764 resultados para Verdad y Justicia


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UANL

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La transición a la democracia iniciada en Paraguay en 1989 abrió lentamente lo que el régimen stroesnista (1954 – 1989) había oclusado largamente: la lucha política por el poder con reglas democráticas y lógica inclusiva, a pesar de la persistencia de viejos ardides autoritarios que se habían vuelto pauta cultural en la que se socializaron varias generaciones. En este trabajo nos propusimos conocer la articulación pasado/presente en un contexto de cambio socio-histórico en las pautas de cultura política de una sociedad determinada, enfocando el análisis en la experiencia de la Comisión de Verdad y Justicia del Paraguay CVJ (203 – 208) en tanto organismo emblemático tanto, del cambio político en general como, de las condiciones de instalación de un régimen democrático en el Cono Sur. La pertinencia teórica de esta investigación antropológica se sustenta en nuestro enfoque comprensivo que tiene a la complejidad y la analogía como dimensiones de la perspectiva analítica. Su relevancia social puede ubicarse en la contribución que con ela pretendemos hacer al análisis crítico de los organismos que, como sociedad global, creamos y recreamos para abordar la problemática de la memoria, la verdad y la justicia cuando de crímenes de Estado se trata. En este sentido, la pregunta subyacente en esta investigación se realiza desde un planteo teleológico, cuya finalidad no es solo construir una respuesta verdadera, en términos positvistas, sino contribuir a la creación de un conocimiento científico que permita revisar aquelos aspectos disfuncionales de los procesos de verdad y justicia transicional. Partimos de la hipótesis general de que existe una doble relación dialéctica: entre la función que cumple una Comisión de Verdad y la capacidad de resistencia del sistema político que se intenta abandonar por un lado y; entre dicha comisión y las condiciones generales del sistema político, social y económico que permite su instalación y funcionamiento durante la transición democrática. A lo largo de este trabajo hemos analizado en profundidad las características que adquirió la CVJ en comparación con otras 43 comisiones de verdad que funcionaron en distintos puntos del planeta, en el supuesto de que el funcionamiento y la dinámica de una organización revelan las condiciones generales del sistema democrático en que se inserta. Aribamos a la conclusión de que la reconcilación social tiene como pre-condición tres movimientos complementarios: la reparación del silencio mediante la revelación pública de la violencia de Estado; la reparación material y simbólica a las víctimas (desagravio individual, familar y colectivo) como política de Estado en el nuevo contrato democrático, y; una clara búsqueda de Justicia que alcance a todos los niveles de responsabildad de los perpetradores de los Hechos Violatorios a los Derechos Humanos.

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Tras la extensa investigación de la Conadep, lo narrado por Cirella queda obstruido por las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, promulgadas durante el gobierno de Menem. Sólo Cirella cumplió unos años de prisión pero solamente se lo condenó por robo. En Mendoza, los represores siguen libres e impunes.

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Resumen: Este artículo tiene por objeto a uno de los filósofos medievales más importantes del pensamiento occidental: nos referimos a Agustín de Hipona. En este escrito intentaremos examinar y analizar, primero, el contexto biográfico, social y político de su época, ya que no podemos pretender comprender el pensamiento de un filósofo fuera de las circunstancias en que dicho pensamiento se gestó; luego de analizar el contexto histórico intentaremos justificar la postura que sostiene que San Agustín fue realmente un pensador medieval, a pesar de que no se sitúe dentro de los límites temporales que señala la tradición para la Edad Media. En segundo lugar, intentaremos poner de manifiesto sus enseñanzas acerca de la verdad y de la justicia; y, finalmente, intentaremos ubicarlas dentro de los esquemas clasificatorios de Jorge Saltor y Nicasio Barrera.

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Se considera que en educación no se ha tratado como debiera la comprensión de las causas y las consecuencias de los atentados del 11 de septiembre. Y que el sistema educativo debe facilitar al alumnado la comprensión del mundo en el que vive para abordar sucesos de este tipo. Por ello, se presentan cuatro finalidades educativas y sus correspondientes propuestas didácticas, estas son, la búsqueda de la verdad, el rechazo a la venganza y al odio, combatir el miedo y la desconfianza y democracia, paz y derechos humanos.

