999 resultados para Trata de esclavos
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El presente estudio de caso tiene como principal objetivo el de analizar la manera como las características sociopolíticas de los Estados del Mekong, específicamente en el caso de Camboya y Myanmar, dificultan la implementación de las normas enunciadas en el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, también conocido como el Protocolo de Palermo. En este sentido, se parte de las características principales del Protocolo y de la manera como el tráfico de personas se presenta en el Mekong para posteriormente analizar la forma como la corrupción, la impunidad y la desigualdad de género representan retos sociopolíticos que obstruyen la implementación de los mandatos internacionales enmarcados en este instrumento
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Forma parte de una serie que estudia la historia del hombre negro y de sus logros en la historia mundial. En este recurso se examina la dispersión de la población africana por todo el mundo como consecuencia de la trata de esclavos y la creación de comunidades negras en el Mar Caribe y en las costas del Norte y Sur de America; la dura vida de los esclavos en las plantaciones de Virginia, una de las primeras colonias británicas en Norteamérica. También, estudia la oposición a la esclavitud tras la independencia de las colonias americanas y la redacción de la Constitución de 1789; las rebeliones de los esclavos en el Caribe y su huida hacia los estados proabolicionistas y, la extensión de la emancipación, en el siglo XIX, por distintos países: Gran Bretaña, Estados Unidos, España y Portugal.
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Resumen tomado de la propia publicación
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Incluye Bibliografía
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O controle de ag??ncias de defesa da concorr??ncia sobre a estrutura dos mercados constitui pr??tica comum em pa??ses maduros e vem ganhando import??ncia crescente em economias emergentes. Tal atividade envolve exame de atos de concentra????o econ??mica tais como fus??es, aquisi????es, joint ventures ou incorpora????es. No Brasil este tipo de controle ?? recente, tendo sido institu??do pela Lei n?? 8.884, de junho de 1994. Desde ent??o, o Conselho Administrativo de Defesa da Concorr??ncia - CADE julgou 29 (vinte e nove) atos de concentra????o, em contraste com a experi??ncia secular de pa??ses como EUA, Canad?? e Austr??lia e de v??rias d??cadas nas na????es europ??ias depois da Segunda Guerra. A exemplo de v??rias outras ??reas de pol??tica p??blica, tornou-se imperativo agilizar os ??rg??os de defesa da concorr??ncia. Isto decorre, entre outros fatores, do intenso processo de reestrutura????o produtiva em curso no pa??s associados ?? desestatiza????o e abertura da economia. Diante das circunst??ncias descritas, ?? preciso assegurar agilidade, transpar??ncia, excel??ncia t??cnica no processo decis??rio e estabilidade de regras, todos ingredientes indispens??veis para gerar seguran??a jur??dica. Esta ??ltima, por seu turno, diminui o risco do investimento, estimulando invers??es, produ????o e emprego. Nesse sentido, o CADE promoveu mudan??as importantes no procedimento de an??lise de atos de concentra????o em colabora????o com a Secretaria de Direito Econ??mico do Minist??rio da Justi??a (SDE) e a Secretaria de Acompanhamento Econ??mico do Minist??rio da Fazenda (SEAE) mediante a edi????o da Resolu????o 5, de 28 de agosto de 1996
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Nomear o Gestor de Seguran??a da Informa????o e Comunica????es (GeSIC) e os membros, titulares e suplentes, do Comit?? de Seguran??a da Informa????o e Comunica????es (CSIC)
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Boletín semanal para profesionales sanitarios de la Secretaría General de Salud Pública, Inclusión y Calidad de Vida de la Consejería de Salud y Bienestar Social
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En la pasada década, la trata de personas alcanzó proporciones epidémicas. Ningún país es inmune. La trata de personas es, en la actualidad, de entre todas las delincuencias organizadas, la actividad criminal de mayor crecimiento en todo el mundo. No es un problema de rápida solución, en realidad es una problemática global, de interés social y jurídico. En Brasil se dan numerosos casos de hombres, mujeres y niños sometidos al tráfico sexual , tanto dentro del país como en el exterior, así como de hombres y menores sometidos a trabajo forzado dentro del país. En grado menor, Brasil es destino y tránsito de hombres y mujeres utilizados en el trabajo y la prostitución forzada. El presente trabajo expone, en su primera parte, el aspecto sociológico del problema, definiendo la trata de personas y las diferencias existentes entre el tráfico y la esclavitud sexual, la prostitución, los trabajos forzados y el comercio de tejidos, órganos y partes del cuerpo humano. En la segunda parte, se lleva a cabo un enfoque sobre la legislación penal brasileña poniendo de manifiesto las lagunas, los déficits existentes y los esfuerzos en la actualización de su legislación penal, en aras de una mejor adecuación a lo dictado en el Protocolo de Palermo. Finalmente, se analiza la lucha de las Naciones Unidas y del Brasil, en la Promulgación de un Plan para la prevención del tráfico interno e internacional de personas y sus resultados
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Copie de l'imprimé de Rouen (1611), dédié à Don Francisco de la Marcha Gobelin. — Blasons peints.
