1000 resultados para Regulación sanitaria


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Este trabajo describe las acciones de los servicios de salud pública de la ciudad de Barcelona para evitar la transmisión de la tuberculosis por pacientes bacilíferos incumplidores utilizando las posibilidades de la Ley 3/1986. Se basan en la resolución de la autoridad sanitaria de la necesidad de su localización y hospitalización terapéutica obligatoria para administrar el tratamiento, movilizando la colaboración policial, comunicándolo a la persona afectada y pidiendo al Juzgado de lo Contencioso Administrativo su ratificación. Se describen el proceso y las características de los casos. Desde julio de 2006 hasta junio de 2015, a lo largo de 9 años, se ha activado sólo en 12 ocasiones. Se valora que se ha usado con prudencia y proporcionalidad, y que ha permitido tratar a pacientes que comportaban riesgo en su entorno, reduciendo así la transmisión de la infección.

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End-of-life healthcare in any part of the world is always rife with ethical conflicts and legal challenges. In this matter, the opinions and preferences of patients, family members, healthcare professionals, society as a whole and politicians may differ or diverge entirely1. Nevertheless, death comes to all eventually; it is part of human life itself. The fact remains that we will all die. Therefore, it is natural for all societies to seek the necessary consensus for guaranteeing that individuals can live, and die, in a way befitting their nature, i.e., humanely and with full dignity. This article tells the story of how the citizens of Andalusia, in the south of Spain, reached this majority consensus during the process of drafting and approving a law regulating this issue: Law 2/2010, of 8 April, on personal rights and guarantees to die in dignity.

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El papel desempeñado por el Estado en la economía española del siglo XIX ha sido muy controvertido y, en general, ha recibido juicios negativos. Este artículo trata de evaluar la intervención pública en el ámbito de la regulación del cultivo del arroz. Justificada frente al paludismo, esta reglamentación encontró grandes dificultades para ser aplicada hasta que se consolidó el nuevo aparato estatal salido de la revolución liberal, a causa de las resistencias locales y las limitaciones administrativas. En la segunda mitad del siglo XIX, sin embargo, el Estado estableció una legislación que perviviría en el tiempo y fue ampliamente respetada. De ese modo el Estado mostró una cierta autonomía respecto a intereses sociales muy arraigados y materializó medidas que tenían un impacto sobre la mejora sanitaria de la población.

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The trade-off between property rights/price regulation and innovation depends on countrycharacteristics and drug industry specificities. Access to drugs and innovation can bereconciled by seven ways that, among others, include: public health strengthening in thecountries with the largest access problems (those among the poor with the weakestinstitutions); public and private aid to make attractive R&D on neglected diseases; pricediscrimination with market segmentation; to require patent owners to choose eitherprotection in the rich countries or protection in the poor countries (but not both).Regarding price regulation, after a review of theoretical arguments and empirical evidence,seven strategies to reconcile health and industrial considerations are outlined, including:mitigation of the medical profession dependence on the pharmaceutical industry; considerationof a drug as an input of a production process; split drug authorization from public fundingdecisions; establish an efficiency minimum for all health production inputs; and stop theEuropean R&D hemorrhagia.

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Objetivo: Explorar las percepciones de las mujeres inmigrantes trabajadoras del servicio doméstico sobre la puesta en vigor en España del Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral del servicio del hogar familiar, y su efecto en sus condiciones de empleo. Métodos: Estudio exploratorio mediante análisis de contenido cualitativo. Se realizaron tres grupos de discusión con mujeres inmigrantes (colombianas, ecuatorianas y marroquíes). Resultados: A pesar de valorar positivamente los beneficios teóricos de la nueva normativa, las mujeres inmigrantes han identificado barreras legales y económicas para conseguir un contrato, ser dadas de alta en la seguridad social y que las personas empleadoras asuman su coste, en especial en el caso de las trabajadoras contratadas por horas. Estas dificultades influyen en la posibilidad de legalizar su situación. La confluencia con la crisis económica ha emergido como un problema que dificulta su cumplimiento. Conclusiones: Aunque el nuevo régimen ha favorecido la creación de puestos de trabajo con mayores derechos laborales en el sector, las mujeres inmigrantes perciben que su puesta en marcha en el actual contexto de crisis económica no ha contribuido a mejorar sus condiciones de empleo.

