993 resultados para Representación jurídica


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La Explotación Comercial sexual de los niños, niñas y adolescentes – ESCNNA ha ocasionado graves repercusiones en la sociedad, sometiendo a los menores a situaciones que atentan contra su integridad física y psicológica. Por ello, en el marco internacional y nacional se han adelantado diferentes iniciativas para erradicar dicho fenómeno. La Cooperación Internacional para el desarrollo- CI ha sido una valiosa herramienta en el tratamiento del flagelo dados los diferentes canales de ayuda los cuales han contribuido para su intervención. En este sentido, la CI por medio de la Agencia Canadiense para el desarrollo internacional- ACDI y la Fundación Renacer- ECPAT Internacional (End Child Prostitution, Pornography & Trafficking of Children for Sexual Purposes) hicieron posible junto con otros actores el proyecto de CI en Cartagena llamado: “La Muralla soy yo”, el cual buscó la prevención y futura erradicación de la Explotación Sexual de niños y adolescentes en el turismo- ESNAT en la ciudad. En el presente estudio de caso se pretende identificar cómo la CI incide por medio de la ACDI y la red ECPAT Internacional en instituciones locales de Cartagena para la prevención y posible erradicación del problema de la Explotación comercial sexual infantil en niños, niñas y adolescentes, en el contexto del turismo.

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El avance del Comercio Electrónico ha facilitado las transacciones mercantiles a nivel global y su uso se ha vuelto cada vez más común en las relaciones comerciales de la sociedad. Al respecto, el Secretario de las Naciones Unidas ha expresado lo siguiente: “El comercio electrónico es uno de los ejemplos más visibles, de la manera en la cual, las tecnologías de la información y la comunicaciones (TIC) pueden contribuir al crecimiento económico. El mismo ayuda a que los países mejoren la eficiencia comercial y facilita la integración de los países en vías de desarrollo dentro de la economía global. Permite que empresas y empresarios sean más competitivos, provee a los trabajadores de empleo, y de ese modo se facilita la creación de riquezas.”1 Es tanta la importancia del comercio electrónico hoy en día que nuestro ordenamiento jurídico no podía pasar por alto su aplicación y regulación. Como resultado de ello, se dio paso a la creación de la ley 527 de 1999, la cual define varios términos sobre el tema y conceptualmente sobre comercio electrónico relata lo siguiente: “Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera”. Además, con la entrada en vigencia de la presente ley, se dejo un precedente relativo a la validez jurídica contenida en los mensajes de datos y sobre los requisitos jurídicos que éstos deben contener, así, el artículo 5 sobre la validez de los mensajes de datos relata: “No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos.”

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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.

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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad

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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad

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La presente ponencia debe entenderse en el marco de investigaciones que se vienen desarrollando desde la Universidad Nacional de Córdoba en torno a la Educación Jurídica y su influencia en el campo profesional. Se pretende observar el surgimiento en América Latina de nuevos tipos de profesionales del derecho denominados ?Abogados Populares? y especialmente el desenvolvimiento de sus prácticas jurídicas en nuestra sociedad. Entre las múltiples características de éste ejercicio profesional podemos hacer mención a la utilización de estrategias alternativas en la resolución de conflictos jurídicos y a la asunción de un compromiso político y ético en la representación de sectores sociales vulnerados. Para abordar la temática cobra especial relevancia las siguientes dimensiones: a) contradicciones globales-locales producto de la fase actual del capitalismo b) tensión entre el derecho regulativo y el derecho emancipatorio c) el rol de la enseñanza superior en la formación de profesionales

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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad

