999 resultados para Leyes de extranjería


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La aprobación en junio de 2008 por el Parlamento Europeo de la Directiva de retorno —denominada también Directiva de la infamia o Directiva de expulsión— consolida el proceso de involución que sobre los derechos humanos se viene produciendo en la Unión Europea desde que el miedo a la inmigración irregular se incardinó en sus instituciones. Si bien las legislaciones de extranjería de los años ochenta contenían normas que regulaban el internamiento y la expulsión no es hasta la Directiva 2001/40/CE que comienza a tomar forma una política comunitaria centrada en la inmigración irregular y las expulsiones de migrantes. Las medidas de retorno son, dice la Comisión europea, “una piedra angular de la política de migración de la UE”. Desde entonces, la barbarie de los centros de retención e internamiento, el socavamiento de los derechos y la exclusión y criminalización de los migrantes extranjeros se han convertido en el caballo de batalla de las asociaciones defensoras de los derechos humanos. La erosión que las legislaciones y medidas de expulsión están provocado en los derechos y libertades y en las instituciones del Estado de derecho es inmensa. El retroceso y la erosión en los derechos y libertades es tan grande que ya no es posible continuar hablando sin más de Estados de derecho en la UE, sino más bien de máquinas administrativas para el internamiento y la expulsión, de “Estados expulsores”(1), donde las personas extranjeras son tratadas como semipersonas (2) e incluso como“no-personas” (3).

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La biopolítica sobre los migrantes se fundamenta en el binomio dejar entrar-residir o expulsar. Las leyes de extranjería están elaboradas sobre dos ejes: por un lado, en la regulación de los flujos migratorios en función del mercado de trabajo y las demandas de la economía y, por otro, en el control policial y la persecución de la inmigración irregular. Para la realización del primer eje del binomio, dejar entrar y residir, los Estados se dotan de mecanismos de regulación e intervención sobre el inmigrante concebido como fuerza de trabajo productiva. Asimismo los Estados crean mecanismos de control-sanción para las personas migrantes que incumplen los requisitos establecidos para entrar y residir en el territorio. En este punto la biopolítica sobre la población migrante se solapa o toma forma en el ejercicio de la soberanía por el Leviatán. Las medidas de control y sanción que los gobiernos ponen en marcha sobre los sin papeles han creado una imponente maquinaria de coacción en el interior de las instituciones del Estado de derecho hasta el punto de convertirlo en un Estado expulsor.

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La biopolítica sobre los migrantes se fundamenta en el binomio dejar entrar-residir o expulsar. Las leyes de extranjería están elaboradas sobre dos ejes: por un lado, en la regulación de los lujos migratorios en función del mercado de trabajo y las demandas de la economía y, por otro, en el control policial y la persecución de la inmigración irregular. Para la realización del primer eje del binomio, dejar entrar y residir, los Estados se dotan de mecanismos de regulación e intervención sobre el inmigrante concebido como fuerza de trabajo productiva. Asimismo los Estados crean mecanismos de control-sanción para las personas migrantes que incumplen los requisitos establecidos para entrar y residir en el territorio. En este punto la biopolítica sobrela población migrante se solapa o toma forma en el ejercicio de la soberanía por el Leviatán. Las medidas de control y sanción que los gobiernos ponen en marcha sobre los sin papeles han creado una imponente maquinaria de coacción en el interior de las instituciones del Estado de derecho hasta el punto de convertirlo en un Estado expulsor.

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El conocimiento de idiomas es una de las asignaturas pendientes de los españoles. Sólo un 36 por ciento de los españoles puede expresarse en otro idioma que no sea el materno, cuando la media europea está en el 50 por ciento. Gran parte de esta culpa la tiene el sistema educativo, ya que tradicionalmente el inglés ha sido considerado como una asignatura secundaria. Como suelen faltar recursos y las clases son muy numerosas se suele aprender mucha gramática y se habla y practica poco. Con las nuevas leyes educativas se están tomando medidas al respecto, como adelantar la edad de inicio de la enseñanza de idiomas, la convocatoria de becas para cursos de idiomas en el extranjero, o aumentar el presupuesto de las escuelas de idiomas. También existe una amplia oferta de empresas que ofertan cursos en el extranjero, y es que el viajar al extranjero para aprender mejor el idioma es un esfuerzo que cada vez asumen más familias. A la hora de elegir estos cursos es importante saber seleccionar la escuela.