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El artículo analiza la crisis del sistema de salud colombiano sometido al modelo de economía de mercado con regulación estatal a partir de la Ley 100 de 1993. Su interés se centra en reflexionar sobre la concepción que el modelo da al gasto en salud como una inversión sometida a las fuerzas del mercado y consecuencialmente, con una tasa de rentabilidad esperada. Mediante el análisis de estadísticas oficiales y de encuestas de satisfacción de los usuarios se devela la crisis estructural que padece la prestación del servicio de salud pública como un sistema, involucrando variables económicas, políticas y sociales. La interdisciplinariedad del abordaje temático del estudio permite profundizar en el análisis desde la reflexión de los valores morales y éticos que debe acompañar la asistencia sanitaria, al igual que la visión económica de su administración. Bioética, salud y economía constituyen descriptores fácticos de un sistema en crisis estructural que alimenta la patología social de la pobreza.

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El marco legal general en España está caracterizado por dos tendencias contrapuestas, por una parte el carácter globalizador de la legislación europea y por otro la proliferación y particularidad de las leyes nacionales y de ámbito regional (autonómicas). En un contexto en el que las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) aceleran su implantación y en que todas las recomendaciones de la Unión Europea son de convergencia en el ordenamiento contable , en España se aprueba recientemente las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, que tiene como objetivo adaptar las pautas de valoración y elaboración de las cuentas anuales a las condiciones concretas del sujeto contable. La normalización y regulación de la información contable española procede de la Ley 19/1989 de 25 de julio de Reforma de la Legislación Mercantil para su adaptación a las Directivas en materia de sociedades. Dicha reforma mercantil trata de trasladar a la normativa nacional las orientaciones de la IV Directiva de la Unión Europea, conteniendo modificaciones importantes en cuanto a la contabilidad se refiere. Así en España hay un verdadero derecho contable desde ese año, al desarrollarse una regulación contable autónoma, que establece entre otros unos principios contables que quedan reconocidos en una norma con rango de ley. El Plan General de Contabilidad constituye el desarrollo reglamentario en esta materia de la legislación mercantil y con él se inicia una nueva etapa en el proceso normalizador. Dicho Plan es obligatorio para todas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea la forma de éstas últimas. Las diversas adaptaciones del Plan de Cuentas tratan de recoger de un modo más preciso las peculiaridades y aspectos diferenciales a fin de que la contabilidad sirva mejor a sus objetivos: recoger adecuadamente los hechos económicos que se producen y ofrecer una imagen fiel de los mismos y del patrimonio de cada empresa. Las normas de adaptación forman parte de un auténtico derecho contable de obligado cumplimiento que contiene criterios distintos a los prescritos en la normativa tributaria. Las adaptaciones sectoriales tienen una gran importancia en ciertas áreas de actividad, cuyas peculiaridades técnicas y legales exigen unas normas de contabilidad establecidas a su medida. Una vez que se aprueban estas normas, las empresas de cada sector deben adaptar sus sistemas contables. Se han publicado diez adaptaciones sectoriales referentes a empresas constructoras, federaciones deportivas, inmobiliarias, sociedades anónimas deportivas, empresas de asistencia sanitaria, sector eléctrico, entidades sin ánimo de lucro, sociedades concesionarias de autopistas, compañías del sector de abastecimiento de aguas y sector vitivinícola. En este contexto la reciente aparición de las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas constituye una importante novedad, al constituir una adaptación en razón de la forma jurídica del sujeto contable, y no en razón del sector de actividad. Es decir, aparece por primera vez una norma de adaptación de la regulación a las condiciones concretas del sujeto contable. El presente trabajo pretende estudiar y analizar la adecuación de esta norma en un contexto de economía globalizada y dentro del proceso normalizador de la Unión Europea, así como sus posibles repercusiones para los agentes implicados, y en concreto para las sociedades cooperativas españolas.