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El objetivo de esta presentación es profundizar en los conceptos de tráfico y trata de personas. Comenzando en los años noventa, este documento señala la inconsistencia existente en las definiciones antes de 2000 y en los acuerdos alcanzados posteriormente para el desarrollo de definiciones operativas a partir de las cuáles realizar diagnósticos, articular sistemas de datos y desarrollar políticas de intervención. La segunda parte de la intervención se dirige a caracterizar cada uno de estos fenómenos y a subrayar las diferencias existentes entre ambos.
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La reciente aprobación de la Directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas ha supuesto la asunción del paradigma victimocéntrico en la lucha contra el fenómeno de la trata de seres humanos por parte de la Unión Europea. La forma de abordaje que esta nueva norma representa contrasta con la política que hasta el momento había sustentado la Unión. En esta aportación se analizan los hitos de este supuesto viraje en la aproximación a la trata por parte de la Unión, los contenidos esenciales de la nueva norma y los requerimientos de adaptación de nuestro reciente delito de trata de personas derivados de la existencia de nueva normativa comunitaria.
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La trata de seres humanos constituye uno de los fenómenos criminales emergentes en la sociedad globalizada. La comunidad internacional emprendió una estrategia global contra este fenómeno a comienzos de los 2000, adoptando una política esencialmente criminalizadora. Más contemporáneamente, las políticas emprendidas contra este fenómeno pretenden abordarlo integralmente, incidiendo también en la prevención y esencialmente en la protección de las víctimas, que pasa por su identificación como tales. El Estado español ha efectuado en los últimos dos años esfuerzos para alcanzar los estándares internacionalmente establecidos para luchar contra este fenómeno. Sin embargo, el estudio empírico que aquí se presenta muestra como en el plano aplicativo queda todavía mucho por hacer. Se trata de un estudio cualitativo efectuado con 45 mujeres recluidas en dos Centros penitenciarios españoles algunas de las cuales han sido objeto de una grave victimización institucional. En el caso de 10 de estas mujeres, identificadas como víctimas de trata en este estudio, al padecimiento del proceso victimizador propio de haber sufrido los efectos de la trata de seres humanos, se suma la victimización integrada no sólo por no haber sido detectadas como víctimas de este fenómeno por el sistema, sino además por haber sido condenadas y hallarse recluidas cumpliendo condena por la comisión de un delito producida en fase de explotación del proceso de trata.
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Este trabajo aborda el estudio del tipo cualificado del delito de trata de personas cometido en el seno de organizaciones o asociaciones criminales introducido en el Código penal en la reforma de 2010. Con dicha finalidad, se analizan los mandatos de incriminación de esta forma de comisión del delito de trata en instrumentos normativos internacionales y se coteja la coherencia de la regulación interna española con las obligaciones de tipificación asumidas por el Estado español conforme a dichos instrumentos, analizando críticamente la duplicidad incriminatoria de esta manifestación delictiva en nuestro código penal. El estudio jurídico se completa con el análisis fenomenológico acerca de la relación entre el fenómeno de la trata de seres humanos y el de la delincuencia organizada.