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Resumen Con este trabajo la División de Recursos Naturales e Infraestructura (DRNI) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, hace un aporte al desarrollo conceptual de las políticas mineras del continente. Es el producto tanto de una búsqueda inicial sistemática como de una dispendiosa labor de seguimiento y actualización de los cambios que se han producido en las legislaciones mineras de los países de América Latina y el Caribe Al presentar este documento la DRNI busca apoyar la investigación sobre la minería y la sociedad y el desarrollo de conceptos claros que orienten la cooperación técnica en esta materia.Para tal efecto, se tomaron los aspectos centrales de la legislación minera, identificando los temas sustantivos en cada ley, las que a su vez son la materialización de la política minera de cada país, enfocadas la mayoría de ellas, en un principio, a incentivar y capturar la inversión privada, en particular la internacional. Hoy, se quieren introducir en ellas cambios que tengan en cuenta a la sociedad civil.En el pasado reciente este material ha sido solicitado estudiado y pedido por gobiernos, universidades, investigadores, promotoras de inversión, congresistas y por supuesto por las empresas mineras interesadas en la selección de alternativas de inversión. Se pretende con el documento, precisar y ordenar las leyes de minería vigentes, dejando de lado el estudio y análisis de su aplicación y modus operandi, habida cuenta de las constantes modificaciones de procedimiento y reglamentarias que se registran. Este compendio sistemático incluye ahora las legislaciones de catorce países de la región: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Perú, Uruguay y Venezuela. Se ha tratado preservar en cada párrafo la identificación de la ley y el número del artículo correspondiente, con lo cual puede el investigador remitirse al cuerpo legal respectivo para un examen en mayor profundidad. Sólo como una referencia general, se ha mantenido incluído el capítulo séptimo, sobre Incentivos y Garantías a la Inversión Privada, la regulación de la inversión extranjera en los países de la región estudiados, aunque se da por descontado que los cambios en esta materia son tan drásticos y ocurren tan rápido que algunas de las normas citadas pueden haber sido reemplazadas ya sin conocimiento nuestro.Es interesante destacar dos aspectos en los nuevos cambios mineros de tercera generación, fruto de los nuevos conceptos constitucionales desarrollados en América Latina, nos referimos a los conceptos de zonas mineras indígenas y zonas mineras negras, y el tema de la océano - minería o minería marina, ambos insertados en la reciente legislación colombiana. La recopilación inicial de leyes ha sido retomada por el señor Eduardo Chaparro Avila, oficial de Asuntos Económicos, quien mantiene un registro completo y comunicación con los países seleccionados, con el propósito de consignar las modificaciones de carácter general que se introduzcan en cada ley o de introducir nuevas normas de otros paises que se sumen a los seleccionados en un principio, en el trabajo base que fue elaborado por el señor Jorge Berríos por encargo expreso de esta División. La utilización de este texto deberá acogerse con todo rigor a las disposiciones y consideraciones de derecho sobre registro y protección de la propiedad intelectual. La CEPAL continuará actualizando este documento, basándose para ello en las sugerencias, informaciones o cambios sugeridos por los lectores, introduciéndolos en el texto y citando la fuente de origen de la modificación.

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La inversión extranjera en Colombia cuenta con un nuevo estímulo mediante la posibilidad que tienen los inversores de celebrar los denominados contratos de estabilidad jurídica con el Estado colombiano. Previo cumplimiento de unos requisitos esenciales, las personas naturales o jurídicas inversionistas, ya sean nacionales o extranjeras, e inclusive los consorcios, mediante estos contratos podrán obtener del Estado la garantía que no se les modificarán las normas actualmente vigentes consideradas como determinantes de su inversión, por un término que puede oscilar entre tres y veinte años.

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El presente tomo es una recopilación de una serie de leyes y se dividen en: la Constitución, Leyes Constitutivas y Ley De Extranjería Reformada, Asamblea Nacional, Ministerio General, Ramo de Relaciones Exteriores, Ramo de Justicia, Ramo de Instrucción Pública, Ramo de Beneficencia

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El presente documento presenta los principales conceptos asociados con el tema de Inversión Extranjera Directa (IED). Inicialmente se presentan varias definiciones de la IED provenientes de organizaciones internacionales y de la reglamentación nacional. Posteriormente, se mencionan los diferentes tipos de IED, así como de los factores motivadores que actúan a favor de la internacionalización de las empresas, identificando especialmente aquellos que favorecen la decisión de las firmas de invertir por fuera del país. Finalmente, se hace énfasis en los beneficios de la IED tanto para los países emisores como para los receptores y en los efectos negativos que surgen en las empresas y economías involucradas.