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Este artículo analiza las particularidades del "moderno" esquema de regulación de los servicios públicos de infraestructura, que se extendió a partir de los procesos de privatización del último cuarto del siglo XX. Diferenciándose de la arquitectura institucional vigente durante el período de prestación estatal (regulación "endógena"), los entes reguladores emergen como el elemento neurálgico de este nuevo esquema. Sin embargo, como se desprende de la experiencia argentina, estos organismos han sido dotados de ambiguas atribuciones regulatorias e inapropiados diseños institucionales, quedando trunca su capacidad real de regulación. A raíz de la difusa delimitación de misiones y funciones e - incluso - frente a las imprecisiones teóricas en la materia, este artículo precisa el alcance de la intervención de los distintos actores del sistema de prestación y regulación: empresas prestadoras, entes reguladores, poderes del Estado (Ejecutivo y Legislativo) y usuarios y consumidores. En este sentido, trabaja sobre los diseños institucionales más apropiados para que los entes desarrollen efectivas capacidades de regulación. El análisis se ejemplifica a partir de la experiencia privatizadora argentina - nacional y subnacional - en los servicios de agua potable y saneamiento y distribución de electricidad.

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Se estudió la prevalencia de la Pediculosis capitis como enfermedad parasitaria durante el año calendario 1-8-1992 al 31-7-1993, en la Región Sanitaria XI de la provincia de Buenos Aires, Argentina, que comprende 15 partidos del Este Noreste de la provincia de Buenos Aires y otras zonas de influencia del Hospital Interzonal de Agudos, Especialidad Pediatría "Sor María Ludovica", cabecera de dicha Región Sanitaria. Se examinaron un total de 552 individuos de nivel social medio a medio bajo de la población infanto-juvenil de O a 16 años, tomados al azar en 52 muestreos semanales consecutivos, considerándose como positivos para esta enfermedad a aquellos parasitados al momento del diagnóstico. Los resultados se expresan en términos de prevalencia analizándose su variación mensual y estacional. La prevalencia fue relativamente alta en todos los meses, con valores mínimos en febrero (12%) y máximos en agosto (56,8%), siendo la media anual de 38,04% (+/- 4,05). Estacionalmente, su menor valor corresponde al Verano (16,8%), siendo muy semejantes los valores para las restantes estaciones, manteniéndose siempre superiores al 38%.

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Este trabajo pretende concretar las expectativas sobre el refuerzo de la independencia de los auditores en la Unión Europa como medio escogido para poder abordar los conflictos de intereses inherentes al panorama actual, caracterizado por factores como el nombramiento de los auditores por la empresa auditada, bajos niveles de rotación o la prestación de servicios distintos a la auditoría. En este momento de crisis, la “International Federation of Accountants” (IFAC) reclama a la profesión auditora que desempeñe un papel activo en el desarrollo de organizaciones, mercados financieros y economías estables y sostenibles; por su parte, la Unión Europea considera conveniente seguir debatiendo la función de las auditorías como garante de la veracidad de la solidez financiera de las empresas. Nuestro objetivo es concretar la incidencia de las propuestas de modificación de la Octava Directiva provocará en la normativa interna de España y Portugal. Se definen cambios importantes, sobre todo en el caso de las Entidades consideradas de Interés Público (EIP), en temas como la rotación obligatoria, el fortalecimiento del Comité de Auditoría o la prohibición de la prestación de servicios adicionales. Se concluye que la Comisión Europea se encuentra en un momento histórico en el que debe plantear si modifica o no las reglas de juego de la prestación de servicios de auditoría que busquen reforzar esa imagen del auditor como un servicio de interés público.