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El objetivo de la presente Tesis está dirigido a analizar diversas opciones de diversificación que la pesca marítima profesional puede tener, poniendo el acento en el respeto al medio ambiente. En concreto la Pesca-turismo aparece como una de las alternativas más viables tanto por su respeto al medio ambiente como por su relativamente sencilla posibilidad de implantación en España. A fin de poder desarrollar la misma se proponen los cambios legislativos necesarios para su implantación en nuestro país procediéndose, para ello, al estudio de la situación actual de la actividad pesquera en nuestro país desde un punto de vista jurídico, con una especial consideración de la gestión y conservación de los recursos pesqueros. El estudio de su posible implantación en España, comienza analizando cuáles son las diferentes administraciones que influyen en dicha actividad y en qué medida lo hacen, tanto en el ámbito nacional como en el supranacional, con una especial referencia a la Unión Europea, así como la organización de las mismas. Acto seguido se procede al examen, tanto de la normativa sobre la materia, como de la jurisprudencia y la doctrina aplicables a la actividad de pesca marítima en España para, una vez llevado a cabo dicho estudio, comenzar con el examen de los requisitos exigidos, ya sean éstos de índole material o humana, a aquéllos que quieran llevarla a cabo. A continuación, se estudia el régimen de infracciones y sanciones, entrando, por último, en el terreno más propiamente de conservación de los recursos, donde se examinan las medidas que, a tal fin, se encuentran en nuestro ordenamiento jurídico. Más adelante se analiza, siquiera sea brevemente, la pesca deportiva, que, aunque con una incidencia muy inferior, no deja de ser otra forma de actividad extractiva. La existencia de otras experiencias parecidas a la propuesta de pesca-turismo en el ámbito internacional es objeto de estudio a fin de determinar cuál es la situación en otros países donde se hayan implantado con anterioridad. Para ello se lleva a cabo un análisis de las distintas soluciones que a este mismo problema se han dado en otros países también con amplia tradición en este campo procediendo, a tal fin, a un estudio de la legislación sobre la pesca-turismo, fundamentalmente en Italia, pero también en Francia y Portugal. A la vista de cuanto antecede es posible concluir que al día de hoy no es factible la realización de las actividades de Pesca-turismo con los instrumentos jurídicos de los que se dispone en España, dado que existen puntos sustanciales en los mismos que o bien impiden o bien no permiten su desarrollo. Por tanto el planteamiento de tales actividades necesariamente conlleva una serie de modificaciones normativas. El siguiente paso y en relación con las modificaciones normativas a efectuar, se ofrece un texto alternativo al texto legal a modificar (Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado) y al Real Decreto 1027/1989, mientras que se dejan efectuados los apuntes precisos de cual debería de ser el marco reglamentario que, en desarrollo de las modificaciones anteriores, posibilitasen el ejercicio de la Pesca-turismo en España. Por último se ha optado por efectuar un análisis de la opinión del sector, tendente a verificar si los datos obtenidos empíricamente quedaban asimismo reflejados en las actitudes de los destinatarios finales de tales normas, que no serían otros que los pescadores profesionales. A tal fin se ha procedido a recoger las opiniones de diversos colectivos del sector, a través tanto de las cofradías de pescadores como de las Federaciones, acerca de las actividades de pesca-turismo, buscando la representación de todas las zonas geográficas. Fruto de tal investigación se ha llegado a la conclusión de que el desarrollo de las actividades propuesta de pescaturismo cuenta con una opinión favorable dentro del sector que, con una mayoría aplastante se manifestó a favor de desarrollar la posibilidad de ejercicio de la mismas. SUMMARY The objective of this thesis is aimed to analyze various options of diversification that commercial maritime fishing can have, with an emphasis on respect for the environment. Specifically, fishing-tourism appears as one of the most viable alternatives because of its environmental friendliness as well by its relatively simple possibility of implementation in Spain In order to develop it, it is proposed the necessary changes legislative for implementation in our country proceeding to study of the current situation of fisheries in our country from a legal perspective, with special consideration of the management and conservation of fisheries resources. The study of their possible implementation in Spain, begins by analyzing which are the different administrations that influence in that activity and to what extent they do, both at the national field as well at the supranational field, with special reference to the European Union and organization of thereof. Then proceeds to an examination, both of the relevant legislation as well as of the jurisprudence and doctrine applicable to maritime fishing in Spain for, once conducted this study, to begin with the consideration of the requirements, be they human or material, to those who want to carry out. Then studies the regime of offences and penalties, entering, finally, in the field conservation of resources, where discusses measures which, to this end, are in our legal system Later analyzes, even briefly, sport fishing, which, although with a much lower incidence, it is another form of extractive activity. The existence of other similar experiences to the proposal of fishing-tourism in the international arena is object of study in order to determine which is the situation in other countries where it has been implemented previously. For that it is carried out an analysis of the different solutions that to this same problem have been given in other countries with long tradition in this field, to proceed to study about legislation on fishing-tourism, fundamentally in Italy, but also in France and Portugal In view of the above it can be concluded that today is not feasible to implement the fishing-tourism activities with the legal instruments that are available in Spain, as there are substantial points which prevent them or not allows its development. Therefore the approach to such activities necessarily entails a series of normatives changes. The next step and in relation to normatives changes to do, it is offered an alternative text to the legal text to modify (Law 3/2001 of the State Marine Fisheries) and to the Royal Decree No. 1027 / 1989, while we leave made accurate notes about which ought be the reglamentary framework that, in developing of the above modifications, can be enable exercise of fishing-tourism in Spain. Finally, it is been opted to carry out an analysis of the opinion of the sector, aimed at verifying if data obtained empirically were also reflected in the attitudes of the final recipients of such standards, who would not be other than the professional fishermen. For this purpose it has been collected the opinions of various groups of the sector, through of fishermen's associations and federations, about of the activities of tourism-fishing, looking for the representation of all geographical areas. The result of such an investigation has concluded that the development of this proposed activities fishing-tourism has a positive opinion within the sector because an overwhelming majority was in favor of developing the possibility of exercise of the same.