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La presente investigación se desarrolló a partir de dos objetivos centrales: el primero, la construcción del concepto jurídico de “extranjero” en el Derecho indiano; el segundo, la sistematización de lo que denominamos “Derecho de extranjería”, entendido este como el conjunto de normas que definen la categoría jurídica de extranjero, así como los derechos y obligaciones relativos a la movilidad, permanencia y actividades de quienes actualizaban dicha categoría. Toda vez que la calidad de extranjero en el Derecho indiano nació de la contraposición con la calidad de natural, dada por el Derecho castellano, el análisis construido en el presente trabajo incorporó, dentro de su objeto de estudio, a los principales cuerpos legales del Derecho de Castilla, con una remisión analítica hasta las Siete Partidas de Alfonso X, para terminar en la Nueva Recopilación de 1567 –incluyendo las disposiciones agregadas hasta 1614–, apegándonos a la prelación de fuentes establecida por las propias leyes castellanas. El fundamento legal para finalizar la revisión de la norma castellana en la Nueva Recopilación es la disposición de Felipe III, promulgada en 1614, ordenando que el Derecho castellano solo sería válido en Indias cuando se emitiese Real Cédula de cumplimiento que expresamente ordenase su aplicación. En cuanto a los cuerpos legales indianos, la temporalidad coincide con el propio descubrimiento de América hasta la promulgación de la Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias de 1680, toda vez que la legislación emitida con posterioridad a esta fecha requiere de una técnica de investigación distinta, por encontrarse dispersa en las glosas a la propia Recopilación de 1680, en lo que nos ha llegado del Cedulario Americano gracias a los estudios del Dr. Muro Orejón y en las documentales localizables en el Archivo General de Indias y en los diversos archivos americanos y europeos...

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Teniendo en cuenta una pedagogía crítica emancipadora (Jiménez Raya, Lamb & Vieira, 2007) enriquecida por enfoques multisensoriales (Arslan, 2009), se pretende en este artículo dar cuenta de prácticas verdaderamente interdisciplinarias y basadas en una filosofía de proyecto en el que alumnos de ELE en la Educación Básica (primer y tercer ciclos) llevan a cabo tareas de naturaleza plurilingüe y multicultural.En este estudio, hemos tratado de destacar las prácticas y estrategias emancipatorias que traducen aprendizajes que resultan significativos en un nivel multicultural y plurilingüe para los alumnos (Andrade & Araújo e Sá, 2003), contribuyendo al desarrollo de su conciencia crítica cultural (Byram et al, 2002). Buscando evidenciar una muestra de prácticas interdisciplinarias y multisensoriales (Arslan, 2009), relacionadas con el proyecto Pluri+Red y basadas en el uso de estrategias y materiales físicos o digitales (juegos didácticos, WebQuests, cuentos interactivos, etc.) que plantean retos a los estudiantes con el fin de provocar asombro y extrañeza, pero también cuestionamiento (Jiménez Raya, Lamb & Vieira, 2007), pretendemos que este estudio exploratorio demuestre las opciones y rutas tomadas hacia un único objetivo: formar a los futuros ciudadanos conscientes del mundo, capaces de intervenir y de formarse a lo largo de su vida.

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En el actual marco de creciente innovación pedagógica, debido entre otros factores, a la irrupción de nuevas herramientas informáticas, la enseñanza a distancia (e-learning y/o b-learning) va ocupando cada vez más espacio en la oferta educativa de diversas instituciones. En esta dirección, en la Universidade do Minho, y concretamente en el Área de Estudos Espanhóis e Hispano-Americanos,[1] hemos dedicado considerables esfuerzos a la ampliación de nuestra oferta desde 2010: primero en la elaboración e implementación del Curso de Formación Especializada en Español Lengua Extranjera, modalidad b-learning (3 ediciones; 2010-2013), y, actualmente, con el Máster Universitario en Español Lengua Segunda / Lengua Extranjera (vid. www.melsle.ilch.uminho.pt), también b-learning. En las siguientes páginas, nos proponemos compartir una serie de experiencias y reflexiones que han ido surgiendo durante estos años acerca de la formación universitária de profesores de Español Lengua Extranjera, en general, con recurso a la modalidade b-learning; para ello, nos centraremos en los siguientes aspectos: (i) caracterización general y problematización de la enseñanza a distancia en la Universidade do Minho; (ii) descripción del Máster Universitario en Español Lengua Segunda / Lengua Extranjera, acerca del cual detallaremos algunas prácticas adoptadas, relacionadas com la enseñanza e-learning como, por ejemplo, (iii) la coordinación pedagógica o (iv) los enfoques metodológicos adoptados a partir de la experiencia de una Unidad Curricular concreta.

