5 resultados para concejiles


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Ejemplar dedicado a: Élites sociales y poder territorial.

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[ES]Durante el tránsito de la Edad Media a la Edad Moderna los linajes urbanos y los Parientes Mayores siguieron compartiendo intereses comunes y estrechos lazos sanguíneos y económicos, que les permitieron monopolizar el poder de las villas guipuzcoanas y copar la mayor parte de los cargos concejiles, dando lugar a un proceso de oligarquización. El trabajo de investigación se vale de métodos prosopográficos para analizar una serie de fuentes inéditas o escasamente utilizadas hasta la fecha, complementadas por otras suficientemente conocidas, para demostrar que, a pesar de lo que ha venido manteniendo la historiografía, los Parientes Mayores no fueron vencidos y desplazados por los linajes urbanos, si no que se produjo una simbiosis entre ambos, lo que les permitió seguir controlando la vida política local y provincial de forma directa o indirecta.

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El objetivo de esta obra consiste en analizar la composición de las principales instituciones de la capital del virreinato del Nuevo Reino de Granada con el fin de conocer quiénes formaban parte de las altas instancias rectoras de Santa Fe durante una época caracterizada por los cambios administrativos. La adscripción a determinadas instituciones era un elemento más de la condición social de los individuos y permite hallar entre ellos rasgos y características comunes que les otorgaron una fuerte cohesión interna. Identificar las redes sociales y los grupos de poder en los que se inscribieron los actores sociales permite identificar tanto los vínculos establecidos entre ellos como los conflictos suscitados por intereses contrarios. Así, se comprueba que la elite de la capital estaba profundamente interrelacionada a través de una complejidad de vínculos y que su principal objetivo consistía en hacer prevalecer sus intereses para obtener una mayor relevancia social, económica y política.

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Averiguar qué regimen jurídico ha de aplicarse realmente a las universidades públicas cuando la solución no viene dada expresamente por su derecho específico y determinar cuál es su naturaleza jurídica. Investigar cuál es el sistema general de distribución de competencias normativas en materia de enseñanza universitaria y cuál es el sistema particular de distribución de competencias en cada uno de los apartados fundamentales del regimen jurídico de las universidades, especialmente de los recogidos en el articulo 3.2 de la LORU. Investigar el problema de la configuración jurídico-administrativa de las universidades, examinando por periodos históricos los indicadores básicos de dicha configuración en un ente público. Trabajo realizado desde las premisas conceptuales y metodológicas del Derecho administrativo. Se investiga el derecho aplicable y la distribución de competencias normativas entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Universidades públicas, todo ello siguiendo un método analítico. Se indaga la naturaleza jurídica de las universidades públicas. Ello se consigue mediante el estudio de los términos con que se califica a las universidades en los textos normativos, el estudio de los autores y de los pronunciamientos jurisprudenciales. Se hace un análisis histórico, acudiendo a los autores que pueden ofrecer datos sobre los aspectos de la investigación, a los documentos históricos y a las obras doctrinales de cada época. Finalmente, del análisis obtenido en torno a cada uno de los apartados básicos, se obtienen unas conclusiones finales para cada periodo. Desde la perspectiva de la distinción de personas jurídicas públicas en entes fundacionales o institucionales, por un lado, y entes corporativos, por otro, las universidades públicas aparecen con rasgos propios de los entes institucionales, pero también con algunos otros de los corporativos, por lo que el autor considera que estamos ante una nueva categoría mixta respecto de las anteriores. No en vano es ésta también la solución a la que hay que llegar actualmente en Alemania y ésta es también la posible herencia histórica que tienen las universidades españolas actuales, respecto de la posición jurídica de las medievales y de la Edad Moderna, nunca fueron exclusivamente corporaciones, sino fundamentalmente fundaciones reales concejiles o de nobles y prelados, con derechos corporativos. Se puede asumir también que estos entes jurídico-administrativos de naturaleza mixta son, a su vez, administraciones independientes, por contar con un status autónomo frente a la acción del gobierno.

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San Antonio, actual pedanía de 2.100 hb situada a 5 km de la ciudad de Requena, es un ejemplo de transformación del paisaje por efecto de la colonización humana. En 1752 poblaban esta partida dos docenas de familias de labradores, jornaleros y pastores repartidos en una veintena de casas dispersas por la campiña. La propiedad de la tierra estaba en manos de una docena de terratenientes forasteros y del concejo municipal de Requena. La superficie cultivada ascendía a uno 600 almudes de regadío y 1.000 de secano. Cien años más tarde había 730 en riego y 3.700 en secano. Este incremento estuvo acompañado de una expansión del viñedo y los cereales, a costa de pastizales y baldíos, y de una distribución y traspaso parcial de la propiedad de la tierra a manos de los colonos que se multiplicaron por diez en poco más de un siglo. Las causas que propiciaron aquella transformación fueron básicamente dos: la desamortización y venta de bienes concejiles y eclesiásticos, y la proliferación de contratos de plantación de viña a medias, mediante los cuales decenas de jornaleros lograron hacerse con una pequeña propiedad vitícola.