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Colombia ha sido escenario de disputas violentas por poder político y económico entre diferentes sectores. Del mismo modo, el país también ha manifestado una debilidad muy significativa en cuanto a su memoria histórica, hecho que se ha traducido en la segmentación del país entre quienes tienen conocimiento y conciencia acerca del conflicto interno armado y aquellos que parecen considerarlo como una serie de eventos violentos que se da en un contexto ajeno, en una suerte de país paralelo. Por lo tanto, el interés de este trabajo es el de participar en la construcción de una memoria histórica que permita al lector evidenciar y dimensionar el alcance de las acciones gubernamentales en relación a la verdad, justicia y reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos

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Realiza una investigación sobre el problemático reconocimiento del emergente Derecho a la Verdad. Igualmente, se estudia el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos como parte de la lucha contra la impunidad causada por dictaduras, autoritarismos y estados de sitio en las transiciones a la democracia en la región latinoamericana. Los principales obstáculos jurídicos a la hora de incorporar el Derecho a la Verdad han sido las leyes de amnistía, de punto final y de obediencia debida creadas para perdonar a los responsables de graves violaciones de los Derechos Humanos. Para identificar la tensión del Derecho a la Verdad con los sistemas de justicia internos, se revisan los fundamentos de los principios de legalidad y oportunamente se exponen las posturas de la prohibición de la doble imputación non bis in ídem, así como las características de la cosa juzgada. De esta manera, la presente tesis tiene como objetivo responder el siguiente cuestionamiento ¿Son los principios de cosa juzgada, non bis in ídem y legalidad una restricción al emergente Derecho a la Verdad?. Con el desarrollo del Derecho a la Verdad se busca ampliar el significado tradicional del derecho penal, en relación con las víctimas, el cual basa su desarrollo principalmente en la validez de la norma penal y en el principio in dubio pro reo. El propósito del Derecho a la Verdad es generar la igualdad procesal entre las partes sometidas a un litigio penal, con el objeto de que rija por el principio pro honmine, en el desarrollo del Estado Constitucional.

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Entre los años 1980 y 2000 el Perú vivió un episodio de violencia política, un conflicto armado interno sin precedentes, que dejó un doloroso saldo de asesinatos, secuestros, desapariciones forzadas, torturas, detenciones injustas, graves crímenes y violaciones a los derechos humanos. Ha sido el episodio de violencia interna más cruento y prolongado de toda la historia de la República; este conflicto fue desatado por grupos alzados en armas (Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru MRTA) y el estado, que puso en manifiesto varios desencuentros y brechas de todo orden, brechas que albergaron profundo dolor en la sociedad. Se llevaron a cabo diversas acciones, omisiones y violaciones a los derechos fundamentales de la persona humana; factores que desencadenaron una crisis moral y política de graves consecuencias, que el país necesita reparar, lo cual requiere la aplicación de la sanción efectiva a los responsables de las violaciones. La violencia política enfrentó a peruanos que de una manera u otra fueron partícipes en este escenario de violencia, unos mas que otros; según el grado de vulnerabilidad e indefención propio de las condiciones económicas y sociales, que se originaron en brechas insalvables, terminando por destruir el tejido social, la base productiva material, la organización familiar y la infraestructura publica, provocando así la pérdida de acceso a servicios estatales, la institucionalidad pública y la afección a la salud mental de casi todos los peruanos.

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El presente trabajo explora el desarrollo y los desafíos que tienen las intervenciones psicológicas o psicosociales en casos de violaciones severas de derechos humanos y en el marco de procesos de justicia nacional, internacional y transicional, así como la necesidad de implementarlas para precautelar el bienestar integral de las víctimas y sobrevivientes y proteger sus derechos en dichos procesos. Se analizan algunos paradigmas que existen en cuanto a las intervenciones de trauma en contextos políticos y se proponen algunas vertientes teóricas que alimentan el trabajo de investigación y atención de este tipo de situaciones traumáticas. Por último, se revisan brevemente algunas experiencias en las que las intervenciones psicosociales han tenido un papel importante como la Corte Penal Internacional (CPI), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la Comisión de la Verdad de Ecuador (CVE).

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En este artículo, proponemos una reflexión sobre las reformas en las áreas de Justicia Criminal y Seguridad Pública, en Brasil, específicamente en el Estado de Río de Janeiro. Problematizamos el contenido e impacto de las aludidas reformas indagando sobre las formas institucionales de administración de los conflictos considerados de bajo potencial ofensivo. Concentraremos la discusión en ese tipo de conflictos por ser aquellos que recurrentemente accionan a las instituciones de los dos sistemas y evidencian la coexistencia de lógicas diferenciadas en su administración. Para ello, exploramos etnografías realizadas en delegacias de la policía judicial,GuardiasMunicipales y Juzgados Especiales Criminales, del Estado de Río de Janeiro.

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)