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La presente ponencia debe entenderse en el marco de investigaciones que se vienen desarrollando desde la Universidad Nacional de Córdoba en torno a la Educación Jurídica y su influencia en el campo profesional. Se pretende observar el surgimiento en América Latina de nuevos tipos de profesionales del derecho denominados "Abogados Populares" y especialmente el desenvolvimiento de sus prácticas jurídicas en nuestra sociedad. Entre las múltiples características de éste ejercicio profesional podemos hacer mención a la utilización de estrategias alternativas en la resolución de conflictos jurídicos y a la asunción de un compromiso político y ético en la representación de sectores sociales vulnerados. Para abordar la temática cobra especial relevancia las siguientes dimensiones: a) contradicciones globales-locales producto de la fase actual del capitalismo b) tensión entre el derecho regulativo y el derecho emancipatorio c) el rol de la enseñanza superior en la formación de profesionales

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La presente ponencia debe entenderse en el marco de investigaciones que se vienen desarrollando desde la Universidad Nacional de Córdoba en torno a la Educación Jurídica y su influencia en el campo profesional. Se pretende observar el surgimiento en América Latina de nuevos tipos de profesionales del derecho denominados "Abogados Populares" y especialmente el desenvolvimiento de sus prácticas jurídicas en nuestra sociedad. Entre las múltiples características de éste ejercicio profesional podemos hacer mención a la utilización de estrategias alternativas en la resolución de conflictos jurídicos y a la asunción de un compromiso político y ético en la representación de sectores sociales vulnerados. Para abordar la temática cobra especial relevancia las siguientes dimensiones: a) contradicciones globales-locales producto de la fase actual del capitalismo b) tensión entre el derecho regulativo y el derecho emancipatorio c) el rol de la enseñanza superior en la formación de profesionales

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A partir de la indagación de los diarios de sesiones de la asamblea constituyente y periódicos partidarios y comerciales, entre otras fuentes, este artículo examina las formulaciones y debates en torno al artículo 14 bis de la Constitución Argentina de 1957. En particular, se resaltará el aporte de las mujeres que actuaron en ese debate quienes establecieron interpretaciones distintas de las existentes hasta ese momento. En ese camino, el estudio arroja luz sobre la dimensión jurídica y política de un tema que no ha sido considerado hasta la fecha en esta normativa: los derechos de las trabajadoras. Las características específicas de los debates y el artículo final de proporcionar una visión de género de esta ley a fin de tener en cuenta dos dimensiones: cómo la política construye el género y cómo éste construye la política

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A partir de la indagación de los diarios de sesiones de la asamblea constituyente y periódicos partidarios y comerciales, entre otras fuentes, este artículo examina las formulaciones y debates en torno al artículo 14 bis de la Constitución Argentina de 1957. En particular, se resaltará el aporte de las mujeres que actuaron en ese debate quienes establecieron interpretaciones distintas de las existentes hasta ese momento. En ese camino, el estudio arroja luz sobre la dimensión jurídica y política de un tema que no ha sido considerado hasta la fecha en esta normativa: los derechos de las trabajadoras. Las características específicas de los debates y el artículo final de proporcionar una visión de género de esta ley a fin de tener en cuenta dos dimensiones: cómo la política construye el género y cómo éste construye la política

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La relación entre espacio y derecho ha sido poco explorada. Sin embargo, en los últimos años se han desarrollado trabajos interesantes al respecto. El presente trabajo busca ser una contribución a dicha discusión, buscando romper con el desdén por explicar los fenómenos jurídicos de manera seria, con sus implicaciones teóricas y epistemológicas tanto para la geografía y el derecho, como para las demás ciencias sociales, fomentando así su diálogo. El objetivo es mostrar la compleja relación entre derecho y espacio, adentrándonos en una dimensión poco explorada por la geografía y estudios sociojurídicos: la dimensión mítica del derecho, sobretodo, en cuanto a su relación con la construcción de los territorios nacionales. Se analizará la literatura especializada tanto para el derecho, extrayendo sus implicaciones “territoriales”, como para el territorio, encontrando sus implicaciones “jurídicas”, para contrastarlos con la mitología jurídica, comentando brevemente dos casos para México y Brasil. Se utiliza la categoría de “mito jurídico” y su ciclo producción-recepción-reproducción, pero sobretodo su transformación, como instrumento analítico para desvanecer la dicotomía realidad/representación, como propuesta epistemológica para crear una geografía de las ideas, que lejos de tomarlas como simples “reflejos”, “aspectos simbólicos” o “representaciones” de la realidad, las considere como auténticas prácticas materiales.