partir de una estancia en el Centre of Criminology de la University of Toronto, Canadà, entre 2006 y 2008. El miedo al delito como ámbito temático lleva 40 años de andadura y cuenta con cientos de investigaciones en su acervo. Dicha subdisciplina ha utilizado la expresión “miedo al delito” para referirse a un conjunto de conceptos académicos que ella misma va desarrollando, así como a lo que considera una experiencia subjetiva que pretende estudiar. Tanto el concepto como la experiencia han sido vagamente catalogados de respuesta emocional frente al delito o imágenes asociadas a éste. A pesar de los estudios más empíricos y de las teorías más positivistas, que tratan el miedo al delito como un fenómeno que puede ser medido y a cuyo conocimiento nos podemos ir aproximando cada vez con mayor precisión, con el trabajo de este proyecto se puede concluir que el miedo al delito constituye un elemento semántico-conceptual de las categorías académica y popular de delito. Los enfoques culturalistas o hermenéuticos han apuntado esta cuestión pero, simultáneamente, han seguido admitiendo la complementariedad entre enfoques. En principio, admitir el valor constitutivo del miedo al delito en la noción de delito parece que no excluye la necesidad de conocer si los temores a ser víctima de un delito han aumentado en nuestra ciudad, ni el saber por qué ello ha sido así. Apropiarse de tales saberes tal vez sea la única forma de aislar factores discretos que puedan ser manipulados en políticas públicas para erradicar el temor cuyo incremento se supone verificado con las mediciones. Sin embargo, puesto que lo registrado han sido actitudes cognitivas y no emociones, los eventuales programas de intervención deberían ser ideados en el mejor de los casos, con la misma complejidad que la propia formación de creencias lo que lo haría inoperativo. Acción bianual.
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La investigación analiza las narrativas de desistir/persistencia en la actividad delictiva en población masculina condenada a prisión por delitos patrimoniales y/o contra la salud pública. Con este objetivo se realizan entrevistas a internos semanas previas a la finalización de la condena.
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El sistema tributario es fundamental en el Estado social y democrático de Derecho, pues el ejercicio y efectivo disfrute de muchos derechos fundamentales depende del correcto funcionamiento de la actividad tributaria. Además de esto, la situación económica actual demanda una adecuada política en contra del fraude tributario, lo que necesariamente implica analizar si el modelo penal vigente es el más adecuado para enfrentar el fraude fiscal. Teniendo en cuenta que muchas de las características de la criminalidad tributaria no son exclusivas de un país, pues ésta trasciende habitualmente las fronteras de los países por medio del recurso a empresas multinacionales o la localización de empresas en “paraísos fiscales”, el análisis del fraude tributario no debe limitarse al examen jurídico del modelo legislativo español, debiendo trascender a un estudio de política criminal que vincula consideraciones criminológicas y jurídicas. En consecuencia, en esta investigación se propone un análisis que no se reduce a los debates exclusivamente jurídicos. Se busca, además, efectuar un examen que tenga por fundamento una perspectiva criminológica y de Law in action a fin de evaluar críticamente la respuesta a la criminalidad tributaria por parte del modelo de regulación penal vigente en España. Esta orientación permitirá una más amplia comprensión del fenómeno de la criminalidad tributaria, así como de las categorías jurídicas adecuadas político criminalmente para su prevención. Este estudio interdisciplinario nos conducirá, al final de la investigación, tanto a proponer la interpretación del modelo de legislación penal vigente, como una reforma al mismo que pretenda solucionar algunos de los problemas de prevención que a lo largo de la investigación se señalan.
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El objetivo principal de este estudio es profundizar en el concepto de desistimiento y los factores de protección, primero a nivel teórico y después a nivel empírico. El estudio consta de dos partes, una primera descriptiva del perfil del menor desistente, y una segunda hecha con encuestas, donde se evalúan les dimensiones de la competencia emocional en un grupo de adolescentes infractores. A partir de una muestra de 288 adolescentes infractores, 86 reincidentes y 202 desistentes, de las comarcas del Baix Llobregat, Garraf, Alt Penedès y algunos municipios del Anoia, se analizan las diferencias sociodemográficas, criminológicas y del recorrido educativo hecho en la Dirección General de Justicia Juvenil. A continuación participan en el estudio por encuesta una muestra de 101 adolescentes, 45 reincidentes y 56 desistentes, procedentes de los programas de mediación, medio abierto e internamiento. Los adolescentes desistentes en el delito obtienen puntuaciones superiores a los reincidentes, siendo estas diferencias estadísticamente significativas en la dimensión de competencia social y en la puntuación total de competencia emocional.