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En los primeros años del siglo XXI, la pobreza, la exclusión social y la inequidad en la agenda política de los países y de los organismos internacionales han dado mayor espacio a la discusión sobre la protección social. Se han definido las “enfermedades de la pobreza” como una constante de grupos marginales que no logran acceso a una equitativa distribución de recursos sanitarios acordes a sus necesidades insatisfechas. Nuestro país no escapa a esa realidad, más aún en poblaciones donde todavía no existe acceso a redes de agua potable, adecuados servicios de tratamiento de residuos, deficiente participación de los sectores estatales en salvaguarda de la salud de la población e insostenible calidad nutricional, para citar solo algunos de los factores que determinan la exclusión sanitaria. En la última publicación del 2007 sobre los Indicadores Básicos de la Situación de Salud en las Américas de la OPS, se observa que en la Argentina existe una elevada tasa de mortalidad por enfermedades transmisibles (superada por pocos países de la región), una considerable tasa de incidencia de tuberculosis (una de las enfermedades de la pobreza) y que aún un 20% de la población rural no cuenta con fuentes mejoradas de agua potable ni instalaciones de saneamiento. Ante esta inequidad manifiesta, la educación sanitaria es uno de los medios más importantes para generar los cambios de conducta necesarios a nivel individual, familiar y comunitario, así como para interrumpir las vías de transmisión de las enfermedades asociadas con el agua y el saneamiento. A partir de la investigación de las variables que condicionan la prevalencia de enfermedades transmisibles y la detección de indicadores adecuados, desde este proyecto se sostiene que el desarrollo e implementación de programas estratégicos de educación e intervención sanitaria harán posible un mejor control y tratamiento de estas enfermedades en las poblaciones marginales objeto de estudio. La estrategia de educación y la prevención deben lograr reemplazar la llegada tarde al sistema de salud que funciona como un “parche” poco efectivo y más costoso. Forma parte entonces, del objetivo general de este trabajo, desarrollar e implementar un proyecto de educación sanitaria, y las estrategias para su aplicación, destinado al control de las enfermedades transmisibles en poblaciones marginales, desarrollando herramientas que permitan extrapolar la realidad regional a otras comunidades similares.

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Consideramos que existe una seria desarticulación y dispersión del sistema normativo que rige la relación laboral docente universitaria privada, principalmente por parte de los operadores jurídicos- empleadores y trabajadores docentes-. También percibimos que la reconstrucción que se hace para solucionar problemas prácticos en esta área del Derecho no exhibe respuestas satisfactorias a la especificidad de la relación laboral del docente universitario privado. En efecto, la docencia universitaria privada presenta nítidas diferencias jurídicas y fácticas con la docencia privada de los otros niveles (por lo cual aquélla no se halla regida por la ley 13.047 que rige a los docentes de los otros niveles). Pero también se diferencia con otras actividades laborales de distintas condiciones, influidas o no por el taylorismo-fordismo o toyotismo, y a la que la Ley de Contrato de Trabajo, que mayoritariamente se estima aplicable, no aprehende con precisión. También se diferencia en cuanto al régimen jurídico aplicable con la docencia universitaria estatal y quizás también en algunos elementos fácticos de la prestación laboral. Tales aspectos deficitarios pueden mejorar si se esclarece y reconstruye de modo integral el régimen jurídico laboral que los regula, según la legislación aplicable y las enseñanzas de la doctrina y la jurisprudencia al respecto. Procuraremos verificar cuáles son los principios y las normas que deberían regir la relación laboral docente universitaria privada argentina y su efectivo conocimiento y aplicación por parte de los inmediatos operadores jurídicos- empleadores y trabajadores docentes-. Si se detectan inadecuaciones normativas a la realidad que se trata y a la justicia social, lo que es altamente probable, se propiciará el dictado de normas de diferentes niveles de fuentes normativas para corregirlas.