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El empleo intensivo de computadoras constituye para las investigaciones en los campos de diseño, arte y arquitectura, como así también en las investigaciones formales y/o generativas de cualquier tipo una constante en nuestra actividad. Todo ello trae aparejadas ventajas innegables (velocidad y diversidad de resultados) como también una nueva estructura de costos. (...) Todas nuestras investigaciones tradicionales se valen de recursos muy semejantes a los mecanismos de las computadoras por tratarse de crecimientos o desarrollos numéricos como también leyes de color (tablas cromáticas). Ahora estamos trabajando bajo el sistema de operativo de Windows (empleando herramientas de programación los lenguajes Pascal y C++) empleados equipos PC 486. Paralelamente continuamos las Investigaciones Tradicionales no-computarizadas en lo referido a Color por considerarlas absolutamente indispensables como complemento de las resoluciones que nos brindan las Computadoras. Objetivo general: Avance y ampliación de posibilidades investigativas en el campo de la Geometría Generativa (Creación de Formas) y Cromogénesis (Estudio sistemático y generación del color). Objetivos específicos: 1. Creación y utilización de programas computarizados sobre Puntos Generadores sobre Circunferencia. 2.Creación de obras pictórico-investigativas con base numérica.

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Las habilidades y estrategias para comprender textos académicos (orales y escritos) en inglés son fundamentales para un desempeño eficaz en los estudios superiores y la investigación (universidad, centros de investigación, institutos terciarios, y otros). El inglés es el idioma más comúnmente empleado en la publicación de trabajos y en congresos y seminarios internacionales y por catedráticos e investigadores extranjeros que visitan nuestro país para dictar conferencias. Para los estudiantes de profesorados y traductorados en la universidad y en institutos terciarios es un instrumento de adquisición de conocimiento fundamental ya que gran parte de las actividades académicas se basan en disertaciones (clases teóricas) donde se exponen contenidos y la lectura de material bibliográfico de referencia. La comprensión de este tipo de discurso depende no solamente del conocimiento sistémico (lingüístico) sino también del conocimiento esquemático (conocimiento de las estructuras del contenido y de la forma del discurso). (...) Este estudio investigará los efectos de la enseñanza explícita de esquemas de contenido y de forma de textos expositivos escritos sobre la comprensión auditiva de textos académicos orales en inglés en alumnos que llevan por lo menos un año de estudios universitarios en carreras en inglés. (...) (...) Los objetivos específicos de este trabajo son: a) Evaluar los efectos de enseñanza explícita de esquemas retóricos y conceptuales para textos expositivos escritos en la comprensión de textos orales propios de ámbitos académicos; b) Evaluar los efectos de la enseñanza de la entonación en la comprensión de estos textos en estudiantes de carreras en inglés en la universidad. La finalidad es perfeccionar instrumentos para evaluar esa comprensión y proponer cambios curriculares en la enseñanza de la lecto-audio comprensión de textos académicos en inglés en las instituciones donde se guía al educando en el desarrollo de estas habilidades lingüísticas.

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El proyecto “Salud Mental y Derechos Humanos en la formación y ejercicio profesional del psicólogo en la ciudad de Córdoba a partir de los paradigmas que sustentan las leyes de Salud Mental vigentes” representa la continuidad de la investigación que actualmente desarrolla nuestro equipo de investigación bajo el nombre “¿Murosafuera?” Locura y desmanicomialización desde el enfoque de Derechos Humanos. Contextualización y análisis de la ley provincial Nº 9848 de “Protección de la Salud Mental” promulgada en Córdoba el 5 de noviembre de 2010. El proyecto apuntó a la sistematización y revisión crítica de los fundamentos y desarrollos teóricos y prácticos que sustentan la Ley Nro 9848 , así como la consideración de las implicancias sociales de la misma y el impacto en la formación del psicólogo en la Universidad Católica de Córdoba. El actual proyecto se propone analizar qué cambios implicaría en la formación del psicólogo las transformaciones en los sistemas de atención a la salud mental, cuál es el estado de los sistemas de la Salud Mental en Córdoba a partir de la promulgación de la Ley 9848, en relación a los Derechos Humanos, qué tipos de dispositivos alternativos se encuentran implementados en el sistema de salud mental de la ciudad de Córdoba. Asimismo dicho análisis se traducirá en la implementación de nuevas prácticas y espacios formativos para los profesionales de Salud Mental tanto en el Hospital de Clínicas de la UNC como en el proyecto de creación del Servicio de Salud Mental en la Clínica Universitaria Reina Fabiola, como así también en una Cátedra Libre de Salud Mental y DDHH en la Licenciatura de Psicología de la FFyH de la UCC.