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Esta investigación recoge las características más destacadas de los jóvenes infractores que han pasado por la Dirección General de Justicia Juvenil a lo largo del 2002 y les hace seguimiento hasta diciembre de 2004 para ver si han reincidido en le delito. También estudia específicamente a chicas y extranjeros, para tener datos significativos de dos colectivos minoritarios pero poco estudiados en el contexto de los jóvenes infractores
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Los delitos contra la propiedad industrial e intelectual por sus especiales particularidades constituyen junto con los delitos informáticos, uno de los delitos cuyas formas de manifestación, comisión y desarrollo presentan una mayor evolución al estar directamente relacionadas con el propio desarrollo y el de la tecnología y ser por lo tanto éste un mecanismo imprescindible para su existencia. Así la revolución digital y avances en tecnología han removido los cimientos de las formas tradicionales de cometer algunos delitos como son los casos de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. En este sentido los derechos de propiedad intelectual e industrial son una fuente lucrativa para los grupos delictivos organizados y un medio fácil y de poco coste para la obtención de importantes beneficios económicos y con menor riesgo de castigo. Por otro la especial idiosincrasia de las localidades de esta comunidad autónoma, grandes urbes como la ciudad de Barcelona y largas zonas de playas, turismo, buenas comunicaciones, gran afluencia de población y movilidad de la misma, determina que este tipo de delitos y algunas de sus manifestaciones más visibles como el denominado fenómeno del Top manta tenga una especial relevancia e importancia que afecta sustantivamente a todos nuestros municipios. A ello debe unirse un elemento determinante para su proliferación como es el hecho del gran número de población inmigrante, en situación de necesidad que accede al desarrollo de esta actividad como único medio para obtención de ingresos ante la imposibilidad de acceder a otro medio laboral por encontrarse irregularmente en nuestro país, carecer de formación, desconocer el idioma, etc.
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[spa] A través de la LO 5/2010 el legislador español introdujo en el CP el art. 286 bis, creando un nuevo delito de corrupción privada. Según el Preámbulo a la LO 5/2010:"La idea fuerza en este ámbito es que la garantía de una competencia justa y honesta pasa por la represión de los actos encaminados a corromper a los administradores de entidades privadas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho". En este trabajo se aborda la cuestión del bien jurídico protegido, examinando la postura defendida por la doctrina mayoritaria, partidaria de la tesis de que estamos ante un delito de peligro abstracto, y se propone un planteamiento distinto: entender que se trata de un delito de peligro concreto y no abstracto. Asimismo, se realiza un estudio de la estructura típica del nuevo delito y se analizan algunos de los problemas interpretativos que plantea la corrupción entre particulares.
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A continuació, pretenem valorar en quina mesura l’home és responsable a la malaltia mental, sabent que és una pregunta de difícil solució i, en certa manera, incontestable. La normalitat serà el nostre punt de partida. Amb aquest objectiu, analitzarem el terme, l’essència, els tipus i les limitacions de la llibertat així com la seva utilització. Donarem espai també a l’exposició de la consciència moral ja que és objecte d’estudi en afers de responsabilitat moral. En aquest cas, volem apropar-nos als fonaments antropològics i ètics de l’home amb la voluntat d’entendre, tot el que sigui possible, el significat de la responsabilitat moral i la voluntarietat de l’acció humana.
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El presente estudio expone la regulación del nuevo delito de "atti persecutori" introducido en el Código Penal italiano. El Decreto Legge 11/2009, de 23 de febrero, convalidado por el Parlamento italiano mediante la Ley 28/2009, ha incluido un nuevo art. 612 bis al CP italiano. Con la inclusión de dicho delito entre los que protegen la libertad del individuo Italia se incorpora a la corriente político-criminal que propugna la criminalización del stalking. La incriminación de dichas conductas de acoso constituye una orientación iniciada en Estados Unidos a principios de los 90, que ha colonizado otros países del Common Law y que finalmente ha llegado a la Europa continental. En este trabajo se analizan básicamente los elementos del tipo del nuevo delito italiano. Sin embargo, no se deja de atender ni a la previa conceptuación de este fenómeno ni a otras medidas protectoras de la víctima del stalking que se incorporan al ordenamiento italiano mediante la presente Ley.
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El artículo analiza los elementos esenciales del nuevo delito de trata de personas que incorporado al CP mediante la reforma de 2010. Asimismo explora la tipificación de la trata de personas en Derecho comparado, los compromisos internacionales adquiridos por el Estado español acerca de la incriminación de esta conducta y su nivel de cumplimiento con el nuevo delito.
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Tesis ( Maestro en Derecho) U.A.N.L.
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Tesis ( Maestro en Derecho) U.A.N.L.
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Tesis ( Maestro en Derecho) U.A.N.L.
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Tesis ( Maestro en Derecho) U.A.N.L.
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Tesis (Maestría en Ciencias Penales) U.A.N.L.