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Los historiadores sociales de fines del siglo XX colocaron en el centro de sus preocupaciones nuevos temas y enfoques, entre ellos, los problemas vinculados con la denominada cuestión social. A ella se la define como el conjunto de problemas sociales surgidos como consecuencia de la industrialización, la urbanización, la inmigración entre los que se encontraban los conflictos del trabajo, la pobreza, el pauperismo, la marginalidad, la enfermedad, que restituyeron el protagonismo de sujetos olvidados como los enfermos, los locos, los delincuentes entre otros. Las enfermedades presentes en la sociedad, plantean un nuevo objeto de reflexión histórico que proporciona una ventana a la realidad social. Analizar la trilogía enfermedad-salud-atención de manera integrada es conocer un aspecto que explica la problemática social. La respuesta a los problemas sociales provino de la sociedad civil y del Estado, surgiendo instituciones de asistencia social que actuaban de manera combinada. La política social surgió como el diseño y ejecución programada y estructurada de todas las iniciativas del Estado adoptadas para atender las necesidades básicas de la población, como la salud, la educación, el trabajo, la vivienda y todas aquellas condiciones que impidieran la marginación social. El Estado Social adoptó un papel recaudador y redistribuidor hasta entonces desconocido, que garantizó a los ciudadanos un nivel de vida digna, interviniendo de una manera activa y progresiva en la sociedad. Esta investigación aborda el tema de la enfermedad-saludatención y la respuesta a esta problemática por parte del Estado cordobés durante el período 1916-1943, buscando reconstruircómo la enfermedad nos permite develar las condiciones de vida material y cultural donde emergieron y el proceso de constitución del Estado y la ciudadanía sociales, a partir de las continuidades, cambios y transformaciones que se fueron manifestando en el campo sanitario, en un período de alternancias entre demócratas, radicales y una intervención militar.

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Los cambios que ocurren durante el funcionamiento (normal o patológico) de biomembranas resultan de alteraciones de interacciones moleculares dinámicas. Éstas involucran a fenómenos supramoleculares críticos (cambios de fase, electrostáticos y topológicos) que regulan la organización, estabilidad, expresión y metabolismo de lípidos y proteínas de membrana. Para conocer los factores físico-químicos que controlan el comportamiento de biomembranas se deben utilizar técnicas que permitan un control preciso de la organización molecular. (...) Objetivos generales y específicos: El propósito a largo plazo de las investigaciones es establecer las bases moleculares y supramoleculares por las cuales interacciones entre esfingolípidos, fosfolípidos y sus derivados regulan la organización, reconocimiento y reactividad de biomembranas. Al presente se estudia: I) Control supramolecular de la catálisis enzimática interfacial por enzimas fosfohidrolíticas que median la transducción de señales a nivel de membrana. II) Modulación de la estabilidad de biomembranas por cambios críticos de composición de la interfase, interacciones y transiciones topológicas. III) Caracterización y transferencia a soportes sólidos y líquidos de capas monomoleculares de organización intermolecular controlada, formadas con membranas neuronales y gliales.

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Está bien demostrada la participación e importancia del Sistema Psiconeuroendócrino en situaciones de estrés, tanto en animales como en seres humanos. Entre las diversas respuestas hormonales implicadas, el eje hipotálamo-hipófiso-adrenal (H-H-A) adquiere un papel preponderante. La regulación de este eje por el Sistema Límbico se encuentra documentada en diversos trabajos, sin embargo existen todavía algunos interrogantes relacionados con este tema. Trabajos realizados en este laboratorio nos permiten ubicar a los núcleos anterodorsales talámicos (NADT) entre las estructuras nerviosas límbicas que regulan el eje H-H-A en ratas. Esta influencia es de tipo tónico inhibidor; la lesión de los mismos incrementa la concentración de ACTH y de corticoesterona (C) plasmáticas; la estimulación produce un efecto inverso. Además se vio, que la lesión afecta la respuesta de las glándulas adrenales en distintas formas según el tipo y la forma del estrés físico aplicado (agudo, crónico, impredecible). El propósito de este proyecto es analizar la respuesta del eje H-H-A en animales sometidos a un estrés emocional, como la deprivación materna. Se estudiará el efecto de la lesión de los NADT, sobre el eje hipófiso-adrenal, valorando los niveles de ACTH y (C) en ratas adultas: 1) sometidas al estrés de deprivación materna-separación de su madre 5 hs/día- durante las 3 primeras semanas de vida; 2) deprivadas en edad temprana, sometidas a estrés impredecibles. Se analizará también la reactividad emocional en estos animales, utilizando el test de campo abierto.